Resolución VECO/DTSA/004/21 de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 14-07-2021

Fecha14 Julio 2021
Número de expedienteVECO/DTSA/004/21
Actividad EconómicaTelecomunicaciones
VECO/DTSA/004/21/SCC
2019 ORANGE
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA VERIFICACIÓN DE LOS
RESULTADOS DE LA CONTABILIDAD DE COSTES DE ORANGE ESPAGNE,
S.A.U. DEL EJERCICIO 2019
VECO/DTSA/004/21/SCC 2019 ORANGE
SALA DE SUPERVISIÓN REGULATORIA
Presidente
D. Ángel Torres Torres
Consejeros
D. Mariano Bacigalupo Saggese
D. Bernardo Lorenzo Almendros
D. Xabier Ormaetxea Garai
Dª. Pilar Sánchez Núñez
Secretario
D. Joaquim Hortalà i Vallvé
En Madrid, a 15 de julio de 2021
Visto el expediente relativo a la verificación de los resultados de la contabilidad
de costes de Orange Espagne, S.A.U. referidos al ejercicio 2019 para los
estándares de costes históricos y corrientes, la SALA DE SUPERVISIÓN
REGULATORIA de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
(CNMC) acuerda lo siguiente:
I ANTECEDENTES
PRIMERO.- Con fecha 13 de diciembre de 2007 la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones
1
(en adelante, CMT) aprobó la resolución sobre la
adaptación de los sistemas de contabilidad de costes de los operadores móviles
de red al nuevo marco regulatorio.
SEGUNDO.- Con fecha 19 de junio de 2008 la CMT aprobó la resolución sobre
la adaptación al nuevo marco regulatorio y homogeneización del sistema de
1
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 3/2013, de 4
de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en consonancia
con la Orden ECC/1796/2013, la constitución de la CNMC el pasado día 7 de octubre de 2013
ha implicado la extinción, entre otras, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
Como consecuencia de ello, las referencias que se hagan a lo largo del presente escrito a la
Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, deberán entenderse realizadas a la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia.
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contabilidad de costes de France Telecom España, S.A.U. (en adelante Orange
o la operadora)
2
.
TERCERO.- Con fecha 10 de junio de 2010 la CMT aprobó la resolución sobre
la actualización de los principios, criterios y condiciones para el desarrollo del
sistema de contabilidad de costes aprobados por esta Comisión en su resolución
de 15 de julio de 1999.
CUARTO.- Con fecha 18 de enero de 2018 la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, (en adelante, CNMC) acordó la resolución por la
que se aprueba en cuarta ronda la definición y el análisis de los mercados de
terminación de llamadas vocales en redes móviles individuales, la designación
de operadores con poder significativo de mercado y la imposición de
obligaciones específicas, y se acuerda su notificación a la Comisión Europea y
al Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas.
QUINTO.- Con fecha 28 de noviembre de 2019 la CNMC aprobó la resolución
relativa a la tasa anual de coste de capital a aplicar en la contabilidad de costes
de Telefónica de España, S.A.U., Telefónica Móviles España, S.A.U., Vodafone
España, S.A.U. y Orange del ejercicio 2019.
SEXTO.- Con fecha de 29 de julio de 2020 la CNMC aprobó la resolución sobre
la verificación de los resultados de la contabilidad de costes de Orange del
ejercicio 2018, mediante la cual solicitó a Orange la realización de unas
modificaciones recogidas en dicha resolución.
SÉPTIMO.- Con fecha 30 de julio de 2020, la CNMC adjudicó a la empresa Axon
Partners Group Consulting, S.L.U. (en adelante, Axon) el concurso convocado
para realizar la revisión externa de aspectos específicos de la Contabilidad de
Costes de Orange correspondiente al ejercicio 2019.
OCTAVO.- Con fecha 31 de julio de 2020 tuvieron entrada en el Registro de esta
Comisión los resultados de la contabilidad de costes del ejercicio 2019 de
Orange y los resultados de la contabilidad de costes del ejercicio 2018 con las
modificaciones requeridas.
NOVENO.- Con fecha 18 de febrero de 2021, la CNMC aprobó la Resolución por
la que se aprueba la homogeneización y simplificación de los sistemas de
contabilidad de costes de los operadores móviles
3
.
DÉCIMO.- Mediante escrito de la Directora de Telecomunicaciones y del Sector
Audiovisual de la CNMC de 8 de abril de 2021, se comunicó a Orange el inicio
del presente procedimiento para la verificación de los resultados de la
contabilidad de costes del ejercicio 2019. Adjunto al citado escrito, se dio traslado
a Orange del informe de revisión elaborado por Axon para que aquélla efectuase
2
Con fecha 24 de abril de 2014 France Telecom España, S.A.U. cambió su denominación social
a Orange Espagne, S.A.U.
3
https://www.cnmc.es/expedientes/vecodtsa01020
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las alegaciones que estimara oportunas, de conformidad con el artículo 82.2 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).
UNDÉCIMO.- Con fecha 26 de abril de 2021 tuvo entrada en el Registro de esta
Comisión un escrito de alegaciones de Orange al informe realizado por Axon.
II FUNDAMENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC)
Tal como se establece en el artículo 70.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo,
General de Telecomunicaciones (en adelante, LGTel), en las materias reguladas
por esta Ley, la CNMC ejercerá, entre otras, las siguientes funciones
4
:
“a) Definir y analizar los mercados de referencia relativos a redes y
servicios de comunicaciones electrónicas, entre los que se incluirán los
correspondientes mercados de referencia al por mayor y al por menor, y
el ámbito geográfico de los mismos, cuyas características pueden
justificar la imposición de obligaciones específicas, en los términos
establecidos en el artículo 13 de la presente Ley y su normativa de
desarrollo.
b) Identificar el operador u operadores que poseen un poder significativo
en el mercado cuando del análisis de los mercados de referencia se
constate que no se desarrollan en un entorno de competencia efectiva.
c) Establecer, cuando proceda, las obligaciones específicas que
correspondan a los operadores con poder significativo en mercados de
referencia, en los términos establecidos en el artículo 14 de la presente
Ley y su normativa de desarrollo.”
En concreto, el mencionado artículo 14 de la LGTel señala que esta Comisión
podrá imponer a los operadores que hayan sido declarados con poder
significativo en el mercado obligaciones en materia de control de precios, tales
como la orientación de los precios en función de los costes y la contabilidad de
costes, para evitar precios excesivos o la compresión de los precios en
detrimento de los usuarios finales.
En las cuatro rondas de definición y análisis de los mercados de terminación de
llamadas en redes móviles individuales habidas hasta la fecha, la CNMC ha
mantenido las obligaciones establecidas a los operadores designados con poder
significativo de mercado.
Así, en la resolución de 18 de enero de 2018 (BOE 30 de enero de 2018), tras
definir y analizar el mercado, se concluyó que dicho mercado no era realmente
4
También recogidas en el artículo 6, apartados 1,2 y 3 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
Creación de la CNMC.
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competitivo y se identificó a Orange como uno de los operadores con poder
significativo en el mismo. Como consecuencia, en el Anexo 2 de la misma, se
impuso a Orange, entre otras, la obligación de ofrecer los servicios de
terminación a precios orientados en función de los costes, así como la de separar
sus cuentas en relación con las actividades de acceso e interconexión.
Concretamente, en el apartado 2 del Anexo 2, se estableció que:
Telefónica, Vodafone y Orange deberán ofrecer los servicios de
terminación a precios orientados en función de los costes de producción
y adoptar un sistema de contabilidad de costes (artículo 14.1 e) de la
LGTel y artículo 11 del Reglamento de Mercados; artículo 13 de la
Directiva de Acceso). [...]
Asimismo, los sistemas de contabilidad de costes de Telefónica,
Vodafone y Orange deberán respetar lo dispuesto en la Resolución de 13
de diciembre de 2007 sobre la adaptación de los sistemas de contabilidad
de los operadores móviles de red al nuevo marco regulatorio (AEM
2007/1035), y en cualquier otra que desarrolle, complemente o modifique
las Resoluciones mencionadas.
Por último: [...]
- Orange deberá respetar lo dispuesto en la Resolución de 19 de junio de
2008 sobre la adaptación al nuevo marco regulatorio y homogeneización
del sistema de contabilidad de costes de France Telecom España, S.A.
(AEM 2008/261).”
A su vez, en el apartado 3 del mismo Anexo 2 se estableció que:
Telefónica, Vodafone y Orange deberán separar sus cuentas en relación
con las actividades de acceso e interconexión que prestan (artículo 14.1
c) de la LGTel y 9 del Reglamento de Mercados; artículo 11 de la Directiva
de Acceso).
Telefónica, Vodafone y Orange deberán utilizar el formato y metodología
establecidos en las Resoluciones citadas en el apartado 2 anterior.”
Es decir, como operador con poder significativo en los mercados de terminación
de llamadas vocales en redes móviles individuales, a Orange se le han impuesto,
entre otras, las obligaciones de separación contable y de ofrecer los servicios de
terminación a precios orientados en función de los costes de producción.
Además, se ha establecido que, para la aplicación efectiva de dichas
obligaciones, la Comisión, entre otras cuestiones, determinará el sistema de
contabilidad de costes que deberá aplicarse precisando el formato y el método
contable que se habrá de utilizar.
Por otro lado, de acuerdo con el apartado 7 del anexo de la resolución del 10 de
junio de 2010, corresponde a la Comisión realizar una declaración anual sobre
el cumplimiento de los criterios de costes que lleva a cabo la operadora,
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proponiendo las modificaciones de obligado cumplimiento al sistema de costes
que considere oportunas.
La presente resolución se completa con el Anexo siguiente:
“Informe de Revisión del Sistema de Contabilidad de Costes de Orange
Espagne, S.A.U. del ejercicio 2019 bajo los estándares de históricos y
corrientes, encargado por la Comisión y realizado por Axon.
Finalmente, y atendiendo a lo previsto en el artículo 21.2 de la Ley 3/2013, así
como en lo dispuesto en los artículos 8.2 j) y 14.1 b) del Real Decreto 657/2013,
de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de esta Comisión,
el órgano decisorio competente para la resolución del presente expediente es la
Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC.
III RESULTADOS DE COSTES Y MÁRGENES APORTADOS POR ORANGE
Y SEPARACIÓN DE CUENTAS
III.1 CARÁCTER MULTIESTÁNDAR DEL SISTEMA DE COSTES
En la resolución de 10 de junio de 2010 de actualización de los principios,
criterios y condiciones para el desarrollo del sistema de contabilidad de costes,
en el apartado de “Naturaleza del sistema de costes”, la CMT estableció que:
“El sistema de costes que habrá de proponer la operadora será de
naturaleza “multiestándar”, de forma que permita obtener para cada
período de contabilización los costes de los servicios de acuerdo con los
estándares de costes siguientes:
1. Costes históricos totalmente distribuidos: Este estándar de costes se
basa en la asignación de la totalidad de los costes de la contabilidad
financiera para la producción de los servicios, incorporando además el
“coste de retribución al capital propio”.
2. Costes corrientes totalmente distribuidos: Este estándar surge como
una transición desde el estándar de costes históricos totalmente
distribuidos hacia el de costes incrementales a largo plazo. Su aplicación
práctica consistirá en:
2.1. Sustituir el coste de la inversión en los activos existentes por el coste
revalorizado, recalculando sobre el nuevo valor de los activos los costes
de amortización y retribución al capital invertido.
2.2. Eliminar los costes no relacionados con la prestación de los servicios
de comunicaciones electrónicas.
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Y en la resolución de 29 de enero de 2009 sobre las vidas útiles a aplicar en la
contabilidad de costes indica:
“La aprobación de unas vidas útiles distintas a las aplicadas en la
contabilidad externa conduce a una problemática para su aplicación en el
sistema de costes que se explica a continuación.
La revisión de vidas útiles para el estándar de costes corrientes implica
la necesidad de elaborar nuevos cálculos para hallar los
correspondientes costes derivados de la inversión, esto es:
- el coste de amortización (recuperación anualizada de la inversión).
- el coste de capital (recuperación del rendimiento del capital invertido).
Por otro lado, en algunas ocasiones también se generan diferencias en
estos costes como consecuencia de modificar el valor de los activos al
sustituir el coste de la inversión con el valor de reposición, según indican
los Principios de Contabilidad de Costes aprobados por esta Comisión.
De acuerdo con los mencionados Principios, estas dos diferencias de
costes entre estándares deben ser recogidas en las correspondientes
cuentas de diferencias.”
En consonancia con lo anterior, Orange ha presentado los estándares de costes
históricos y corrientes.
Respetando los principios establecidos por la Comisión, en el estándar de costes
corrientes el coste de los activos se sustituye por su valor revalorizado en base
a la resolución de 4 de noviembre de 2010, los costes no relacionados con la
prestación de los servicios se imputan a la cuenta de servicios no asignables a
la actividad principal. Las vidas útiles aplicadas en el cálculo del coste de los
activos son las aprobadas por la CMT en la resolución de 29 de enero de 2009,
salvo lo indicado en la incidencia 5.
La siguiente tabla ilustra las diferencias en el SCC entre los estándares de costes
históricos y corrientes en relación al coste de activos. El coste de los activos se
recoge en las cuentas de CC que agrupan la suma de los valores de amortización
y coste de capital.
Tabla 1 Diferencias en los CC en el ejercicio 2019 entre los estándares
de costes históricos y corrientes (millones de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
CC: Costes corrientes. CH: costes históricos.
[FIN CONFIDENCIAL]
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Las diferencias obtenidas en los costes calculados de amortización y de capital
entre ambos estándares se distribuye en el estándar de corrientes a la cuentas
específicas de No Imputables al Estándar.
La empresa encargada de la revisión externa contratada por la CNMC ha
verificado que Orange ha aplicado la metodología de revalorización de activos y
las vidas útiles requeridas por esta Comisión en los cálculos relativos a los costes
de amortización. Cabe destacar que, por primera vez en el ejercicio 2019,
Orange ha extendido el método de indexación a la totalidad de los activos que
en ejercicios anteriores eran revalorizados a corrientes mediante el método de
valoración absoluta, según se indica en la incidencia 12.
Respecto del coste del capital, Axon ha verificado que Orange ha utilizado la tasa
anual de retorno (WACC antes de impuestos) del 6,24% aprobada por esta
Comisión en la resolución de 28 de noviembre de 2019.
En la siguiente tabla se ilustra la diferencia entre los costes calculados del
ejercicio 2019 y 2018 bajo el estándar de corrientes por grupo de inmovilizado.
Tabla 2 Diferencias en los costes calculados de los ejercicios 2019 y
2018 bajo el estándar de costes corrientes (millones de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
III.2 DESGLOSE DE LOS SERVICIOS
Mediante la resolución de 13 de diciembre de 2007 sobre la adaptación de los
sistemas de contabilidad de costes de los operadores móviles de red al nuevo
marco regulatorio, la CMT aprobó un determinado desglose de servicios.
A continuación, se recoge el listado de los servicios presentados por Orange,
concretando de este modo los servicios objeto de desagregación:
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Tabla 3 Desglose de los servicios
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
Interconexión
Tráfico
Terminación Voz origen fijo grupo
Voz Fijo nacional
Terminación Voz origen fijo no grupo
Voz On net
Terminación Voz origen móvil
Voz Off net
Terminación Videotelefonía
Videotelefonía On net
Terminación SMS
Videotelefonía Off net
Terminación MMS
Voz y Videotelefonía internacional
Terminación internacional Voz y Videotel efonía
Serv propios y de Atención al cliente
Terminación internacional SMS
Red inteligente (no gratuita)
Terminación internacional MMS
Serv guías de abonado y directorios (11 8AB)
Originación Voz y Videotelefonía
Serv emergencias y Atención ciudadana (no gratuita)
Originación SMS
Mensajería
Originación MMS
SMS on net
Originación Datos
SMS off net
Reventa Voz y Videotelefonía
SMS internacional
Reventa SMS
SMS Premium
Reventa MMS
Resto SMS SVA
Reventa Datos
MMS on net
Acceso a números gratuitos
MMS off net
Tránsito
MMS internacional
Otros servicios de interconexión
Roaming in
Datos
R-in Voz Videotlf-Sal-Client oper UE d est UE
Banda Ancha móvil
R-in Voz Videotlf-Sal-Resto
Roaming out
R-in Voz Videotlf-Ent-Client oper UE orig U E
R-out Voz Videotlf-Sal-En redes op er UE dest UE
R-in Voz y Videotelefonía-Ent-Rest o
R-out VozVideotlf-Sal-Resto
R-in SMS-Sal-Client oper UE dest UE
R-out Voz Videotlf-Ent-En redes oper UE orig UE
R-in SMS - Saliente - Resto
R-out Voz Videotlf-Ent-Resto
R-in SMS-Ent-Client oper UE orig UE
R-out SMS-Sal-En red oper UE dest UE
R-in SMS - Entrante - Resto
R-out SMS - Saliente - Resto
R-in Datos MMSClient oper UE
R-out Datos MMSEn redes de oper UE
R-in Datos MMSClient oper no UE
R-out Datos MMS-Resto
Alquiler y compartición de infraestruct uras
Alquiler y compartición de infraestructuras
Orange ha presentado las cuentas de ingresos, costes y márgenes de estos
servicios.
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III.3 RESULTADOS DE LA VALORACIÓN DE LA PLANTA A COSTES
CORRIENTES
El 4 de noviembre de 2010 la CMT aprobó la resolución sobre la revalorización
de los activos de los operadores de telefonía móvil con el objetivo de determinar
los procedimientos de revalorización de los activos para su valoración a costes
corrientes en los resultados del SCC.
Al respecto de las metodologías de revalorización a costes corrientes, tal y como
se ha explicado anteriormente, cabe destacar que, por primera vez en el ejercicio
2019, Orange ha extendido el método de indexación a la totalidad de los activos
que en ejercicios anteriores eran revalorizados a corrientes mediante el método
de valoración absoluta.
Axon ha revisado la revalorización realizada por Orange y concluye que cumple
en líneas generales lo requerido en la citada resolución, salvo por lo indicado en
la incidencia 12. En el mencionado informe de revisión elaborado por Axon puede
consultarse el detalle de los métodos de revalorización empleados por Orange,
la trazabilidad de los cálculos realizados, los valores resultantes de la
revalorización, así como las incidencias detectadas.
En la tabla siguiente se refleja el porcentaje de activos que han sido
revalorizados por cada uno de los métodos de revalorización:
Tabla 4 Porcentaje de revalorización por método (millones de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
En la siguiente tabla se resume el resultado de la revalorización de activos,
partiendo de los diferentes valores brutos totales para cada uno de los métodos
de revalorización empleados:
Tabla 5 Valores brutos revalorizados totales por metodología (millones
de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Las incidencias y propuestas de mejora resultantes de la revisión del proceso de
revalorización se explican en el apartado IV.
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III.4 ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS PRESENTADOS POR ORANGE PARA
EL EJERCICIO 2019 RESPECTO DE LOS RESULTADOS
PRESENTADOS EL EJERCICIO ANTERIOR
En las tablas siguientes se reproducen los ingresos, costes y márgenes
presentados por Orange para los servicios indicados en el ejercicio 2019
respecto a los presentados en el ejercicio 2018
5
.
5
Resultados presentados por Orange correspondientes a los ejercicios 2018 y 2019.
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Tabla 6 Cuenta de márgenes en costes corrientes (Mill.euros)
Tabla 7 Cuenta de márgenes en costes históricos (Mill.euros)
III.4.1 SERVICIOS MAYORISTAS
A continuación, presentamos la visión general de los resultados para cada una
de las tres categorías deServicios mayoristas”. Para mayor nivel de detalle
Ingresos Costes Margen Ingresos Costes Margen
Interconexión 440,3 464,2 -23,8 419,7 377,1 42,6
Roaming in 95,9 63,4 32,4 95,9 66,0 29,9
Infraestructuras 168,3 168,3 0,0 159,3 159,3 0,0
Total Ma yorista 704,5 695,9 8,6 674,9 602,4 72,5
Tráfico 867,1 734,2 132,9 1.090,3 783,2 307,1
Mensajería 211,4 125,2 86,3 84,9 69,9 15,0
Datos 1.656,6 1.417,2 239,5 1.734,7 1.745,8 -11,1
Roaming out 74,7 93,6 -18,9 69,1 92,2 -23,1
Total Minori sta 2.809,9 2.370,1 439,8 2.979,0 2.691,1 287,9
Servicios móvile s 3.514,4 3.066,0 448,4 3.653,9 3.293,5 360,4
NAAP 2.107,3 2.459,6 -352,3 1.931,9 2.277,7 -345,7
No imputables al estándar 0,0 -20,7 20,7 0,0 5,6 -5,6
Total Otros 2.107,3 2.438,9 -331,6 1.931,9 2.283,3 -351,4
TOTAL SERVICIOS 5.621,7 5.504,9 116,8 5.585,9 5.576,8 9,1
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
OTROS
Servicios
Corrientes 2019
Corrientes 2018
Ingresos Costes Margen Ingresos Costes Margen
Interconexión 440,3 455,9 -15,6 419,7 375,9 43,8
Roaming in 95,9 62,6 33,3 95,9 66,3 29,6
Infraestructuras 168,3 168,3 0,0 159,3 159,3 0,0
Total Ma yorista 704,5 686,8 17,7 674,9 601,5 73,4
Tráfico 867,1 731,2 135,9 1.090,3 779,9 310,4
Mensajería 211,4 125,2 86,2 84,9 69,9 15,0
Datos 1.656,6 1.408,0 248,6 1.734,7 1.750,9 -16,2
Roaming out 74,7 93,6 -18,9 69,1 92,2 -23,1
Total Minori sta 2.809,9 2.358,0 451,9 2.979,0 2.692,9 286,2
Servicios móvile s 3.514,4 3.044,8 469,6 3.653,9 3.294,4 359,6
NAAP 2.107,3 2.459,6 -352,3 1.931,9 2.277,7 -345,7
No imputables al estándar 0,0 0,5 -0,5 0,0 4,8 -4,8
Total Otros 2.107,3 2.460,1 -352,8 1.931,9 2.282,4 -350,5
TOTAL SERVICIOS 5.621,7 5.504,9 116,8 5.585,9 5.576,8 9,1
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
OTROS
Servicios
Históricos 2019
Históricos 2018
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puede consultarse el apartado 3 del informe de revisión de Axon sobre el SCC
de Orange que se aporta como anexo a esta resolución. Los valores
comparados, a no ser que se especifique lo contrario, se corresponden con los
recogidos en el estándar de costes corrientes.
La categoría de servicios de interconexión incluye originación, terminación,
reventa, acceso a números gratuitos, tránsito y otros servicios de interconexión.
Los servicios de interconexión tuvieron unos ingresos de 440,3 millones de euros
y por primera vez en los últimos años presenta un margen negativo de 23,8
millones de euros. Este margen se reduce respecto al 2018, debido a la
reducción del margen de los servicios de originación de datos y de voz y
videotelefonía. En cuanto al servicio de originación de datos, se suma el margen
unitario negativo con el elevado aumento de las unidades comercializadas de
este servicio.
La categoría de servicios de Roaming-in se corresponde con los servicios de
itinerancia de clientes extranjeros en la red propia por servicios de voz y
videotelefonía, SMS, datos y MMS. Los ingresos de Roaming-in se mantienen
estables respecto al año 2018, en la cifra de 95,9 millones. Sin embargo, se
observa un incremento del consumo de Roaming-in datos en un [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL].
Finalmente, el servicio de alquiler y compartición de infraestructuras incluye los
servicios prestados a operadores a través de la infraestructura de Orange, y
alcanza los 168,3 millones de euros en el ejercicio 2019, con un incremento del
6% respecto al año anterior. Mantiene su margen nulo debido a que incluye el
acuerdo de RAN Sharing con Vodafone, donde los ingresos son iguales a los
costes.
III.4.2 SERVICIOS MINORISTAS
Se presenta la visión general de los resultados para cada una de las cuatro
categorías de “Servicios minoristas”. Al igual que en el caso de los servicios
mayoristas, para una información más detallada, puede consultarse el apartado
3 del informe de revisión de Axon sobre el SCC de Orange que se aporta como
anexo a esta resolución. Asimismo, los valores comparados se refieren al
estándar de costes corrientes.
La categoría de servicios de Tráfico recoge los servicios por voz y videotelefonía,
servicios de valor añadido y otros tráficos. Los ingresos por tráfico telefónico se
reducen en un 20% respecto del ejercicio 2018. Los ingresos totales por tráfico
en el ejercicio 2019 fueron de 867,1 millones de euros frente a los 1.090,3
millones del ejercicio anterior.
La categoría de servicios de Mensajería, que incluye los servicios de SMS y
MMS, presenta un crecimiento notable, tanto en ingresos como en costes. Sin
embargo, se ha detectado una incidencia en esta categoría que se indica en el
apartado 7.
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La categoría de servicios de Datos incrementa su margen de forma significativa,
y pasa de un margen negativo en 2018 de 11,1 millones de euros a margen
positivo en 2019 de 239,5 millones de euros. La mejora del margen se explica
por una mejora del margen unitario del servicio de banda ancha móvil y un
aumento de las unidades comercializadas. Además, sigue siendo el segmento
con mayor volumen de ingresos, con 1.656,6 millones de euros.
La categoría de servicios de Roaming-out comprende los servicios de Itinerancia
de clientes propios en redes extranjeras por servicios de voz y videotelefonía,
SMS, datos y MMS. Roaming-out presenta unos ingresos de 74,7 millones de
euros en 2019, con un incremento de 8% respecto al ejercicio anterior, de forma
que mejora ligeramente su margen negativo, pasando de -23,1 millones en 2018
a -18,9 millones en 2019.
III.4.3 OTROS SERVICIOS
La categoría de “Otros” recoge los servicios no incluidos ni en minorista ni en
mayoristas (servicios fijos, TREI, no asignables a la actividad principal, no
imputables al estándar). El margen de la agrupación “Otros servicios” presenta
un margen negativo de 352,3 millones de euros, en línea con el del año anterior.
IV INFORME DE REVISIÓN
IV.1 OBSERVACIONES DE LA REVISIÓN ENCARGADA POR LA CNMC
Axon ha realizado por encargo de la CNMC la verificación de la correcta
adaptación del SCC de Orange correspondiente al ejercicio 2019 a los Principios
y Criterios aprobados en la resolución de 10 de junio de 2010 (actualización de
los aprobados mediante resolución de 15 de julio de 1999) y a otras resoluciones
relevantes al SCC de Orange.
En el informe emitido por la consultora sobre los resultados del Sistema de
Contabilidad de Costes de Orange para el ejercicio 2019, Axon concluye que el
sistema de contabilidad de costes desarrollado por Orange cumple a nivel
general salvando las incidencias descritas más adelante con los principios y
criterios aprobados por la Comisión. Esta conclusión se hace extensiva tanto al
SCC en sí mismo como al Manual Interno de Contabilidad de Costes (en
adelante, “el MICC”), a los diferentes estudios técnicos y al resto de
documentación de soporte que lo completan.”
El criterio de la CNMC ha sido el habitual en estos procedimientos. Para aquellas
incidencias que o bien suponen un impacto inmaterial o bien no se han podido
cuantificar y que se presumen con un impacto no relevante, requerir su aplicación
en ejercicios posteriores. En cambio, para las que se pueden cuantificar siendo
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relevantes, se requiere la aplicación en el propio ejercicio sometido a revisión,
salvo indicación en sentido contrario
6
.
IV.2 REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES
SOLICITADAS EN LA VERIFICACIÓN DEL SCC DEL EJERCICIO
ANTERIOR
Se enumeran a continuación los cambios introducidos en el SCC de Orange en
cumplimiento de los requerimientos realizados por esta Comisión en la
resolución del 29 de julio de 2020, sobre la verificación de los resultados de la
contabilidad de costes de Orange Espagne, S.A.U. del ejercicio 2018
(VECO/DTSA/006/20/SCC 2018 ORANGE).
Tabla 8 Revisión del cumplimiento de las modificaciones del SCC de
2018 requeridas por la CNMC en opinión de Axon
Ref
Título
Implementado
adecuadamente
1
Errores en las matrices de enrutamiento
No
2
Reparto de los costes de interconexión
3
Reparto de los costes de los nodos multitecnología
4
Reparto del coste de las licencias del espectro
Parcialmente
5
Reparto del canon del espectro
No
6
Revalorización de los activos de la red de acceso
No aplica
7
Reparto de los ingresos de servicios medidos
8
Volumen del servicio de originación de datos
9
Conciliación entre el SCC y la contabilidad financiera
No aplica
10
Amortización acumulada de las licencias 5G
11
Reparto del ingreso asociado a la conexión, el abono y las
promociones y descuentos de abono
12
Costes recogidos en las clases de activos de nodos
multitecnología
Parcialmente
13
Vida útil empleada para ciertos activos
No
14
Documentación que acompaña al SCC
Parcialmente
15
Apertura de un servicio de Internet of Things
No aplica para el
SCC 2019
6
Las incidencias con impacto en servicios de relevancia, se consideran materiales aquellas que
puedan producir una variación (en coste o ingreso) en alguno de estos servicios que supere el
0,25%. Para aquellas incidencias que afectan exclusivamente al resto de servicios, se consideran
materiales aquellas que puedan producir una variación (en coste o ingreso) en alguno de estos
servicios que supere el 0,5%.
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Por tanto, Axon concluye, que, de los 15 requerimientos realizados por la
Comisión, Orange ha implementado adecuadamente la mayoría, sin embargo no
ha implementado 3 de estos requerimientos y otros 3 se consideran
implementados parcialmente, según se detalla en el apartado siguiente.
Por otra parte, 3 de estos 15 requerimientos serían de no aplicación al SCC de
2019 por los siguientes motivos:
- Requerimiento 6. Revalorización de los activos de la red de acceso: se
requería a Orange corregir el elemento ponderador de la revalorización a
corrientes de los activos de la red de acceso. Sin embargo, como se explica
en la incidencia 12, Orange ha valorado estos activos de la red de acceso,
por primera vez en el ejercicio 2019, mediante el método de indexación, en
lugar del método de valoración absoluta empleado en ejercicios anteriores.
Dado que el requerimiento de la Comisión hacía referencia expresa a una
casuística del método de valoración absoluta empleado previamente por
Orange, este requerimiento deja de aplicar.
- Requerimiento 9. Conciliación entre el SCC y la contabilidad financiera: Se
requería a Orange incluir una cuenta en el SCC que no se había
contabilizado. Sin embargo, esta cuenta ya no existe en el SCC de 2019,
motivo por el cual el requerimiento ha dejado de aplicar.
- Requerimiento 15. Apertura de un servicio de Internet of Things: Cabe
recordar que la Comisión ha llevado a cabo recientemente un proceso relativo
a la homogeneización y simplificación de los SCC de los operadores móviles.
A este respecto, la Comisión aprobó el 18 de febrero de 2021, la Resolución
por la que se aprueba la homogeneización y simplificación de los sistemas
de contabilidad de costes de los operadores móviles”. En esta Resolución, y
en particular en lo referente al nuevo listado de servicios a ser considerados
en el SCC, la Comisión concluye que “para homogeneizar el listado de
servicios y por la creciente importancia de los servicios IoT Orange deberá
desagregar en el SCC su ingreso, coste y tráfico desde ‘Banda ancha móvil‘”.
Dado que el requerimiento de la apertura del servicio de IoT ya viene
impuesto por la nueva resolución de homogeneización y simplificación de los
SCC, se elimina de la lista de requerimientos pendientes de verificaciones
anteriores del SCC con el objetivo de evitar su duplicidad.
IV.3 MODIFICACIONES REQUERIDAS POR LA CNMC EN EL EJERCICIO
2018 NO IMPLEMENTADAS POR ORANGE O CUYA IMPLEMENTACIÓN
ES CUESTIONADA POR EL CONSULTOR DE LA CNMC
Se analizan a continuación las modificaciones requeridas por la CNMC que no
han sido correctamente implementadas por Orange o cuya implementación es
cuestionada por Axon, relativas a la verificación del SCC de 2018.
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1. Errores en las matrices de enrutamiento
La Comisión requirió a Orange, en relación a los factores de las matrices de
enrutamiento, alinear la toma de muestras con el criterio de representatividad
establecido por la Comisión, según el cual se debe tomar al menos una muestra
cada dos meses.
No obstante, en el ejercicio 2019, se ha constatado que el tiempo transcurrido
entre la toma de muestras sigue siendo superior al criterio de representatividad
establecido por la Comisión.
El impacto de esta incidencia no ha sido calculado, pero se considera inmaterial.
Respuesta 1: Orange deberá alinear la toma de muestras con el criterio de
representatividad establecido por la Comisión, para el ejercicio 2020 y
siguientes.
2. Reparto del coste de las licencias del espectro
La Comisión requirió a Orange corregir el reparto de los costes asociados a las
licencias del espectro a cada tecnología actualizando el uso de las bandas y
atribuyendo su coste únicamente a los elementos radio de la red de acceso.
Si bien una primera parte del requerimiento, el reparto de costes de licencias de
espectro por tecnologías, ha sido implementada adecuadamente por Orange en
el SCC del ejercicio 2019, la segunda parte del requerimiento relativa al reparto
de los costes de las licencias de espectro a únicamente los elementos radio de
la red de acceso sigue sin haberse implementado. Es decir, Orange debería
atribuir únicamente el coste de las licencias de espectro a los nodos
multitecnología que correspondan en cada caso y dejar de atribuir coste de las
licencias a otros elementos de red como los controladores o enlaces de
transmisión.
Orange ha justificado que esta segunda parte del requerimiento no había sido
implementada en el SCC del ejercicio 2019 por falta de tiempo, y que la misma
ha tenido que ser pospuesta al ejercicio 2020.
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares. Los
impactos en los servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del
informe de revisión elaborado por Axon, así como en la Tabla 11 y siguientes de
la presente resolución.
Respuesta 2: Orange deberá, atribuir únicamente el coste de las licencias de
espectro a los nodos de acceso multitecnología que correspondan en
cada caso, para el ejercicio 2020 y siguientes. Para 2019, se consideran
adecuadas las estimaciones realizadas por Axon.
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3. Reparto del canon del espectro
La Comisión requirió a Orange corregir el reparto del canon del espectro, para
garantizar en una primera etapa que el mismo se realiza teniendo en cuenta el
uso de las bandas espectrales hecho por cada una de las tecnologías de acceso
(2G, 3G y 4G), de manera equivalente a la atribución requerida para el coste de
las licencias del espectro, para el ejercicio 2018 y siguientes.
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares. Los
impactos en los servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del
informe de revisión elaborado por Axon, así como en la Tabla 11 y siguientes de
la presente resolución.
Alegaciones de Orange
Orange alega que en la resolución de la CNMC de 18 de febrero de 2021 relativa
a la homogeneización de los SCC de los operadores móviles, no se hace
ninguna referencia a la eventual necesidad de separar los costes de canon del
espectro por tecnología, mientras que sí que se establece el criterio de reparto
del CAADS unificado “Canon del espectro”. Dicho CAADS debe modificar su
criterio de imputación para ser asignado a los servicios con los mismos criterios
de reparto que el CACR “Nodo multitecnología” (que lleva incorporado el coste
de las licencias y que agrupa los nodos de acceso 2G, 3G y 4G).
En tal sentido, Orange considera innecesario el desglose por tecnologías del
canon del espectro, puesto que el mismo sería finalmente reagrupado en un
CAADS unificado para el que el criterio de reparto estaría claramente establecido
y sería independiente de la tecnología. Por ello Orange propone no realizar dicho
desglose intermedio por tecnología, y realizar el reparto del CAADS resultante
con el mismo criterio que actualmente es empleado para repartir el CACR “Nodos
multitecnología”.
Respuesta de esta Sala
En la resolución de homogeneización se establece que el CAADS “Canon de
espectro” recoge el pago anual del operador por el uso de las diferentes bandas
del espectro (800 MHz, 900 MHz, 1800 MHz…) asignadas para la prestación de
los servicios de telefonía móvil. El reparto a servicios de este coste se realiza en
función del consumo del espectro de cada servicio en base a sus
establecimientos y su tráfico equivalente.
Asimismo se dispone que el coste de las licencias por uso del espectro tiene
similar naturaleza, con la diferencia de que estas son un coste de adquisición
que se amortiza anualmente, mientras que el canon es un gasto anual. El coste
de las licencias no se asigna a un CAADS específico, sino que se imputa a los
nodos de acceso. Debido a que ambos costes, licencias y canon, tienen su
origen en el uso del espectro radioeléctrico y a que están asociados al mismo
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elemento de red, que son los nodos de acceso, se decidió que su criterio de
imputación fuera el mismo. Concretamente, el CAADS “Canon del espectro”
debía modificar su criterio de imputación para asignarse igual que el CACR
“Nodo multitecnología” que lleva incorporado el coste de las licencias (y que
agrupa los nodos de acceso 2G, 3G y 4G).
Respuesta 3: Tras la aprobación de la resolución de homogeneización de los
SCC de los operadores móviles, Orange no deberá implementar esta
modificación para el ejercicio 2020 y siguientes. Para 2019, se consideran
adecuadas las estimaciones realizadas por Axon.
4. Costes recogidos en las clases de activos de nodos multitecnología
La Comisión requirió a Orange realizar una revisión de las clases de activo que
recogen las inversiones en nodos de acceso, aplicando como criterio de reparto
el número de nodos existentes en red para cada tecnología, para el ejercicio
2019 y siguientes.
En la verificación del SCC del ejercicio 2018, se identificó que la totalidad de los
costes de la clase de activo “32201NBI/42201NBI” se imputaban a la red de
acceso 4G. Sin embargo, también incluía inversiones de nodos de acceso
asociadas a las tecnologías 2G y 3G, así como grandes inversiones asociadas
a la red troncal y a la red de control de acceso.
En el SCC del ejercicio 2019, Orange ha introducido modificaciones en la
asignación de la clase de activo “32201NBI/42201NBI”, de forma que ahora
reparte sus costes a las tres tecnologías de acceso (2G, 3G y 4G). No obstante,
dicha clase de activo sigue sin repartir costes a la red troncal a pesar de que
contiene inversiones asociadas a estas secciones de la red.
A este respecto, Orange ha explicado que en el ejercicio 2019, no ha sido posible
extraer de dicha clase las inversiones que han recaído en otras capas de red,
pero que dicha corrección será realizada en el SCC del ejercicio 2020.
Respuesta 4: Orange deberá realizar la clasificación de los activos
englobados en la clase “32201NBI/42201NBI”, de manera que también se
reconozcan en el reparto de los costes las inversiones correspondientes
a la red troncal y a la red de control de acceso, para el ejercicio 2020 y
siguientes.
5. Vida útil empleada para ciertos activos
La Comisión requirió a Orange corregir el cálculo de los costes de amortización
en el estándar de corrientes para garantizar que las vidas útiles aplicadas en el
SCC se corresponden a las aprobadas por la Comisión en la resolución de 29 de
enero de 2009, para el ejercicio 2019 y siguientes.
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Al respecto de este punto, Orange ha explicado que no ha sido posible
implementarlo aún en el SCC del ejercicio 2019, y que dicha modificación ha
tenido que ser pospuesta al ejercicio 2020.
Respuesta 5: Orange deberá corregir el cálculo de los costes de amortización
en el estándar de corrientes para garantizar que las vidas útiles aplicadas
en el SCC se corresponden a las aprobadas por la Comisión en la
Resolución de 29 de enero de 2009, para el ejercicio 2020 y siguientes.
6. Documentación que acompaña al SCC
La Comisión requirió a Orange corregir una serie de aspectos identificados con
relación al MICC y los estudios técnicos que acompañan al SCC.
Durante los trabajos de verificación se ha constatado que existen varios aspectos
relativos a dicha documentación que siguen sin haberse implementado en el
SCC de 2019.
Respuesta 6: Orange deberá corregir los aspectos identificados con relación
al MICC y los estudios técnicos que acompañan al SCC, para el ejercicio
2020 y siguientes.
IV.4 OTROS ASPECTOS DETECTADOS EN LA REVISIÓN DEL SCC DEL
EJERCICIO 2019
En el presente apartado se detallan otros aspectos detectados en el transcurso
del trabajo de revisión del SCC realizado por Axon.
7. Reparto de ingresos de servicios minoristas
Durante las labores de revisión de los motivos de cargo y abono de las diferentes
etapas del SCC, se ha observado una incidencia en los repartos empleados para
tres cuentas de ingresos minoristas. Se ha identificado que los factores de ajuste
empleados para el reparto de estas cuentas no eran correctos:
9010112000_s4 SMS_s4
9010105000_s4 Servicio medido SCF _s4
9010106000_s4 Promociones y descuentos de servicio medido SCF GSM_s4
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares, así
como en ingresos, y afecta principalmente a los servicios minoristas de
mensajería. Los impactos en los servicios se muestran detalladamente en el
apartado 8 del informe de revisión elaborado por Axon, así como en la Tabla 11
y siguientes de la presente resolución.
Respuesta 7: Orange debe actualizar los factores de ajuste utilizados para
el reparto de los ingresos minoristas de las cuentas indicadas, para el
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ejercicio 2020 y siguientes. Para 2019, se consideran adecuadas las
estimaciones realizadas por Axon.
8. Reparto de costes comerciales a NAAP
Durante las labores de revisión de los motivos de cargo y abono de las diferentes
etapas del SCC, se ha observado una incidencia en el reparto de cuentas de
costes comerciales, ya que, algunas cuentas de carácter no comercial deberían
haberse excluido en el cálculo del reparto de los costes comerciales asignados
al servicio NAAP.
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares. Los
impactos en los servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del
informe de revisión elaborado por Axon, así como en en la Tabla 11 y siguientes
de la presente resolución.
Respuesta 8: Orange debe corregir el reparto de costes comerciales al
servicio “No Asignables a la Actividad Principal (NAAP), para el ejercicio
2020 y siguientes. Para 2019, se consideran adecuadas las estimaciones
realizadas por Axon.
9. Activos con Valor Neto Contable (VNC) negativo
Durante el proceso de verificación se han identificado tres clases de activo que
registran un Valor Neto Contable (VNC) negativo. A este respecto, Orange ha
explicado que se había producido un error al calcular el valor neto contable
regulatorio y la dotación a la amortización regulatoria de estos activos, Sin
embargo, durante los trabajos de revisión Orange ha proporcionado los VNC y
la dotación a la amortización corregido de estos activos:
Tabla 9 Activos con VNC negativo
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares. Los
impactos en los servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del
informe de revisión elaborado por Axon, así como en en la Tabla 11 y siguientes
de la presente resolución.
Respuesta 9: Orange debe corregir los valores de Valor Neto Contable
(VNC) y dotación a la amortización de los activos indicados, para el
ejercicio 2020 y siguientes. Para 2019, se consideran adecuadas las
estimaciones realizadas por Axon.
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10. Volumen del servicio “9500110800 Terminación Internacional
MMS”
Durante las labores de revisión del SCC del ejercicio 2019, se ha observado que
Orange no había incluido en el SCC las unidades del volumen asociado al
servicio “9500110800 Terminación Internacional MMS”, reportando un volumen
nulo.
A este respecto, Orange ha confirmado que se trataba de un error y ha
proporcionado el volumen de dicho servicio, el cual equivale a [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] MMS. Se hace notar que esta
incidencia únicamente afecta a la presentación de los resultados unitarios del
servicio.
Respuesta 10: Orange deberá introducir en el SCC las unidades del servicio
“9500110800 – Terminación Internacional MMS”, para el ejercicio 2020 y
siguientes.
11. Estudio técnico de reparto de paquetes
Durante las labores de revisión de la documentación y de los estudios técnicos
presentados por Orange como parte de la documentación inicial del SCC, se han
observado algunas incidencias que afectaban al estudio técnico de reparto de
paquetes, y que se describen de forma detallada en el apartado 8 del informe de
revisión elaborado por Axon.
A este respecto, Orange ha confirmado que se trataba de errores, facilitando los
datos correctos durante las labores de revisión.
Se hace notar que las citadas incidencias no tienen impacto en el SCC, dado
que se trata de información generada por Orange a los efectos de presentación
del Estudio Técnico de reparto de paquetes.
Respuesta 11: Orange debe corregir las incidencias detectadas en el
Estudio Técnico de reparto de paquetes, para el ejercicio 2020 y
siguientes.
IV.5 OTRAS MODIFICACIONES
A continuación se describe una modificación introducida en el SCC del ejercicio
2019 por parte de Orange y que no responde a un requerimiento expreso por
parte de la Comisión.
12. Sustitución de la metodología de valoración absoluta por la de
indexación
Durante la revisión del SCC se ha observado que, en el ejercicio 2019, Orange
ha extendido el método de indexación a la totalidad de los activos que en
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ejercicios anteriores eran revalorizados a corrientes mediante el método de
valoración absoluta, que se corresponden principalmente con activos de
hardware de red. Orange justifica esta modificación por diversos motivos: precios
que no siempre son conocidos, costes de adquisición difíciles de identificar en la
contabilidad analítica, existencia de diferentes configuraciones de red, etc.
Como se cita anteriormente, la Comisión ha llevado a cabo recientemente un
proceso de homogeneización y simplificación de los SCC de los operadores
móviles en la Resolución por la que se aprueba la homogeneización y
simplificación de los sistemas de contabilidad de costes de los operadores
móviles”. En dicha resolución se pone de manifiesto la problemática alegada por
Orange en cuanto al proceso de revalorización a corrientes y se establece que
“en base al análisis realizado se establece la indexación como procedimiento de
revalorización en sustitución de la valoración absoluta y de la metodología MEA.
A este respecto, debe señalarse que la aplicación de la indexación está prevista
como método subsidiario cuando surgen problemas con la información necesaria
para aplicar la valoración absoluta, como se indica en la Resolución de 4 de
noviembre de 2010”.
Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que la aplicación por parte de
Orange del método de indexación para los activos de hardware de red, que se
venían revalorizando con el método de valoración absoluta, está en línea con el
criterio a seguir a partir del SCC 2020, por lo que no se requiere su modificación
para próximos ejercicios.
Sin embargo, el índice aplicado por Orange en el ejercicio 2019 ha sido el IPRI
26, mientras que en la resolución de la Comisión se establece que el índice más
adecuado es el IPRI 26.3, y, subsidiariamente, y en función de la naturaleza de
algún activo específico, también se podrían utilizar los índices IPRI 26.1, 26.2,
26.5, 28.1 y 28.2.
Respuesta 12: Orange debe emplear, en el proceso de revalorización a
costes corrientes de los activos de hardware de red, el índice IPRI 26.3
en primera instancia, y los índices 26.1, 26.2, 26.5, 28.1 y 28.2 como
solución subsidiaria para ciertos activos específicos, para el ejercicio 2020
y siguientes.
IV.6 RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES DEL SCC
Tabla 10 Objeciones al SCC 2019 de Orange
REF.
TÍTULO DE LA
INCIDENCIA
CONCLUSIÓN DE LA CNMC
IMPACTO
EN EL
SCC
ESTÁNDAR
AFECTADO
1
Errores en las
matrices de
enrutamiento
Orange deberá alinear la toma de
muestras con el criterio de
representatividad establecido por la
No
calculado
-
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REF.
TÍTULO DE LA
INCIDENCIA
CONCLUSIÓN DE LA CNMC
IMPACTO
EN EL
SCC
ESTÁNDAR
AFECTADO
Comisión, para el ejercicio 2020 y
siguientes.
Inmaterial
2
Reparto del coste de
las licencias del
espectro
Orange deberá, atribuir únicamente el
coste de las licencias de espectro a los
nodos de acceso multitecnología que
correspondan en cada caso, para el
ejercicio 2020 y siguientes. Para 2019, se
consideran adecuadas las estimaciones
realizadas por Axon.
Costes
CC, CH
3
Reparto del canon
del espectro
Tras la aprobación de l a resolución de
homogeneización de los SCC de los
operadores móviles, Orange no deberá
implementar esta modificación para el
ejercicio 2020 y siguientes. Para 2019, se
consideran adecuadas las estimaciones
realizadas por Axon.
Costes
CC, CH
4
Costes recogidos en
las clases de activos
de nodos
multitecnología
Orange deberá realizar la clasificación de
los activos englobados en la clase
“32201NBI/42201NBI”, de manera que
también se reconozcan en el reparto de
los costes las inversiones
correspondientes a la red troncal y a la
red de control de acceso, para el ejercicio
2020 y siguientes.
No
calculado
-
5
Vida útil empleada
para ciertos activos
Orange deberá corregir el cálculo de los
costes de amortización en el estándar de
corrientes para garantizar que las vidas
útiles aplicadas en el SCC se
corresponden a las aprobadas por la
Comisión en l a Resolución de 29 de
enero de 2009, para el ejercicio 2020 y
siguientes.
No
calculado
Inmaterial
-
6
Documentación que
acompaña al SCC
Orange deberá corregir los aspectos
identificados con relación al MICC y los
estudios técnicos que acompañan al
SCC, para el ejercicio 2020 y siguientes.
No
-
7
Reparto de ingresos
de servicios
minoristas
Orange debe actualizar los factores de
ajuste utilizados para el reparto de los
ingresos minoristas de las cuentas
indicadas, para el ejercicio 2020 y
siguientes. Para 2019, se consideran
adecuadas las estimaciones realizadas
por Axon.
Costes e
Ingresos
CC, CH
8
Reparto de costes
comerciales a NAAP
Orange debe corregir el reparto de
costes comerciales al servicio “No
Asignables a la Actividad Principal
Costes
CC, CH
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REF.
TÍTULO DE LA
INCIDENCIA
CONCLUSIÓN DE LA CNMC
IMPACTO
EN EL
SCC
ESTÁNDAR
AFECTADO
(NAAP), para el ejercicio 2020 y
siguientes. Para 2019, se consideran
adecuadas las estimaciones realizadas
por Axon.
9
Activos con Valor
Neto Contable (VNC)
negativo
Orange debe corregir los valores de
Valor Neto Contable (VNC) y dotación a
la amortización de los activos indicados,
para el ejercicio 2020 y siguientes. Para
2019, se consideran adecuadas las
estimaciones realizadas por Axon.
Costes
CC, CH
10
Volumen del servicio
“9500110800 –
Terminación
Internacional MMS”
Orange deberá introducir en el SCC las
unidades del servicio “9500110800
Terminación Internacional MMS”, para el
ejercicio 2020 y siguientes.
Solo
unitarios
CC, CH
11
Estudio técnico de
reparto de paquetes
Orange debe corregir las incidencias
detectadas en el Estudio Técnico de
reparto de paquetes, para el ejercicio
2020 y siguientes.
No
-
12
Sustitución de la
metodología de
valoración absoluta
por la de indexación
Orange debe emplear, en el proceso de
revalorización a costes corrientes de los
activos de hardware de red, el índice IPRI
26.3 en primera instancia, y los índices
26.1, 26.2, 26.5, 28.1 y 28.2 como
solución subsidiaria para ciertos activos
específicos, para el ejercicio 2020 y
siguientes.
-
-
CC: Costes corrientes. CH: Costes históricos.
V PUBLICIDAD DE LOS RESULTADOS
V.1 RESUMEN DE LAS INCIDENCIAS CUANTITATIVAMENTE
RELEVANTES
Del Informe de revisión emitido por la empresa Axon se deduce que los
resultados de la contabilidad de costes de Orange para el ejercicio 2019 cumplen
a nivel general con los principios y criterios aprobado por la Comisión, salvo las
incidencias descritas en el apartado IV. Esta conclusión se hace extensiva tanto
al SCC en sí mismo como al MICC, a los diferentes estudios técnicos y al resto
de la documentación de soporte que lo complementan.
En concreto, se han detectado y valorado las objeciones anteriormente descritas.
De seguirse las recomendaciones de Axon en cada una de las incidencias
detectadas, el margen de los servicios del SCC se vería modificado.
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El impacto cuantitativo de las incidencias detectadas, cuando ha podido
calcularse, se presenta a continuación:
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Tabla 11 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de terminación (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Tabla 12 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, otros servicios de interconexión (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Tabla 13 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de roaming in (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Tabla 14 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de tráfico (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Tabla 15 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de mensajería y datos (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 16 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de roaming out (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Tabla 17 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de otros (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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VI IMPACTO DE LOS AJUSTES SOBRE EL MARGEN UNITARIO DE LOS
SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN DEL SCC
A continuación, se muestran las tablas de los márgenes unitarios del servicio de
interconexión tras la aplicación de los ajustes propuestos por Axon:
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Tabla 18 Ingresos, costes y márgenes unitarios de servicios mayoristas de interconexión relevantes del SCC,
estándar de costes corrientes (euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Tabla 19 Ingresos, costes y márgenes unitarios de servicios mayoristas de interconexión relevantes del SCC,
estándar de costes históricos (euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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VII MÁRGENES REVISADOS
El importe de los ingresos, costes y márgenes antes y después de la revisión
realizada por la CNMC queda de la siguiente forma:
Tabla 20 Ingresos, costes y márgenes corregidos por familia de
servicios, estándar de costes corrientes (Mill.€)
Tabla 21 Ingresos, costes y márgenes corregidos por familia de
servicios, estándar de costes históricos (Mill.€)
Costes Corrientes
SCC 2019 (Mill.€) Ingresos Costes Margen
%Margen
s/ingresos
Ingresos Costes Margen
%Margen
s/ingresos
SERVICIOS MAYORISTAS
Interconexión 440,3 464,2 -23,8 -5% 440,3 464,7 -24,4 -6%
Roaming in 95,9 63,4 32,4 34% 95,9 64,5 31,4 33%
Infraestructuras 168,3 168,3 0,0 0% 168,3 168,3 0,0 0%
Total Mayorista 704,5 695,9 8,6 1% 704,5 697,5 7,0 1%
SERVICIOS MINORISTAS
Tráfico 867,1 734,2 132,9 15% 1.009,4 862,5 146,9 15%
Mensajería 211,4 125,2 86,3 41% 116,8 92,9 23,9 20%
Datos 1.656,6 1.417,2 239,5 14% 1.608,9 1.471,9 137,0 9%
Roaming out 74,7 93,6 -18,9 -25% 74,7 97,6 -22,9 -31%
Total Minorista 2.809,9 2.370,1 439,8 16% 2.809,9 2.524,9 285,0 10%
Servicios móviles 3.514,4 3.066,0 448,4 13% 3.514,4 3.222,4 292,0 8%
OTROS
Otros 2.107,3 2.459,6 -352,3 -17% 2.107,3 2.301,3 -193,9 -9%
No imputables al estándar 0,0 -20,7 20,7 0% 0,0 -20,7 20,7 0%
Total Otros 2.107,3 2.438,9 -331,6 -16% 2.107,3 2.280,5 -173,2 -8%
TOTAL SERVICIOS 5.621,7 5.504,9 116,8 2% 5.621,7 5.502,9 118,8 2%
Orange 2019 Presentado
Orange 2019 corregido
Costes Históricos
SCC 2019 (Mill.€) Ingresos Costes Margen
%Margen
s/ingresos
Ingresos Costes Margen
%Margen
s/ingresos
SERVICIOS MAYORISTAS
Interconexión 440,3 455,9 -15,6 -4% 440,3 456,4 -16,1 -4%
Roaming in 95,9 62,6 33,3 35% 95,9 63,7 32,2 34%
Infraestructuras 168,3 168,3 0,0 0% 168,3 168,3 0,0 0%
Total Mayorista 704,5 686,8 17,7 3% 704,5 688,4 16,1 2%
SERVICIOS MINORISTAS
Tráfico 867,1 731,2 135,9 16% 1.009,4 859,4 150,0 15%
Mensajería 211,4 125,2 86,2 41% 116,8 93,0 23,9 20%
Datos 1.656,6 1.408,0 248,6 15% 1. 608,9 1.462,7 146,2 9%
Roaming out 74,7 93,6 -18,9 -25% 74,7 97,6 -22,9 -31%
Total Minorista 2.809,9 2.358,0 451,9 16% 2.809,9 2.512,7 297,2 11%
Servicios móviles 3.514,4 3.044,8 469,6 13% 3.514,4 3.201,1 313,2 9%
OTROS
Otros 2.107,3 2.459,6 -352,3 -17% 2.107,3 2.301,2 -193,9 -9%
No imputables al estándar 0, 0 0,5 -0,5 0% 0,5 -0,5 0%
Total Otros 2.107,3 2.460,1 -352,8 -17% 2.107,3 2.301,8 -194,4 -9%
TOTAL SERVICIOS 5.621,7 5.504,9 116,8 2% 5.621,7 5.502,9 118,8 2%
Orange 2019 Presentado
Orange 2019 corregido
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La cuantificación de las objeciones formuladas por el consultor de la CNMC, que
hace suyas esta Comisión y el consiguiente recálculo de los ingresos y costes
de las partidas afectadas, producen, las siguientes correcciones de márgenes de
los servicios de terminación para el ejercicio 2019:
Tabla 22 Márgenes aprobados de los servicios de terminación en el
estándar de costes corrientes (euros)
Tabla 23 Márgenes aprobados de los servicios de terminación en el
estándar de costes históricos (euros)
Estándar costes corrientes (euros) Ingresos Costes Margen Ingresos Costes Margen
Terminación Voz origen fijo grupo 4.087.020 2.647.377 1.439.642 4.087.020 2.730.139 1.356.881
Terminación Voz origen fijo no grupo 8.293.526 5.478.997 2.814.529 8.293.526 5.649.741 2.643.785
Terminación Voz origen móvil 78.275.831 46.807.540 31.468.292 78.275.831 48.272.724 30.003.107
Terminación Videotelefonía 26.215 1.019 25.196 26.215 1.025 25.190
Terminación SMS 23.501.195 3.884.618 19.616.578 23.501.195 3.879.590 19.621.605
Terminación MMS 416.575 121.159 295.416 416.575 120.515 296.060
Terminación internacional Voz y Videotelefonía 2.875.042 233.788 2.641.254 2.875.042 238.072 2.636.970
Terminación internacional SMS 632.779 47.218 585.560 632.779 47.022 585.757
Terminación internacional MMS 43.592 7.803 35.789 43.592 7.750 35.843
SCC 2019 Presentados
SCC 2019 Ajustados
Estándar costes históricos (euros) Ingresos Costes Margen Ingresos Costes Margen
Terminación Voz origen fijo grupo 4.087.020 2.586.885 1.500.135 4.087.020 2.669.204 1.417.816
Terminación Voz origen fijo no grupo 8.293.526 5.358.614 2.934.912 8.293.526 5.528.550 2.764.976
Terminación Voz origen móvil 78.275.831 45.699.628 32.576.203 78.275.831 47.156.183 31.119.649
Terminación Videotelefonía 26.215 1.014 25.201 26.215 1.020 25.195
Terminación SMS 23.501.195 3.859.444 19.641.751 23.501.195 3.854.110 19.647.085
Terminación MMS 416.575 117.952 298.623 416.575 117.272 299.303
Terminación internacional Voz y Videotelefonía 2.875.042 229.837 2.645.205 2.875.042 234.091 2.640.950
Terminación internacional SMS 632.779 46.976 585.803 632.779 46.776 586.002
Terminación internacional MMS 43.592 7.609 35.983 43.592 7.554 36.039
SCC 2019 Presentados
SCC 2019 Ajustados
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Por todo cuanto antecede, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia,
RESUELVE
PRIMERO.- Declarar que la aplicación para el ejercicio 2019 del sistema de
contabilidad de costes utilizado por Orange Espagne, S.A.U., en general, es
conforme a los Principios, Criterios y Condiciones establecidos por la resolución
de esta Comisión de fecha 10 de junio de 2010, excepto en lo que se refiere a
los puntos reseñados en el apartado IV de la presente resolución.
SEGUNDO.- Requerir a Orange Espagne, S.A.U. para que presente los
resultados del ejercicio 2020, ajustados con las modificaciones expresamente
exigidas en el apartado IV de la presente resolución, para la verificación por parte
de esta Sala de los resultados de dicho periodo.
Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Telecomunicaciones y del
Sector Audiovisual y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la
misma pone fin a la vía administrativa y que pueden interponer contra ella
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
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ANEXO I LISTADO DE ABREVIATURAS
CAADS: Centro de actividad asignable directamente a servicios.
CACR: Centro de actividad de componentes de red.
CANADS: Centro de actividad no asignable directamente a servicios.
CC: Coste calculado; costes corrientes.
CH: Costes históricos.
GSM: Global System for Mobile Communications
ICSC: Índice de Costes del Sector de la Construcción.
IOT: Internet of Things
IPRI: Índice de Precios Industriales.
MEA: Modern Equivalent Asset.
MMS: Multimedia Message Service
MSC: Mobile Switching Center
NAAP: No asignable a la actividad principal.
NIE: No imputables al estándar.
RAN: Radio Access Network
R-in: Roaming in o Itinerancia de clientes extranjeros en la red propia.
R-out: Roaming out o Itinerancia de clientes propios en redes extranjeras.
SCC: Sistema de contabilidad de costes.
SCF: Servicio Cliente Final
SMS: Short Message Service
SVA: Servicios de valor añadido.
TREI: Trabajos realizados por la empresa para su inmovilizado.
WACC: Weighted average cost of capital.

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