Resoluciones, Acuerdos y Sentencias

AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
Concentración en los mercados de seguros de asistencia privada

El pasado 26 de septiembre, el TDC emitió su dictamen no vinculante sobre la adquisición por Igualmequisa y Adeslas del control conjunto sobre IMP Seguros e Iquimesa Seguros, activas en los mercados de seguros privados de asistencia sanitaria privada (de libre elección y concertado) en las provincias de Vizcaya y Álava. El TDC ha analizado también los posibles efectos derivados de la presencia de las empresas matrices en los mercados verticalmente relacionados de asistencia sanitaria como prestación al seguro de asistencia sanitaria de libre elección y concertado). A pesar del elevado nivel de concentración previo a la operación y a la debilidad de la competencia efectiva en los mercados afectados (especialmente en el caso de Vizcaya), el TDC considera que no existe un reforzamiento de la posición de las partes que se derive de una posible adición de cuotas. Además, considera que no existen barreras económicas o legales de acceso al mercado significativas. No obstante, el TDC apunta la existencia de determinadas circunstancias que aconsejan recomendar la imposición de condiciones a la autorización de la operación: carácter estructural de la nueva relación entre las matrices; presencia de ambas en diversos mercados relacionados; precedentes de comportamientos contrarios a la competencia (Igualmequisa); indicios de restricciones a la oferta sanitaria privada en Vizcaya; reducida capacidad de la demanda de actuar como contrapeso y probable existencia de repartos de mercado entre las matrices previos a la operación. Las condiciones recomendadas por el TDC son: (i) los notificantes deberán garantizar explícitamente en sus acuerdos la ausencia de exclusividad o cláusulas equivalentes al contratar con los prestadores de asistencia sanitaria, hospitales y facultativos; (ii) estarán obligados a contratar en condiciones de mercado con las entidades aseguradoras que lo soliciten la prestación de servicios de asistencia sanitaria en los centros médicos bajo su control en Álava y Vizcaya durante un período de 5 años; (iii) y estarán obligados a contratar con las entidades aseguradoras que lo soliciten la subconcertación del seguro de asistencia sanitaria concertado con las mutualidades del Estado MUFACE, ISFAS y MUGEJU en Vizcaya durante un período de 3 años. Asimismo, el TDC propone la siguiente "medida para el restablecimiento de una competencia efectiva": el deber del SDC de analizar el procedimiento de concertación de asistencia sanitaria por las mutualidades del Estado y las características competitivas del proceso de elección de entidad sanitaria por los funcionarios con el fin de indicar a las mutualidades posibles medidas para incrementar la competencia en ambos niveles. El Consejo de Ministros deberá adoptar una decisión en el plazo de un mes...

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