STSJ Galicia , 30 de Septiembre de 2002
Ponente | BENIGNO LOPEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2002:5726 |
Número de Recurso | 1502/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
01 /0001502 /2001 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:
S E N T E N C I A Nº 1470 2002 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.
D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.
D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.
En la Ciudad sede de este Tribunal, a treinta de septiembre de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0001502 /2001 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Raquel , representada por la procuradora D/ña. NURIA ROMAN MASEDO, contra desestimación presunta reclamación en expediente nº 193 /00 -LU sobre responsabilidad patrimonial por daños. Es parte como demandada CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE ALICIA. Es parte como Codemandada SOCIEDAD DE CAZA CHAMOSO DE CASTROVERDE, representada por el Procurador D. MARCIAL PUGA GOMEZ; siendo la cuantía del recurso la de 7.355,89 EUROS.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El día 19 de diciembre de 1999, el vehículo propiedad de la recurrente, matrícula JA-.... , conducido por D. Pedro Antonio , circulaba por la autovía A-6 en la calzada de sentido a Madrid, cuando a la altura del p. k. 484,500, término municipal de Corgo, un corzo irrumpió repentinamente en la calzada procedente de la derecha, echándose el vehículo a la izquierda tratando de evitar la colisión; al no conseguirlo el vehículo impactó contra el animal, yendo a colisionar frontalmente contra la valla de protección.- A consecuencia del evento el turismo resultó con daños, abonando la recurrente la cantidad de 55.078 pesetas por los daños con los que resultó la carretera a consecuencia del accidente, a parte del importe de la factura, formulada reclamación ante la Administración demandada, dicha reclamación no ha sido resuelta expresamente.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, declarando la responsabilidad solidaria de la Administración demandada y de la sociedad deCazadores Codemandada y se les condene a indemnizar a la actora con la cantidad que reclama porlos daños y perjuicios causados y con los intereses legales correspondientes.
Conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA XUNTA y a la represen, ación de la parte Codemandada, evacuaron dicho traslado a medio de escritos de oposición,...
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