SAP Lugo 775/2000, 13 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA JOSEFA RUIZ TOVAR
ECLIES:APLU:2000:979
Número de Recurso311/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución775/2000
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO 775

Iltmos Señores

Presidente

Doña María Josefa Ruiz Tovar

Magistrados

Don Francisco Caamaño Pajares

Don Andrés Neira Medín

En la Ciudad de Lugo a trece de diciembre de dos mil.

La sección Primera de la Iltma. Audiencia provincial de Lugo ha visto, en grado de apelación el Rollo de Sala número 311 de 2.000 dimanante de los autos del juicio de Menor Cuantía número 214 de 1.998 del juzgado de 1ª instancia e instrucción número UNO de Viveiro , sobre reclamación de cantidad, siendo apelantes los demandados MUSINI S.A. representada por el procurador Sr. Varela Puga y asistida del letrado D. Nemesio Barxa Alvarez, Aluminio Espalo S.A. y Alumina Espola S.A., representados por el Procurador Sr, Moruelo Caldas y asistidos del LETRADO Sr, González Sevilla, y como apelados el demandante D. Juan Miguel , representado por la procuradora Doña María Jose Pélaez García y asistido bajo la dirección del Letrdo D. Rufino Menendez Menendez, los demandados Construcciones y Reparaciones S.A. Cyrgasa, representados por el procurador Sr. Martín Castañeda y asistidos del Letrado Sr. Trigo Quirofa y Zurich Internacional, representada por el Procurador Sr. Martín Castañeda y asistida del Letrado Sr. Trigo Quiroga y siendo Ponente la presidenta Iltma. Señora Doña María Josefa Ruiz Tovar.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Que con fecha dieciocho de mayo de dos mil el juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número UNO de Viveiro, se dictó una sentencia cuya parte dispositiva dice FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por D. Juan Miguel representado por el Procurador Sr. Díaz Lamparte contra las entidades Construcciones y reparaciones Galaico-Asturianas, S.A, Cyrgasa, Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., representados ambos por el Procurador Sr. Cuba Rodríguez, contra Aluminio Español S.A. Aluminios Española S.A. representadas por el Procurador Sr. Fernandez Fernandez y contra Mutualidad del Instituto Nacional de Industris Munisi, representada por el procurador Sr. Trigo Pérez, debo absolver y absuelvo a construcciones y reoaraciones Galaico -Asturianas S.A.- Curgasa y a Zurich Internacional, Cial Seguros y Reaseguros S.A. de las pretensiones frente a ellos ejercitadas y debo condenar y condeno a las entidades Aluminio Español S.A Alumina Española S.A. y a MUSINI S.A. a indemnizar al actor en la cantidad de 12.393.800 8DOCE MILLONES DOSCIENTAS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTAS) Pesetas, con los intereses a cargo de dicha aseguradora del Art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro , sin hacer imposición de las costas procesales.-2º.- En contra de la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por las representaciones de las partes demandades Musini S.A., Aluminio Español S.A. y Alumina Española S.A., que fueron admitidosen ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial previo emplazamiento de las partes a fin de que compareciera ante la misma a usar de sus derechos, lo que así hicieron en tiempo y forma dichas partes como apelantes, y la demandante como apeladas y los demás demandados también como apelados, a los que se les dio traslado para su instrucción y una vez hubieron evacuado éste trámite se señaló fecha para la vista la que tuvo lugar el día 7 de diciembre de 2.000 a las 11.15 horas, en cuyo acto por los Letrados de las partes se hicieron las respectivas peticiones que constan en autos.

  2. - Que en estos autos se han observado en ambas instancias todas las formalidades legales.

Se acepta la Fundamentación Jurídica de la sentencia apelada, en lo que no se oponga a lo que a continuación se razona.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone recurso de apelación Aluminio Español...

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