SAP Cuenca 297/2002, 24 de Diciembre de 2002

PonenteMARIANO MUÑOZ HERNANDEZ
ECLIES:APCU:2002:513
Número de Recurso291/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución297/2002
Fecha de Resolución24 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca

SENTENCIA NUM. 297/2002

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE

SR. LOPEZ CALDERON BARREDA

MAGISTRADOS

SR. MUÑOZ HERNANDEZ

SR. PUENTE SEGURA

En la Ciudad de Cuenca, a veinticuatro de Diciembre de dos mil dos.

Vistos en trámite de recurso de apelación los autos de Juicio Verbal n° 186/2002, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Cuenca, seguidos entre partes, como demandantes, DON Bernardo Y la entidad ESTRELLA SEGUROS, dirigidos por el Letrado D. Francisco-Javier Alique López y representados por la Procuradora Dª Rosa María Torrecilla López y, como demandados, la CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, representada y defendida por su Letrado, y la entidad ALLIANZ S.A., defendida por el Letrado D. Juan Barrera Montero y representada por la Procuradora Doña María Isabel Herráiz Fernández, sobre reclamación de cantidad.

Vistos, siendo Ponente el Magistrado de esta Audiencia Provincial Don MUÑOZ HERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

- I El juicio de referencia se tramitó en la instancia en razón de la demanda planteada por la Procuradora Sra. Torrecilla López, que la presentó el día 10 de Mayo de 2002. Por Auto del siguiente día 25 se admitió la demanda a trámite disponiéndose su traslado y citación de los demandados que comparecieron, representado por el Letrado de la Junta de Comunidades y la Procuradora Sra. Herráiz Fernández, evacuando la correspondiente contestación, habiéndose celebrado el juicio en fecha 20 de Junio de 2002.

Se practicaron las pruebas propuestas y declaradas pertinentes, quedando los autos conclusos paraSentencia.

- II El Juez de la Instancia, en fecha 29 de Junio de 2002, dictó Sentencia, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por Estrella Seguros y D. Bernardo representados por la Procuradora Sra. Torrecilla López contra Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha y Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. representada por la Procuradora Sr. Herráiz Fernández, declaro que debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra en la presente litis, con imposición a la actora de las costas procesales".

- III Notificada la anterior resolución a las partes, se preparó e interpuso contra la misma recurso de apelación para ante la Sala por la Procuradora Sra. Torrecilla López, en nombre y representación de los actores, que se tuvo por interpuesto, por medio de proveído de fecha 31 de Octubre de 2002, oponiéndose al recurso la Procuradora Sra. Herráiz Fernández y el Letrado de la Junta de Comunidades, en representación de los demandados. Con las alegaciones de los litigantes, se remitió el proceso a esta Audiencia Provincial, procediéndose a la formación del pertinente Rollo, al que correspondió el número 291/2002 y siguiéndose la tramitación procesal legal, a tenor de lo que dispone el artículo 465 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.

- IV La Sala da por reproducidos los antecedentes fácticos y pruebas practicadas en cuanto no se opongan a la presente resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida.

- I Motivó la iniciación de las actuaciones que por Don Bernardo y la aseguradora La Estrella formularan demanda en reclamación de cantidad derivada de responsabilidad patrimonial de la Administración contra la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha, Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, y frente a su aseguradora Allianz. En la vista del juicio se opusieron a la demanda ambas entidades demandadas, alegando Allianz las excepciones de cosa juzgada y de prescripción de la acción, que fueron desestimadas en el juicio, en tanto que el Letrado de la Junta de Comunidades invocó la falta de legitimación pasiva ad causam, mostrando ambas partes demandadas oposición también respecto del fondo de la cuestión litigiosa.

El Juzgador de instancia consigna en su sentencia los hechos que entiende han quedado acreditados como consecuencia de la prueba practicada y tras conocer del fondo litigioso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR