Resolución VECO/DTSA/009/17 de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 21-06-2017

Fecha21 Junio 2017
Número de expedienteVECO/DTSA/009/17
Tipo de procesoDTSA - Verificación contabilidad analítica y WACC
Actividad EconómicaTelecomunicaciones
VECO/DTSA/009/17/SCC 2015
TELEFÓNICA MÓVILES Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 – 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 – 08018 Barcelon a
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RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA VERIFICACIÓN DE LOS
RESULTADOS DE LA CONTABILIDAD DE COSTES DE TELEFÓNICA
MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. REFERIDOS AL EJERCICIO 2015
VECO/DTSA/009/17/SCC 2015 TELEFÓNICA MÓVILES
SALA DE SUPERVISIÓN REGULATORIA
Presidenta
Dª. María Fernández Pérez
Consejeros
D. Eduardo García Matilla
D. Diego Rodríguez Rodríguez
Dª. Idoia Zenarrutzabeitia Beldarrain
D. Benigno Valdés Díaz
Secretario de la Sala
D. Joaquim Hortalà i Vallvé, Secretario del Consejo
En Madrid, a 21 de junio de 2017
Visto el expediente relativo a la verificación de los resultados de la contabilidad
de costes de Telefónica Móviles de España, S.A.U. referidos al ejercicio 2015
para los estándares de costes históricos y corrientes, la SALA DE
SUPERVISIÓN REGULATORIA de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC) acuerda lo siguiente:
I ANTECEDENTES
PRIMERO.- Con fecha 13 de diciembre de 2007, la CMT aprobó la resolución
sobre la adaptación de los sistemas de contabilidad de costes de los
operadores móviles de red al nuevo marco regulatorio.
SEGUNDO.- Con fecha 19 de junio de 2008, la CMT aprobó la resolución sobre
la adaptación al nuevo marco regulatorio y homogeneización del sistema de
contabilidad de costes de Telefónica Móviles.
TERCERO.- El 29 de enero de 2009, la CMT resolvió sobre la propuesta de
Telefónica Móviles de vidas útiles de los elementos de red a aplicar en la
contabilidad de costes del ejercicio 2008, bajo el estándar de costes corrientes.
Esta resolución fue modificada mediante resolución de 4 de junio de 2009 en la
que se resolvió el recurso de reposición interpuesto por Telefónica Móviles
contra la resolución de la CMT de fecha 29 de enero de 2009.
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CUARTO.- Con fecha 10 de junio de 2010, la CMT aprobó la resolución sobre
la actualización de los principios, criterios y condiciones para el desarrollo del
sistema de contabilidad de costes aprobados en la Resolución de 15 de julio de
1999.
QUINTO.- Con fecha 4 de noviembre de 2010, se aprobó la resolución sobre la
revalorización de activos de los operadores móviles, en la que se determina los
procedimientos de revalorización de los activos para su valoración a corrientes
en los resultados de la contabilidad de costes.
SEXTO.- Con fecha 10 de mayo de 2012 la CMT acordó la resolución por la
que se aprueba en tercera ronda la definición y el análisis de los mercados de
terminación de llamadas vocales en redes móviles individuales, la designación
de operadores con poder significativo de mercado y la imposición de
obligaciones específicas, y se acuerda su notificación a la Comisión Europea.
SÉPTIMO.- Con fecha 5 de noviembre de 2015, la Sala de Supervisión
Regulatoria de la CNMC aprobó la tasa de coste de capital a aplicar en la
contabilidad de costes de Telefónica Móviles del ejercicio 2015.
OCTAVO.- Con fecha de 9 de junio de 2016, la Sala de Supervisión
Regulatoria de la CNMC adoptó acuerdo sobre la verificación de los resultados
de la contabilidad de costes presentados por Telefónica Móviles referidos al
ejercicio 2014.
NOVENO.- El 8 de agosto de 2016, tuvo entrada en el Registro de esta
Comisión oficio de Telefónica Móviles por el que presenta los resultados de la
contabilidad de costes del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015
debidamente auditada. Concretamente, se presentaron los resultados de la
contabilidad de costes de los ejercicios 2015 y 2014, junto con el MICC, anexos
y estudios técnicos contemplados por el SCC, así como unas notas para
facilitar la comprensión de las cuentas entregadas en ambos estándares.
DÉCIMO.- Con fecha 1 de agosto de 2016, la CNMC adjudicó a la empresa
Axon Partners Group, S.L.U. (en adelante, Axon) el concurso convocado para
realizar la revisión externa de aspectos específicos de la Contabilidad de
Costes de Telefónica Móviles correspondiente al ejercicio 2015, y su ajuste a
los Principios, Criterios y Condiciones para el Desarrollo del Sistema de
Contabilidad de costes aprobados mediante resolución de 10 de junio de 2010
y a otras resoluciones relevantes al SCC de Telefónica Móviles.
UNDÉCIMO.- Mediante escrito de la Directora de Telecomunicaciones y
del Sector Audiovisual de la CNMC de 21 de abril de 2017, se comunicó a
Telefónica Móviles el inicio del presente procedimiento para la verificación de
los resultados de la contabilidad de costes del ejercicio 2015. Adjunto al citado
escrito, se dio traslado a Telefónica Móviles del informe de conclusiones sobre
el sistema de contabilidad de costes del ejercicio 2015 de Telefónica Móviles
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elaborado por Axon para que aquélla efectuase las alegaciones que estimara
oportunas, de conformidad con el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (en adelante, LPACAP).
DUODÉCIMO.- Con fecha 4 de mayo de 2017, tuvo entrada en el Registro
de esta Comisión un escrito de Telefónica Móviles por el que solicitaba una
ampliación de plazo para la entrega de alegaciones conforme a lo dispuesto en
el artículo 32 de la LPACAP, y le fue concedida mediante escrito de la Directora
de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual, con fecha 5 de mayo.
DECIMOTERCERO.- Con fechas 19 y 24 de mayo de 2017, tuvieron
entrada en el Registro de esta Comisión dos escritos de alegaciones de
Telefónica Móviles al Informe de conclusiones de Axon citado anteriormente.
II FUNDAMENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC).
Tal como se establece en el artículo 70.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo,
General de Telecomunicaciones (en adelante, LGTel), en las materias
reguladas por esa Ley, la CNMC ejercerá, entre otras, las siguientes
funciones
1
:
“a) Definir y analizar los mercados de referencia relativos a redes y
servicios de comunicaciones electrónicas, entre los que se incluirán los
correspondientes mercados de referencia al por mayor y al por menor, y
el ámbito geográfico de los mismos, cuyas características pueden
justificar la imposición de obligaciones específicas, en los términos
establecidos en el artículo 13 de la presente Ley y su normativa de
desarrollo.
b) Identificar el operador u operadores que poseen un poder significativo
en el mercado cuando del análisis de los mercados de referencia se
constate que no se desarrollan en un entorno de competencia efectiva.
c) Establecer, cuando proceda, las obligaciones específicas que
correspondan a los operadores con poder significativo en mercados de
referencia, en los términos establecidos en el artículo 14 de la presente
Ley y su normativa de desarrollo.”
En concreto, el mencionado artículo 14 señala que esta Comisión podrá
imponer a los operadores que hayan sido declarados con poder significativo en
el mercado obligaciones en materia de control de precios, tales como la
1
Asimismo, lo establece el artículo 6, apartados 1, 2 y 3 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
Creación de la CNMC.
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orientación de los precios en función de los costes y la contabilidad de costes,
para evitar precios excesivos o la compresión de los precios en detrimento de
los usuarios finales.
Mediante resolución de la CMT de fecha 23 de febrero de 2006 (BOE 8 de
marzo de 2006) se aprobó la definición y análisis de los mercados de
terminación de llamadas en redes móviles individuales, el análisis de los
mismos, la designación de operadores con poder significativo de mercado y la
imposición de obligaciones específicas. Posteriormente, en la segunda ronda
de análisis de mercados y mediante la resolución de 18 de diciembre de 2008
(BOE 13 de enero de 2009), la CMT ha mantenido las obligaciones
establecidas anteriormente para los operadores designados con poder
significativo de mercado. Por último, en la tercera ronda de análisis de
mercados y mediante la resolución de 10 de mayo de 2012 (BOE 6 de junio de
2012), la CMT también ha mantenido las obligaciones establecidas para los
operadores designados con poder significativo de mercado.
En la última resolución citada, tras definir y analizar el mercado, se concluyó
que dicho mercado no era realmente competitivo y se identificó a Telefónica
Móviles como uno de los operadores con poder significativo en el mismo. Como
consecuencia, en el Anexo 2 de la misma, se impuso a Telefónica Móviles,
entre otras, la obligación de ofrecer los servicios de terminación a precios
orientados en función de los costes, así como la de separar sus cuentas en
relación con las actividades de acceso e interconexión. Concretamente, en el
apartado 2 del Anexo 2, se estableció que:
“Movistar, Vodafone y Orange deberán ofrecer los servicios de
terminación a precios orientados en función de los costes de producción
y adoptar un sistema de contabilidad de costes, de conformidad con los
artículos 13.1 e) de la LGTel y 11 del Reglamento de Mercados y el
artículo 13 de la Directiva de Acceso. [...]
Asimismo, los sistemas de contabilidad de costes de Movistar,
Vodafone y Orange deberán respetar lo dispuesto en la Resolución de
la CMT sobre la adaptación de los sistemas de contabilidad de los
operadores móviles de red al nuevo marco regulatorio (AEM
2007/1035), de 13 de diciembre de 2007.
Por último:
[…]
Movistar deberá respetar lo dispuesto en la Resolución de la CMT de 19
de junio de 2008 sobre la adaptación al nuevo marco regulatorio y
homogeneización del sistema de contabilidad de costes de Telefónica
Móviles de España, S.A.U. (AEM 2008/262).
[…]
Lo anterior es sin perjuicio de lo establecido en el apartado V.4.3.3 del
cuerpo del presente documento por el que se retira a los tres
operadores la obligación de realizar una auditoría externa anual a la
contabilidad regulatoria.”
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A su vez, en el apartado 3 del mismo Anexo 2 se estableció que:
“Movistar, Vodafone y Orange deberán separar sus cuentas en relación
con las actividades de acceso e interconexión que prestan, de
conformidad con los artículos 13.1 c) de la LGTel y 9 del Reglamento de
Mercados y el artículo 11 de la Directiva de Acceso.
Movistar, Vodafone y Orange deberán utilizar el formato y metodología
establecidos en las Resoluciones citadas en el apartado 2 anterior. “
En definitiva, se le han impuesto a Telefónica Móviles, como operador con
poder significativo en los mercados de terminación de llamadas vocales en
redes móviles individuales, entre otras, las obligaciones de separación contable
y de ofrecer los servicios de terminación a precios orientados en función de los
costes de producción. Además, se ha establecido que, para la aplicación
efectiva de dichas obligaciones, esta Comisión determinará el sistema de
contabilidad de costes con el que calibrará el modelo de costes ascendentes,
precisando el formato y el método contable que se habrá de utilizar. Debe
destacarse que en esta Resolución, a diferencia de lo establecido en las
resoluciones anteriores, se eliminó la obligación de que la contabilidad de
costes entregada por los operadores a la Comisión estuviera previamente
auditada.
Por otro lado, de acuerdo con el apartado 7 del anexo de la resolución del 10
de junio de 2010, corresponde a esta Comisión realizar una declaración anual
sobre el cumplimiento de los criterios de costes que lleva a cabo la operadora,
proponiendo las modificaciones de obligado cumplimiento al sistema de costes
que considere oportunas.
La presente resolución se completa con el Anexo siguiente:
“Informe de revisión detallado del Sistema de Contabilidad de Costes de
Telefónica Móviles España, S.A.U. del ejercicio 2015 bajo los estándares de
históricos y corrientes, realizado por Axon.
Esta resolución es dictada por la Sala de Supervisión regulatoria, órgano
decisorio competente para ello dentro de la CNMC, de acuerdo con lo previsto
en los artículos 20.1 y 21.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio y los artículos 8.2.j)
III RESULTADOS DE COSTES Y MÁRGENES APORTADOS POR
TELEFÓNICA MÓVILES Y SEPARACIÓN DE CUENTAS
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III.1 CARÁCTER MULTIESTÁNDAR DEL SISTEMA DE COSTES
La CMT, en la Resolución de 10 de junio de 2010 de actualización de los
principios, criterios y condiciones para el desarrollo del sistema de contabilidad
de costes, establece en el apartado de “Naturaleza del sistema de costes” que:
“El sistema de costes que habrá de proponer la operadora será de
naturaleza “multiestándar”, de forma que permita obtener para cada
período de contabilización los costes de los servicios de acuerdo con los
estándares de costes siguientes:
1. Costes históricos totalmente distribuidos: Este estándar de costes se
basa en la asignación de la totalidad de los costes de la contabilidad
financiera para la producción de los servicios, incorporando además el
“coste de retribución al capital propio”.
2. Costes corrientes totalmente distribuidos: Este estándar surge como
una transición desde el estándar de costes históricos totalmente
distribuidos hacia el de costes incrementales a largo plazo. Su
aplicación práctica consistirá en:
2.1. Sustituir el coste de la inversión en los activos existentes por el coste
revalorizado, recalculando sobre el nuevo valor de los activos los costes de
amortización y retribución al capital invertido.
2.2. Eliminar los costes no relacionados con la prestación de los servicios
de comunicaciones electrónicas.
3. Costes incrementales a largo plazo: Este estándar se basa en la
asignación de los costes en que debería incurrir un operador eficiente en el
largo plazo, utilizando la tecnología más avanzada y una arquitectura de
recursos y procesos acorde con la misma. El desarrollo de este estándar
se aprobó en la Resolución de 25 de mayo de 2006 sobre los principios,
criterios y condiciones para el desarrollo del estándar de costes
incrementales del sistema de contabilidad de costes de Telefónica de
España, S.A.U.”
En consonancia con lo anterior, Telefónica Móviles ha presentado los
estándares de costes históricos y corrientes, sin embargo, no ha presentado el
estándar de costes incrementales a largo plazo ya que no ha sido requerido por
esta Comisión.
En la resolución de 29 de enero de 2009 sobre las vidas útiles a aplicar en la
contabilidad de costes se indica:
“La aprobación de unas vidas útiles distintas a las aplicadas en la
contabilidad externa conduce a una problemática para su aplicación en el
sistema de costes que se explica a continuación.
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La revisión de vidas útiles para el estándar de costes corrientes implica la
necesidad de elaborar nuevos cálculos para hallar los correspondientes
costes derivados de la inversión, esto es:
- el coste de amortización (recuperación anualizada de la inversión).
- el coste de capital (recuperación del rendimiento del capital invertido).
Por otro lado, en algunas ocasiones también se generan diferencias en
estos costes como consecuencia de modificar el valor de los activos al
sustituir el coste de la inversión con el valor de reposición, según indican
los Principios de Contabilidad de Costes aprobados por esta Comisión.
De acuerdo con los mencionados Principios, estas dos diferencias de
costes entre estándares deben ser recogidas en las correspondientes
cuentas de diferencias.”
En el sistema de contabilidad presentado por Telefónica Móviles en el ejercicio
2015, en costes históricos se aplican a los elementos de inmovilizado las vidas
útiles de la contabilidad financiera y en costes corrientes se aplican las vidas
útiles aprobadas por la CMT en la resoluciones de 29 de enero de 2009 y de 4
de junio de 2009. Otra fuente de diferencias entre estándares es la
revalorización de activos realizada en el estándar de corrientes según lo
requerido en la resolución de 4 de noviembre de 2010.
La siguiente tabla ilustra las diferencias presentadas en el Sistema de
Contabilidad de Costes entre los estándares de costes históricos y corrientes,
en relación a los costes de los activos, valores de la amortización y costes de
capital.
Tabla 1 Diferencias en los costes calculados para el ejercicio 2015 entre
los estándares de costes históricos y corrientes
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
El total de las diferencias obtenidas en los costes calculados de amortización y
de capital entre ambos estándares se distribuye en el estándar de corrientes a
cuentas específicas de costes e ingresos No Imputables al Estándar.
Los gastos de naturaleza extraordinaria se siguen imputando en ambos
estándares a la cuenta de servicios No Asignables a la Actividad Principal
(NAAP).
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Para el estándar de corrientes, Telefónica Móviles debe tomar como referencia
la resolución de 29 de enero de 2009, sobre las vidas útiles a aplicar en el
ejercicio 2008, en la que la CMT definió las vidas útiles a aplicar en el año 2008
y siguientes. Axon ha detectado una serie de activos que no existían en el
momento de dicha resolución y sobre los que esta Comisión no se ha
pronunciado al respecto
2
, así como una serie de activos para los que la vida útil
aplicada no es consistente con la citada resolución y que se detallarán más
adelante.
Respecto del cálculo del coste del capital en el estándar de corrientes, Axon ha
verificado que Telefónica Móviles ha utilizado el valor correcto de la Tasa Anual
de Retorno (WACC) aprobada por esta Comisión en su Resolución de 5 de
noviembre de 2015 para aplicar en el Sistema de Contabilidad de Costes de
Telefónica Móviles para el ejercicio de 2015, del 8,35% (WACC antes de
impuestos).
En la siguiente tabla se ilustra la diferencia entre los costes calculados del
ejercicio 2015 y 2014 bajo el estándar de corrientes por categoría de activo.
Tabla 2 Diferencia entre los costes calculados del ejercicio 2015 y 2014
bajo el estándar de costes corrientes
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
III.2 DESGLOSE DE LOS SERVICIOS
Mediante la resolución de 13 de diciembre de 2007 sobre la adaptación de los
sistemas de contabilidad de costes de los operadores móviles de red al nuevo
marco regulatorio, la CMT aprobó un determinado desglose de servicios. A
continuación se recoge el listado de los servicios que ha presentado,
concretando de este modo los servicios objeto de desagregación:
2
Licencias asociadas a nuevas bandas de espectro y equipos de sistema SIRDEE (Sistemas
de Radiocomunicaciones Digitales de Emergencia del Estado). Estos equipos no tienen
impacto ya que su imputación se hace a costes no asignables a la actividad principal.
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Tabla 3 Desglose de los servicios
Telefónica Móviles ha presentado las cuentas de ingresos, costes y márgenes
de estos servicios.
III.3 RESULTADOS DE LA VALORACIÓN DE LA PLANTA A COSTES
CORRIENTES
El 4 de noviembre de 2010 la CMT aprobó la resolución sobre la revalorización
de los activos de los operadores de telefonía móvil, para determinar los
procedimientos de revalorización de los activos de los operadores móviles para
su valoración a costes corrientes en los resultados de la contabilidad de costes.
Axon ha revisado la revalorización realizada por Telefónica Móviles y ha
analizado cada una de las valoraciones a corrientes durante las reuniones de
trabajo, revisando la metodología aplica y los valores de entrada.
SERVICIOS MAYORISTAS SERVICIOS MINORISTAS
Interconexión Tráfi co
Terminación voz origen fij os grupo Voz fijo nacional
Terminación voz origen fij os no grupo Voz on net
Terminación voz origen móvil Voz off net
Terminación videote lefonía Videotel efonía on net
Terminación sms Videotel efonía off net
Terminación mms Voz y videotel efonía internacional
Terminación internacional vo z y videotelefon ía Serv. Propios y de Atenci ón al cliente
Terminación internacional sms Red inteli gente (no gratuita)
Terminación internacional mms Servicios de guías de abonado y directorios
Originación voz y video telefonía Servicios de eme rgencias y atención ciudadana
Originación sms Datos medidos por tiempo
Originación mms Mensajería y datos
Originación datos SMS on net
Reventa voz y videote lefonía SMS off net
Reventa sms SMS internacional
Reventa mms SMS premium
Reventa datos Resto SMS SVA
Acceso a números gratuitos MMS on net
Roaming in- Itinerancia de cli entes extranjeros en red propia MMS off net
Roam in voz videotlf- Sal-Client ope r UE destino UE MMS internacional
Roam in voz videotlf- Sal-Resto MMS Premium
Raom in voz videotlf- Client operadores UE origen UE Resto MMS SVA
Roam in voz videotlf- Ent-Resto Banda ancha móvil
Roam in sms-Sal-Oper UE destino UE Otros servicios de datos
Roam in sms-Sal-Resto Roaming Out- Itinerancia de clie ntes propios en redes ex tranjeras
Roam in sms- Ent- Client oper UE Roam out voz videotlf- Sal- En redes operadores Ue destino UE
Roam in sms- Ent-Ent- Resto Roam out voz videotlf-Sal- Resto
Roam in datos y mms- Client oper UE Roam out voz videotlf- Ent- En redes operadores UE origen UE
Roam in datos y mms- Client oper no UE Roam out voz videotlf-Ent- Resto
Infraestructuras Roam out SMS-Sal-En red operadores UE destino UE
Alquile r y compartición de infraestructuras Roam out SMS-Saliente-Resto
Roam out Datos MMS- En redes de operadores UE
Roam out Datos MMS- Resto
Servicios TREI
Servicios NAAP
No imputables al est ándar
OTROS
VECO/DTSA/009/17/SCC 2015
TELEFÓNICA MÓVILES Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 – 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 – 08018 Barcelon a
www.cnmc.es
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En el informe de conclusiones sobre el SCC del ejercicio 2015 de Telefónica
Móviles elaborado por Axon pueden consultarse los métodos de revalorización
empleados por Telefónica Móviles, la trazabilidad de los cálculos realizados y
los valores resultantes de la revalorización.
En la tabla siguiente se refleja el porcentaje de activos que han sido
revalorizados por cada uno de los métodos de revalorización:
Tabla 4 Porcentajes de revalorización por método
[INICIO CONFIDENCIAL]
Método de Revalorización % del Total de Activos
TOTAL 100,0%
[FIN CONFIDENCIAL]
Durante la revisión no se han encontrado incidencias relevantes respecto del
proceso de revalorización.
III.4 ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS PRESENTADOS POR TELEFÓNICA
MÓVILES PARA EL EJERCICIO 2015 RESPECTO DE LOS
RESULTADOS DEL EJERCICIO ANTERIOR.
En las tablas siguientes se muestran los ingresos, costes y rgenes
obtenidos por Telefónica Móviles para los servicios indicados en el ejercicio
2015 respecto a los obtenidos en el ejercicio 2014.
VECO/DTSA/009/17/SCC 2015
TELEFÓNICA MÓVILES Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 – 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 – 08018 Barcelon a
www.cnmc.es
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Tabla 5 Cuentas de márgenes por familia de servicios presentados por
Telefónica Móviles de los ejercicios 2015 y 2014, estándar de costes
históricos
Tabla 6 Cuentas de márgenes por familia de servicios presentados por
Telefónica Móviles de los ejercicios 2015 y 2014, estándar de costes
corrientes
III.4.1 Servicios mayoristas
Ingreso Coste Margen Ingreso Coste Margen
Interconex ión 426,79 517,59 90,81 - 388,29 497,79 109,49 -
Roaming in 85,04 98,88 13,84 - 69,87 86,72 16,86 -
Infraestructuras 29,01 2,64 26,37 22,20 2,98 19,22
Total Servicios Mayoristas 540,83 619,11 78,28 - 480,36 587,49 107,13 -
Tráfico 1.657,23 1.301,94 355,29 2.028,70 1.489,01 539,69
Mensajería 107,46 127,18 19,72 - 110,65 151,58 40,93 -
Datos 1.679,12 1.632,33 46,79 1.525,57 1.398,30 127,26
Roaming Out 234,51 184,41 50,10 246,10 196,87 49,23
Total Servicios Minoristas 3.678,33 3.245,86 432,47 3.911,02 3.235,77 675,26
NAAP 277,94 489,25 211,31 - 403,83 526,55 122,72 -
No imputable s al estándar - - - - - -
Total Otros 277,94 489,25 211,31 - 403,83 526,55 122,72 -
TOTAL 4.497,10 4.354,22 142,88 4.795,22 4.349,81 445,41
Servicios
Históricos 2015
Históricos 2014
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
OTROS
Ingreso Coste Margen Ingreso Coste Margen
Interconex ión 426,79 508,15 81,36 - 388,29 499,50 111,20 -
Roaming in 85,04 98,85 13,81 - 69,87 87,21 17,35 -
Infraestructuras 29,01 2,60 26,40 22,20 2,99 19,21
Total Servicios Mayoristas 540,83 609,60 68,77 - 480,36 589,70 109,34 -
Tráfico 1.657,23 1.289,97 367,27 2.028,70 1.486,01 542,70
Mensajería 107,46 125,84 18,38 - 110,65 149,71 39,06 -
Datos 1.679,12 1.636,03 43,10 1.525,57 1.408,54 117,03
Roaming Out 234,51 184,79 49,73 246,10 197,32 48,78
Total Servicios Minoristas 3.678,33 3.236,62 441,71 3.911,02 3.241,58 669,44
NAAP 277,94 489,36 211,42 - 403,83 524,08 120,25 -
No imputable s al estándar - 18,64 18,64 - - 5,55 - 5,55
Total Otros 277,94 508,00 230,06 - 403,83 518,53 114,70 -
TOTAL 4.497,10 4.354,22 142,88 4.795,22 4.349,81 445,41
SERVICIOS MINORISTAS
OTROS
Servicios
Corrientes 2014
SERVICIOS MAYORISTAS
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A continuación presentamos la visión general de los resultados para cada una
de las tres categorías de “Servicios mayoristas”. Para mayor nivel de detalle
puede consultarse el capítulo 3 del informe de conclusiones de Axon sobre el
SCC de Telefónica Móviles que se aporta como anexo a esta resolución. Los
valores comparados, a no ser que se especifique lo contrario, se corresponden
con los recogidos en el estándar de costes corrientes.
La categoría de servicios de interconexión incluye originación, terminación,
reventa, acceso a números gratuitos y otros servicios de interconexión. Los
servicios de interconexión tuvieron unos ingresos de 426,79 millones de euros
y un margen negativo de 81,36 millones de euros en 2015. Este margen
mantiene una tendencia negativa aunque con una ligera mejoría, desde los
111,20 millones de margen negativo del ejercicio previo.
En el caso de los servicios de terminación de voz se aprecia un aumento en los
ingresos que se explica por un aumento de las unidades.
El aumento más relevante en ingresos se da en los servicios de reventa,
debido [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL].
La categoría de servicios de Roaming-in se corresponde con los servicios de
itinerancia de clientes extranjeros en la red propia por servicios de Voz y
Videotelefonía, SMS, Datos y MMS. Los ingresos de Roaming-in alcanzaron en
2015 la cifra de 85,04 millones de euros frente a los 69,87 millones de euros de
2014. Los ingresos de Roaming-in aumentan fundamentalmente por un
aumento del consumo [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] en
el número de minutos y [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] en
el número de MegaBytes cursados.
La categoría de Infraestructuras incluye el alquiler de infraestructuras de
Telefónica Móviles a terceros operadores para la prestación de sus servicios.
En el ejercicio 2015 presenta unos ingresos de 29,01 millones de euros frente a
los 22,20 millones de euros del ejercicio 2014, con un margen 26,40 millones
de euros frente a los 19,21 millones del ejercicio anterior.
III.4.2 Servicios minoristas
Se presenta la visión general de los resultados para cada una de las tres
categorías de “Servicios minoristas”. Al igual que en el caso de los servicios
mayoristas, para una información más detallada, puede consultarse el capítulo
3 del informe de conclusiones de Axon sobre el SCC de Telefónica Móviles que
se aporta como anexo a esta resolución. Asimismo, los valores comparados se
refieren al estándar de costes corrientes.
La categoría de servicios de Tráfico recoge los servicios por voz y
videotelefonía, servicios de valor añadido y otros tráficos. El tráfico telefónico
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presentó de nuevo en 2015 una disminución, reduciéndose los ingresos en un
18,3% respecto del ejercicio 2014. Los ingresos totales por tráfico en el
ejercicio 2015 fueron de 1.657,23 millones de euros frente a los 2.028,70
millones del ejercicio anterior. Esto puede ser debido a la migración de tarifas
de solo voz a tarifas mixtas (voz y datos) que tienen mejores precios para los
servicios de voz.
La categoría de servicios de Mensajería incluye los servicios de SMS y MMS.
Los ingresos de los servicios tradicionales de mensajería (SMS y MMS)
continúan su tendencia decreciente. Así en el ejercicio 2015 la reducción de los
ingresos es de un 2,9% debido al cambio que han realizado los usuarios a
otros servicios y probablemente al empaquetamiento del SMS en las ofertas de
banda ancha móvil.
La categoría de servicios de Datos un año más aumenta sus ingresos. El
incremento porcentual de estos respecto al ejercicio anterior es del 10,1%, si
bien el incremento de costes es de un 16,2% por lo que se produce una
reducción del margen respecto al año 2014, desde los 117,03 millones de
euros a los 43,10 millones en 2015. A este respecto, el servicio de banda
ancha móvil tiene un margen negativo si bien “Otros servicios de datos” lo tiene
positivo.
La categoría de servicios de Roaming-out comprende los servicios de
Itinerancia de clientes propios en redes extranjeras por servicios de Voz y
Videotelefonía, SMS, Datos y MMS. Roaming-out alcanzó unos ingresos de
234,51 millones de euros en 2015, registrando una disminución del 4,7%
respecto del ejercicio anterior, consolidándose la tendencia de ingresos
decrecientes de los últimos años. No obstante, el coste se reduce en un
porcentaje mayor (6,4%) por lo que el margen se incrementa en un 1,9%
respecto al ejercicio anterior. Esta reducción en el coste está asociada a la
disminución de las tasas de Roaming por la regulación europea y en el caso de
los datos, se debe también al incremento del volumen.
IV INFORMES DE REVISIÓN
En la resolución de la CMT, de 10 de mayo de 2012, que aprueba la definición
y el análisis de terminación de llamadas vocales en redes móviles individuales,
la designación de operadores con poder significativo de mercado y la
imposición de obligaciones específicas, se elimina la obligación de presentar
por su cuenta una revisión externa para verificar los resultados anuales de
contabilidad a los operadores. Por este motivo, los resultados del SCC de 2015
de Telefónica Móviles han sido evaluados únicamente mediante la revisión
encargada por la Comisión a Axon.
IV.1 OBSERVACIONES DE LA REVISIÓN ENCARGADA POR LA CNMC
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Axon ha realizado por encargo de la CNMC la verificación de la correcta
adaptación del SCC de Telefónica Móviles correspondiente al ejercicio 2015 a
los Principios y Criterios aprobados en la resolución de 10 de junio de 2010
(actualización de los aprobados mediante Resolución de 15 de julio de 1999) y
a otras resoluciones relevantes al SCC de Telefónica Móviles.
En el informe emitido por la consultora sobre los resultados del Sistema de
Contabilidad de Costes de Telefónica Móviles para el ejercicio 2015, Axon
concluye que el sistema de contabilidad de costes desarrollado por Telefónica
Móviles cumple:
“a nivel general -salvando las incidencias descritas a continuación- con
los principios, criterios y condiciones aprobados por la Comisión. Esta
conclusión se hace extensiva tanto al SCC en sí mismo como al Manual
Interno de Contabilidad de Costes (MICC), a los diferentes estudios
técnicos y al resto de documentación de soporte que lo completan.
(…)
En el transcurso de los trabajos de revisión, se han identificado ciertas
discrepancias entre los procedimientos utilizados por TME y los
principios aprobados por la Comisión. Por ello, consideramos preciso
introducir ciertos ajustes a las cuentas de márgenes presentadas en el
presente ejercicio.”
El criterio de la CNMC ha sido el habitual en estos procedimientos. Para
aquellas incidencias que o bien suponen un impacto inmaterial o bien no se
han podido cuantificar y que se presumen con un impacto no relevante, requerir
su aplicación en ejercicios posteriores. En cambio, para las que se pueden
cuantificar se requiere la aplicación en el propio ejercicio sometido a revisión.
IV.1.1 REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES
SOLICITADAS EN LA VERIFICACIÓN DEL SCC DEL EJERCICIO
ANTERIOR.
Se enumeran a continuación los cambios introducidos en el SCC de Telefónica
Móviles en cumplimiento de los requerimientos realizados por esta Comisión en
la Resolución del 9 de junio de 2016, sobre la verificación de los resultados de
la contabilidad de costes de Telefónica Móviles España, S.A.U. del ejercicio
2014 (VECO/DTSA/007/16/SCC 2014 TELEFÓNICA MÓVILES).
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Tabla 7 Revisión del cumplimiento de las modificaciones del SCC de 2014
requeridas por la CNMC en opinión de Axon
Ref. TÍTULO Conclusión revisor de la CNMC
1 Solicitud de tres presupuestos para el
cálculo de las revalorizaciones Parcialmente
2 Reparto del centro de actividad
componente de red “Transporte IP”
3 Mejoras en la documentación soporte
para la separación entre voz,
videotelefonía y datos
4 Imputación de los ingresos a los
servicios de SMS Parcialmente
5 Aspectos detectados en el tratamiento de
ingresos Parcialmente
6 Aspectos adicionales requeridos en la
información relativa a los ingresos
7 Introducción en el modelo de la
tecnología LTE
8 Aspectos en la documentación soporte
9
Adición de información en el Estudio
Técnico de Reparto de Grupos de
Activos de Red a Tráfico y
Establecimiento
10 Aspectos referentes al proceso de
actualización y adecuación del Anexo V
11 Transposición al modelo de los datos
resultantes del proceso de revalorización
de activos realizado en el Anexo V
12 Aspecto relativo al cálculo del im porte
unitario del elemento SGSN
13 Inclusión en el modelo de los nodos
multiservicio No
14 Introducción del número de sesiones del
modelo
15 Cuadre de la contabilidad financiera con
la contabilidad analítica
16 Nueva cuenta de ingresos “Otros
ingresos/aportaciones” No
17 Eliminación de la mayoría de los cambios
de signo realizados en el cuadre de la
contabilidad financiera y la analítica
18 Coste e ingreso unitario de los servicios
de originación y reventa
19 Reparto del coste en base a actividades
Alquiler al grupo de activos de red
Transporte IP
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Ref. TÍTULO Conclusión revisor de la CNMC
20 Modificación de la metodología de
cálculo de consumos de energía por
grupos de activos de red
21 Imputación incorrecta del centro de coste
220 D. Control y Gestión Tráfico
22
Imputación incorr ecta de los costes
reflejados amortización del inmovilizado
material y el de amortización del
inmovilizado inmaterial
23 Aspectos en la documentación soporte
24 Introducción en el modelo d e nuevos
repartos que reflejen el reparto de los
nodos multiservicio Parcialmente
25 Eliminación del modelo del servicio de
telefonía fija y de los servicios de tránsito
26 Extracción del servicio de datos de la
familia mensajería No
IV.1.2 MODIFICACIONES REQUERIDAS POR LA CNMC EN EL EJERCICIO
2014 NO IMPLEMENTADAS POR TELEFÓNICA MÓVILES O CUYA
IMPLEMENTACIÓN ES CUESTIONADA POR EL CONSULTOR DE LA
CNMC
A continuación se expresan los motivos por los cuales Axon considera que
Telefónica Móviles no ha cumplido o ha realizado un cumplimiento parcial de
los requerimientos 1, 4, 5, 13, 16, 24 y 26 de la resolución de 9 de junio de
2016, de verificación de los resultados del SCC del ejercicio 2014.
1. Solicitud de tres presupuestos para el cálculo de las
revalorizaciones
En la Resolución del 3 de julio de 2014 al respecto de la revalorización de
activos, la Comisión solicitó a Telefónica Móviles que, …al calcular el valor
revalorizado de los activos cuando deba emplearse el método de Valoración
Absoluta, Telefónica Móviles debe calcular el valor revalorizado siguiendo la
regla general, aportando las referencias de presupuesto de tres proveedores”
3
.
Posteriormente, y dada la dificultad que encontraba la operadora en cumplir
con este requerimiento, en la Resolución del 9 de junio 2016, la Comisión
solicitó a Telefónica Móviles, en relación con la valoración a corrientes de los
activos, “…limitar en lo posible la aplicación de excepciones, centrando el
esfuerzo de cumplimiento en aquellos activos de mayor materialidad relativa,
en particular, en los activos de la red de acceso radio como las RNC o MGW.”
4
3
Resolución VECO/DTSA/545/14/SCC 2012 Telefónica Móviles
4
Resolución VECO/DTSA/007/16/SCC 2014 Telefónica Móviles
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Asimismo, la CNMC ha dado la posibilidad de facilitar diferentes
configuraciones cuando no sea posible conseguir tres proveedores, como se
menciona en la Resolución del 9 de junio 2016: “…cuando no sea posible
cumplir con el requerimiento de la CNMC, se requiere que se aporten varios
presupuestos o facturas con distintas configuraciones del elemento de red de
los proveedores que suministran a Telefónica Móviles”
5
.
Axon ha analizado conjuntamente con la operadora los diferentes elementos de
red que se valoran mediante esta metodología. Así, se han revisado todas las
ofertas/facturas de las que dispone Telefónica Móviles y que se han utilizado
para la revalorización de cada uno de los activos.
Los activos para los cuales ha aplicado presupuestos y/o cotizaciones de dos o
más compañías o configuraciones, representan el [INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL] % del total de los costes de activos valorados mediante
el método de valoración absoluta.
Por tanto, existe un [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] % de
los activos para los que no se ha utilizado presupuestos de tres proveedores
diferentes, ni en su defecto facturas con diversas configuraciones como
solicitaba la CNMC.
Tabla 8 Detalle de los presupuestos y configuraciones utilizados para la
revalorización de activos con una configuración y proveedor
[INICIO CONFIDENCIAL]
Activo Presupuestos Comentarios
Porcentaje
de costes
calculados
corrientes
6
5
Resolución VECO/DTSA/545/14/SCC 2012 Telefónica Móviles.
6
De los activos revalorizados mediante el método de valoración absoluta.
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Activo Presupuestos Comentarios
Porcentaje
de costes
calculados
corrientes
6
-
-
-
-
-
-
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Activo Presupuestos Comentarios
Porcentaje
de costes
calculados
corrientes
6
TOTAL
[FIN CONFIDENCIAL]
Axon concluye que si bien se trata de una limitación, estos activos representan
un parte reducida de los costes de la operadora.
Y si bien Telefónica Móviles no ha cumplido exactamente con lo requerido por
esta Comisión, pese a haber utilizado todas las ofertas, facturas o
presupuestos de los que dispone para cada elemento de activo, el consultor
considera razonable la aproximación seguida por Telefónica Móviles.
Asimismo se han identificado una serie de incidencias en la valoración de
ciertos activos, que se detallarán más adelante.
Respuesta 1: Telefónica Móviles debe limitar en lo posible la aplicación
de excepciones, centrando el esfuerzo de cumplimiento en aquellos
activos de mayor materialidad relativa. Adicionalmente, cuando no sea
posible cumplir con el requerimiento de la CNMC, se requiere que se
aporten varios presupuestos o facturas con distintas configuraciones del
elemento de red de los proveedores que suministran a Telefónica
Móviles, en línea con lo señalado en resoluciones anteriores.
2. Imputación de los ingresos a los servicios SMS
La CNMC en su resolución sobre el ejercicio 2014 requirió a Telefónica Móviles
“que para mejorar la causalidad del modelo en el tratamiento de ingresos, se
incorporen los ingresos asociados a SMS a las distintas tarifas, según vayan
siendo lanzadas.
A su vez, para aquellas tarifas más representativas, aunque hayan sido
lanzadas con anterioridad, también se deberá incluir el reparto correspondiente
a los servicios SMS.”
Axon ha podido comprobar que Telefónica Móviles no repercute ingresos de
SMS a la totalidad de las tarifas multiservicio más representativas, las que
suponen un [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] % de los
ingresos, de acuerdo con la siguiente tabla:
Tabla 9 Resumen de tarifas más representativas de acuerdo a ingresos
detallando la prestación de servicio SMS.
[INICIO CONFIDENCIAL]
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Nombre tarifa
Ingresos totales
de la tarifa
(MM €)
% sobre el
total de
ingresos
SMS en la
oferta
comercial
Reparte a
servicios
[FIN CONFIDENCIAL]
Por tanto, se desprende que Telefónica Móviles solo repercute ingresos de
SMS a las tarifas Fusión TV Total, Fusión TV contigo, así como Vive 33 y Vive
45 (que han sido creadas en 2015) y a “Fusionitos”
7
(que fue creada con
anterioridad al 2015).
No obstante, Axon destaca que por ejemplo a la tarifa Fusión, que podría ser
considerada relevante dado su porcentaje sobre el total de ingresos, no se le
imputan ingresos de SMS.
Por ello, considera que la operadora ha cumplido parcialmente con el
requerimiento de la CNMC, ya que no imputa ingresos de servicios SMS de
algunas tarifas que podrían ser consideradas como relevantes.
Respuesta 2: Telefónica Móviles deberá incluir, en el año 2016 y
siguientes, el reparto correspondiente a los servicios SMS para aquellas
tarifas más representativas, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución
del ejercicio 2014.
3. Aspectos detectados en el tratamiento de ingresos
En la resolución del ejercicio 2014, esta Comisión requirió a Telefónica Móviles
la inclusión de información adicional en el estudio técnico de tratamiento de
7
Los “Fusionitos” es la denominación empleada por Telefónica para referirse a las líneas
móviles adicionales asociadas a los empaquetamientos convergentes “fijo-móvil”.
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tarifas planas, para mejorar la trazabilidad de la metodología empleada. En
este sentido, la operadora ha incluido un mayor detalle (prestaciones incluidas
en cada tarifa, planta de líneas, driver de reparto utilizado y reparto de los
ingresos a los servicios prestados en la tarifa), lo que permite disponer de una
mayor trazabilidad del reparto aplicado.
Asimismo, el informe de Deloitte, proponía los siguientes aspectos:
(i) “el empleo del consumo medio efectivo realizado por el usuario final
en tarifas ilimitadas,
(ii) a partir del consumo medio efectivo para cada uno de los contratos
más representativos, valorar el precio unitario medio de las unidades
asociadas al consumo medio efectivo como los ingresos unitarios
medios obtenidos en el servicio medido asociado a cada servicio o
como los ingresos unitarios medios obtenidos a partir de las cuotas
de voz o datos,
(iii) emplear las valoraciones medias y consumos medios antes
señalados como ponderador para el reparto del ingreso asociado a
cada una de las tarifas mixtas.”
A este respecto Telefónica Móviles no ha aplicado la propuesta de mejora de
Deloitte, al considerar que la petición está desalineada con la visión interna de
la compañía, y no le parece razonable utilizar para el reparto del ingreso
mayoritario (tarifas ilimitadas o paquetes) aquellas tarifas que están
desapareciendo o tendiendo a la desaparición (las tarifas facturadas por
consumo). Además, señala que existe una complejidad adicional asociada a la
identificación de los volúmenes de datos entre aquellos realmente incluidos o
no en las tarifas.
En dicha resolución se había requerido establecer un criterio de reparto lo más
causal posible, del importe total a los servicios, en vez de imputar una pequeña
parte [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] euros. La operadora
señala que este valor está alineado con la visión interna que tiene el
departamento de control de gestión al respecto de los ingresos de los SMS y
que los usuarios en la actualidad no valoran el servicio de SMS.
Por tanto, Axon pone de manifiesto que Telefónica solo ha cumplido
parcialmente con el requerimiento marcado por la Comisión.
Esta Sala considera que esta petición era una propuesta de mejora de la
causalidad del reparto de ingresos de paquetes convergente a servicios. La
resolución de 2014 requería que la información de las tarifas empleadas para
los repartos estuviera actualizada y que se justificara su uso en el ET.
Respuesta 3: Telefónica Móviles debe seguir incluyendo en el ejercicio
2016 y siguientes, la información que permita trazar el cálculo de los
repartos aplicados. En este sentido, el estudio técnico debe justificar el
uso de los criterios de reparto para evaluar su causalidad.
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4. Introducción en el modelo de nuevos repartos que muestren la
distribución de los nodos multiservicio
En el ejercicio 2014 se requirió a Telefónica Móviles que incluyera toda la
“información necesaria que garantice la trazabilidad de la información incluida
en el SCC, ya que la misma, al ser base de los repartos, es conocida de
antemano por la operadora y, por tanto, solo requiere su inclusión en el ET, en
este caso concreto, en el de los nodos multiservicio”. Asimismo, se requería a
Telefónica Móviles la creación de un coste calculado para recoger los costes
asociados a los elementos nodos multiservicio.
Respecto al primer punto, la operadora no ha entregado un estudio técnico si
bien ha aclarado, durante las sesiones de trabajo, el reparto del coste de los
nodos multiservicio a cada tecnología. Este reparto consiste en:
1. Se parte del valor de los activos.
2. Sobre este valor se sustrae la cuenta “2246560 Módulo de Sistema
LTE”, que incluye el coste de nodos multiservicios específicos de LTE.
3. El valor resultante se reparte en función del despliegue de nodos que se
ha hecho de las tecnologías 2G y 3G. Es decir, en relación al número de
emplazamientos multiservicio desplegados de cada tecnología. Lo
anterior supone que los costes de los nodos de ambas tecnologías
serían iguales y Axon propone una mejora que se incluirá más adelante.
En el estándar de corrientes la valoración de este activo se encuentra implícita
en la valoración de los nodos por tecnología (2G, 3G y 4G).
En relación al segundo punto, Telefónica Móviles ha creado el código del coste
calculado “91x26 Equipos multiservicio” y ha realizado el cálculo de manera
extracontable, solo para el estándar de históricos.
Señala Axon que en el caso del estándar de corrientes, todos los nodos de
acceso se valoran como nodos multiservicio, por lo que la desagregación de
una cuenta con los activos multiservicio en origen no aportaría una
transparencia adicional de relevancia.
A este respecto, en la resolución del ejercicio 2004 se requería que la
operadora incluyera esta información en el Anexo 12 “E.T. de Soporte de
reparto de las cuentas de Nodos Radio Multiservicio”. Sin embargo, en el
ejercicio 2015 Telefónica Móviles no ha entregado dicho estudio técnico. Esta
Comisión sigue considerando necesario que en aras de mejorar la comprensión
del modelo y su auditabilidad se entregue la información sobre el reparto de
costes de los nodos multiservicio a cada tecnología, en un estudio técnico,
como documentación soporte a la entrega de contabilidad.
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Asimismo, según lo señalado en la resolución del ejercicio 2014, Telefónica
Móviles deberá crear un coste calculado en el estándar de costes corrientes, de
forma que los elementos de red coincidan con la realidad de la red de la
operadora.
Respuesta 4: Telefónica Móviles debe incluir, en el ejercicio 2016 y
siguientes, un estudio técnico específico que detalle el reparto del coste
de los nodos multiservicio a cada tecnología. Asimismo, deberá crear
una cuenta de coste calculado de nodos multiservicio, en el estándar de
costes corrientes, según lo señalado en la resolución del ejercicio 2014.
5. Nueva cuenta de ingresos “Otros ingreos/aportaciones”
En el ejercicio 2014 se identificó un error tipográfico en la descripción de la
cuenta “97114000 Otros ingreos/aportación” y se requirió a la operadora que
corrigiera este error documental en la ejercicio 2015 y siguientes.
Axon ha comprobado que esta incidencia no ha sido corregida en el año 2015
por lo que Telefónica no ha cumplido con el requerimiento.
Respuesta 5: Telefónica Móviles debe corregir este error documental en
el ejercicio 2016 y siguientes.
6. Extracción del servicio de datos de la familia mensajería
En la resolución del ejercicio 2014, esta Comisión había requerido “eliminar los
servicios de datos de la codificación de la familia referente a la Mensajería en el
modelo”. Este requerimiento exigía a la operadora eliminar los servicios de
datos del agrupamiento de la familia referente a mensajería (Codificación
9x022), ya que estos servicios no tienen relación alguna, facilitando la
comprensión y análisis del modelo.
Axon pone de manifiesto que Telefónica Móviles no ha cumplido con este
requerimiento.
Alegaciones de Telefónica Móviles:
La operadora señala que si bien no ha realizado modificaciones en la
codificación sí ha realizado cambios en la jerarquía. Indica que con dichos
cambios, el servicio “98225 Datos” ya no figura dentro del servicio “9822-
Mensajería, según se puede comprobar en el informe de márgenes por servicio
de corrientes 2015, sino que es otro servicio independiente.
Respuesta de esta Sala:
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En este sentido, se ha podido comprobar que Telefónica Móviles no ha
realizado modificaciones en la codificación del servicio de datos. Por otra parte,
no se observa un cambio de jerarquía, por cuanto las familias de servicios se
recogen con cuatro cifras y al quedar los servicios de datos bajo el código
9822x, estos seguirían dentro de la familia mensajería.
Respuesta 6: Telefónica Móviles debe cumplir, en el ejercicio 2016 y siguientes,
con este requerimiento realizado en la resolución del ejercicio 2014.
IV.1.3 OTROS ASPECTOS DETECTADOS EN LA REVISIÓN DEL SCC DEL
EJERCICIO 2015
7. Costes asociados a la provisión de TRAC
En el SCC de Telefónica Móviles, el servicio de alquiler y compartición de
infraestructura solo recoge los ingresos y costes asociados a la provisión del
servicio de Telefonía Rural por Acceso Celular (TRAC) que Telefónica de
España, S.A.U. subcontrata a Telefónica Móviles, y que están asociados al
servicio universal.
Durante las labores de revisión, se pudo comprobar que si bien en este servicio
se recogen la totalidad de los ingresos asociados a TRAC, solo se atribuyen los
costes incurridos por los servicios de voz.
Según indicó la operadora, ello se debe a que su sistema no permite asociar
dos tipos diferentes de unidades de medida a un único servicio. En el caso del
TRAC, hay servicios tanto de voz como de datos, y la operadora ha decidido
incluir solo el tráfico de servicios de voz.
Axon considera que esta aproximación podría ser razonable en el pasado, ya
que el tráfico de servicios de datos era reducido. Sin embargo, desde la
inclusión de la conectividad de banda ancha en el alcance del servicio
universal, el tráfico de datos ha pasado a ser relevante.
De esta forma, se están infravalorando los costes del servicio TRAC y
sobrevalorando los del resto de servicios de datos del SCC. El impacto es:
Impacto en costes corrientes:
Tabla 10 Impacto en costes corrientes de los servicios asociados a la
imputación de los costes de datos TRAC (miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Servicio
Coste
Presentado
(Miles EUR)
Coste
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
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Servicio
Coste
Presentado
(Miles EUR)
Coste
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Impacto en costes históricos:
Tabla 11 Impacto en costes históricos de los servicios asociados a la
imputación de los costes de datos TRAC (miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Servicio
Coste
Presentado
(Miles EUR)
Coste
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Axon recomienda que se apliquen estos ajustes en el ejercicio 2015, de forma
que los costes asociados al consumo de datos TRAC se repartan al servicio de
alquiler de infraestructuras.
Para evitar el problema detectado en el ejercicio 2015 y aumentar la
transparencia del SCC, Axon recomienda que en el ejercicio 2016 y siguientes
se abran dos servicios que recojan los ingresos y costes asociados a la
provisión de TRAC de voz y datos, respectivamente.
Alegaciones de Telefónica Móviles:
La operadora señala que para poder cumplir con esta recomendación sería
necesario abrir nuevos códigos de cuentas en todos los pasos del SCC. Es
decir, se requeriría un nuevo código de coste reflejado, un nuevo código de
coste en base a actividad y un nuevo centro de actividad, además de las
cuentas de ingresos, costes y márgenes por servicios que se indican en el
informe de Axon.
En este sentido, Telefónica Móviles alega que si bien puede crear nuevos
códigos de costes reflejados y costes en base a actividad, no puede modificar
la relación de centros de actividad dado que la misma está fijada en la
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Resolución de la CMT sobre la adaptación al nuevo marco regulatorio y
homogeneización del sistema de contabilidad de costes de Telefónica Móviles
España, S.A.U.
8
Respuesta de esta Sala:
Con carácter general, el tráfico de datos, tanto fijos como móviles, ha
aumentado en los últimos ejercicios. Por ello, esta Sala considera necesaria la
apertura propuesta en el informe del consultor, de forma que la prestación de
este servicio por Telefónica Móviles a Telefónica de España, refleje los costes
reales tanto del tráfico de voz como de datos.
Por ello, Telefónica Móviles deberá abrir dos servicios que recojan los ingresos
y costes asociados a la provisión de voz y datos respectivamente. Para ello, la
operadora deberá proceder a la apertura de las cuentas oportunas de
diferentes niveles —ingresos y costes calculados, costes en base a actividades
y centros de actividad— que le permitan realizar los repartos.
Respuesta 7: Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste en el ejercicio
2015 y para el ejercicio 2016 deberá abrir, dentro del segmento de
alquiler de infraestructuras, dos servicios TRAC voz y TRAC datos, que
recojan los ingresos y costes de la prestación del TRAC a Telefónica de
España. Asimismo, deberá crear las cuentas necesarias en las fases
anteriores a servicios.
8. Alquiler de infraestructura
Durante la revisión, se identificó que los ingresos asociados al alquiler de
infraestructuras a terceros operadores se imputan al servicio NAAP. En opinión
del consultor, sería más apropiado imputar dichos ingresos al servicio
habilitado a tal efecto, denominado “9701911 Alquiler y compartición de
infraestructuras”.
Además, el alquiler de infraestructuras permite a la operadora un uso más
eficiente de sus infraestructuras, compensando parte de los costes incurridos a
tal efecto. No obstante, Telefónica Móviles imputa la totalidad de los costes de
las infraestructuras a los servicios finales (tanto minoristas como mayoristas)
sin tener en cuenta que parte de estas han sido alquiladas a terceros
operadores.
Axon entiende que Telefónica Móviles debería imputar a la cuenta de costes
por servicio “9501911 Por alquiler y compartición de infraestructuras” aquellos
costes de infraestructuras empleados por terceros operadores. Por ello,
proponen igualar los costes a los ingresos percibidos.
8
Expediente AEM 2008/262, de 19 de junio de 2008.
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Esta incidencia tiene impacto tanto en ingresos como en costes.
Impacto en ingresos:
Tabla 12 Impacto en ingresos asociados al alquiler y compartición de
infraestructura (miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Servicio
Valor 2015
Presentado
(Miles EUR)
Valor 2015
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Impacto en costes corrientes:
Tabla 13 Impacto en costes corrientes asociados al alquiler y
compartición de infraestructura (miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Código Servicio
Valor 2015
Presentado
(Miles EUR)
Valor 2015
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
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Impacto en costes históricos:
Tabla 14 Impacto en costes históricos asociados al alquiler y
compartición de infraestructura (miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Código Servicio
Valor 2015
Presentado
(Miles EUR)
Valor 2015
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Axon recomienda que en el ejercicio 2015 y siguientes se repartan los ingresos
y costes asociados al alquiler de infraestructura al servicio “981911 Alquiler y
compartición de infraestructura” de acuerdo con lo señalado en este apartado.
Asimismo, siguiendo con lo descrito en la incidencia Costes asociados a la
provisión de TRAC, recomienda que para el ejercicio 2016 y siguientes se
identifiquen por separado los tres servicios asociados al Alquiler y compartición
de infraestructura. Es decir, “Alquiler y compartición de infraestructuras a
terceros”, “TRAC voz” y “TRAC datos”.
Respuesta 8: Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste en los márgenes
en el ejercicio 2015. En el ejercicio 2016 y siguientes, el servicio “Alquiler
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y compartición de infraestructura” debe recoger los ingresos y costes
asociados con la compartición de infraestructuras.
9. Aplicación de repartos de estudios técnicos
Axon ha detectado ciertas divergencias entre los repartos efectuados en el
SCC y los estudios técnicos debido a un error humano, al no haberse
empleado las últimas versiones de los siguientes estudios técnicos en el
sistema:
Ocupación por Grupo de Activos de Red
Consumos de energía por Grupo de Activos de Red
Grupos de Activos de Red a Tráfico y Establecimiento.
Esta incidencia tiene impacto en servicios.
Impacto en costes corrientes:
Tabla 15 Impacto en costes corrientes asociados a la aplicación de
repartos de estudios técnicos (miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Código
Origen Nombre Origen
Valor 2015
Presentado
(Miles EUR)
Valor 2015
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Impacto en costes históricos:
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Tabla 16 Impacto en costes históricos asociados a la aplicación de
repartos de estudios técnicos (miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Código
Origen Nombre Origen
Valor 2015
Presentado
(Miles EUR)
Valor 2015
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Respuesta 9: Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste en el ejercicio
2015.
10. Factores de enrutamiento utilizados
Axon ha identificado un error en el factor de enrutamiento aplicado para repartir
los costes de interconexión de las llamadas dirigidas a números fijos
nacionales, dado que el factor no había sido actualizado correctamente.
El impacto de esta incidencia se muestra a continuación, en los dos estándares
afectados.
Impacto en costes corrientes:
Tabla 17 Impacto en costes corrientes asociados a los factores de
enrutamiento de interconexión fija (miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
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Código Servicio
Valor 2015
Presentado
(Miles EUR)
Valor 2015
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Impacto en costes históricos:
Tabla 18 Impacto en costes históricos asociados a los factores de
enrutamiento de interconexión fija (miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Código Servicio
Valor 2015
Presentado
(Miles EUR)
Valor 2015
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Axon recomienda aplicar el ajuste en el ejercicio 2015 y corregir los factores de
enrutamiento empleados para los ejercicios 2016 y siguientes de manera que
se tenga un reparto correcto de los elementos de red a servicios.
Respuesta 10: Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste en el año 2015 y
corregir los factores de enrutamiento empleados para los ejercicios 2016
y siguientes.
11. Servicio Red Inteligente (no gratuita)
Durante el proceso de revisión de los factores de enrutamiento, se observó que
el servicio de “Red Inteligente (no gratuita)” empleaba el mismo factor de
enrutamiento que el de “voz on-net” cuando los servicios de red inteligente son
prestados casi en su totalidad desde números fijos.
Esta incidencia presenta impacto en ambos estándares.
Impacto en costes corrientes:
Tabla 19 Variación en servicios en el estándar de corrientes de la
modificación del factor de enrutamiento de red inteligente (miles de
euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Código Servicio
Valor 2015
Presentado
(Miles EUR)
Valor 2015
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Impacto en costes históricos:
VECO/DTSA/009/17/SCC 2015
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Tabla 20 Variación en servicios en el estándar de históricos de la
modificación del factor de enrutamiento de red inteligente (miles de
euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Código Servicio
Valor 2015
Presentado
(Miles EUR)
Valor 2015
Corregido
(Miles EUR)
Variación
(%)
Diferencia
(Miles EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
El consultor señala que Telefónica Móviles debe aplicar dicho ajuste en los
márgenes del ejercicio 2015. En el año 2016 y siguientes debe corregir los
factores de enrutamiento del servicio de red inteligente (no gratuita), de forma
que sean equivalentes a los de “voz fijo nacional” en vez de a los de “voz on-
net”.
Respuesta 11: Telefónica Móviles debe aplicar este ajuste en el ejercicio
2015. En el ejercicio 2016 y siguientes debe modificar los factores de
enrutamiento del servicio “red inteligente (no gratuita) en los términos
expuestos por el consultor.
12. Incidencias en la valoración a corrientes
Axon observó algunas incidencias en los importes unitarios presentados en la
revalorización a corrientes:
Tabla 21 Variación del importe corregido para activos revalorizados con el
método de valoración absoluta (euros y miles de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Cuenta Descripción Incidencia
Importe
Unitario
Presentado
(EUR)
Importe
Unitario
Corregido
(EUR)
Variación
(%)
Impacto en
costes
(Miles EUR)
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Cuenta Descripción Incidencia
Importe
Unitario
Presentado
(EUR)
Importe
Unitario
Corregido
(EUR)
Variación
(%)
Impacto en
costes
(Miles EUR)
Total
[FIN CONFIDENCIAL]
Esta incidencia no tiene impacto material así que se recomienda que se corrija
en ejercicios futuros.
Respuesta 12: Telefónica Móviles debe solventar esta incidencia en
futuros ejercicios.
13. Vidas útiles aplicadas
En la revisión de los costes calculados en el estándar de costes corrientes,
Axon observó que algunas vidas útiles empleadas por la operadora no estaban
alineadas con las aprobadas por la Comisión.
La mayoría de las discrepancias identificadas no tiene impacto en costes al
afectar a activos totalmente depreciados y de dichas cuentas de activo, solo
dos deberán ajustar sus costes calculados según las vidas útiles aprobadas.
Tabla 22 Cuentas contables con vida útil aplicada en el SCC 2015
diferente a la aprobada (euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Código
Contable Descripción
Amortización acumulada
presentada (EUR)
Amortización acumulada
corregida (EUR)
[FIN CONFIDENCIAL]
Esta incidencia no tiene impacto, por lo que el consultor recomienda que se
implemente en futuros ejercicios.
Asimismo el consultor señala que existen activos para los que no existe una
vida útil fijada ya que responden a la evolución tecnológica de la red.
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Dado que es un tema que afecta a los tres operadores móviles, esta Comisión
está valorando la posibilidad de revisar las vidas útiles en un procedimiento
específico, para incluir los nuevos activos.
Respuesta 13: Telefónica Móviles debe corregir los costes calculados para
el ejercicio 2016 y siguientes de forma que las vidas útiles aplicadas se
correspondan con las aprobadas por la Comisión.
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IV.1.4 MEJORAS PROPUESTAS POR EL CONSULTOR DE LA CNMC AL
SCC DE TELEFÓNICA MÓVILES
14. Nodos multiservicio
Axon señala que el reparto de los nodos multiservicio entre 2G y 3G se hace de
acuerdo al número de emplazamientos de cada una de las tecnologías.
Sin embargo, es de la opinión que el reparto sería más preciso si estuviera
ponderado por el precio unitario de cada tipo de emplazamiento, según la
información empleada para la valoración a corrientes.
La diferencia en el porcentaje de reparto según su propuesta sería:
Tabla 23 Variación en la ponderación de los nodos multiservicio
[INICIO CONFIDENCIAL]
Tecnología
%presentado
%
propuesto
[FIN CONFIDENCIAL]
Axon estima que esta mejora no tiene impacto material en el ejercicio 2015, por
lo que recomienda implementarla en ejercicios futuros.
Se estima conveniente aceptar la propuesta del consultor ya no es una carga
excesiva al emplear la misma información que en la valoración a corrientes.
Respuesta 14: Telefónica Móviles debe aplicar la mejora señalada por el
consultor en el ejercicio 2016 y siguientes.
IV.1.5 NUEVOS REQUERIMIENTOS SOLICITADOS POR LA CNMC
En este apartado se incorporan nuevos requerimientos solicitados por la
CNMC, de manera adicional a los indicados por Axon mencionados en
apartados anteriores.
15. Entrega de un ET explicativo de la estructura societaria del grupo y
de las relaciones entre empresas del Grupo
Dadas las importantes operaciones societarias que se están produciendo en el
sector en España y a las adquisiciones realizadas por el Grupo Telefónica en
los últimos ejercicios, como es el caso de la adquisición en exclusiva de DTS
por parte de Telefónica, la creación de filiales como Telxius, etc., esta Sala
considera necesaria la entrega de un ET explicativo, que permita aumentar la
transparencia del SCC y tener una visión global de las empresas que forman el
grupo y de sus relaciones.
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Este ET debería recoger la estructura societaria del grupo, las relaciones entre
las empresas del grupo, las operaciones que se realizan entre las mismas, su
reflejo en las cuentas de gastos e ingresos de la cuenta de pérdidas y
ganancias de Telefónica Móviles y una explicación de los servicios del SCC
afectados.
Respuesta 15: Telefónica Móviles deberá implementar en el ejercicio 2016
y siguientes un estudio técnico que explique la estructura societaria del
grupo y las relaciones con las empresas del grupo.
IV.1.6 OTRAS ALEGACIONES REALIZADAS POR TELEFÓNICA MÓVILES
La operadora solicita que a la hora de valorar la inclusión de la presentación de
los costes corregidos correspondientes al ejercicio 2015 junto con los
resultados del ejercicio 2016, esta Comisión tenga en cuenta los principios de
materialidad y proporcionalidad.
Así, señala que las incidencias no tienen un impacto significativo como para ser
necesario volver a realizar su cálculo y por otra parte, los requerimientos de
información necesarios para la Comisión, no deberían implicar unos esfuerzos
a los operadores que supongan un uso de recursos y tiempo por encima de lo
razonable.
Respuesta de esta Sala:
Esta Sala considera que los aspectos que se requiere modificar están
suficientemente cuantificados con las estimaciones realizadas por el consultor y
las admite como corrección válida. Por ello, se acepta la alegación de la
operadora, de forma que no es precisa la presentación de un nuevo cálculo por
parte de Telefónica Móviles del SCC 2015.
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IV.1.7 RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES AL SCC DE TELEFÓNICA
MÓVILES TRAS LA REVISIÓN DEL EJERCICIO 2015.
Tabla 24 Resumen de las modificaciones del SCC tras la revisión del
ejercicio 2015
Ref. Aspectos identificados Conclusión de la CNMC Impacto en el SCC Estándar
afectado
1 Solicitud de tres presupuestos para el
cálculo de las revalorizaciones
Telefónica Móviles debe limit ar en lo
posible la aplicación de excepciones,
centrando el esfuerzo de cumplimiento en
aquellos activos de mayor materialidad
relativa. Adicionalmente, cuando no sea
posible cumplir con el requerimiento de la
CNMC, se requiere que se aporten varios
presupuestos o facturas con distintas
configuraciones del elemento de red de
los proveedores que suministran a
Telefónica Móviles, en línea con lo
señalado en resoluciones anteriores.
no
2 Imputación de los ingresos a los
servicios SMS
Telefónica Móviles deberá incluir, en el
año 2016 y siguientes, el reparto
correspondiente a los servicios SMS para
aquellas tarifas más representativas, de
acuerdo con lo dispuesto en la resolución
del ejercicio 2014.
no
3 Aspectos detectados en el
tratamiento de ingresos
Telefónica Móviles debe seguir incluyendo
en el ejercicio 2016 y siguientes, la
información que permita trazar el cálculo
de los repartos aplicados. En este sentido,
el estudio técnico debe justificar el uso de
los criterios de reparto para evaluar su
causalidad.
no
4 Introducción en el modelo de nuevos
repartos que muestren la distribución
de los nodos multiservicio
Telefónica Móviles debe incluir, en el
ejercicio 2016 y siguientes, un estudio
técnico específico que detalle el reparto
del coste de los nodos multiservicio a
cada tecnología. Asimismo, deberá crear
una cuenta de coste calculado de nodos
multiservicio, en el estándar de costes
corrientes, según lo señalado en la
resolución del ejercicio 2014.
no
5 Nueva c uenta de ingresos “Otros
ingreos/aportaciones”
Telefónica Móviles debe corregir este
error documental en el ejercicio 2016 y
siguientes. no
6 Extracción del servicio de datos de la
familia mensajería
Telefónica Móviles debe cumplir, en el
ejercicio 2016 y siguientes, con este
requerimiento realizado en la resolución
del ejercicio 2014.
no
7 Costes asociados a la provisión de
TRAC
Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste
en el ejercicio 2015 y para el ejercicio
2016 deberá abrir, dentro del segmento
de alquiler de infraestructuras, dos
servicios TRAC voz y TRAC datos, que
recojan los ingresos y costes de la
prestación del TRAC a Telefónica de
España. Asimismo, deberá c rear las
cuentas necesarias en las fases
anteriores a servicios.
CC y CH
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Ref. Aspectos identificados Conclusión de la CNMC Impacto en el SCC Estándar
afectado
8 Alquiler de infraestructura
Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste
en los márgenes en el ejercicio 2015. En
el ejercicio 2016 y siguientes, el servicio
“Alquiler y compartición de infraestructura”
debe recoger los ingresos y c ostes
asociados con la compartición de
infraestructuras.
CC y CH
9 Aplicación de repartos de estudios
técnicos Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste
en el ejercicio 2015. CC y CH
10 Factores de enrutamiento utilizados
Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste
en el año 2015 y corregir los factores de
enrutamiento empleados para los
ejercicios 2016 y siguientes.
CC y CH
11 Servicio Red Inteligente (no gratuita)
Telefónica Móviles debe aplicar este
ajuste en el ejercicio 2015. En el ejercicio
2016 y siguientes debe modificar los
factores de enrutamiento del servicio “red
inteligente (no gratuita) en los térmi nos
expuestos por el consultor.
CC y CH
12 Incidencias en la valoración a
corrientes Telefónica Móviles debe solventar esta
incidencia en futuros ejercicios. CC
13 Vidas útiles aplicadas
Telefónica Móviles debe corregir los
costes calculados para el ejercicio 2016 y
siguientes de forma que las vidas útiles
aplicadas se correspondan con las
aprobadas por la Comisión.
no
14 Nodos multiservicio Telefónica Móviles debe aplicar la mejora
señalada por el consultor en el ejercicio
2016 y siguientes. no
15
Entrega de un ET explicativo de la
estructura societaria del grupo y de
las relaciones entre empresas del
Grupo
Telefónica Móviles deberá implementar en
el ejercicio 2016 y siguientes un estudio
técnico que explique la estructura
societaria del grupo y las relaciones con
las empresas del grupo.
no
V PUBLICIDAD DE LOS RESULTADOS
V.1.1 RESUMEN DE LAS OBJECCIONES CUANTITATIVAMENTE
RELEVANTES
Del informe de conclusiones emitido por el consultor contratado por la CNMC
se deduce que los resultados de la contabilidad de costes de Telefónica
Móviles para el ejercicio 2015 pueden ser cuestionados. En concreto, se han
detectado y valorado las objeciones relacionadas con los aspectos
anteriormente descritos. De seguirse las recomendaciones de Axon en cada
una de las incidencias detectadas, el margen de los servicios del SCC se vería
modificado.
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El impacto cuantitativo de las incidencias detectadas, cuando ha podido
calcularse, se presenta a continuación.
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Tabla 25 Estimación del impacto de las incidencias que han podido ser cuantificadas, bajo el estándar de costes
corrientes, sobre los servicios de terminación (importes en euros)
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Tabla 26 Estimación del impacto de las incidencias que han podido ser cuantificadas, bajo el estándar de costes
corrientes, sobre el resto de servicios de interconexión, distintos a los de terminación (importes en euros)
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Tabla 27 Estimación del impacto de las incidencias que han podido ser cuantificadas, bajo el estándar de costes
corrientes, sobre los servicios de roaming in (importes en euros)
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V.1.2 IMPACTO DE LOS AJUSTES SOBRE EL MARGEN UNITARIO DE
LOS SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN DEL SCC
A continuación se muestran las tablas de los márgenes unitarios del servicio de
interconexión tras la aplicación de los ajustes propuestos por Axon.
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Tabla 28 Ingresos, costes y márgenes unitarios de servicios mayoristas de interconexión relevantes del SCC,
estándar de costes corrientes
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Tabla 29 Ingresos, costes y márgenes unitarios de servicios mayoristas de interconexión relevantes del SCC,
estándar de costes históricos
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VECO/DTSA/009/17/SCC 2015
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C/ Barquillo, 5 – 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 – 08018 Barcelon a
www.cnmc.es
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V.1.3 MÁRGENES REVISADOS
Según lo expuesto en el apartado anterior, solo algunas de las incidencias
señaladas han podido ser cuantificadas en la revisión de la CNMC.
El importe de los ingresos, costes y márgenes después de la revisión realizada
por la CNMC, queda de la siguiente forma.
Tabla 30 Ingresos, costes y márgenes corregidos por familia de servicios,
estándar de costes corrientes
Tabla 31 Ingresos, costes y márgenes aprobados por familia de servicios,
estándar de costes históricos
La cuantificación de las objeciones formuladas por el consultor de la CNMC,
que hace suyas esta Comisión (con las salvedades ya indicadas) y el
consiguiente recálculo de los costes de las partidas afectadas, producen las
siguientes correcciones de márgenes de los servicios de terminación para el
ejercicio 2015:
TME- estándar de Costes Corrientes SCC 2015
(euros)
INGRESOS COSTES MARGEN INGRESOS COSTES MARGEN
Interconexión 426.785.607 508.149.674 -81.364.067 426.785.607 490.525.565 -63.739.958
Roaming In 85.040.754 98.850.450 -13.809.696 85.040.754 97.266.601 -12.225.846
Infraestructuras 29.007.374 2.602.966 26.404.409 57.785.155 71.577.582 -13.792.427
Total Servicios Mayoristas 540.833.735 609.603.090 -68.769.355 569.611.516 659.369.747 -89.758.231
Tráfico 1.657.231.227 1.289.965.812 367.265.415 1.657.231.227 1.286.379.417 370.851.810
Mensajería 107.459.932 125.836.021 -18.376.089 107.459.932 125.365.531 -17.905.599
Datos 1.679.122.872 1.636.027.464 43.095.408 1.679.122.872 1.590.331.098 88.791.774
Roaming Out 234.514.863 184.787.934 49.726.929 234.514.863 184.774.527 49.740.336
Total Servicios Minoristas 3.678.328.894 3.236.617.230 441.711.663 3.678.328.894 3.186.850.574 491.478.320
Otros 277.941.740 507.999.981 -230.058.241 249.163.960 507.999.981 -258.836.021
No imputables al estándar 0 0 0 0 0 0
Total Otros 277.941.740 507.999.981 -230.058.241 249.163.960 507.999.981 -258.836.021
TOTAL 4.497.104.369 4.354.220.302 142.884.067 4.497.104.369 4.354.220.302 142.884.067
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
OTROS
Telefónica Móviles 2015 PRESENTADO Tel efónica Móviles 2015 AJUSTADO
TME- estándar de Costes Históricos SCC 2015
(euros)
INGRESOS COSTES MARGEN INGRESOS COSTES MARGEN
Interconexión 426.785.607 517.594.054 -90.808.447 426.785.607 500.016.360 -73.230.754
Roaming In 85.040.754 98.877.001 -13.836.247 85.040.754 97.275.071 -12.234.316
Infraestructuras 29.007.374 2.640.139 26.367.235 57.785.155 71.624.672 -13.839.518
Total Servicios Mayoristas 540.833.735 619.111.194 -78.277.458 569.611.516 668.916.103 -99.304.588
Tráfico 1.657.231.227 1.301.936.777 355.294.450 1.657.231.227 1.298.522.115 358.709.112
Mensajería 107.459.932 127.178.440 -19.718.508 107.459.932 126.698.100 -19.238.168
Datos 1.679.122.872 1.632.329.929 46.792.943 1.679.122.872 1.586.433.044 92.689.828
Roaming Out 234.514.863 184.412.495 50.102.368 234.514.863 184.399.472 50.115.391
Total Servicios Minoristas 3.678.328.894 3.245.857.641 432.471.252 3.678.328.894 3.196.052.731 482.276.162
Otros 277.941.740 489.251.467 -211.309.727 249.163.960 489.251.467 -240.087.507
No imputables al estándar 0 0 0 0 0 0
Total Otros 277.941.740 489.251.467 -211.309.727 249.163.960 489.251.467 -240.087.507
TOTAL 4.497.104.369 4.354.220.302 142.884.067 4.497.104.369 4.354.220.302 142.884.067
SERVICIOS MINORISTAS
OTROS
Telefónica Móviles 2015 PRESENTADO Tel efónica Móviles 2015 AJUSTADO
SERVICIOS MAYORISTAS
VECO/DTSA/009/17/SCC 2015
TELEFÓNICA MÓVILES Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 – 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 – 08018 Barcelon a
www.cnmc.es
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Tabla 32 Márgenes aprobados de los servicios de terminación en el
estándar de costes corrientes
Tabla 33 Márgenes aprobados de los servicios de terminación en el
estándar de costes históricos
Por todo cuanto antecede, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia,
RESUELVE
PRIMERO.- Declarar que la aplicación para el ejercicio 2015 del sistema de
contabilidad de costes utilizado por Telefónica Móviles España, S.A.U. es, en
general, conforme a los Principios, Criterios y Condiciones establecidos por la
resolución de esta Comisión de fecha 10 de junio de 2010, excepto en lo que
se refiere a los puntos reseñados en el apartado IV de la presente resolución.
SEGUNDO.- Requerir a Telefónica Móviles España, S.A.U. para que presente
los resultados del ejercicio 2016, ajustados con las modificaciones
expresamente exigidas en el apartado IV de la presente resolución, antes del
31 de julio de 2017, para la verificación por parte de esta Sala de los resultados
de dicho periodo.
Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Telecomunicaciones y del
Sector Audiovisual y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la
misma pone fin a la vía administrativa y que pueden interponer contra ella
Estándar de Cos tes Corrien tes SCC 2015 (euros )
Ingresos Costes Már genes Ingresos Costes Márgenes
Terminación Voz origen fijo grupo 11.789.485 10.803.436 986.049 11.789.485 10.715.883 1.073.602
Terminación Voz origen fijo no grupo 4.175.257 3.827.746 347.511 4.175.257 3.799.273 375.984
Terminación Voz origen móvil 103.381.364 91.580.252 11.801.112 103.381.364 91.013.728 12.367.636
Terminación Videotelefonía 383.754 28.501 355.253 383.754 27.652 356.102
Terminación SMS 14.365.412 1.844.130 12.521.282 14.365.412 1.781.354 12.584.059
Terminación MMS 497.141 27.349 469.791 497.141 26.918 470.223
Terminación internacional Voz y Videotelefonía 5.861.429 4.888.485 972.944 5.861.429 4.866.541 994.888
Terminación internacional SMS 2.991.019 216.098 2.774.921 2.991.019 210.327 2.780.692
Terminación internacional MMS 125.071 5.019 120.052 125.071 4.969 120.102
Telefónica Móviles 2015 PRESENTADO Telefónica Móviles 2015 AJUSTADO
Estándar de Cos tes Histó ricos SCC 2015 (eu ros)
Ingresos Costes Már genes Ingresos Costes Márgenes
Terminación Voz origen fijo grupo 11.789.485 11.114.802 674.683 11.789.485 11.032.085 757.399
Terminación Voz origen fijo no grupo 4.175.257 3.933.770 241.487 4.175.257 3.906.969 268.288
Terminación Voz origen móvil 103.381.364 93.880.601 9.500.763 103.381.364 93.361.500 10.019.864
Terminación Videotelefonía 383.754 28.093 355.661 383.754 27.244 356.510
Terminación SMS 14.365.412 1.966.095 12.399.317 14.365.412 1.900.990 12.464.422
Terminación MMS 497.141 27.160 469.980 497.141 26.715 470.426
Terminación internacional Voz y Videotelefonía 5.861.429 5.000.757 860.672 5.861.429 4.981.671 879.758
Terminación internacional SMS 2.991.019 226.859 2.764.160 2.991.019 220.874 2.770.145
Terminación internacional MMS 125.071 4.978 120.093 125.071 4.927 120.144
Telefónica Móviles 2015 PRESENTADO Telefónica Móviles 2015 AJUSTADO
VECO/DTSA/009/17/SCC 2015
TELEFÓNICA MÓVILES Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
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recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
VECO/DTSA/009/17/SCC 2015
TELEFÓNICA MÓVILES Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 – 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 – 08018 Barcelon a
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ANEXO I GLOSARIO
ACCIP Advanced Computer Communications
BSC Base Station Controller (Controlador de Estación Base).
BTS Base Transceiver Station (Estación Base).
CAADS Centros de Actividad Asignables Directamente a Servicios.
CACR Centros de actividad Componentes de Red.
CANADS Centros de Actividad No Asignables Directamente a Servicios.
CBA Costes en base a actividades.
CMT Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones
ET Estudio Técnico.
GSM Global System for Mobile Communications
GGSN Gateway GPRS Support Node (Nodo de soporte GPRS de puerta
de enlace).
GAR Grupo de Activos de Red
IBC Inmovilizado Bruto a corrientes
IBH Inmovilizado Bruto a históricos
IP Internet Protocol (Protocolo de Internet).
IPRI Índice de Precios Industriales.
LTE Long Term Evolution (Evolución a Largo Plazo).
MB MegaBytes
MEA Modern Equivalent Asset (Activo Moderno Equivalente).
MGW Media Gateway (Puerta de Enlace Multimedia).
MICC Manual Interno de Contabilidad de Costes.
MMS Multimedia Message Service (Servicio de Mensajería Multimedia).
MSC Mobile Switching Center (Central de Conmutación Móvil).
NAAP Activos No Asignables a la Actividad Principal.
OTT Over The Top
OMV Operador Móvil Virtual
RIMA Red IP Multiservicio Avanzada.
RNC Radio Network Controller (Controlador de la Red Radio).
SCC Sistema de Contabilidad de Costes.
SGSN Serving GPRS Support Node (Nodo de soporte de servicio
GPRS).
SMS Short Message Service (Servicio de Mensajería).
SMSC Short Message Service Center (Central de Servicio de
Mensajería).
SOM Sistemas de Operación y Mantenimiento.
SVA Servicios de Valor Añadido.
WACC Weighted Average Cost of Capital (Coste del capital medio
ponderado)
TRAC Telefonía Rural de Acceso Celular
UMTS Universal Mobile Telecommunications System (Sistema Móvil de
Telecomunicaciones Universal).

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