SAP Barcelona 302/2006, 9 de Mayo de 2006
Ponente | JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS |
ECLI | ES:APB:2006:5632 |
Número de Recurso | 1035/2005 |
Número de Resolución | 302/2006 |
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN Undécima
ROLLO Nº 1035/2005
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 700/2003
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 5 MANRESA
S E N T E N C I A Nº 302
Ilmos. Sres.
D. JOSEP Mª BACHS ESTANY
D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS
Dª. ANA JESÚS FERNÁNDEZ SAN MIGUEL
En la ciudad de Barcelona, a nueve de mayo de dos mil seis.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 700/2003 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 5 Manresa, a instancia de D. Jose Miguel, contra ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.; EMBOTITS TALAMANCA, S.A. y D. Rosendo ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el ACTOR contra la Sentencia dictada en los mismos el día 17 de noviembre de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda formulada por D. Jose Miguel contra D. Rosendo, EMBUTITS TALAMANCA S.A., en rebeldía durante el procedimiento y la entidad aseguradora ALLIANZ RAS, CONDENO a éstas a que, una vez firme esta Sentencia, satisfagan solidariamente a la parte actora la suma de 7040'02 euros, así como el interés moratorio correspondiente a cargo de la aseguradora, sin imposición de costas a ninguna de las partes".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ACTORA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 4 de mayo de 2006.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS.
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