STSJ Galicia , 21 de Diciembre de 2000

PonenteJOSE MARIA ARROJO MARTINEZ
ECLIES:TSJGAL:2000:10068
Número de Recurso5824/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0005824 /1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1492/2.000 Iltmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a veintiuno de diciembre de dos mil. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0005824 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Dña. Carolina , representada y dirigida por el letrado D. XOSE MANUEL FERNÁNDEZ VÁRELA, contra Resolución del Ayuntamiento de Baleira de 28 -6 -97, denegatoria de la solicitud de fecha 28 -11 -96, sobre reconocimiento de indemnización derivada de responsabilidad patrimonial, por importe de 19.000.000. - ptas. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE BALEIRA (LUGO) representada por el procurador D. XULIO LOPEZ VALCARCEL y dirigida por el letrado D. JOSÉ MANUEL NOVO RODRIGUEZ. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 19.000.000 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día catorce de diciembre de 2000.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se dirige contra acuerdo del Pleno del Concello de Baleira, de 28 -6 -97, denegatorio de solicitud de reconocimiento de indemnización por responsabilidad patrimonial, por un importe total de 19.000.000 ptas.

SEGUNDO

Para que prospere la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada contra la Administración Pública es preciso que concurran los siguientes requisitos: a) la efectiva realidad de un daño antijurídico, evaluable económicamente e individualizado en relación con una persona o grupo de personas; b) que el daño sea imputable a la Administración en una relación directa, inmediata y exclusiva de causa a efecto, si bien la Jurisprudencia ha venido a reducir el rigor de la exigencia de exclusividad en los supuestos de funcionamiento anormal de los servicios públicos; y c) que no se haya producido el daño por causa de fuerza mayor. Para decidir el tema litigioso es preciso destacar que de los datos obrantes en autos y en el expediente resulta que sobre las 11 horas del día 18 -8 -95, a la altura del km 0'900 de la carretera local sin número (C-630...

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