STSJ Cataluña 14151, 5 de Diciembre de 2005
Ponente | MARIA DEL PILAR ROVIRA Y DEL CANTO |
ECLI | ES:TSJCAT:2005:14151 |
Número de Recurso | 844/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 14151 |
Fecha de Resolución | 5 de Diciembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso nº 844/2000 Partes: Imanol C/ DEPARTAMENT D'ENSENYAMENT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA Y CATALANA OCCIDENTE, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS SENTENCIA Nº 1450 Ilmos. Magistrados:
Sr. D. Emilio Berlanga Ribelles Sra. Dª Mª Pilar Rovira del Canto Sr. D. Joaquín Herrero Muñoz Cobo Sr. D. Jordi Morató Aragonés Pàmies En la ciudad de Barcelona, a cinco de diciembre de dos mil cinco.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº
844/2000, interpuesto por Imanol , representado por el Procurador de los Tribunales D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ CALVO, contra el DEPARTAMENT D'ENSENYAMENT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, representado y defendido el LETRADO DE LA GENEARALITAT, y contra CATALANA OCCIDENTE, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª ANNA Mª
GÓMEZ-LANZAS CALVO.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª Pilar Rovira del Canto, quien expresa el parecer de la SALA.
Por la representación de la parte actora se interpuso recurso contencioso- administrativo contra la desestimación presunta y posterior resolución expresa estimatoria en parte de 10-5-2001 de la reclamación presentada el 25-4-2000 por las lesiones sufridas por el hijo del recurrente el día 11-11-1997 por un camión en el paso de peatones entre la Vía Favencia y la carretera de Ribas.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto de recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Se abrió la prueba mediante auto de fecha 10-4-2002 y, verificada la misma según obra en autos, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que evacuaron las partes, y finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el día 29-11-2005.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Si bien inicialmente el recurso se interpuso contra la desestimación presunta de la reclamación por responsabilidad patrimonial formulada por el recurrente en fecha 25-4-00, en fecha 10-5-2001 se dictó resolución expresa por la administración, en la cual si bien se admite...
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