AAP Baleares 30/2003, 13 de Marzo de 2003

ECLIES:APIB:2003:80A
Número de Recurso796/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución30/2003
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA

Sección 3

45350

PLAÇA DE'S MERCAT NÚM. 12

Tfno. 971-71-20-94 Fax: 71-85-65

NIG. 07000 1 7002387 /2002

Rollo: RECURSO DE APELACION 796 /2002

Proc. Origen: JURISDICCION VOLUNTARIA. GENERAL 490 /2002

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de PALMA DE MALLORCA

AUTO NUM. 30

ILMOS SRS.

PRESIDENTE:

D. Carlos Gómez Martínez.

MAGISTRADOS

D. Guillermo Rosselló Llaneras.

Dña. Catalina María Moragues Vidal.

Palma de Mallorca, a 13 de Marzo de dos mil tres.

VISTOS por la Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, en grado de

apelación, los presentes autos de jurisdicción voluntaria, sobre restitución de un menor, seguidos

por el Juzgado de Primera Instancia n° 3 de Palma, bajo el n° 490/02, Rollo de Sala n° 796/02,

entre partes, de una como promotor - apelante Sr. ABOGADO DEL ESTADO, y de otra, como

demandada - apelada Dña. Nieves y el MINISTERIO FISCAL, representada por

el Procurador D. Onofre Perelló Alorda, asistidas ambas de sus respectivos letrados.

ES PONENTE el Iltmo. Sr. Magistrado D. Guillermo Rosselló Llaneras.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Iltma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia n°3 de Palma, en fecha 30 de julio de 2002, se dictó auto, cuya parte dispositiva dice: " No ha lugar a la restitución del menor Germán ".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte promotora, que fue admitido, y seguido el procedimiento por sus trámites, se señaló para deliberación, votación y resolución el día 12 de marzo del presente año, quedando el presente recurso concluso para dictar la correspondiente resolución..

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los razonamientos de la resolución apelada en lo que no se opongan a los que siguen

PRIMERO

La resolución de instancia que deniega la restitución del menor Germán a la República Argentina instada por el Iltmo. Sr. Abogado del Estado al amparo del vigente Convenio de La Haya, por entender que abandonó dicho país con su madre y con autorización del padre y de ahí que no pueda reputarse sustracción ilegal para proceder a la restitución interesada, es impugnada por dicho representante del Estado alegando que la autorización del padre sólo lo era para el viaje y no para establecer su residencia fuera de su país de origen, mientras que las excepciones a la obligación de restituir han de interpretarse restrictivamente y el normal apego del menor a la madre no puede encajarse en la excepción de riesgo grave de daños físicos y Psicológicos o arraigo a que se refiere el artículo 13 del Convenio para denegar la restitución. Se oponen a dicha pretensión la madre y el Ministerio Fiscal insistiendo en la inexistencia de sustracción ilegal para otorgar la restitución.

SEGUNDO

El Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980, del que España es parte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AAP Málaga 141/2022, 31 de Marzo de 2022
    • España
    • Audiencia Provincial de Málaga, seccion 6 (civil)
    • 31 Marzo 2022
    ...menor, y si bien el consentimiento al traslado puede ser expreso o implícito, debe ser cierto ( Auto AP Barcelona 21 abril 1997, AAP Baleares 13 marzo 2003, SAP Tenerife 18 septiembre 2006), es decir, claro e inequívoco. En el caso de autos, las partes no discrepan que la autorización inici......
3 artículos doctrinales
  • Sentencias tribunales españoles
    • España
    • Sustracción internacional de menores. Estudio jurisprudencial, práctico y crítico Anexo de jurisprudencia citada
    • 15 Octubre 2019
    ...5. AAP BALEARES 13 de marzo de 2003. Sección 3ª. [Restitución de un menor a la República Argentina, falta de ilicitud del traslado del menor conforme al artículo 3 del Convenio] Id Cendoj: 07040370032003200033 Anexo de jurisprudencia citada EClI:Es:aPIb:2003:80a link: http://www.poderjudici......
  • Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980
    • España
    • Sustracción internacional de menores. Estudio jurisprudencial, práctico y crítico Segunda Parte. Regulación legal de la sustracción internacional de menores
    • 15 Octubre 2019
    ...también en este sentido se pronuncian aaP las Palmas 10 marzo 2009, aaP las Palmas 2 julio 2003, aaP barcelona 21 abril 1997, aaP baleares 13 marzo 2003. los traslados temporales autorizados son fuente inagotable de controversia. y se da con cierta frecuencia un caso tipo: cuando correspond......
  • Los Presupuestos procesales y la Tutela cautelar
    • España
    • Justicia: Revista de derecho procesal Núm. 1-2/2006, Octubre 2006
    • 1 Octubre 2006
    ...de la ausencia de cosa juzgada respecto del auto de medidas. [32] Existe cosa juzgada formal al respecto. Ver el caso del AAP Baleares de 13 marzo 2003 (JUR 2003\197518), un incidente de modificación de medidas. La Audiencia entiende que no cabe reproducir las alegaciones de falta de legiti......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR