Resolución de 31 de mayo de 1982, de la Delegación del Gobierno en la Compañía Telefónica Nacional de España, por la que se aprueban las tarifas correspondientes a los circuitos musicales.

MarginalBOE-A-1982-19292
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Rango de LeyResolución

La Compañía Telefónica Nacional de España ha sometido a la consideración de la Delegación del Gobierno la aprobación de las tarifas correspondientes a los circuitos musicales destinados a los medios de comunicación de radiodifusión y televisión.

Esta Delegación del Gobierno, en aplicación de las facultades que le confiere el artículo 3.ª del Real Decreto 3332/1978, de 7 de diciembre, por el que se regula el régimen tarifario y concesional de determinados servicios de telecomunicación, ha aprobado dichas tarifas, que son las siguientes:

Circuitos musicales (a 10 y 15 KHz)

...........................................................Pesetas

CUOTA DE CONEXION

Por la constitución de un circuito musical a 15 KHz,

a dos hilos.................................................222.000

Por la constitución de un circuito musical a 15 KHz,

a cuatro hilos..............................................444.000

Se declaran a extinguir los circuitos musicales a

10 KHz, por lo que no se efectuarán nuevas contrataciones

de este tipo.

CUOTA DE TRASLADO

Para un circuito a dos hilos:

- Dentro del mismo local o dependencia........................1.000

- Distinto local o dependencia del mismo edificio o

recinto.......................................................3.000

- Restantes casos (terminal cada abonado)....................18.500

Para los circuitos a cuatro hilos, las cuotas de traslado

serán el doble de las indicadas para dos hilos.

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