SAP Valencia 603/2007, 6 de Noviembre de 2007

PonenteENRIQUE EMILIO VIVES REUS
ECLIES:APV:2007:3021
Número de Recurso617/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución603/2007
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

603/2007

Rollo 617/07

SENTENCIA Nº_603

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente

  1. ENRIQUE EMILIO VIVES REUS

Magistradas

Dª Mª FE ORTEGA MIFSUD

Dª CARMEN BRINES TARRASÓ

En la ciudad de VALENCIA, a seis de noviembre de dos mil siete.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo Sr. D. ENRIQUE EMILIO VIVES REUS, los autos de Juicio Verbal, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de MONCADA, con el nº 000005/2007, por IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA S.A.U. contra AXA AURORA IBÉRICA, S.A. Y D. Alfredo, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por d. Alfredo representado por el Procurador D. ENRIQUE JOSE DOMINGO ROIG.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 3 de MONCADA, en fecha 10-4-07, contiene el siguiente: "FALLO: Estimando la demanda interpuesta por el Procurador Onofre Marmaneu Laguía, en nombre y representación de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., debo condenar y condeno solidariamente a Alfredo y Axa Aurora Iberica, S.A., al pago de:

Mil ochocientos treinta y siete euros y un céntimo (1837,01 €), los intereses legales de esa cantidad, por lo que respecta a la aseguradora incrementados en un 50% durante los dos primeros años y calculados a un 20% transcurridos dos años del siniestro, así como al pago de las costas procesales."

Segundo

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Alfredo, que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 18 de Octubre de 2007.

Tercero

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por la entidad "Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U." se formuló, por los trámites del juicio verbal, demanda contra D. Alfredo y la entidad aseguradora "AXA Aurora Ibérica, S.A.", solicitando en el suplico se condene los demandados a pagar a la actora la cantidad de 1.837,01 euros. Alega la demandante, como fundamento de su pretensión o causa de pedir, que el día 1 de abril de 2.005, el demandado D. Alfredo se encontraba realizando obras en el Polígono Industrial de la localidad de Almenara, cuando al clavar una piqueta causó daños a la línea subterránea de conducción de energía eléctrica de media tensión propiedad de la entidad demandante, ascendiendo el importe de su reparación a la cantidad de 1.837,01 euros.

La parte demandada se opuso a la pretensión de la actora alegando que ninguna culpa cabe atribuir al demandado por cuanto la línea de media tensión no estaba señalizada en los planos que le proporcionó la entidad demandante al demandado, solicitando se desestimara la demanda.

La sentencia de primera instancia estimó en su integridad la demanda y contra dicha sentencia interpone recurso de apelación el demandado solicitando su revocación y, en su lugar, se desestime la demanda contra él formulada.

Segundo

La sentencia de primera instancia estimó la demanda por entender que la causa de los daños en la línea eléctrica fue debida a una falta de diligencia atribuible al demandado al no haber...

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