SAP Madrid 215/2006, 21 de Abril de 2006

PonenteJOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE
ECLIES:APM:2006:6435
Número de Recurso494/2005
Número de Resolución215/2006
Fecha de Resolución21 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

JOSE ANTONIO NODAL DE LA TORREJUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDESJUAN ANGEL MORENO GARCIA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00215/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO 215/06

RECURSO DE APELACIÓN 494/2005

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRE

D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS

D. JUAN ANGEL MORENO GARCÍA

En Madrid, a veintiuno de abril de dos mil seis.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Ordinario nº 398/2004, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Lorenzo de El Escorial , a los que ha correspondido el Rollo nº 494/2005, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelante DON Fidel, representado por la Procuradora Sra. Dª. María del Pilar López Revilla; y de otra, como demandada y hoy apelada GRUPO PLANETA AZUL, S.A., representada por la Procuradora Sra. Dª. María Luisa Mora Villarrubia; sobre culpa extracontractual.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRE.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Lorenzo de El Escorial, en fecha quince de marzo de dos mil cinco, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Que se desestima totalmente la demanda presentada a instancia de Don Fidel representado por el Procurador don José María Muñoz Ariza contra la mercantil GRUPO PLANETA S.A. representada por el Procuradora Don Esteban Muñoz Nieto y debo absolver y absuelvo a la demandada de todos los pedimentos contenidos en demanda. Se condena al demandante al abono de costas procesales.".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba por la representación procesal de la parte apelante y denegado por Auto de fecha 16 de septiembre de 2005 , no estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día veinte de abril del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a lo que a continuación se dirá, y

Primero

No puede aceptar la Sala los alegatos en que el escrito de recurso se hace descansar, pues si bien la culpa extracontractual recogida en el artículo 1902 del Código Civil ha ido evolucionando hacia un sistema que, sin hacer plena abstracción del aspecto subjetivo,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR