SAP Madrid 27/2007, 12 de Febrero de 2007

PonenteMARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOA
ECLIES:APM:2007:1934
Número de Recurso464/2006
Número de Resolución27/2007
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Pieza de Responsabilidad Civil nº 244/2005

Expediente de Fiscalía nº 8723/2004

Juzgado de Menores nº 6 de Madrid

Rollo de Sala nº 464/2006

PILAR DE PRADA BENGOA

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU

MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 27/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID/

ILTMOS SRES. SECCIÓN CUARTA /

MAGISTRADOS /

D. ALEJANDRO BENITO LÓPEZ /

Dª PILAR DE PRADA BENGOA /

Dª BLANCA RODRIGUEZ VELASCO/

En Madrid, a doce de febrero de dos mil siete.

VISTA en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, la pieza de responsabilidad civil nº 244/05, procedente del Juzgado de Menores nº 6 de Madrid, seguido contra el menor Iván, venido a conocimiento de este Tribunal a virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por Doña Alejandra, contra la sentencia dictada en fecha once de noviembre de dos mil cinco; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, como apelante, la citada, y como apelados, el menor y sus representantes legales; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña PILAR DE PRADA BENGOA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Menores nº 6 de Madrid con fecha 244/05 se dictó sentencia en la indicada pieza, cuyo "FALLO" dice:

Que desestimando la demanda formulada por la representación de Dña. Alejandra contre el menor Donato y sus padres como representantes legales, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de las pretensiones contra ellos formuladas; sin hacer especial condena en costas.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por Doña Alejandra se interpuso el recurso de apelación, en el que alegó infracción de la tutela judicial efectiva con indefensión.

TERCERO

Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado a las demás partes, se remitió el expediente a este Tribunal, que formó el oportuno rollo de Sala, quedando el recurso pendiente de resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente alega que la sentencia ha infringido su derecho a la tutela judicial efectiva y que su pretensión ha quedado debidamente acreditada.

El recurso ha de ser desestimado.

Los hechos a que se contrae la presente pieza de responsabilidad civil se refieren a la indemnización de los daños y perjuicios derivados de las lesiones que se imputan al menor Iván ; lesiones que resultan de los partes médicos y del informe médico forense emitido.

Para el Juzgado de Menores, no existe prueba de la autoría de los hechos en que la parte demandante basa su petición, puesto que ninguna prueba se ha practicado al respecto al estimar que la documental constituida por el atentado policial no se ha ratificado y sin declaración de los denunciantes no existen elementos probatorios suficientes para que se pueda entender suficientemente acreditada la infracción penal por parte del menor. Lo que era necesario probar ya que la responsabilidad civil que se pretende requiere declaración de la comisión de un hecho delictivo al derivarse de un expediente sobreseído al desistir el Ministerio Fiscal de la iniciación del mismo conforme el art. 18 LO 5/2000 de 12 de enero de Responsabilidad Penal de los Menores.

Este Tribunal recuerda en su reiterada doctrina que en tal supuesto el pronunciamiento sobre la responsabilidad civil requiere la previa atribución al menor de un hecho que...

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