SAP La Rioja 208/2007, 29 de Junio de 2007

PonenteALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
ECLIES:APLO:2007:399
Número de Recurso474/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución208/2007
Fecha de Resolución29 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

SENTENCIA: 00208/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA

LOGROÑO

Domicilio : VICTOR PRADERA 2

Telf : 941296484/486/489

Fax : 941296488

Modelo : SEN01

N.I.G.: 26089 37 1 2006 0100482

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000474 /2006

Juzgado procedencia : JDO. DE 1º INSTANCIA N.2 de LOGROÑO

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000983 /2005

SENTENCIA Nº 208 DE 2007

Ilmos. Sres.

Magistrados:

D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ

Dª Mª CARMEN ARAUJO GARCÍA

D. LUIS MIGUEL RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ

En la ciudad de Logroño a veintinueve de junio de dos mil siete

VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los Sres. Magistrados indicados al margen, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 983 /2005, procedentes del JDO. DE 1ª INSTANCIA N. 2 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo 474 /2006, en los que aparece como parte apelante Dª Remedios representada por la procuradora D MARIA LUISA MARCO CIRIA, y asistida por la Letrado Dª MARIA DOLORES GRANDEZ CASTILLO, y como apelado la entidad aseguradora MUTUA DE PAMPLONA SEGUROS y la entidad mercantil SILVIA REFORMAS S. L. representadas por la procuradora Dª MARIA LUISA BUJANDA BUJANDA, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 26 de junio de 2006, se dictó sentencia en cuyo fallo se recogía: "Desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Marco Ciria, en nombre y representación de Dª Remedios, contra la mercantil Silvia Reformas S.L. y contra la compañía de seguros Pamplona Seguros y Reaseguros, representadas por la procuradora Sra. Bujanda Bujanda, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones deducidas frente a las mismas, sin especial pronunciamiento en costas".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandante, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 28 de junio de 2007.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Juez de instancia se dictó sentencia, en cuyo fallo se recogía: "Desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Marco Ciria, en nombre y representación de Dª Remedios, contra la mercantil Silvia Reformas S.L. y contra la compañía de seguros Pamplona Seguros y Reaseguros, representadas por la procuradora Sra. Bujanda Bujanda, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones deducidas frente a las mismas, sin especial pronunciamiento en costas".

Por la procuradora Sra. Marco Ciria, en representación de doña Remedios, se ha interpuesto recurso de apelación contra esta resolución, solicitando que con revocación de la misma, se diese lugar a la integra estimación de la demanda presentada por dicha parte, contra la mercantil SILVIA REFORMAS S. L. y la compañía de seguros MUTUA DE PAMPLONA SEGUROS Y REASEGUROS, a que solidariamente abonasen a la demandante la cantidad de 4.918,48 euros, más intereses legales correspondientes y costas del procedimiento.

La Juzgadora de instancia resuelve en su sentencia, en el sentido de que no se había determinado por la demandante la causa que había motivado su caída, ni se había concretado defecto alguno en la colocación de la chapa que la demandada pudiese desvirtuar, ya que era en fase de conclusiones cuando se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR