Resolución SNC/DTSA/051/21 de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 28-07-2021

Número de expedienteSNC/DTSA/051/21
Fecha28 Julio 2021
Actividad EconómicaAudiovisual
SNC/DTSA/051/21
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 28014 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INCOADO A
MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A., POR EL PRESUNTO
INCUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 7, APARTADOS 2
Y 6, DE LA LEY 7/2010, DE 31 DE MARZO, GENERAL DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL
SNC/DTSA/051/21
SALA DE SUPERVISIÓN REGULATORIA
Presidente
D. Ángel Torres Torres
Consejeros
D. Mariano Bacigalupo Saggese
D. Bernardo Lorenzo Almendros
D. Xabier Ormaetxea Garai
Dª Pilar Sánchez Núñez
Secretario
D. Joaquim Hortalà i Vallvé
En Madrid, a 29 de julio 2021
Vista la Propuesta de resolución, junto con las alegaciones presentadas y las
demás actuaciones practicadas en el expediente sancionador de referencia, la
SALA DE SUPERVISIÓN REGULATORIA de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia (CNMC) adopta la presente Resolución basada en
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Actuaciones previas
En el ejercicio de las facultades de inspección y supervisión que en materia
audiovisual tiene atribuidas la CNMC, la Dirección de Telecomunicaciones y del
Sector Audiovisual abrió un periodo de actuaciones previas
(IFPA/DTSA/007/21), en virtud de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (LPAC), para conocer y determinar con más detalle si
MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A. (en adelante, MEDIASET), en su
canal de televisión Telecinco, en los programas de “SÁLVAME LIMÓN” y
“SÁLVAME NARANJA” del día 8 de abril de 2021 (vídeos con el contenido
emitido constan en los folios 158 y 159), habría emitido contenidos inapropiados
en relación con la calificación otorgada a esos programas y con el horario en el
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que fueron emitidos, según lo señalado por parte de distintos denunciantes.
(folios 1 a 157)
SEGUNDO.- Incoación de procedimiento sancionador
Con fecha 20 de mayo de 2021 y, a la vista de las conclusiones alcanzadas en
el periodo de informaciones previas llevado a cabo, la Sala de Supervisión
Regulatoria de la CNMC acordó la incoación del procedimiento sancionador
SNC/DTSA/051/21, al entender que MEDIASET habría podido vulnerar lo
dispuesto en los artículos 7.2 y 7.6, en relación a lo dispuesto en el artículo 12.3,
de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, (en
adelante, LGCA), por los contenidos emitidos en los programas de “SÁLVAME
LIMÓN” y “SÁLVAME NARANJA” del día 8 de abril de 2021, con las
calificaciones de “no recomendado para menores de 12 años” el primero y, el
segundo, de “no recomendado para menores de 7 años” y en horario de
protección reforzada de menores.
El 21 de mayo de 2021 le fue notificado el acuerdo de incoación al interesado,
concediéndole un plazo de diez días para la presentación de alegaciones,
documentos e informaciones, y proponer pruebas, en su caso (folio 167 a 171).
TERCERO.- Alegaciones de MEDIASET
Tras ampliarse el plazo de alegaciones a solicitud de MEDIASET y darle traslado
de la documentación que obra en el expediente, ésta presentó un escrito el día
11 de junio de 2021 (folios 300 a 338) por el que solicita el sobreseimiento del
expediente, el archivo de las actuaciones y en el que, sucintamente, alega lo
siguiente:
Que la calificación por edades otorgada a los programas “Sálvame Limón”
y “Sálvame Naranja” emitidos el 8 de abril de 2021 fue adecuada, y, por
tanto, no se habría incumplido lo dispuesto en los artículos 7.2 y 7.6 de la
LGCA. Para respaldar sus alegaciones aporta un análisis por el que alega
que el contenido de dichos programas sí se adecúa a la calificación de
edad otorgada a los programas según lo previsto en los criterios
orientadores para la calificación de contenidos audiovisuales
1
; en
concreto, respecto de sus apartados 3.3, 3.7, 3.8.
Que el acuerdo de incoación adolece de un error de tipificación:
calificación errónea de un determinado contenido según los criterios de
calificación por edades en ningún caso podría, por sí solo, dar lugar al tipo
infractor grave previsto en el artículo 58.12 de la LGCA, debiéndose
aplicar en caso de incumplimiento del artículo 7.6 LGCA el tipo infractor
leve previsto en el artículo 59.2 LGA.
1
Anexo a la Resolución por la que aprueban los criterios orientadores para la calificación de
contenidos audiovisuales (CRITERIOS/DTSA/001/15)
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Entiende MEDIASET que el hecho de que el tipo infractor contenido en el
artículo 58.12 de la LGCA, al referirse al incumplimiento de los códigos de
autorregulación de conducta, exige que se haya producido un
incumplimiento del Código de Autorregulación notificado a esta Comisión
en fecha 15 de junio de 2015; esto es, que el tipo infractor exige la
concurrencia de un incumplimiento de las propias normas sustantivas
contenidas en dicho Código. En este caso y atendiendo a esta alegación,
señala que los contenidos objeto del presente procedimiento no han sido
objeto de reclamación que el mencionado Código prevé.
CUARTO.- Trámite de audiencia
Con fecha 30 de junio de 2021 le fue notificada a MEDIASET la propuesta de
resolución formulada por la Instructora del procedimiento (folios 341 a 382) a los
efectos de lo previsto por los artículos 82 y 89.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (en adelante, LPAC), concediéndole un plazo de diez días para formular
alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimen
pertinentes y, asimismo, informándole de lo previsto en el artículo 85 de la LPAC.
La propuesta de resolución remitida a MEDIASET proponía lo siguiente:
PRIMERO. - Que se declare a MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S. A.,
responsable de la comisión de tres (3) infracciones administrativas graves, por
haber emitido los programas de 8 de abril de 2021, el “SÁLVAME LIMÓN” con las
calificación de “NR12”, en horario de protección general, y “SÁLVAME NARANJA,
con la calificación “NR7” en horario de protección reforzada, cuando las
calificaciones apropiadas a los contenidos de los programas son las de “no
recomendados para menores de 16 años” (NR16) y que, por la temática abordada,
escenas e imágenes, resultan unos contenidos audiovisuales inadecuados para los
menores de 16 años, y pueden resultar perjudiciales para su desarrollo físico,
mental, o moral, lo que incumple, en el caso del “SÁLVAME NARANJA”, lo
dispuesto en el artículo 7.2 y, en ambos programas, lo dispuesto en el artículo 7.6,
en relación al artículo 58.12, todos de la Ley 7/2010.
SEGUNDO. - Siendo dichas infracciones, en aplicación de lo dispuesto en los
artículos 58.3 y 58.12 de la citada Ley 7/2010, susceptibles de ser calificadas como
de carácter grave, se estima pertinente, atendiendo a los criterios de graduación
establecidos en el artículo 29 de la Ley 40/2015, así como los específicamente
indicados en el artículo 60, números 3 y 4, de la LGCA, proponer como sanción la
imposición de TRES (3) multas, por importe total de 521.003,00 € (quinientos
veintiún mil tres euros); una por infracción del artículo 7.2 LGCA, por importe de
200.001,00 € (doscientos mil un euros) por el programa del “SÁLVAME NARANJA”
del día 8 de abril de 2021; y otras dos, por la infracción contenida en el artículo
58.12, en relación al artículo 7.6, ambos de la LGCA, por importe de 161.001,00 €
(ciento sesenta y un mil un euros) por el programa “SÁLVAME NARANJA” del día
8 de abril de 2021, y 160.001,00 € (ciento sesenta mil un euros) por el programa
“SÁLVAME LIMÓN” de la misma fecha.
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Dichas sanciones han sido evaluadas atendiendo principalmente a las franjas
horarias de protección afectadas, a la audiencia media de menores de 16 años
que siguieron los programas, al tipo de contenidos emitidos (graves conflictos
emocionales, experiencias traumáticas, comportamientos que lesionan
gravemente los derechos de los demás, violencia de género, pederastia,
violación), a la intencionalidad del operador en su aspecto negligente, al ámbito
de cobertura de las emisiones (nacional) y a la calificación menor otorgada por
el prestador del servicio (NR12 y NR7).
QUINTO.- Alegaciones de MEDIASET
En fecha 14 de julio de 2021 (folios 393 a 427), MEDIASET ha presentado escrito
de alegaciones a la propuesta de resolución remitida en el trámite de audiencia
al que se refiere el anterior antecedente en el que, sucintamente, alega lo
siguiente:
Reitera en señalar que la calificación por edades otorgada a los
programas fue adecuada, con estricto anclaje en los criterios de
calificación de contenidos por edades, criterios que han sido interpretados
de forma desajustada por esta Comisión, según lo valoró en las
alegaciones realizadas a la incoación del procedimiento y sobre las que
esta Comisión no se ha pronunciado ni valorado.
Que la forma en que se trataron las temáticas en el programa “SALVAME
LIMÓN” habrían sido adecuadas en la calificación por edades otorgada
de “NR12”: los graves conflictos emocionales no se tratan de manera
realista y detallada sino tan solo de manera tangencial; no se detallan de
manera realista sus consecuencias negativas graves sino que tan solo se
mencionan algunos elementos conflictivos propios de toda separación;
que no se tratan experiencias traumáticas graves e irreversibles, que
presentar de esa manera el brazo roto de un niño es cuanto menos
hiperbólico teniendo en cuenta que el programa pone el foco en la
deficiente atención que le dedicó el padre al niño con su brazo roto; que
si se presentan comportamientos que lesionan gravemente los
derechos de los demás de forma continuada, la propuesta de resolución
no concreta los derechos vulnerados del maltratador además de que no
comprende de qué forma manifestar el apoyo al testimonio de una víctima
de violencia de género, que entra dentro de la libertad de información y
expresión según lo ha indicado el Tribunal Constitucional
2
, o parodiar lo
que señalan en el programa como “cloacas de la prensa rosa”,
representan una conducta negativa imitable. Sobre esto último, añade que
los criterios de calificación sirven para la protección del interés público y
2
Cita de forma extensa la Sentencia del Tribunal Constitucional de 27 de abril de 2010, nº
23/2010 -rec. 4239/2006-, donde se pondera la libertad de expresión y la libertad de creación
artística, de un lado y el derecho al honor, de otro; así como sobre el uso de la sátira o recursos
humorísticos como la caricuatura como forma de expresión artística y crítica social.
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no para proteger el derecho al honor que además es un derecho
personalísimo.
Que la forma en que se trataron las temáticas en el programa “SÁLVAME
NARANJA habrían sido adecuadas en la calificación por edades
otorgada de “NR7”: los graves conflictos emocionales no se tratan de
manera realista y detallada que, aunque pueda generar consecuencias
negativas graves, éstas no se tratan sino que se el programa se centra en
debatir sobre el pasado de sus protagonistas y cómo han expuesto el
conflicto ante la opinión pública mientras se introducen elementos gráficos
en el programa que contribuyen a rebajar la tensión dramática; que no se
tratan experiencias traumáticas graves e irreversibles, reiterando en
que el incidente del brazo roto del menor no es una experiencia que
merezca dicha calificación, tal y como se alega respecto del programa
“SÁLVAME LIMÓN” al igual que lo hace en relación con las alegaciones
relativas a la presentación de comportamientos que lesionan
gravemente los derechos de los demás; y en relación con la violencia
de género, alega que las manifestaciones ésta no se hace de forma
explícita y realista ni se ofrece detalle alguno de elementos violentos sino
que se presenta de forma negativa y reprochable.
Reitera en su alegación realizada al acuerdo de incoación relativa a que
se vulnera el principio de tipicidad por la inadecuada subsunción del
incumplimiento de lo previsto por el artículo 7.6 de la LGCA en el tipo
infractor grave recogido en el artículo 58.12 de la misma Ley.
Que la sanción propuesta resulta desproporcionada teniendo en cuenta
los factores de graduación analizados en la propuesta de resolución que
resultan inadecuados por los siguientes motivos: los contenidos emitidos
no deben ser considerados criterios de graduación; las franjas horarias es
un concepto que ya se integra en el tipo infractor del artículo 7.2 de la
LGCA; que la calificación en una sola franja menor a la que se considera
apropiada para el “SÁLVAME LIMÓN” respecto del programa “SÁLVAME
NARANJA” debería de suponer una sanción inferior y no de la misma
cuantía; que el número de menores afectados tendría que valorarse a
aquellos comprendidos entre los 7 y los 15, para el caso de SÁLVAME
NARANJA” y entre los 12 y los 15 para “SÁLVAME LIMÓN”.
Sobre la base de las anteriores alegaciones MEDIASET solicita el
sobreseimiento del expediente, el archivo de las actuaciones y, con carácter
subsidiario, que se acuerde la no imposición de sanción alguna o, en su defecto,
que se imponga una sanción reducida respecto de la sanción propuesta.
SEXTO.- Finalización de la Instrucción y elevación del expediente
Por medio de escrito de fecha 13 de julio de 2021, la Instructora ha remitido a la
Secretaría del Consejo de la CNMC la Propuesta de Resolución junto con el resto
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de documentos y alegaciones que conforman el expediente administrativo,
debidamente numerado, en los términos previstos en el artículo 89 de la LPAC
(folio 392), para su elevación a la Sala de Supervisión Regulatoria.
SÉPTIMO.- Informe de la Sala de Competencia
La Sala de Competencia ha emitido informe en el presente expediente al amparo
de lo dispuesto en el artículo 21.2 a) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación
de la CNMC (en adelante, LCNMC) y del artículo 14.2.b) del Estatuto Orgánico
de la CNMC, aprobado por el Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto (en
adelante, Estatuto Orgánico de la CNMC) (folio 428).
HECHOS PROBADOS
De la documentación obrante en el expediente han quedado probados, a los
efectos de este procedimiento, los siguientes hechos:
PRIMERO.- Primera emisión de contenido inapropiado según la calificación
otorgada
De las actuaciones que constan en el expediente administrativo, en especial de
las grabaciones que se han incorporado, así como del acta de visionado del
programa “SÁLVAME LIMÓN” emitido por MEDIASET en su canal Telecinco, el
día 8 de abril de 2021 entre las 15:59:50 y las 16:55:12 horas, se emitieron
contenidos inapropiados según la calificación otorgada al mismo.
A continuación, se reproducen el acta de visionado:
Programa: “SALVAME LIMON”
Fecha de emisión: jueves 8 de abril de 2021
Franja horaria del programa: de 15:59:50 a 16:55:12 horas
Canal: TELECINCO
Ámbito: Nacional.
Calificación: +12 permanente
Objeto del Acta: Ley 7/2010, de 31 de marzo General de la Comunicación Audiovisual,
Art. 7.2 y 7.6 Protección del menor, la inadecuación del contenido en relación con la
calificación.
Nº: 010/2021
CONTENIDO: “SALVAME LIMÓN” Programa de entretenimiento, donde se realizan
entrevistas a personas que estén de actualidad, donde los colaboradores dan y
comentan noticias que normalmente tienen que ver con temas de Famosos, del
Corazón, de los realitys y otros programas que produce la misma cadena.
15:59:50
a
16:00:14
Da comienzo el programa Sálvame Limón con el inicio de la carátula de entrada […]
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a
16:00:36
[…] Comienza con la imagen del programa documental “Rocío Contar la Verdad” del día
07/04/21 donde Rocío Carrasco (R.C.) realizando un serie de declaraciones con unos
papeles en la mano diciendo: “Sobre el padre lo calca” (Imagen 1), se muestra imágenes
de Antonio David (A.D.) con su hija en brazos (Imagen 2) y una sobreimpresión en la
parte superior derecha: “INFORME PERICIAL PSICOLÓGICOS AUDIENCIA
PROVINCIAL, ANTONIO DAVID FLORES” y en la parte inferior “ROCIO: CONTAR LA
VERDAD... 07/4/21” (Imagen 3), las imágenes continúan con la lectura del informe que
se va subrayando según se describe y se refuerza con imágenes de A.D. […]
16:00:36
a
16:01:08
[…] Imágenes de A.D. en el programa de “Crónicas Marcianas” donde amenaza a un
compañero con el puño para agredirle (Imagen 4) […] en otro programa, se levanta y se
dirige hacia una compañera de forma amenazante (Imagen 5). Se muestra a continuación
la lectura subrayada del informe: “Difícil aceptación de críticas. Asertividad ante los
errores de los demás” […]
16:01:08
a
16:02:13
[…] Se muestra la presentadora Carlota diciendo: “Buenas tardes, las críticas le hacen
mella se perturba con facilidad, es “impulsivo”, “problemático y conflictivo”, acompañada
de una música de suspense, este es A.D. Flores en el año 2002 y no lo dice Rocío
Carrasco, lo dice un equipo de psicólogos que elabora un informe elaborado un informe
psicosocial tras estudiar en profundidad la personalidad del exguardia civil a petición de
la Audiencia Provincial de Madrid, en ese momento una sentencia ha otorgado la custodia
de sus hijos a R.C….el abogado de A.D. recurre y pide un informe pericial… (durante este
tiempo, se muestra en la pantalla situada detrás de la presentadora, un primer plano del
rostro de A.D. con varias expresiones que parecen denotar expresiones que reafirma lo
que la presentadora va diciendo (Imagen 6) … […]
16:02:13
a
16:02:25
[…] la presentadora lee más sobre el informe psicosocial pedido por A.D. que según ella
R.C. no quiso leer anoche... “turbable, inestable, inseguro…
Durante, la locución se muestra en la pantalla que se encuentra detrás de la presentadora,
el informe que está leyendo con los párrafos resaltados […]
16:02:25
a
16:03:04
[…] La presentadora anuncia que: “el contenido íntegro de este brutal y demoledor
informe y las primeras palabras de Raquel Mosquera … responderán a las acusaciones
de Rocío”, el programa continúa con la presentadora en silencio, mientras suena una
música de intriga y la cara de A.D. (como de rabia, ira…) en la pantalla que es tá situada
detrás de la presentadora, acercándose la cámara hasta conseguir un primer plano de la
cara de A.D. donde se muestra otra imagen y la sobreimpresión “ELLA LO CONOCÍA
BIEN” (Imagen 7) […]
16:03:04
a
16:03:40
[…] Se emiten unas escenas de la docuserie, donde R.C. aparece entre sollozos (Imagen
8) diciendo: “Yo soy víctima de una mente diabólica” y se continúa ofreciendo imágenes
de A.D. donde muestra una conducta poco edificante y las sobreimpresiones “EL
DEMONIO OCULTO” y la imagen de A.D., “A VECES ASOMABA” y la imagen del intento
de agresión a un compañero de Crónicas Marcianas y otra con una compañera (misma
imagen nº 4 y 5 emitida con anterioridad), “LOS EXPERTOS LO CAZARON”. Se vuelve
a mostrar a R.C. leyendo el informe que se muestra en pantalla y que según lee, se
subraya (imagen 8) […]
16:03:40
a
16:04:04
[…] Continúa la escena de R.C. diciendo: “siempre ha querido ir de padre doliente, nunca
los ha querido tenery se ofrece imágenes de A.D. con su hija, “ahí ya estaba empezando
la semilla del mal”, más imágenes de A.D. y su hija, “ahí ya estaba haciéndole daño a su
hija”. Continúan las imágenes con las sobreimpresiones: “EL
INFORME…PSICOLÓGICO… DE ANTONIO DAVID” y un primer plano de la cara de A.D.
en forma de flash, seguida de la sobreimpresión: “HOY EN SÁLVAME” […]
16:04:04
a
16:09:36
[…] PUBLICIDAD […]
16:09:36
a
16:10:55
[…] Tras los anuncios el programa continúa con un primer plano del rostro de A.D. y la
sobreimpresión “ELLA LO CONOCÍA BIEN” y la escena de R.C. donde dice que ella es
víctima de una mente diabólica” (entre sollozos) y se vuelve a sobreimpresionar “EL
DEMONIO OCULTO” y se vuelve a mostrar la imagen de A.D. con las mismas imágenes
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que se mostraron con anterioridad, al corte publicitario y reseñados desde 16:02:25 a
16:04:04 […]
16:10:55
a
16:12:10
[…] Se muestran imágenes del plató, donde se encuentran sentados, tanto la
presentadora (Carlota Corredera), como los colaboradores: Kiko Matamos, Chelo García
Cortés, María Patiño, Rafa Mora, Ana Bernai, Kilo Hdez., Lidia Lozano y Miguel Frigenti,
saludando a cada uno de ellos […]
16:12:10
a
16:19:17
[…] La presentadora Carlota Corredera (C.C.) da paso a Kiko Hdez. para comentar las
declaraciones de R.C. en el capítulo 6 de la Docuserie emitido en la noche del día
07/04/21 y pregunta que le ha parecido lo de ayer.
K.H: tras comentar un suceso personal comenta: “no me imagino el dolor de ese niño, x
horas con un brazo roto y un padre que pasa absolutamente, de ese niño, de ese dolor,
no lo entiendo…
C.C: ¿para ti es lo más fuerte de ayer?
K.H: sí, sí.
C.C.: Patiño (la pregunta).
M.P.: “Tema de los niños y la salud de los menores, … me cuesta trabajo, sinceramente
creer que A.D. haya dejado que su hijo pasase tanto dolor, me da igual también el número
de horas…ayer por la noche solamente pensaba en Rocío Flores y David Flores, sin
olvidarme de una víctima que es la protagonista, que es Roco Carrasco”.
C.C.: “El capítulo de ayer era muy denso, con muchas pruebas, muchos informes…y se
dirige a un colaborador para dar la opinión”.
K.M.: “me quedé impactado, esta mañana llamé a A.D. porque no me puedo imaginar que
haya un padre que consciente de que su hijo tiene un brazo roto no le lleve al hospital…,
es evidente que los dos han utilizado a sus hijos… ( C.C. ¿los dos?, luego me explicas
como los ha utilizado la otra) me parece lo más repugnante de todo lo que estamos
viviendo, el dolor de esas dos criaturas…
Chelo: Dolor, incomprensión y miedo.
Rafa Mora.: “… jamás imaginé… no entiendo como R.C. dejó a sus hijos a este
sinvergüenza si esto es verdad”, se muestra monitor detrás (imagen 9).
K.H.: equiparar el dolor que se le da a estos dos niños por los dos adultos, cuando aquí
el único que le da un dolor bestial a esos niños y una utilización bestial a esos niños se
llama, A.D. y ayer queda demostrado para toda España”.
Frigenti: comenta que “para mí fue una película de terror, con el peor de los villanos, para
mí lo más fuerte fue lo del niño y su presencia en el entierro de su padre para provocar y
salir en la foto…”, se ofrecen imágenes de A.D (imagen 10) y R.C y sus hijos […]
16:19:17
a
16:21:00
[…] Emiten unas escenas de la docuserie, donde aparece R.C. sollozando y dice: “me ha
quitado lo más importante que yo tengo en mi vida, ha hecho que me odien y que tengan
una imagen de mí, que es mucho más cruel si cabe…, ensuciando su mente” se
sobreimpresiona: “ROCIO CONTAR LA VERDAD… 07/04/21.
Se escucha a continuación una VOZ EN OFF: “totalmente destrozada R.C. ayer, revivió
una de sus etapas más dolorosas de su vida” …
R.C.: “tenía pánico, el me increpaba, el me insultaba, para decirme, ¡te los voy a qui tar,
te van a odiar! ...”
VOZ EN OFF: “Con la voz entrecortada la hija de la más grande, narra situaciones donde
se pondría en duda la imagen modélica de A.D.”
R.C. cuenta la historia del niño con el brazo roto que le trae Franco (chofer) y que no ha
sido llevado a un hospital por su padre después de varios días con el brazo roto… R.C.
pone una denuncia en el Juzgado de Guardia por negligencia (se muestra en la pantalla
el oficio del juzgado).
VOZ EN OFF: Un auténtico calvario que vivirá R.C. y sus hijos durante años (se muestran
imágenes de Rocío y sus hijos), del que hemos sido conocedores por primera vez tras el
informe psicológico que se hizo tanto a los progenitores, como a Rocío Flores cuando
solo tenía 5 años, a petición de la Audiencia Provincial de Madrid por el enfrentamiento
judicial por la custodia de sus hijos (se muestra imágenes de la pareja con sus hijos)” […]
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se muestra el informe “Desarrollo intelectual y Socio-Afectivo” de la niña, que la voz en
off va narrando mientras las imágenes se ven subrayando los párrafos. Continúa con las
imágenes de la docuserie donde aparece R.C. sentada que narra: “ahí ya estaba
empezando la semilla del mal, ahí ya estaba, haciéndola daño a su hija…Continúa la
voz en off comentando el informe con referencia a los problemas que se atisban a Rocío
Flores (se muestran imágenes de madre e hija) y que la justicia quiso mantenerlas
juntas...
R.C.: “a mí no ha habido un Juez que me haya quitado la custodia de mis hijos, no hay
un documento oficial, donde se diga que a mí me han quitado la custodia y se la han dado
a su padre […]
16:22:00
a
16:22:40
[…] Habla R.C. de la petición de la anulación eclesiástica de su matrimonio, donde pasa
a comentar y dar lectura de algunos párrafos del mismo: “yo ya pongo en conocimiento
de la justicia eclesiástica tinte de maltrato” y se muestra lo subrayado: “en cuanto a la
convivencia conyugal, A.D. harta de forma continuada, una vida autárquica, pasando la
mayor parte del tiempo sin hacer caso a su esposa… llegó incluso a sugerir la idea del
aborto” (imagen 11).
Mientras se escucha la voz de R.C. de su intervención en la Docuserie y una vez finalizada
la sobreimpresión, aparece además de la voz, la imagen de R.C. comentando que las
personas de su alrededor, hoy se desdicen de lo que habían dicho y que supone que es
porque hoy tienen otros tipos de intereses, supongo que resarcirse y vengarse de algunas
cosas que ellos no consideran justas […]
16:22:40
a
16:24:22
[…] Se ofrecen imágenes de R.C. con su padre Pedro Carrasco y su mujer, pasando a
relatar lo sucedido en la relación con su padre “yo no tengo relación con mi padre…”. Tras
una reunión, la relación se quedó muy bien y que todo lo que se ha contado de esa
reunión por la que fue su mujer en ese momento es mentira”, se muestra la portada de
una revista del corazón “Diez Minutos”. Cuenta que su padre se había ido haciendo “eses”
tras esa reunión en el coche y que la culpaban a ella, pero que realmente fue por otras
series de circunstancias. a
Hace referencia a otros personajes y lee lo que parece un informe del juzgado en relación
con la conducta de su exmarido A.D. y una chica que trabaja para ella, se subraya los
párrafos de la lectura.
Una voz en off anticipa las declaraciones de varios personajes […]
16:24:22
a
16:26:04
[…] Vuelven las imágenes del plató, con la presentadora y los colaboradores… se pasa
a explicar un concurso para los espectadores…
Se presenta a un personaje (chofer) José María Franco, que va a intervenir en el
programa y comenta: “me dicen que está en las cloacas del corazón” […]
16:26:04
a
16:27:08
[…] Se muestra un primer plano de la cara de A.D. (como los anteriores) y vuelven a emitir
otra vez, las mismas imágenes de R.C. de la Docuserie emitido anteriormente en el
programa sobre las 16:09:46,- y que con anterioridad se había emitido desde 16:02:25 a
16:04:04 con las mismas imágenes […]
16:27:08
a
16:34:21
[…] Anuncios […]
16:34:21
a
16:46:54
[…] Continua el programa dando la presentadora la palabra a la colaboradora M. Patiño,
que relata- unos hechos sucedidos con los padres e hijos de R.C. y A.D. y se hace la
pregunta: ¿por qué deja a sus hijos con su exmarido sabiendo por aquel entonces como
era y como se comportaba?... la presentadora expone que a la pregunta de la gente de
¿por qué deja a sus hijos con el agresor con el verdugo? a lo que da respuesta una
especialista que hay en el programa:
Ana: la especialista cuenta lo que ha podido sufrir R.C. y los hijos. Se exponen datos
sobre lo que ha podido pasar durante el trance de su separación y se expone que está
anulada por el terror que pasa R.C.
Durante el comentario de la experta, se divide la pantalla y en una parte se muestra
imágenes emitidas de la Docuseries, realizando una breve explicación sobre el trance y
los pasos que han precedido durante todo el tiempo […]
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K.H.: …en esa cabeza solo entra el miedo, por eso retiras las denuncias, estas
anulada…el terror se anula…
Ana: por eso hay que tener cuidado cuando se dicen las cosas, el terror anula…
K.M. …comenta que por parte de los dos ha habido dejadez…
16:46:54
a
16:52:27
[…] La presentadora Carlota, interrumpe a los colaboradores para que se centren en el
espacio emitido el 7/04/21 de la Docuserie.
Carlota: “Ayer esta señora demuestra que le devuelven a su hijo con un brazo roto, a
Lidia Lozano la confirman que A.D. estaba de cena y que dijo que efectivamente, que ese
niño lo llevase su madre a “urgencias” y estamos hablando de una desatención que a ti
te consta como testigo, “yo me bajo” …estas igualando una víctima con su agresor” …
K.M.: para mí los hijos son víctimas…
Carlota: yo estoy hablando de los progenitores...
K.M.: ¡pero bueno, con un agresor!, que la Justicia aún no ha dicho eso…
Carlota: Tampoco dijo eso de Ernesto Neira y tú le llamaste maltratador…
K.M.: Si, sí, porque yo lo viví en directo, porque fui testigo…
Carlota: y ella ¿no es testigo de lo que está contando?
K.M.: Ella puede decir lo que sea, pero ni tú ni yo, podemos decir que ese hombre es
un maltratador, el poder judicial ha dicho que “no” …
Carlota: pero tampoco podemos decir que está exculpado… (K.M ni inculpado) … esta
sobreseído provisionalmente como cientos de casos de malos tratos en este país ¡¿vale?!
K.H.: En esta semana han salido cinco testigos que apoyan la versión de Rocío, donde
dicen que esta persona ha sido maltratada, que no nos olvidemos de esto…en aquella
época le pegaba un guantazo, la tiraba una botella de agua y ayer fue la última, que le
tiraba una botella a la cabeza…lo que vivimos ayer fue tan fuerte…los que tenemos
hijos…que te devuelvan un hijo con el brazo roto por la mitad…esa sanitaria que mira a
la madre como diciendo … es usted la que ha partido el brazo al niño en dos….
Carlota: Si tú en el 2021 llevas al niño al hospital, actúa de oficio la fiscalía del menor y
te pregunta ¿por qué ha estado 48 horas el niño con el brazo roto? …
K.H.: madre mía lo que habrá sufrido el niño…
Comentan entre Carlota Kiko Hdez. lo que podría haber sucedido si esos hechos se
hubieran producido hoy…
Carlota: estamos hablando de cosas muy serias…
K.H.: eso sí que sí, para sacar llorando después de la boda y coger dinero, eso sí…
Frigenti: … que como se puede igualar a lo que ha pasado R.C. al acto de A.D… cuando
estás hablando de una mujer que ha sido anulada, que hay unos informes psicológicos
que lo avalan, que ayer vimos unos informes psicológicos de A.D. … que bajo mi punto
de vista es muy cuestionable y hacemos un flaco favor a las mujeres… compañeros que
cuestionan las pruebas de R.C. me parece repugnante y me parece absurdo, y lo digo…
toma la palabra Carlota para informar de una información de la Delegada del Gobierno
contra la violencia de género… se sobreimpresiona un faldón que dice: “016 PARA
TODAS, ATENCIÓN A TODAS LAS FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS
naMUJERES 016-online@igualdad.gob.es WhatsApp 600000016” […]
16:52:27
a
16:55:12
[…] la presentadora dice: nos vamos a las cloacas del Corazón, José Franco, me han
dicho que estas muy nervioso…le pregunta sobre el episodio 6 de ayer… a lo que
contesta: que hay muchas mentiras…está escrito por Fidel (marido de R.C.)
Carlota: José María, a ti te consta ese episodio del que habla ayer R.C. en el que le
devuelven a su niño David con el brazo partido…
Franco: si me consta…
Carlota: y estaba de cena A.D. con Olga
Franco: No, yo llegue… explica que el niño daba vueltas alrededor de una mesa y cuando
lo cojo del brazo, se queja y le pregunto a David ¿Qué le pasa al niño? Le contesta, que
no sabe lo que le pasa, que le duele el brazo… “¿vamos a llevarle al médico? No, no que
lo lleve la madre… Te va a denunciar... no, no, no pasa nada …
Carlota: ¡Padrazo!, el padrazo…
Franco: Balbucea…
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*Nota: Por la extensión del Acta no se han trasladado a esta Resolución las
imágenes que figuran al final de estos documentos en el Acta original que
consta en el expediente administrativo (folios 97 a 105).
Se ha unido al expediente copia en CD, proporcionada por la empresa KANTAR
MEDIA, de los programas, y de varios recortes de los programas. Las
grabaciones contienen impresionada la hora de emisión.
SEGUNDO.- Segunda emisión de contenido inapropiado según la
calificación otorgada y el horario de su emisión
De las actuaciones que constan en el expediente administrativo, en especial de
las grabaciones que se han incorporado, así como del acta de visionado del
programa “SÁLVAME NARANJA” emitido por MEDIASET en su canal Telecinco,
el día 8 de abril de 2021 entre las 16:55:16 a 20:03:27 horas, se emitieron
contenidos inapropiados según la calificación otorgada al mismo y a su horario
de emisión.
A continuación, se reproducen el acta de visionado:
Programa: “SALVAME NARANJA”
Fecha de emisión: jueves 08 de abril de 2021
Franja horaria del programa: de 16:55:16 a 20:03:27 horas
Canal: TELECINCO
Ámbito: Nacional.
Calificación: +7 permanente
Objeto del Acta: Ley 7/2010, de 31 de marzo General de la Comunicación Audiovisual,
arts. 7.2 y 7.6 Protección del menor, la inadecuación del contenido en relación con la
calificación.
Nº: 008/2021
CONTENIDO: “SALVAME NARANJA” Programa de entretenimiento, donde se
realizan entrevistas a personas que estén de actualidad, donde los colaboradores dan
y comentan noticias que normalmente tienen que ver con temas de Famosos, del
corazón, de los realities y otros programas que produce la misma cadena.
Carlota: La salud del niño daba igual ¿no?, también te digo que lo tuyo también tiene
delito …permíteme, la salud del niño no era prioritaria, era que le iba a denunciar…
Franco: vamos a ver, si el padre me dice que no lo va a llevar, yo no puedo coger al niño
sin consentimiento del padre…
Carlota: hombre ya, pero que te pareció más importante la denuncia que llevar al niño,
digo…
Franco: ¿Cómo?, ¿cómo?...
Carlota: que te pareció más importante la denuncia de Rocío que llevar al niño al
hospital...
Franco: no, no yo no puedo llevar al niño sin el consentimiento del padre… yo ya me he
llevado el niño al médico otras veces, que se iba Rocío al Corte Inglés con Fidel…
16:55:12
Finaliza Sálvame Limón y comienza Sálvame Naranja
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16:55:16
a
16:57:23
Se da paso desde Sálvame Limón al comienzo de Sálvame Naranja, en el que se están
realizando unas preguntas a José María Franco que trabajó como chófer de Rocío
Carrasco relacionadas con el programa “ Rocío contar la verdad para seguir viva” que
se emitió el día 7 de abril en la misma cadena. Justo antes y cuando aparece en pantalla
José María Franco (sobre un fondo con una escena oscura a modo de cloaca en la que
no paran de pasar ratas), se escucha una canción que dice “rata inmunda, animal
rastrero, escoria de la vida…” mientras, algunos de los colaboradores parece que
comentan la canción con frases como “ay por favor…”. […] (Imagen 1)
16:57:23
a
16:59:18
[…] Rocío Carrasco lee un acta notarial que hizo la niñera de sus hijos llamada Irma
que el sábado 15 de abril del 2000… D. Antonio David Flores Carrasco en presencia
de D. José María Franco, llamó a la exponente para decirle que iba a recogerla para
que viese al hijo menor de la citada Doña Rocío, y de nombre David que no estaba
bien… El referido Antonio David le manifestó a la exponente que si ella iba al programa
“Tómbola”, que él le entregaría una suma importante de dinero y que no se preocupase
que si tenía algún problema le asesoraría su abogado… que asimismo le dijo que como
la compareciente tenía gran cariño por el niño, debía estar de parte del citado Antonio
David porque él haría lo posible para quitarle los niños a Doña Rocío Carrasco
D. José María Franco le dijo a la compareciente que tenía que dejar la casa de Rocío
Carrasco para poder contar en el programa Tómbola lo que le dijese Antonio David y
también en el juzgado que llevaba la separación . Que después comunicó a la
compareciente que mejor que no fuese a Tómbola para tener más credibilidad ante el
juez… también le pidió que si estaba dispuesta a hacerle el favor de ir como testigo… a
testificar y contestar a las preguntas que la abogada le facilitaría entre ellas tendría
que decir que en una ocasión D. Antonio David subió a la casa coincidiendo con
Fidel Albiac…” […]
16:59:18
a
17:01:02
[…] José María Franco lo niega todo: “eso es mentira” y la presentadora (Carlota
Corredera) dice “¿qué, de todo?” y él dice “eh todo porque...” y ella todo” y él “yo no
llamé a Irma ni Antonio David, la llevó a su casa a decirle estas cosas que está
diciendo esta señora. Jamás David Flores llamó a Irma para decirle, para darle
dinero, ni nada ni me mandó a mí tampoco, por lo que veo, tampoco me mandó a
mí para que yo cogiera y que yo la llevara dinero, eso es mentira, todo. Otra
colaboradora (Lydia Lozano) también le hace preguntas (e incluso dice que se quedó
muerta cuando vio esta acta notarial en el programa emitido) y él reitera que es mentira.
Entonces María Patiño pregunta (indicando que es una especulación) que Fidel Albiac
termina denunciando a Irma por injurias y calumnias, gana Irma en primera instancia,
pero él recurre pero que finalmente llegan a un acuerdo privado (una conversación dice
más tarde)…”¿puede ser qué en esta reunión, en esta conversación, le hayan pedido a
Irma este acta notarial porque de alguna manera pues favorece lógicamente a la
pareja?” a lo que él contesta para eso están los seguros porque Fidel...” le interrumpe
otro colaborador diciendo que el acta es anterior al juicio y afirma que también anterior
a la revista y a todo.[…]
17:01:02
a
17:01:59
[…] Carlota explica que la revista sale cuando ella (Irma) acusa de malos tratos a Fidel,
denuncia que se archiva a las dos horas y que no es admitida a trámite. Le preguntan
por qué Irma se iba a inventar esto a lo que él contesta que “hombre, también se
inventó que el niño primero que ella tiene era de Ortega Cano y fue a la casa de
Ortega Cano y Rocío Jurado y le dijo a Rocío Jurado que ese niño que llevaba era de
su marido y eso se lo dije yo a Gustavo antes de que pasara todo y lo abortó”. Le
preguntan cuándo dice Irma la verdad a lo que él contesta que “Irma no dice la verdad
nada más, ni ni dormida” Comentan un poco más el tema del acta notarial, del juicio y
la controversia entre Irma y Fidel Albiac. […]
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17:01:59
a
17:03:07
[…] Carlota Corredera menciona que está alucinada con lo que vio ayer, tanto con el
acta notarial de esta señora, que piensen que es mentira absolutamente lo que
cuenta…que lo cuenta ante notario antes de ir a los platós, antes de presentar la
denuncia contra Fidel y “lo que me llama la atención es que esta señora se planta allí,
no presenta ninguna prueba y a las dos horas se archiva la querella, la demanda, no
se…me parece todo…” A continuación, otro colaborador (Miguel Frigenti) dice que “si
quieres denunciar a alguien por malos tratos lo denuncias antes de hacer una
entrevista y no lo que hizo esta persona” y dice “ahí se ve la calidad de esta
persona…de publicar algo que no ha sido admitido a trámite …continúan con el
tema. […]
17:03:07
a
17:05:09
[…] Cuando Carlota vuelve a mencionar a José María y que hablará con él, aparece él
en pantalla y vuelven a poner la canción de antes y las ratas corriendo, pero continúan
hablando sobre la no credibilidad de la denuncia por malos tratos […]
17:05:09
a
17:08:59
[…] Rocío Carrasco ve unas imágenes de un programa de televisión en el que
entrevistan a su padre y le preguntan por su novio Fidel. Ella dice que su padre no lo
llegó a conocer realmente y que ella dejó de hablarse con su padre durante un año.
También se refiere a una llamada que hizo a su padre y a una posterior conversación
en la que él admitió que se había equivocado y pidió perdón ya que tenía recelo a que
Fidel fuera del perfil del padre impío y que todo lo que se contó en declaraciones por
parte de la mujer de Pedro Carrasco era mentira ya que su padre nunca hubiera dicho
refiriéndose a ella a esa hija de pu… no vuelvo a verla” … “a mí me cortan el cuello
y las dos manos y mi padre no dice eso de mi ” … “Mi padre no se fue en ese coche
haciendo eses y pegando volantazos porque había tenido una conversación y una pelea
subida de tono conmigo. Mi padre se va haciendo eses por otra serie de circunstancias,
no por eso…por otras circunstancias que ella sabe perfectamente y yo
perfectamente… le quedará a ella en su mente, pero a partir de esa conversación todo
eso pasó a otro plano” …Tú le perdonas, Si. Esa es la última vez que veo a mi padre
Todo esto contado con expresión triste […]
17:08:59
a
17:11:35
[…] Aparece en pantalla de nuevo el plató de Sálvame y los colaboradores opinan sobre
si creen a Raquel o a Rocío ya que los dos relatos son muy opuestos (parece ser que
Raquel decía que casi se matan en el jardín). Kiko Hernández dice que se cree más a
Rocío Carrasco: desde el testimonio de una hija que podría contar “no pude ver a mi
padre, no me despedí, tengo ese dolor en mi corazón… pero cuenta un relato de una
despedida gracias a Fidel donde ha podido despedirse de su padre, y que no tiene nada
que ver con el relato que contó Raquel”. Lydia Lozano, por el contrario, afirma que
Antonio David siempre le dijo que nunca se pudo despedir de Rocío y que nunca le pidió
perdón a Fidel … “y lo de las eses a lo mejor es que esa noche tomó, pues bueno,
pero Pedro Carrasco, puedo decir que Pedro Carrasco no era un señor con
problemas de alcohol […]
17:11:35
a
17:13:11
[…]María Patiño opina que las dos versiones son radicalmente diferentes y quiere dar
su opinión personal :”Raquel de manera natural nos hace un relato donde incluso se
emociona, se desborda casi se cae del sofá contando que como Fidel estando
presente y manteniéndose en un tercer plano le dice Rocío a su padre papá yo a ti y a
tu madre no tengo nada que agradeceros, que todo lo que yo tengo es gracias a éste
que está aquí Fidel Albiac y ahora Rocío pone a Fidel como puente , como persona para
llegar a su padre y que consigue incluso el perdón hacia ella y hacia Fidel,
particularmente me creo a Raquel Mosquera. En medio de la opinión de María P., Kiko
Hernández dice: “y Pedro que le dice a esta hija de…” […]
17:13:11
a
17:14:06
[…] Kiko Matamoros dice “es un hecho evidente que a Rocío Jurado a Fidel no lo
tragaba y preguntádselo a los familiares…” […]
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17:14:06
a
17:16:03
[…]Kiko Matamoros: “no voy a ser el inquisidor de nadie…ya lo fui en su día y me
arrepentí” Se refiere a que los colaboradores han dicho cosas producto de lo que los
famosos dijeron en su día, a lo que Carlota le critica su ausencia de autocrítica y que si
en algo se han equivocado ¿por qué no pueden entonar el mea culpa?, pero Kiko dice
que él ha sido el primero en hacerlo. Carlota le dice que si no cree que están perdiendo
una oportunidad de oro (en relación con pedir disculpas y reescribir la historia y
replantearse cosas) y hacen mención a Julián Contreras, en una entrevista que le hizo
Patiño, hablando sobre su Madre Carmen Ordoñez y su apoyo incondicional a Rocío y
como dice que están haciendo con Rocío lo que no hicieron con su madre. El tono de la
conversación es algo elevado. […]
17:16:03
a
17:17:38
[…]A lo que Kiko señala que “yo no tengo agallas para señalar públicamente a alguien
que el poder judicial ha dicho que no es culpable, eso para empezar” aunque Carlota le
señala que en el caso de Carmen Ordoñez sí que lo hizo y él dice que lo vivió de cerca
ya que “le tuve que quitar de encima a ese señor que estaba dándole una paliza a
esa mujer” a lo que Carlota le recrimina “y si un juez no le da la razón a Carmina ¿no
podemos tener el mismo beneficio de la duda con Rocío Carrasco?...es que no se lo
estás dando, Kiko…” a lo que Kiko alega que no pone en cuestión el testimonio de Rocío
Carrasco, “lo que no voy a comulgar es con ruedas de molino, es decir, que si alguien
lo ha hecho mal, también lo ha hecho mal por víctima que sea”. Carlota: “y hasta ahora
en lo que ha contado Rocío, en qué se ha equivocado Rocío…”, Kiko: “en lo que se ha
equivocado no lo sé…de verdad que no tengo datos para juzgarla… ¿qué es lo que está
o no se está aclarando suficientemente? Hay una serie de cosas que a mí sí me gustaría
saber” […]
17:17:38
a
17:18:11
[…] Kiko Matamoros dice “lo más grave para mi evidentemente es que ella se quiera
quitar la vida en un momento y además no sólo me lo creo, es que estoy
absolutamente convencido de que no miente ni un ápice, … pero hay un informe
médico que dice que no es achacable al comportamiento de Antonio David”. Ahora
el colaborador llamado Miguel Frigenti le contesta: “también hay un informe médico
de Beltrán que dice que la depresión que tenía Rocío era achacable a la conducta
del padre de…” […]
17:18:11
a
17:18:52
[…]Kiko Matamoros dice: “sabes a lo que me niego a hacer lo que hicieron con las
mujeres que colaboraron con los alemanes en la Segunda Guerra Mundial, yo no
le voy a afeitar la cabeza a una y la voy a pasear por la calle, ni le voy a hacer
cosas de éstas que parece que es lo que te apetece hacer a ti con alguien”. Frigenti:
Yo no le voy a afeitar la cabeza a nadie, no es eso lo que estoy diciendo estoy diciendo
que, aunque Antonio David, hay una presunción de inocencia, aunque el caso de Rocío
Carrasco se ha sobreseído, eso no quiere decir que Rocío Carrasco no ha sido
maltratada, tal cual… yo no estoy acusando a nadie, no lo he dicho nun ca ni lo voy a
decir porque respeto la presunción de inocencia…” […]
17:18:52
a
17:19:48
[…]María Patiño responde: “A mí lo que me han dicho es, tú eres periodista del
corazón… habla de lo que sabes, matiza lo que consideres, lo que conoces, lo que no,
lo cuestionas y, lo que no, lo preguntas en la medida que, desde la honestidad,
equivocada o no, si yo sé que Fidel le puso los cuernos con Rocío Mestres y lo cuento,
no estoy diciendo que no sea una víctima de violencia de género… si yo digo que Raquel
Mosquera, mi sensación me creo su relato relacionado con su padre, no estoy diciendo
que no es una víctima de violencia de género. Si yo digo que tuvo un amante, un amante
nunca tuvo, un noviete en la playa de Chipiona no estoy diciendo que no es una víctima
de violencia de género… ¡Si esto no soy capaz y estoy estropeando este trabajo y hago
un flaco favor a las víctimas de violencia de género entre la que incluyo a Rocío
Carrasco, os juro que os pido perdón, más no lo sé hacer! “[…]
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a
17:21:18
[…]Kiko Hernández dice: “durante mucho tiempo hemos sido inquisidores de Rocío
Carrasco y yo me incluyo, y yo he digo desde aquí, mirando a cámara ¡eres una
mala madre, eres una mala madre!” y que eso aguantado durante 24 años, cree que
tiene “que hacer pupita”…” ayer descubrimos delante de cuatro millones de
españoles que no solo no era una mala madre, sino que el que era mal padre era
otro (voz de fondo “efectivamente”) que se va a cenar cuando el niño lo entrega con
el brazo roto por la mitad y aquí nosotros comiéndonoslo…diciendo “¡Mala
madre! Mala madre ¡…y la otra en su casa escuchándolo y el otro riéndose en la
mesa de enfrente y diciendo ¡pero qué payasos como se lo están comiendo y
cómo se lo están tragando y la otra, pues la otra estaba a lo mejor, me dicada o
intentando no quitarse la vida! Y aquí hemos tenido al otro muerto de la risa,
muerto de la risa, cuando sabía este episodio ¡que había entregado a su hijo con
el brazo roto!... pero a mí me toca muchísimo los bajos haber tenido a este señor
riéndose, y yo mirando a cámara y haberme equivocado tanto con esta señora, ¡a
mí!”. […]
17:21:18
a
17:21:27
[…]Kiko Matamoros dice que yo sea mal un padre no le hace buena madre a la
madre de tus hijos…haciendo referencia que lo que decía Kiko Hernández…” estás
llamando mal padre tú a ese señor, ahora mismo…que estamos haciendo ahora mismo
lo que pretendemos denunciar” […]
17:21:27
a
17:22:18
[…]Kiko Matamoros reprocha a Frigenti. “¡que le estas llamando mal padre a ese
señor!”, Frigenti toma la réplica: “desde luego que se lo llamo, porque un señor que
entrega a su hijo con el brazo roto, 48 horas después, es un mal padre aquí y en
Pekín! un señor que utiliza e instrumentaliza a sus hijos para ponerlos al pie de
los caballos, es un mal padre”. Kiko Matamoros: “nos hemos equivocado llevamos
24 años juzgando a una señora como madre, y ahora a continuación ¡mal padre,
mal padre, mal padre! Kiko Hernández dice: “con pruebas”… Kiko Matamoros:” ¿Con
qué pruebas, ¿qué es una prueba?” Kiko Hernández: “un parte médico, una denuncia,
un niño con un brazo roto dos días…” Toda esta conversación se lleva en tono
elevado […]
17:22:18
a
17:23:38
[…]Carlota Corredera se levanta de su silla y contesta a Kiko Matamoros que está
también de pie, entre ellos se establece una discusión acalorada que da lugar a un
enfrentamiento de carácter personal, posicionándose con la versión dada por Rocío
Carrasco: “informes psicosociales, ¿y por qué le dieron a Rocío Carrasco a los niños
a pesar de los informes y de las denuncias de Antonio David?... ¿y por qué recurre
y se la siguen dando? ¿por qué pide la custodia y medio millón de pesetas por
cada niño? …Lo que quiero saber yo, es por qué los jueces que dictan lo que a ti
te va bien están fenomenal, y los que dictan lo que a ti no te va bien, están fatal…
¿A ti te ha contado Antonio David Flores que le han devuelto a los hijos con
moratones? te lo vuelvo a preguntar porque me lo dijiste a mí” (se lo vuelve a
preguntar dos veces más) Kiko Matamoros. “te estás equivocando” Carlota: “no me
hagas pasar por mentirosa, porque además te dije y me estás diciendo eso
Matamoros y ¿él no va a denunciarlo?”. […] (Imagen 2)
17:23:38
a
17:23:47
[…] Carlota: “pues cuéntame entonces”. Kiko Matamoros dice: “te dije otra cosa mucho
peor y no voy a decir quien lo dijo” […]
17:23:47
a
17:23:59
[…]Kiko Matamoros dice “dijeron que el problema de su hijo era porque le habían
contagiado una enfermedad venérea a la madre durante el embarazo …”se trataría
de una persona de la familia Mohedano dice Carlota. […]
17:23:59
a
17:24:11
[…]Lydia se mete en la conversación y dice que una persona le decía que llegaban
con moratones los niños (una voz dice “qué horror”), si, y que yo he dicho que
nunca diría esa persona, pero esa persona que me llamaba a mi…” […]
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17:24:11
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17:25:27
[…]Carlota corta a Lydia y le pregunta a Kiko Matamoros: “¿A ti Antonio David Flores
te dijo lo mismo que a Laura Fa, que la madre no tenía relación con la niña porque
la madre estaba colgada de una lámpara con todo lo que consumía?Kiko contesta:
lo que no tuviera relación con la niña, no. Me dijo que la madre estaba todo el día
volada, eso sí… Carlota Corredera: “es lo mismo, que estaba todo el día echando
humo, sin tabaco, vale. Eso te lo ha dicho él…” y él lo confirma “o con tabaco”, a lo
que Carlota dice “claro, necesitas el tabaco para eso” y Lydia dice “a mí, Matamoros
me dijo lo mismo y sabes lo que le contesté a Matamoros, pues si esos niños
llegaban con la mano marcada, pues haber denunciado y eso me dijo anoche en
una publicidad…” y Kiko lo niega. […]
17:25:27
a
17:26:55
[…]Carlota dice que Rocío dijo en el programa que “si Antonio David tiene la más
mínima prueba, la más mínima prueba de que de mi casa los niños no recibían
buenos tratos, se equivocaría muchísimo si no presentara una denuncia…” Ahora
interviene María Patiño: “…utilizaba a los niños con intención de hacer daño a Rocío
madre, decía “mis niños cuando están con Fidel, los encierra en una habitación a
oscuras y los castiga con llave, no les da de comer, se hace lo que quiere Fidel
no sé ni lo que ocurrió con las acusaciones del padre ni de la madre, os he
puesto sobre la mesa las acusaciones cruzadas”. Carlota Corredera, manda callar a
los colaboradores y lanza al aire la pregunta de que “¿vosotros de verdad os pensáis
que Antonio David Flores Carrasco si hubiese tenido pruebas de que Fidel Albiac
les hacía daño a sus hijos, no las habría sacado en una revista? ¡que se ha hecho
180 portadas! por favor, de verdad, ehh …” acaba diciendo que, si alguien de su
entorno sabía de esos hechos, qué hacía propagando eso […] (Imagen 3)
17:26:55
a
17:28:10
[…]A lo que Kiko Hernández dice que “y un padre que dice que su madre está volada
todo el día…estamos locos…un padre que viene aquí a la tele a contar a la gente,
a los compañeros, a los amigos…que la madre está volada y que por eso no ve a
sus hijos, …pero ¡qué es eso! (criticando su manera de hacer las cosas por parte de
Antonio David, sin presentar una sola prueba) …” ¿eso es lo que le cuenta a su hija?
… ¿que está volada, que está ida?” a lo que Carlota le dice a Kiko Matamoros, que
eso se lo dijo a Laura Fa y Kiko Matamoros, dice que a él no le dijo eso (María Patiño
dice que a ella si se lo dijo y les pregunta que, si sabían de esos rumores internos ¡por
qué no habéis mandado este tío a la mierda!” Tono alterado de todos […]
17:28:10
a
17:33:07
[…]María Patiño alega que tuvo un problema interno con Antonio David y por eso lo
bloqueó y le dijo “vete a tomar por el saco” Le preguntan por el motivo, y ella dice que
en relación con una actitud qué él tuvo con su hija en plató ella le manda un mensaje
no entiendo por qué abandonas a tu hija cuando te está defendiendo “. Les
pregunta a los colaboradores si les parece ofensivo y ellos dicen que no. A continuación,
él le manda un mensaje que no quiere reproducir pero que María alega que él se
descubrió en relación con ella. Indica que el tono del mensaje era muy feo. Ella le dice
que ni se le ocurra dirigirse a ella o similar y ella le mandaba un mensaje cada mañana
para recordárselo “ soy María Patiño, que sepas que no me olvido de lo que has
dicho” y acaba diciendo que tienen que ser un poco más tolerantes entre ellos, pero
empiezan varios a hablar a la vez y la interrumpen.
Lydia Lozano confiesa que siempre creyó a Antonio David e incluso a Olga su mujer y
que ella ni le pedía pruebas ya que se lo creía totalmente -en relación con Olga- (Carlota
le dice que como periodistas hay que contrastar, no creerse la información) a lo que
Kiko Matamoros dice que a él no se la han metido doblada como a Lydia. Lydia comenta
como Olga le dice como ha vivido con el niño ese momento en el hospital, ella no puede
pedirle a Olga que le justifique como dormía en el hospital con él.
Hablan del papel de Olga en relación con los hijos de Antonio David, si se ha callado o
ha sido cómplice (Miguel F. afirma que no se ha callado, ha sido cómplice) Carlota dice
que no va a arrojar ninguna sombra sobre Olga de lo que a ella le parece, que vaya más
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allá de las entrevistas que ha dado (que le parecen “desafortunadísimas”). Pero que ella
también quiere escuchar a Rocío Carrasco que no sabe si hablará o no de Olga, pero
que en el último programa habló de algo que quieren resaltar […]
17:33:07
a
17:33:53
[…]Carlota indica que Olga estaba cenando con su pareja cuando el niño se rompe el
brazo e indica que a ella le gustaría saber (voces de fondo hablando con comentarios)
pero Kiko Matamoros interrumpe a lo mejor el niño se rompe el brazo el domingo
17:33:17…ella dice…” ¿y?” comienzan a hablar varios del tema y resulta casi inteligible,
aunque Miguel Frigenti dice por ejemplo que podrían haber llevado al niño al
hospital…continúan hablando a la vez […]
17:33:53
a
17:43:21
[…]María Patiño:” un hecho objetivo es que ese niño sufrió…, da igual la fecha, la
hora del accidente, y que fue una negligencia por parte del padre…” […]
17:43:21
a
17:46:26
[…]Tras una pausa publicitaria aparecen imágenes de Irma con un menor en brazos y
detrás Rocío y se oye a Rocío hablando sobre como Irma se pone en contacto con José
María Franco y van a una revista a decirle al director como Fidel la m… (quitan la
palabra) y a continuación aparece en pantalla la frase “ las cloacas de Antonio David
Se cuenta como la tata (Irma) pone una denuncia contra Fidel y se archiva (se ven
imágenes y de repente de fondo aparece la frase “alguien hacía el trabajo sucio”. Se
oye decir a José María cuando le preguntan: gil…no soy” (no se escucha la palabra).
Rocío es una mafia…es tener a una persona acojonada todo el día” […] (Imagen
4)
17:46:26
a
17:51:38
[…]Tras la pausa publicitaria el programa comienza retomando las declaraciones del
invitado José María Franco con un decorado que simula que está en una cloaca por
donde se pasean las ratas. Carlota corredera afirma (sobre las declaraciones de Rocío
Carrasco en el programa) “que él se hacía fotos cuando recogía los niños delante de las
cámaras, pero que luego los niños te los llevaba a ti. ¿eso es cierto?” José M.ª Franco
dice que eso es cierto, pero 7 que ella también se los ha dejado. Carlota dice que “una
cosa es llevárselos puntualmente y otra distinta si tienes cuatro días a los niños y encima
te los lleva a ti a tu casa…”. También confirma que Antonio David se hacía fotos cuando
iba a recoger a sus hijos pero que luego se los dejaba en su casa. Relata como en una
ocasión el niño estaba enfermo y quería llevarlo al médico, pero había prensa en la
puerta y cuenta como lo tuvo que sacar a escondidas (a través de una ventana) con
ayuda de una vecina para que la prensa no lo viera. En urgencias le atiende la pediatra
de su hija y le receta medicamentos que hacen que el niño se calme. El padre se había
ido a la sierra con una chica y tiene el móvil apagado y no da señales hasta el día
siguiente a las once de la mañana, que le llama y le dice que lleve al niño a la estación
de Atocha. José María Franco le enseña el parte de la doctora y le da las medicinas y
le cuenta lo que le ha pasado. Antonio David le dice que ya llevará al niño al médico
cuando llegue a Málaga. Él no sabe si lo llevó o no lo llevó. […]
17:51:38
a
17:52:21
[…]Kiko Hernández dice: Antonio David Flores, por lo que tú estás contando, se marcha
a la sierra con su amiguita especial, te deja al niño, apaga el teléfono móvil y está 24/48
horas, … o sea que está 12 horas, no llama para ver si han dormido, si han cenado…”.
Jose M.ª Franco contesta: “jamás “y Kiko aplaude y dice: “Ole al buen padre, este
aplauso va para ti, buen padre, te vamos a poner una medallita de buen padre, lo
que nos has vendido aquí …qué asco, estoy por vomitar en Don Perignon”. […]
(Imagen 5)
17:52:21
a
17:52:45
[…]María Patiño: “y yo no sé si estaremos todos de acuerdo en esto, Rocío Carrasco es
víctima, ya lo sabemos de una relación que la ha llevado a una situación en la que
todavía está padeciendo digamos un diagnóstico. Estos niños han sido una víctima,
esto es un poco vergüenza, lo que han hecho con estos dos niños, es una
mercancía lo que han hecho…” […]
17:52:45
a
17:56:21
[…]Carlota Corredera: “ayer Ana Bernal en tus conclusiones por la noche, precisamente
hablabas de los intereses del menor que tenían que haber prevalecido, y cuando
escuchas a José María Franco ¿qué piensas?”. Ana Bernal: “pues exactamente lo
mismo, yo sigo pensando en la violencia institucional... en la construcción de ese
mito de la mala madre, tan patriarcal, que es lo que me refería ayer y yo al final y
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perdonarme, lo que veo desde fuera,… veo que esto es un Sálvame… de periodistas
que algunos quieren reconocer sus errores y otros que obviamente están viviendo en
directo, lo que viven muchas familias que están con maltratadores y de repente
se dan cuenta de que su hijo, su cuñado, su hermano, su amigo o su compañero
de trabajo, ha sido un manipulador y ha sido un agresor y entonces te entra una
disonancia cognitiva que aquí la estamos viendo en directo.. que además te
autoengañas porque obviamente tu patrón de mente y tu intentas encontrar un
relato coherente y …no lo vas a encontrar porque esto no es una relación normal,
esto no es una separación normal… lo que ella ha denunciado, que son
lesiones…lo del tema de las denuncias cruzadas…eso es típico…eso es lo normal
para seguir sometiendo a tortura, a tortura a las mujeres…” Carlota Corredera
resume: “Si una mujer en este caso Rocío Carrasco presenta denuncias haya una
contradenuncia sea normalmente falsa entiendo para hacerse pasar por víctima la otra
parte…” […]
17:56:21
a
17:58:44
[…]Ana Bernal dice: “Una mujer que está en el puesto de trabajo y es jueza, va a hacer
una defensa de la mujer, no, perdona, incluso sentencia de mujeres violadas, de
hecho, en el Tribunal de la manada, una era jueza y fijaros al final a lo que terminó
llevando el asunto… cada vez que hagamos lo del sobreseimiento… seamos muy
conscientes de que no significa que ella esté mintiendo” … “pensemos que la
persona que se sienta en el banquillo puede decir lo que le dé la gana…” […]
17:58:44
a
17:58:57
[…]Kiko Matamoros a Miguel “eres muy pesado…” porque le estaba interrumpiendo.
Posteriormente, cuando Kiko M. va a hablar Miguel le acusa de que manipula
continuamente y acaba diciendo “ese señor es horroroso” […]
17:58:57
a
18:01:01
[…]Los colaboradores discuten sobre que algunos dudan del testimonio de Rocío como
víctima al incluir palabras como “es víctima, pero…” “hay incongruencias … y
argumentan al respecto. Carlota les llama la atención para que hablen de uno en uno.
[…]
18:01:01
a
18:01:32
[…]Kiko Hernández “pero ante un hecho tan deleznable como es el tema de los hijos
que estamos viendo yo ya quiero decirte (a M. Patiño) tu información es muy
buena, pero es que yo me tengo que quedar con el hijo con el brazo roto y con
unos malos tratos, no me queda otra de verdad…me quedo con lo gordo, y lo
gordo de ayer me dejo tan impactado que tengo roto el corazón…” […]
18:01:32
a
18:13:02
[…]Kiko Matamoros:” pero hay una sentencia fundamentada de la Audiencia donde a
los dos les hace responsables” […]
18:13:02
a
18:14:58
[…]Terminada la cortinilla, tras los anuncios, empieza el programa en el que aparece un
corto en el que Rocío dice que es víctima de una mente diabólica (aparecen frases
como “el demonio oculto” destacadas) y aparecen a continuación imágenes de Antonio
David discutiendo y casi pegando a otra persona, con actitud amenazante hacia otra y
otra vez Rocío lee el informe psicológico del que se hablará más tarde “se perturba y
emociona con facilidad y las críticas le hacen mella…en su antagonismo
probabilidad de generar situaciones conflictivas...siempre ha querido ir de padre
doliente, nunca los ha querido tener…ahí ya estaba empezando la semilla del
mal…ahí ya estaba haciéndole daño a su hija (imágenes de él con su hija pequeña)”
[…] (Imagen 6)
18:14:58
a
18:19:33
[…]Carlota “o desengrasamos o, o, o…efectivamente acabamos colgados del
techo” y a continuación comienzan a hablar del programa “Supervivientes” y mencionan
a una persona que estaría en una situación económica “delicada, crítica” que pone en
venta su premio en Supervivientes. […]
18:19:33
a
18:23:40
[…]Dan paso al periodista Raúl Triguero para hablar con Raquel Mosquera: dice que
ella está muy nerviosa porque no quiere enfrentarse a las preguntas de los periodistas.
Él le quiere preguntar por lo que se dijo en la docuserie el día anterior en la que Rocío
decía que Raquel siempre mentía cuando hablaba en los platós de los últimos días de
vida de su marido y de la relación que éste tenía con su hija, así como del motivo por el
que Pedro hacía “S” por la carretera. A continuación, aparece un video en el que
periodistas le preguntan a Raquel, mientras está se va a ir en coche, sobre la
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conversación de Rocío con su padre y que la llamó mentirosa y sobre pertenencias (un
reloj en concreto) que a Rocío le gustaría tener y sobre las “S”. Ella dice que no tiene
miedo a nada y que el reloj lo tiene Rocío y se va […]
18:23:40
a
18:27:45
[…]Después de hablar de otras noticias, preguntan al tío de Rocío en la calle y ellos
dicen que la apoyan en todo. Chelo habla sobre el entierro de Pedro Carrasco y como
varias personas 9 gritaban a Rocío en ese momento, a lo que Chelo y Carlota lo ven de
forma negativa con comentarios tipo que fue brutal, horrible, de las imágenes más
impresionantes. La colaboradora Chelo García Cortés dice que Raquel Mosquera acusa
a Rocío Carrasco de alguna manera de la muerte de su padre por el infarto que tuvo.
María Patiño al episodio de las “eses” que hizo Pedro Carrasco con el coche dice que
era por el disgusto. Rocío da a entender que su padre bebía porque Raquel se lo
permitía y lo que decía Raquel Mosquera es que las “eses” de Pedro Carrasco era del
disgusto que prácticamente no podía coger el volante. […]
18:27:45
a
18:28:37
[…]Kiko Hernández: “aquí lo que se ha hablado es que era una pesetera y que le
interesaba el Rolex porque a lo mejor el Rolex vale 20.000 euros…y, sin embargo, era
por un tema sentimental” Voces altas entre los Kikos y Carlota […]
18:28:37
a
18:29:02
[…]Kiko M.” si mi padre fuera campeón del mundo me cago en 7 Rolex antes de
tener el trofeo de campeón del mundo…” ya que considera que tiene más valor
sentimental los cinturones de boxeo que ganó Pedro que el Rolex. […]
18:29:02
a
18:32:43
[…]: Rafa Mora: “... pesados hostia …” ya que no le dejan hablar. Él cuenta que se
cree los malos tratos de Rocío, pero en lo de su padre se cree la versión de Raquel […]
18:32:43
a
18:34:49
[…]La colaboradora Geles Hornedo entra en plató y da paso a la sección del programa
“Con M de mujer” y explica que a raíz de la emisión de la docuserie de Rocío Carrasco
las llamadas al 016 han aumentado un 61% y quiere destacar el tema de la alienación
parental “la manipulación de los padres para desprestigiar a las madres, para que
los hijos dejen de quererlas. Dejen de estar con ellos, los desprecien y eso es la
mayor faena que le puede hacer un hombre a una mujer…” […]
18:34:49
a
18:36:42
[…]Por alusiones toma la palabra Ana Bernal que afirma “el síndrome de alienación
parental… no existe, el tal vuelvo a decirlo no existe, no está demostrado
científicamente, fue inventado por Gadner que era un pederasta, un hombre que
permitía, y además decía que los niños insinuaban a los adultos para que fueran
abusados , un hombre que además decía que a las mujeres les gustaba ser
violadas, un hombre que además solo se autocitaba a sí mismo, y por lo tanto su
teoría no tiene ni pies ni cabeza, porque en el método científico no vale autocitarse
a sí mismo- El problema es que eso tratado como síndrome tiene una solución
porque lo quieren tratar como un trastorno cuando no es un trastorno ni se puede
medicalizar, la solución que aplican es una terapia coactiva que consiste en retirar
directamente al niño de esas madres y en un 99% de los casos ese síndrome de
alienación parental llamado como tal lo que quiere hacer es dejar como tal a las
madres como locas, como enfermas y les retiran directamente a los niños y a las
niñas de las madres… lo que dice Geles es la manipulación emocional de los hijos,
que es la violencia vicaria…” […]
18:36:42
a
18:39:36
[…]Geles Hornedo desde su sección en el programa, da paso a las grabaciones de
mujeres anónimas que han dejado un mensaje en el contestador del teléfono del
programa y que son testimonios de mujeres maltratadas: Algunos de esos testimonios
son:“ todo lo que Rocío Carrasco cuenta en su programa es incluso igual o peor
que el calvario que está pasando mi hija, mi hija se separó por violencia de género
y hubo juicio y le absolvieron porque decía que no había pruebas: mi hija tenía
ataques de ansiedad, todo de maltratos físicos y psicológicos. Mi hija estaba
totalmente anulada. Prohibían que hablara con nosotros, con las amistades, no
se relacionaba con el pueblo. Esta persona le decía de inútil, de vaga, no sirves
para nada. Si no fuera por mí estarías debajo de un puente. Este señor …le tiraba
a mi hija el portátil, los móviles se los destrozaba, tirándoseles por encima
insultándole y diciéndole de todo”. Otra grabación dice: “Mi maltrato empieza
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cuando le digo a mi marido que me he enamorado de otra persona y él inyecta la
culpa dentro de mí y la culpa me paraliza, aún sigo enganchada emocionalmente
a él, por la culpa y ha hecho que mis hijos me odien. Llevo tres años sin ver a mis
hijos, es horrible…” […] (Imagen 7)
18:39:36
a
18:41:51
[…]María Patiño dice que desde que se separaron, el daño de Antonio David a Rocío
Carrasco: es psicológico, vía niños …Kiko completa y a medios de
comunicación…todos los días ponía la televisión y veía a un señor cagándose en
ella” …Ana Bernal reafirma esto y el tema de la violencia vicaria que es una violencia
secundaria. Patiño afirma entender ahora por qué Rocío rompe el contacto con sus
hijos. Carlota Corredera le dice a Geles que han llegado muchas cartas a raíz de los
programas 0 y 1 y ella dice que hay mujeres que le paran por la calle, llorando, para
contarle sus historias “...eso es tremendo…”. […]
18:41:51
a
18:43:33
[…]Kiko Matamoros pregunta si la actuación de Antonio David supuso también una
ruptura de vínculos familiares de Rocío Carrasco con su familia, pero Geles dice que lo
desconoce, lo que ha visto es una mujer hecha polvo por la separación con sus hijos.
Continúan hablando del distanciamiento y es Carlota la que parece avanzar que en un
próximo capítulo se va a tratar este tema y que al final del último capítulo ya menciona
que él ha intentado apartarla de todo (hijos, productoras, colaboradores, que la ha
enfrentado a todo el mundo…). […]
18:43:33
a
18:46:01
[…]Geles comenta el polémico gesto que el presidente de Turquía tuvo con la presidenta
de la Comisión Europea (ponen imágenes de las noticias de Telecinco) al haberla
dejado sin silla en la reunión convocada, con lo que se vio relegada a un segundo plano.
Geles dice que es un error de protocolo machista y es una actitud criticada por todos en
el programa […]
18:46:01
a
18:52:16
[…]Geles comenta la noticia sobre la futbolista que tuvo que retirar un Twitter por
comentarios ofensivos recibidos y como los deportistas le han mostrado su apoyo y
solidaridad a través de las redes y ella ha puesto luego un twit de agradecimiento.
Comentan la noticia, en pro de la igualdad pero que en el mundo del fútbol aún queda
por hacer en pro de la igualdad y que los medios de comunicación tienen un papel muy
importante en ello, pero han puesto en pantalla algunos de los comentarios
desafortunados […] (Imagen 8)
18:52:16
a
18:53:05
[…]Finaliza la sección de G eles con las noticias sobre machismos y Carlota Corredera
anuncia que Rocío Flores ficha como colaboradora en el programa de AR. […]
18:53:05
a
18:57:33
[…]María Patiño refiriéndose a Rocío Flores al indicar que tiene algo en contra: “si es
una niña inducida por el padre a lo largo de todos estos años, será un testimonio
que se pondrá, digamos, que no será muy creíble…en este momento no está en
la misma situación con su madre…” al referirse a que a la madre se la ha escuchado,
pero a ella no y que está señalada como inducida por su padre y que eso tampoco le
parece justo. Empiezan a hablar varios y Carlota pasa la palabra a Lydia que comenta
que seguramente haya acordado no hablar de esto, sino solo de lo que haga, diga o le
pase a Olga en el programa Supervivientes. Otros colaboradores dudan al respecto y
discuten sobre el tema. Kiko Hernández alega que se ve obligada a salir en el programa
por problemas económicos (padre ahora no trabaja) y problemas familiares, lo que es
negado por otra colaboradora. Otro colaborador (Miguel) alega que hay estrategia (de
ser víctima) y que Olga va a estar los tres meses llorando y dando pena (al igual que
antes lo hizo Antonio David). […]
18:57:33
a
18:58:31
[…]Miguel “para mí Olga ha sido cómplice de todo esto porque para ello ha hecho
exclusivas hablando de Rocio Carrasco y si una persona y termino, coge a unos
niños pequeños y quiere a esos niños pequeños, esa persona que es adulta,
media entre esos niños y su madre y les dice Rocío tienes que llevarte bien con
tu madre, es tu madre, no te vas a una revista a ponerla verde. Eso no es querer a
los niños, eso es ser cómplice con tu marido e instrumentalizar con unos niños
pequeños” Intentan hablar varios colaboradores a la vez y Carlota los hace callar y
da la palabra a Kiko Matamoros. […]
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18:58:31
a
19:00:04
[…]Kiko Matamoros le dice a Miguel Frigenti que su valoración además de injusta es
machista ya que se está negando a Olga el apoyo que ha dado a los niños en medio de
la situación conflictiva existente, alegando que los niños han encontrado cariño, refugio,
a cambio de nada y que las exclusivas que dio eran para sacar a los suyos adelante
que a lo mejor se nos olvida que esos niños no han tenido un soporte económico por
la otra parte…” Vuelven a hablar varios a la vez. […]
19:00:04
a
19:04:41
[…]el programa sigue con la noticia sobre los concursantes de Supervivientes y sobre
la separación de Iker Casillas y Sara Carbonero […]
19:04:41
a
19:05:45
[…]Aparecen imágenes de Supervivientes en la que dos concursantes tienen cierto
enfrentamiento (Alexia y Marta López) ya que en el pasado ambas salieron con la misma
persona. […]
19:05:45
a
19:11:04
[…]Kiko Hernández, “un compañero se va y le vamos a putear, ¿verdad?” como
crítica a que Lydia no quiere que Marta López gane el concurso. Lydia dice que ellas
dos no se hablan. No queda claro el motivo, pero Kiko Hernández, dice voy a hacer
una serie documental que se llame Marta, contar la verdad, para destrozar a Lydia
continúan hablando y hay un momento en el que se escucha a varias personas a la vez.
Finalmente, Carlota da el paso a María Patiño que dice que el sábado en otro programa
van a hacerse públicas unas imágenes relativas a la concursante Alexia, que no le v an
a gustar nada. Continúa valorando qué concursante de las dos va a ganar la contienda.
[…]
19:11:04
a
19:13:45
[…]A continuación, ponen imágenes de Olga Moreno en el programa diciendo frases
como “en mi casa no habrá escuchado Rocío o David una mala palabra…porque
eso es mierda que se tragan ellos...” y una vez finalizadas, pasan a comentarlas.
Miguel critica a Olga con cosas como por ejemplo que si Olga como madre se ha puesto
en la piel de Rocío C. o que tendría que haber intermediado entre esos niños y su madre
en lugar de haber puesto a su madre verde en las revistas. A lo que Patiño repite varias
veces que ella mataría por tener una pareja como Olga. […]
19:13:45
a
19:15:23
[…]Chelo García Cortés dice que no todas las mujeres son capaces de dar cariño a los
hijos de su pareja, refiriéndose a que ella cree que Olga si les ha dado cariño y que se
le conceda el crédito de la duda ya que ella no tiene la culpa de lo que ha hecho Antonio
ya que Miguel insiste en que miente (ya que en el video dice que han estado callados y
él dice que no es verdad). A lo que Carlota Corredera dice que ambas cosas son
compatibles, haberles tratado con cariño a los niños, pero equivocarse en no dar su sitio
a Rocío Carrasco […]
19:15:23
a
19:19:04
[…]Anabel Pantoja contesta a la llamada hecha por Carlota y Kiko Hernández, le dice
todo el rato “el negro a la calle” en relación con Omar que es su pareja y es participante
de Supervivientes y tienen una conversación con humor. […]
19:19:04
a
19:21:08
[…]Comenta Carlota que Chavelita ha dicho que con su madre fatal y a continuación
sale una entrevista que le hacen en una estación de tren y habla de su madre, hermano,
su boda, etc. pero no entra en polémica. […]
19:21:08
a
19:21:51
[…]Kiko Matamoros: “ya no se puede decir Isabel Pantoja es una mala madre o es
una abuela ausente, ni nada de eso, Yo no me atrevo…pero esto es todo tan
desagradable…” […]
19:21:51
a
19:23:23
[…]Kiko Matamoros: “el segundo que es el que más jode” con relación al puesto en el
que quiere que quede Omar en Supervivientes, pero luego dice que es un tipo juicioso
y correcto. […]
19:23:23
a
19:32:55
[…]Ponen un trozo de un programa radiofónico en el que se escucha hablar a Sara
Carbonero y Sara Sálamo hablando de la maternidad y desmitificándola, tras lo cual
aparece en pantalla el titular sobre la separación de Sara y su marido tras 11 años de
relación, indicando donde vive cada uno de ellos. Tras esto, habla María Patiño sobre
la desmitificación de la maternidad indicando que te califican de mala madre por decir
que te sientes hinchada, las hormonas te cambian, él bebe no deja de ser un ser
extraño al que te tienes que adaptar”, que la primera en hablar de ello recuerda que
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fue Carlota y luego otras…sigue hablando soy feliz por tener un niño, pero me siento
una mierda”. Continúa Carlota hablando de los problemas del postparto y que se tienen
que contar para que otras mujeres lo sepan (depresiones postparto…) y dice que no
pasa nada por decirlo y que no se puede juzgar a otras madres (por ejemplo, con el
tema de la lactancia). […]
19:32:55
a
19:36:35
[…]Carlota Corredera establece conexión por videollamada con la psicóloga forense
Marta del Prado para que le ayude a interpretar el informe psicosocial que leyó Rocío
Carrasco sobre la personalidad de su hija y Antonio David. Extraen de la docuserie el
testimonio de Rocío Carrasco que lee un informe pericial del Juzgado y empieza por la
evaluación de su hija Rocío Flores con cinco años y lee textualmente “ le preocupa el
que pueda oír o ver cosas en todo este proceso que le hagan daño, … el día de
mañana creo que sufrirá ya que le irán diciendo lo que su padre o madre dijeron.
La relación de la niña con todos en casa es buena, en el colegio no tiene problemas y a
su hermano le coge, le quiere, le protege, le defiende. Imagen materna que atiende,
controla, vigila, y se preocupa; con ella se identifica, se siente elegida, seguridad en la
relación. Temores de separación con rechazo de figuras sustitutas. Insiste le
preocupa en esta última etapa por ciertas verbalizaciones y expresiones…que no
se va a ir de mi lado, que yo no la voy a abandonar… … que esta pueda estar
influida negativamente por el padre, se ve obligada de alguna manera a mentir o
a encubrirYo nunca le hablo mal a mis hijos de su padre, allí ya estaba
empezando la semilla del mal. Ahí ya estaba haciendo daño a su hija. Tiende a
imponer propias condiciones en la relación mostrando gran control y asertividad
en la consecución de objetivos propuestos, “Imperiosa necesidad de perfección
en sus realizaciones, dificultades ante frustraciones o fracasos.... Al final tenemos
que darnos cuenta de que es el análisis psicológico de una niña pequeña de 5
años que está viviendo una situación terrorífica. “La niña aparece claramente
identificada con la madre, figura idealizada de la que no desea que se la separe…”
Rocío dice:” Ella no quería, ella quería estar conmigo, ella le dice a la psicóloga que
cuando va a recogerla el padre hay prensa y que a ella no le gusta ¿qué es lo que ha
pasado? Ha pasado eso, lo que no tenía que haber pasado nunca”.” Termina
hablando entre lágrimas […] (Imagen 9)
19:36:35
a
19:38:19
[…]En el informe ahora se lee la parte en la que Antonio David Flores ex marido de
Rocío Carrasco opina sobre ella “el litigio se plantea prácticamente desde el principio,
refiriendo actitud de prepotencia en su mujer que se niega a ningún tipo de acuerdo”. El
acuerdo dice ella era que le diera los niños, que le diera una pensión compensatoria de
250.000 pesetas y que le pasara una pensión compensatoria de medio millón de
pesetas por cada uno. “A la madre le falta dedicación. Él en su actividad laboral podría
dedicarles más tiempo.... Por esos niños han pasado ya muchas tatas… Yo era una
mujer que trabajaba por la mañana y efectivamente tenía que dejar a alguien al cuidado
de un bebé … él siempre ha querido pedirlos, él siempre ha querido ir de padre
doliente, no sabe lo que es pasar una varicela de un niño, no sabe lo que es una
noche con fiebre, no sabe lo que son los cólicos del lactante, y yo por mucha tata
que tuvieran los niños, la que estaba con los niños era yo… […]
19:38:19
a
19:43:43
[…]Acaba el video y Carlota Corredera da paso a la psicóloga, pero antes ponen
anuncios, el corte antes mencionado de las cloacas de Antonio David” tras lo cual,
cortinilla y anuncios. […]
19:43:43
a
19:49:16
[…]Aparece la cortinilla de Sálvame, tras la cual, ponen de nuevo el corte sobre el
demonio oculto (referido a Antonio David) en las que él aparece con tono enfadado y
violento, tras el cual, un video sobre la Mercedes Benz Fashion Week, Kiko Hernández
con una promoción y Carlota Corredera con el sorteo del programa. […]
19:49:16
a
19:49:34
[…]Tras la pausa publicitaria se reanuda la videollamada con la psicóloga forense Marta
del Prado. Carlota Corredera, le pide que interprete o traduzca el sentido de los informes
de la hija de Rocío Carrasco. Se sobreimpresiona un faldón en la pantalla que dice
“¡Atención qué tipo de personalidad se concluye tras leer el informe pericial de Antonio
David?, La psicóloga forense Marta del Prado responde!” […]
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19:49:34
a
19:54:35
[…]Marta del Prado:” todo lo que se estudia del informe valora situación de la niña, pero
no tanto la psicología del padre. Del padre básicamente lo único que se viene a decir es
que no hay posibilidades de llegar a acuerdos a nivel de guarda y custodia, como que
hay un litigio abierto, un conflicto muy potente donde Rocío dice es insalvable
porque él quiere llevar a su terreno absolutamente esas negociaciones del
padre en estas frases que hemos escuchado del informe prácticamente no se habla, lo
que sí es interesante como se habla de la relación con la mama, y a mí eso nos tiene
que poner con los ojos bien abiertos en lo que se refiere al estilo relacional… con ella
se identifica, esto es realmente importante, el hecho de que una niña de 5 años elija
como figura de referencia, como modelo de vida el “me quiero parecer a mi mamá” habla
de un buen vínculo de apego… es verdad que Rocío en muchas de las experiencias
que va relatando ,tiene resonancia afectiva en lo que va expresando sobre sus hijos
[…]
19:54:35
a
19:56:04
[…]María Patiño: “con una influencia negativa del padre hacia esos niños…” Carlota
Corredera, hace la observación a la psicóloga de su interpretación que, en ese relato en
sí, hay un mensaje de S.O.S., de una posible, lo que ella (Rocío) llama el principio de
la implantación de la semilla del mal”. […]
19:56:04
a
19:58:38
[…]Volviendo a la docuserie Rocío Carrasco lee el informe forense del padre “sobre el
padre, lo calcadice: “en su estructura de personalidad, tendencia preferente en el Sr.
Flores a resolver dificultades y buscar gratificaciones en una interacci ón afectiva con el
entorno, va a profesar afecto mientras desarrolla operaciones de resolución de
problemas pudiendo las emociones ejercer una gran influencia en toda su actividad
psíquica. Problemático control emocional, pudiendo producirse manifestaciones
de la impulsividad ante situaciones de tensión o estrés emocional. Se perturba y
emociona con facilidad y las críticas le hacen mella… En su antagonismo
probabilidad de generar situaciones conflictivas. Difícil aceptación de crítica.
Asertividad ante los errores de los demás. Alta valoración del bienestar material que
disfruta considera vive con cierto desahogo no preocupándole condiciones económicas
o desempeño de actividad laboral para la que se juzga competente.”. […]
19:58:38
a
20:02:09
[…]Continúa la valoración de la psicóloga que dice: “eso significa que la persona tiende
a tener una afectividad inestable a vivir hacia afuera y a focalizar toda su vida desde el
estilo afectivo, … los afectos son los que mandan y mandando ellos todos los
pensamientos están dirigidos por esa parte afectiva… por lo que hablan en este informe
el hecho de que sea tan afectivo y tan poco controlado a nivel de pensamiento, a nivel
de ir buscando de alguna manera el equilibrio interior lo que genera es que ante
situaciones que se escapan de su control, lo que sucede es que es algo perturbable,
… inestable, inseguro, con ánimo voluble, conductas discontinuas, se perturba y
emociona con facilidad, eso habla de cierta inmadurez por la falta de conexión de
afectos y emociones con los pensamientos y las conductas…” Carlota Corredera
pide a la psicóloga que analice unas imágenes de Antonio David con su hija en el pasado
y en el presente después de que la hija ya ha podido ver algún capítulo sobre su madre.
Las imágenes muestran a Antonio David besando a su hija en el coche mientras los
fotógrafos les hacen fotos. “Si sólo lo analizo por lo que veo, veo a un padre con
muestras afectivas, con necesidad de dar luz a esos afectos … otra cosa es que los
forenses hayan valorado esa necesidad de vivir hacia afuera… los aspectos que tiene
que ver con, cuánto está controlando de esa imagen que está queriendo ejercer hacia
afuera, no tanto desde lo que siente interno, sino de lo que expresa. […]
20:02:09
a
20:03:27
[…]Miguel Frigenti le pregunta a la psicóloga, si Antonio David es más de querer vivir
hacia afuera o que realmente sienta esos afectos. La psicóloga responde: “yo sí que
creo que pueda sentir esos afectos... Lo que sí que es verdad es que no está
protegiendo a sus hijos, en el momento de la imagen más actual que estamos
viendo, yo pienso mucho en aquella que fue niña y ahora es una mujer que desde
luego ahora tiene que estar sufriendo, y en ese sentido me parece muy importante
intentar protegerla como padre más que exhibirla, el problema es que siendo ese
su perfil y necesitando ponerle luz a la imagen del buen padre, busca estas
imágenes para que las podamos ver y comentar todos”. […]
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*Nota: Por la extensión del Acta no se han trasladado a esta Resolución las
imágenes que figuran al final de estos documentos en el Acta original que
consta en el expediente administrativo (folios 118 a 133).
Se ha unido al expediente copia en CD, proporcionada por la empresa KANTAR
MEDIA, de los programas, y de varios recortes de los programas. Las
grabaciones contienen impresionada la hora de emisión.
TERCERO.- Audiencia y duración de las comunicaciones comerciales
analizadas
Se ha unido al expediente (folios 77 a 78) el informe de audiencias del programa,
proporcionado por la empresa KANTAR MEDIA, con las audiencias medias (en
miles) globales, y se unen por la instrucción, las de los menores de 7 años, las
de los mayores de 7 y menores de 12 años y las de los mayores de 12 y menores
de 16 años que siguieron los programas “SÁLVAME LIMÓN” y “SÁLVAME
NARANJA” (con filtro de ocupación publicitaria, esto es, sin considerar los
menores que dejaron de ver la televisión durante la emisión de la publicidad). Se
compendian a continuación:
MENORES DE
Targets
>>
GLOBAL
7
De 7
hasta
12
De 12
hasta 16
Programa
Fecha
Hora de
Inicio
Hora de Fin
Duración
AM
(000)
AM
(000)
AM
(000)
AM
(000)
SÁLVAME
LIMÓN
08/04/2021
15:59:49
16:55:16
0055:27
1770
11
13
15
SÁLVAME
NARANJA
08/04/2021
16:55:16
20:03:27
0188:11
1911
10
12
29
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
I.- Habilitación competencial de la Comisión y legislación aplicable
Las competencias de la CNMC para intervenir resultan de lo dispuesto en el
artículo 29.1 de la LCNMC, que señala que la CNMC ejercerá la potestad de
inspección y sanción de acuerdo con lo previsto, entre otros, en el Título VI de la
LGCA.
El procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora se rige por lo
establecido en la LCNMC y en la LGCA, así como, en lo no previsto en las
normas anteriores, por la LPAC y por la LRJSP.
20:03:27
[…]Carlota Corredera interrumpe la valoración de la psicóloga porque comienza
“Sálvame Tomate. “Finaliza Sálvame Naranja”. […]
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Según el artículo 29.2 de la LCNMC, “[p]ara el ejercicio de la potestad sancionadora,
se garantizará la debida separación funcional entre la fase instructora, que
corresponderá al personal de la dirección correspondiente en virtud de la materia, y la
resolutoria, que corresponderá al Consejo”. En consecuencia y atendiendo a lo
previsto en los artículos 25.1.b) de la LCNMC y 18.1 y 21.b) y 22 del Estatuto
Orgánico de la CNMC, la instrucción de los procedimientos sancionadores
corresponde a la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual. La
resolución de dichos procedimientos corresponde a la Sala de Supervisión
Regulatoria del Consejo de la CNMC, tal y como prevén el artículo 14.1.b) de su
Estatuto Orgánico y los artículos 20.1 y 21.2 de la LCNMC.
Respecto de la legislación aplicable, el procedimiento para el ejercicio de la
potestad sancionadora se rige por lo establecido en la LCNMC, la LGCA y el
Real Decreto 1624/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la LGCA en lo relativo a la comunicación comercial
televisiva (en adelante, Reglamento de publicidad), conforme a la Disposición
Adicional Primera de la LPAC, y por la LRJSP en lo no previsto en las normas
anteriores.
II.- Objeto del procedimiento sancionador y delimitación de los hechos
El objeto del presente procedimiento sancionador consiste en determinar si
MEDIASET, por los contenidos emitidos en su canal TELECINCO en los
programas de “SÁLVAME LIMÓN” y “SÁLVAME NARANJA” del día 8 de abril de
2021, con las calificaciones de “no recomendado para menores de 12 años” el
primero y, el segundo, de “no recomendado para menores de 7 años” y en
horario de protección reforzada, ha infringido lo dispuesto en los artículos 7.2 y
7.6, en relación a lo dispuesto en el artículo 12.3 de la LGCA.
III.- Tipificación de los hechos probados
3.1.- Consideraciones generales
El bien jurídico protegido por el artículo 7.2 de la Ley 7/2010 es la protección de
los menores frente a la programación prohibiendo la emisión en abierto de
contenidos televisivos que pueden resultar perjudiciales para su desarrollo físico,
mental o moral. Así, este artículo de la LGCA solo permite la emisión en abierto
de contenidos audiovisuales que puedan perjudicar no seriamente (pues en ese
caso se prohíbe) el desarrollo físico, mental o moral de los menores entre las
22:00 y las 6:00 del día siguiente. Asimismo, prevé tres franjas horarias
consideradas de “protección reforzada” en las que no pueden emitirse
contenidos calificados para mayores de 13 años:
- Entre las 8:00 y las 9:00 horas de los días laborables.
- Entre las 17:00 y las 22:00 horas de los días laborables.
- Entre las 9:00 y las 12:00 horas de los sábados, domingos y festivos de
ámbito estatal.
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En consecuencia, la emisión de contenidos que infrinjan dichas reglas puede ser
constitutiva de una infracción grave de conformidad con el artículo 58.3 de la
LGCA, que tipifica de esa manera la vulneración de la prohibición y, en su caso,
de las condiciones de emisión, de contenidos perjudiciales para los menores,
previstas en el artículo 7.2 de la LGCA.
La causación de perjuicio para el desarrollo mental y moral de los menores”, por
determinados contenidos televisivos, constituye una previsión que viene
integrada por un concepto jurídico indeterminado. No obstante, las previsiones
del Código
3
de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia pueden
servir como criterio interpretativo, de manera que un operador no puede afirmar
que es adecuado para los menores algo que suscribió voluntariamente como
nocivo con antelación.
Por su parte, el apartado 6 del artículo 7 de la LGCA, al exigir una clasificación
por edades, pretende "dotar a los padres y tutores de una herramienta eficaz
para que puedan ejercer su responsabilidad de controlar los contenidos
televisivos seguidos por los menores a su cargo" según se indica en el preámbulo
del Código de Autorregulación sobre contenidos televisivos e infancia. De
conformidad con lo ahí previsto se establece la obligación de que todos los
productos audiovisuales distribuidos a través de servicios de comunicación
audiovisual televisiva deben disponer de una calificación por edades, de acuerdo
con las instrucciones sobre su gradación que dicte la CNMC, a quien le
corresponde la vigilancia, control y sanción de la adecuada calificación de los
programas por parte de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual
televisiva. Esta calificación debe ser acorde con las instrucciones sobre su
graduación que dicte la autoridad audiovisual y corresponderse en todo caso con
la homologada por el Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e
Infancia.
De acuerdo con las calificaciones del citado Código, los contenidos emitidos en
las franjas de protección reforzada no pueden tener una calificación de “NR-12”
o superior. Es decir, han de tener una calificación de “NR-7” o inferior.
3
El primer Código se firmó el 9 de diciembre de 2004, entre otros prestadores, por MEDIASET.
Posteriormente se firmó un nuevo Código de Autorregulación que perfilaba los Criterios
orientadores para la clasificación de los programas y alteraba el sistema de clasificación de
programas. El nuevo Código entró en vigor el 1 de enero de 2012 para los operadores adheridos.
Con fecha 15 de junio de 2015 tuvo entrada en la CNMC un escrito firmado por los representantes
del Comité de Autorregulación, órgano creado por el Código, por el que notificaba formalmente
a la Sala de Supervisión Regulatoria (SSR) de la CNMC la adopción de un nuevo sistema de
calificación por edades, aprobado por unanimidad, a los efectos legales oportunos y, en
particular, a los efectos del artículo 12 de la LGCA. Como consecuencia de lo anterior, la SSR
dictó el 23 de junio de 2015 la Resolución por la que verificó la conformidad con la normativa
vigente de la modificación del Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e
Infancia, junto con los criterios que permiten calificar correctamente los contenidos a los
prestadores del servicio audiovisual, y ordenó su publicación. Esos mismos criterios se
aprobaron por Resolución de la SSR de la CNMC de fecha 9 de julio de 2015, con una finalidad
de aplicación directa a todos los prestadores de servicios de comunicación audiovisual (aunque
no estuvieran adheridos al código), tal y como dispone el artículo 7.6 de la LGCA.
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El incumplimiento de los códigos de autorregulación de conducta, como el
Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia, al que
MEDIASET se ha suscrito
4
, contiene criterios moduladores para valorar las
emisiones y calificarlas de conformidad con aquéllos por parte de los prestadores
adheridos
5
, se tipifica en el artículo 58.12 de la LGCA como una infracción grave.
Pretender, como lo manifiesta MEDIASET en sus alegaciones, que el tipo
infractor del artículo 58.12 de la LGCA únicamente resulte aplicable cuando se
incumplan además de las normas sustantivas incluidas en Código de
Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia (en este caso, los
criterios moduladores de la calificación por edades), las normas procesales o de
procedimiento previstas en el mismo, como por ejemplo, que el contenido emitido
haya sido previamente objeto de reclamación y análisis bajo el sistema de
autorregulación que el mismo código prevé
6
, resulta contrario a la literalidad del
mencionado tipo infractor. A juicio de esta Comisión, si un operador que ha
suscrito el Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia
no respeta el sistema de calificación por edades ahí previsto, está incumpliendo
el Código suscrito sin que sea necesario que el Comité de Autorregulación o la
Comisión Mixta de Seguimiento reconozcan que se ha producido dicho
incumplimiento. De lo contrario, el control consultivo o preventivo al mencionado
Comité podría suponer excluir a la CNMC de las competencias que le han sido
expresamente atribuidas en los artículos 7.6 de la LGCA y 9.4 de la LCNMC:
vigilar, controlar y sancionar la adecuada calificación de los programas por parte
de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisiva y el
incumplimiento de los códigos de autorregulación por parte de quienes los
suscriban. Se añada así un plus de gravedad a una conducta abiertamente
antijurídica.
Esta interpretación de la CNMC ha sido confirmada recientemente por el Tribunal
Supremo (Sala de lo Cont.Adm., Sección Tercera) en sus sentencias de 29 de
abril de 2021 (RC 03/3155/2020), en relación con un procedimiento sancionador
a Atresmedia; y de 6 de mayo (RC 03-3216-2020), sobre un sancionador a
MEDIASET por emisiones en el mismo programa “Sálvame”. En el Fundamento
de Derecho Quinto de ambas sentencias se expone lo siguiente:
“(…) aunque los códigos de autorregulación están regulados en el artículo 12, la
obligación de atender sus contenidos y gradación de calificación por edades está
contemplada en el artículo 7.6, y es dicha obligación la que al ser incumplida
constituye la infracción grave del artículo 58.12, que se refiere expresamente al
incumplimiento de los códigos de autorregulación contemplados en el artículo 12.
En este contexto resultan irrelevantes los argumentos de la parte referidos a las
6
Entre las funciones del Comité de Autorregulación se encuentra emitir dictámenes relativos a
las dudas presentadas por los operadores de televisión adheridos al código sobre la adecuación
de determinados contenidos a las normas en él establecidas o relativos a las quejas o
reclamaciones presentadas por asociaciones de padres, educadores, de juventud e infancia y
consumidores y usuarios con implantación en todo el territorio español.
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características de los códigos de autorregulación, así como los relativos a los
precedentes sancionadores de la Administración, que ceden ante la interpretación
de la legalidad efectuada por los Tribunales como la que efectuamos en este caso
sobre la infracción de las obligaciones contenidas en el artículo 7.6 de la LGCA.”
Por otra parte, es verdad que, emitir contenido en horario de protección reforzada
calificado como “NR-7” o inferior cuando ese mismo contenido debió de haber
sido calificado de manera más restrictiva según los criterios de calificación
incluidos en el Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e
Infancia supone, a su vez, la comisión de la infracción grave prevista en el
artículo 58.3 de la LGCA.
A pesar de la estrecha relación entre ambas conductas infractoras se trata de
dos conductas distintas que dan lugar a dos sanciones: por un lado, la emisión
de contenidos televisivos perjudiciales para el desarrollo de los menores y, por
otro, la incorrecta calificación de los programas. Así lo ha confirmado el Tribunal
Supremo en su sentencia de 23 de febrero de 2017 (RC 03/3149/2016):
“(…) la emisión de un programa con un contenido violento, erótico y poco adecuado
para los menores supone, por sí sola, conculcación de lo prevenido en el artículo
7.2 de la Ley 7/2010 y es por ello punible, al amparo del artículo 58.3 de la misma
norma. Pero, por otro lado, el artículo 7.6 de la citada Ley claramente prevé que
corresponde a la autoridad audiovisual competente, la vigilancia, control y sanción
de la adecuada calificación de los programas por parte de los prestadores del
servicio de comunicación audiovisual televisiva por lo que este precepto habilita,
además, por sí solo a sancionar, para el caso de una indebida clasificación, como
ha sido el caso.
(…)
En definitiva, no existe relación de necesariedad entre ambas imputaciones, la
comisión de una y otra infracción son independientes. Se trata más bien de un
concurso real o material, con una pluralidad de actos o diversas acciones, cada una
de ellas susceptible de sanción separada. El deber de información que supone la
conducta establecida en el artículo 7.6 debe entenderse también referido y dirigido
a los padres y responsables de los menores y, en ese sentido, el "resultado
pluriofensivo", además de la afectación al interés de los menores de edad que
destaca la sentencia recurrida y todas las que la han seguido.
3.2.- Sobre la calificación por edades otorgada a los programas
Según los criterios orientadores para la clasificación de programas establecidos
en el Código de Autorregulación de 2015, establecen una serie de criterios
moduladores para valorar las emisiones y calificarlas según las siguientes
categorías de edad: “Especialmente recomendado para la infancia”, “Apto para
todos los públicos”, “No recomendado para menores de 7 años”, “No
recomendado para menores de 12 años”, “No recomendado para menores de
16 años”, “No recomendado para menores de 18 años” y “Contenidos X”.
En relación al objeto del presente procedimiento se han utilizado, como
referencia para analizar si los programas estaban correctamente calificados y si
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sus contenidos resultaban adecuados para los menores, los siguientes criterios
orientadores del Código de Autorregulación:
- relativos a la violencia: incluye moduladores específicos para determinar
si se incluyen escenas donde se expone violencia física o psicológica,
violación de derechos humanos, actos contrarios a la libertad o a la
dignidad humana, así como actos o escenas relacionadas con la violencia
de género y violencia doméstica;
- relativos al sexo: incluye moduladores de calificación que atienden a la
presencia de contenidos relacionados con el sadomasoquismo así como
de vejaciones relacionadas con el sexo, pedofilia y zoofilia;
- relativos al miedo o angustia: incluyen moduladores para determinar si los
contenidos tratan o exponen graves conflictos emocionales o situaciones
extremas, que generen angustia o miedo; experiencias traumáticas
trágicas e irreversibles, extremo sufrimiento humano o animal, crueldad,
inminencia angustiosa de la muerte;
- relativos a las drogas y sustancias tóxicas: incluye moduladores
relacionados con el alcoholismo; consumo o distribución de drogas
ilegales o presentación de sus efectos o con la drogadicción o sus efectos;
- relativos a la categoría de conductas imitables: se incluyen moduladores
relacionados con escenas en las que aparezcan comportamientos que
lesionan gravemente los derechos de los demás;
- relativos a la categoría de lenguaje (escrito, verbal o gestual): se incluyen
criterios para analizar si el programa audiovisual incluye escenas con
expresiones, provocaciones, insinuaciones o alusiones violentas, dañinas
u ofensivas, indecentes, groseras o con orientación sexual obscena, así
como expresiones intolerantes o discriminatorias.
a) Programa “SALVAME LIMÓN” emitido el 8 de abril de 2021
De conformidad con los hechos probados, en el programa se describe a una
persona que ha sido víctima de su exmarido como anulada por el terror,
totalmente destrozada, con pánico, increpada, insultada, amenazada; y su
relación con su exmarido, como un auténtico calvario. Por su parte, se describe
a lo largo del programa al exmarido como impulsivo, problemático, conflictivo,
“turbable” inestable, inseguro, demonio oculto, violento, cruel, manipulador,
despreocupado con sus hijos, sinvergüenza, el peor de los villanos, agresor,
verdugo, maltratador. Asimismo, el programa desarrolla con profusión la rotura
del brazo que sufrió el hijo pequeño del matrimonio sin que fuera objeto de
atención médica durante un fin de semana, episodio que califican los
colaboradores del programa como lo más fuerte e impactante, como una película
de terror con el peor de los villanos. Este tema se va repitiendo desde las 16:12
horas hasta el final del programa. Por último, se entrevista al chófer de la familia.
El programa lo sitúa en lo que llama “las cloacas del corazón”, donde se ve al
hombre, de pie, con los brazos cruzados, en una cloaca por donde cruzan ratas
(16:25:19 16:26:00 h. y 16:52:32-16:55:12 h.).
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Atendiendo a los criterios orientadores para la clasificación de programas
establecidos en el Código de Autorregulación de 2015, cabe concluir lo siguiente
respecto de los contenidos emitidos:
- Se incluyen escenas relacionadas con miedo o angustia: ahí se tratan y
describen graves conflictos emocionales entre excónyuges sin que se traten
de manera mínima o accesoria, sin solución positiva, inmediata, próxima o
previsible, con consecuencias negativas graves (la ruptura de relaciones entre la
madre y los hijos, traumas, intento de suicidio), con un carácter real (no ficticio)
y detallado (se aportan numerosas circunstancias del conflicto y de las
consecuencias). También se describe con profusión y detalle en el programa
experiencias traumáticas trágicas e irreversibles con el protagonismo de
niños como víctimas directas del miedo o la angustia, como es la situación de
desatención del hijo pequeño con el brazo roto.
2º - Aparecen en el programa conductas imitables que merecen ser analizadas:
se incluyen comportamientos que lesionan gravemente los derechos de los
demás. Por una parte, se observa por la persecución continuada de que es
objeto el exmarido por parte de los colaboradores (salvo uno de ellos) y la
presentadora del programa y, además, el vídeo que se emite en varias ocasiones
con una elección de imágenes en que se ve al exmarido con gesto airado y
amenazante, con elementos descriptivos en rojo sobre un fondo negro, como si
se tratara del anuncio de una película de terror. Y, por otra parte, la presencia
del chófer en una cloaca rodeado de ratas, como si él mismo se tratara de una
de ellas.
En definitiva, la forma en la que el programa trata un grave conflicto familiar que
ha generado consecuencias negativas, traumáticas e irreversibles, aun cuando
el conflicto familiar se presenta como extremadamente doloroso para algunos de
sus protagonistas, así como el continuo tratamiento negativo que se realiza en
el programa sobre algunos de los protagonistas del mencionado conflicto
lesionando gravemente sus derechos, puede hacer pensar a personas en plena
etapa de desarrollo mental y moral que el programa refleja modelos de conducta
dignos de imitación y contribuye a crear una sensación de normalidad que en
absoluto es esperable en las relaciones familiares, sobre todo en las más
estrechas, con las paternofiliales, y crear confusión sobre la manera en que una
persona adulta y madura ha de relacionarse con sus familiares y personas más
cercanas.
Por lo tanto, las consideraciones antes señaladas desvirtúan las alegaciones de
MEDIASET relativas a la adecuación de la calificación por edades otorgada al
programa emitido y determinan que el programa objeto de análisis debió de ser
calificado de forma más restrictiva. En concreto, siguiendo lo dispuesto por los
criterios orientadores de calificación, como “no recomendado para menores de
16 años”. Por lo tanto, la emisión del programa con la calificación por edades de
“NR7” supone una vulneración de las previsiones respecto a la calificación por
edades y la emisión de contenidos perjudiciales para los menores recogidas en
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los Códigos de autorregulación suscrito por MEDIASET y, en consecuencia, de
las obligaciones establecidas en el artículo 7.6 de la LGCA, lo que se subsume
en el tipo infractor grave del artículo 58.12 de la LGCA.
b) Programa “SALVAME NARANJA emitido el de 8 de abril de 2021
De conformidad con los hechos probados, el programa se abre con la imagen de
los colaboradores y se escucha una canción que dice “rata inmunda, animal
rastrero, escoria de la vida…” mientras, la presentadora exclama: “ay por
favor…”. Inmediatamente después, aparece José María Franco, antiguo chófer
del matrimonio en la cloaca con ratas que cruzan delante de él (de 16:55:38 a
17:03:11 h.). En los últimos segundos de las imágenes del chófer se vuelve a oír
la canción de fondo. Asimismo, se sigue incidiendo en el drama del niño con el
brazo roto durante 48 horas sin ser atendido, se añaden nuevos episodios de
violencia como que el padre devolvía a los hijos con moratones, que el problema
del hijo era porque habían contagiado una enfermedad venérea a la madre
durante el embarazo, hijos que eran encerrados por el nuevo marido de la mujer
y a quienes no se les daba de comer. Sobre la ruptura matrimonial se añaden
nuevos datos, como que la mujer no tenía relación con su hija porque estaba
todo el día consumiendo sustancias psicoactivas. Y en relación con el exmarido,
se vuelve a emitir el vídeo del diablo oculto, se insiste en la violencia vicaria
contra la madre, en que las muestras de cariño hacia los hijos las reservaba para
salir en las fotos, que dejaba a los hijos abandonados con el chófer, etc. También
varias personas relatan en el programa casos de violencia de género y una de
las colaboradoras hace comentarios sobre la pederastia y sobre que, a una
persona concreta no presente en el programa, consideraba que a las mujeres
les gustaba ser violadas.
Atendiendo a los criterios orientadores para la clasificación de programas
establecidos en el Código de Autorregulación de 2015, cabe concluir lo siguiente
respecto de los contenidos emitidos:
1º - Se incluyen escenas relacionadas con miedo o angustia: se tratan y
describen graves conflictos emocionales entre excónyuges sin que se traten
de manera mínima o accesoria, sin solución positiva, inmediata, próxima o
previsible, con consecuencias negativas graves (la ruptura de relaciones entre la
madre y los hijos, traumas, intento de suicidio), con un carácter real (no ficticio)
y detallado (se aportan numerosas circunstancias del conflicto y de las
consecuencias). También se describe con profusión y detalle en el programa
experiencias traumáticas trágicas e irreversibles con el protagonismo de
niños como víctimas directas del miedo o la angustia, como es la situación de
desatención del hijo pequeño con el brazo roto o el abandono de los hijos por
parte del padre.
2º - Aparecen en el programa conductas imitables que merecen ser analizadas:
se incluyen comportamientos que lesionan gravemente los derechos de los
demás. Por una parte, se observa por la persecución continuada de que es
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objeto el exmarido por parte de los colaboradores (salvo uno de ellos) y la
presentadora del programa y, además, el vídeo que se emite en varias ocasiones
con una elección de imágenes en que se ve al exmarido con gesto airado y
amenazante, con elementos descriptivos en rojo sobre un fondo negro, como si
se tratara del anuncio de una película de terror. Y, por otra parte, la presencia
del chófer en una cloaca rodeado de ratas, como si él mismo se tratara de una
de ellas, a lo que se añade, en este programa, una canción insultante con clara
intencionalidad de menosprecio hacia el chófer.
3º - Se incluyen en el programa contenidos violentos: los cuatro testimonios de
violencia de género que se dan en el programa se realizan sin elementos
potenciadores del impacto, sin recreación en el sufrimiento de la víctima. No
obstante, son presentaciones reales o realistas y detalladas. También se
incluyen menciones sobre violación o abuso sexual, pero como presentación
accesoria, negativa o claramente reprochada.
En definitiva, la forma en la que el programa trata un grave conflicto familiar que
ha generado consecuencias negativas, traumáticas e irreversibles, aun cuando
el conflicto familiar se presenta como extremadamente doloroso para algunos de
sus protagonistas, así como el continuo tratamiento negativo que se realiza en
el programa sobre algunos de los protagonistas del mencionado conflicto de
manera que ello podría suponer lesionar gravemente sus derechos, puede hacer
pensar a personas en plena etapa de desarrollo mental y moral que el programa
refleja modelos de conducta dignos de imitación y contribuye a crear una
sensación de normalidad que en absoluto es esperable en las relaciones
familiares, sobre todo en las más estrechas, con las paternofiliales, y crear
confusión sobre la manera en que una persona adulta y madura ha de
relacionarse con sus familiares y personas más cercanas.
Por lo tanto, las consideraciones antes señaladas desvirtúan las alegaciones de
MEDIASET relativas a la adecuación de la calificación por edades otorgada al
programa emitido y determinan que el programa objeto de análisis también debió
de ser calificado de forma más restrictiva. Si bien incluye contenidos
relacionados con la violencia que estarían bien calificados (“NR12”), incluye
contenidos en los que se trata el miedo o angustia, así como conductas imitables
que merecen una calificación más restrictiva (“NR16”). Por lo tanto, la emisión
del programa con la calificación por edades de “NR12” supone una vulneración
de las previsiones respecto a la calificación por edades y la emisión de
contenidos perjudiciales para los menores recogidas en los Códigos de
autorregulación suscrito por MEDIASET y, en consecuencia, de las obligaciones
establecidas en el artículo 7.6 de la LGCA, lo que se subsume en el tipo infractor
grave del artículo 58.12 de la LGCA.
3.3.- Sobre el horario de emisión de los programas
Las anteriores consideraciones tras el visionado de los contenidos referidos en
los programas, se advierte que recogen o tratan una serie de situaciones
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considerados como negativas y peligrosos que no debieron de emitirse en
abierto entre las 22 y las 6 horas por ser susceptibles de perjudicar no seriamente
el desarrollo físico, mental o moral de los menores, tales como (a título
meramente ilustrativo):
- Consumo de diferentes drogas en el entorno familiar.
- Violencia de género y abuso sexual.
- Persecución indiscriminada e imputación de delitos o comportamientos
reprochables de terceros ausentes en el programa.
- Exposición detallada de graves conflictos emocionales y experiencias
traumáticas trágicas e irreversibles.
En definitiva, la emisión de los programas entre las 6 y las 22 horas supone una
vulneración de la prohibición establecida en el artículo 7.2 de la LGCA de emitir
contenidos que puedan resultar perjudiciales para el desarrollo físico, mental o
moral de los menores dentro de ese horario y, más aún, dentro del horario de
protección reforzada en el que no pueden emitirse contenidos calificados como
adecuados para mayores de 13 años, lo que se subsume en el tipo infractor
grave del artículo 58.3 de la LGCA.
IV.- Responsabilidad de la infracción
El artículo 28.1 de la LRJSP dispone que sólo podrán ser sancionadas por
hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas
que resulten responsables de los mismos a título de dolo o culpa, lo que conduce
a la atribución de responsabilidades, incluso en los casos de negligencia simple
respecto del cumplimiento de los deberes legales impuestos a los operadores de
televisión.
En aplicación de lo establecido en el artículo 61 de la LGCA, la responsabilidad
por las infracciones debe atribuirse a MEDIASET por ser el operador del servicio
de comunicación audiovisual autor de los hechos infractores considerados
probados debido a que es el responsable de la emisión de programas
“SALVAME LIMÓN” y “SALVAME NARANJA” del día 8 de abril de 2021.
Esta exigencia de responsabilidad a MEDIASET está relacionada con el hecho
que el sector audiovisual es un sector altamente especializado y en el que dicho
prestador del servicio audiovisual, dados su volumen de actividad y su
experiencia en el sector, cuenta con los medios materiales y humanos suficientes
para poder extremar la vigilancia y evitar conductas como la que es objeto del
presente procedimiento y que vienen reguladas en el propio Código de
Autorregulación que MEDIASET ha suscrito, poniendo la máxima diligencia en
el cumplimiento de la normativa que le es aplicable. Más aún, teniendo en cuenta
que MEDIASET ha suscrito el Código de Autorregulación que fija los criterios
orientadores de calificación de los contenidos audiovisuales.
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Así lo han indicado expresamente los Tribunales, aunque en el ámbito de la
protección del menor frente a contenidos audiovisuales inadecuados, entre otras,
en la Sentencia de la Audiencia Nacional de 2 de marzo de 2015 (recurso núm.
PO 08/409/2013), en cuyo Fundamento Cuarto se recuerda que “en el caso de
empresas audiovisuales, como la ahora recurrente, dotadas de la máxima
especialización y vinculadas con la Administración con un régimen especial de sujeción,
los estándares de diligencia exigibles alcanzan el mayor nivel”.
Asimismo, señalar que el prestador de servicios audiovisuales es el responsable
de la emisión de programas y publicidad
7
y debe tener un control sobre los
contenidos que emite constituyendo, en caso contrario, supuestos de culpa en
su actuación, únicamente salvables en casos de sucesos imprevistos e
inevitables, que no le exoneran de responsabilidad administrativa por ausencia
de culpabilidad en la comisión de los hechos cometidos, sobre todo, cuando esa
negligencia repercute negativamente sobre los telespectadores.
En efecto, en la Sentencia de la Audiencia Nacional núm. 134/2016 de 1 de
marzo de 2016 (recurso núm. PO 01/246/2014) se recuerda que los operadores
son responsables de los contenidos emitidos, debiendo extremar la diligencia
en el cumplimiento de los deberes que le impone la legislación en materia de
comunicación audiovisual” y recordando que resulta sancionable la simple
inobservancia” de la normativa sectorial aplicable.
V.- Cuantificación de la sanción
La contravención de las obligaciones y prohibiciones establecidas en el artículo
7.2 y 7.6 de la LGCA, se consideran infracciones graves conforme a lo dispuesto
en el artículo 58.3 y 58.12 de la LGCA. A su vez, el artículo 60.2 de la LGCA
establece que este tipo de infracciones pueden ser sancionadas con multa de
100.001 hasta 500.000,00 euros para los servicios de comunicación audiovisual
televisiva.
El artículo 29.3 de la LRJSP establece, como criterios de graduación, el grado
de culpabilidad o la existencia de intencionalidad, la continuidad en la conducta
infractora, la naturaleza de los perjuicios causados y la reincidencia, por comisión
en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando
así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.
Por su parte, el artículo 60.4 de la LGCA establece los siguientes criterios: la
inclusión de la conducta sancionada en un código de autorregulación que obligue
al infractor como conducta prohibida; haber sido sancionado por resolución
administrativa firme por el mismo tipo de infracción en el plazo de los tres años
anteriores; la gravedad de las infracciones cometidas en el plazo anterior de tres
7
Salvo cuando se trate de comunicación comerciales elaboradas por personas ajenas al
prestador y que supongan una infracción de acuerdo con la normativa vigente sobre publicidad
(art. 61.2 LGCA)
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años por el sujeto al que se sanciona; la repercusión social de las infracciones y;
el beneficio que haya reportado al infractor el hecho objeto de la infracción.
De los anteriores criterios de graduación, se ha tenido en cuenta en este caso la
repercusión social de la conducta infractora, dado el ámbito de cobertura de la
emisión (nacional) y la audiencia media de menores de 16 años que siguieron
los programas. Asimismo, se ha tenido en cuenta la naturaleza de los perjuicios
causados (emisión de contenido mal calificado en horario de protección de
menores) así como el criterio de graduación sobre reincidencia previsto en la
letra b) del artículo 60.4 de la LGCA pues MEDIASET ha sido sancionada por
haber emitido contenidos inadecuados para menores en horario de protección
reforzada en el mismo programa (SNC/DTSA/034/18 y SNC/DTSA/057/18), es
decir, por haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme por el
mismo tipo de infracción en el plazo de los tres años anteriores a la fecha de
comisión de la conducta infractora.
Atendiendo a todo lo anterior se propone como sanción imponer TRES (3) multas
por un importe total de 521.003,00 € (quinientos treinta y un mil tres euros),
situándose cada una de ellas en la mitad inferior de la sanción a imponer: una
por infracción del artículo 7.2 LGCA, por importe de 200.001,00 (doscientos mil
un euros) por el programa del “SÁLVAME NARANJA” del día 8 de abril de 2021;
y otras dos, por la infracción contenida en el artículo 58.12, en relación al artículo
7.6, ambos de la LGCA, por importe de 161.001,00 € (ciento sesenta y un mil un
euros) por el programa “SÁLVAME NARANJA” del día 8 de abril de 2021, y
160.001,00 € (ciento sesenta mil un euros) por el programa “SÁLVAME LIMÓN”
de la misma fecha.
Vistos los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, la Sala
de Supervisión Regulatoria de la CNMC, como órgano competente para resolver
el presente procedimiento sancionador,
RESUELVE
PRIMERO.- Declarar a la entidad MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.,
responsable de la comisión de tres (3) infracciones administrativas graves,
por haber emitido los programas de 8 de abril de 2021, el “SÁLVAME LIMÓN”
con las calificación de “NR12”, en horario de protección general, y “SÁLVAME
NARANJA, con la calificación “NR7” en horario de protección reforzada, cuando
las calificaciones apropiadas a los contenidos de los programas son las de “no
recomendados para menores de 16 años” (NR16) y que, por la temática
abordada, escenas e imágenes, resultan unos contenidos audiovisuales
inadecuados para los menores de 16 años, y pueden resultar perjudiciales para
su desarrollo físico, mental, o moral, lo que incumple, en el caso del “SÁLVAME
NARANJA”, lo dispuesto en el artículo 7.2 y, en ambos programas, lo dispuesto
SNC/DTSA/051/21
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en el artículo 7.6, en relación al artículo 58.12, todos de la Ley 7/2010, de 31 de
marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
SEGUNDO.- Imponer a la entidad MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.,
TRES (3) multas, por importe total de 521.003,00 (quinientos veintiún mil tres
euros); una por infracción del artículo 7.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo,
General de la Comunicación Audiovisual, por importe de 200.001,00
(doscientos mil un euros) por el programa del “SÁLVAME NARANJA” del día 8
de abril de 2021; y otras dos, por la infracción contenida en el artículo 58.12, en
relación al artículo 7.6, ambos de la Ley 7/2010, por importe de 161.001,00
(ciento sesenta y un mil un euros) por el programa “SÁLVAME NARANJA” del
día 8 de abril de 2021, y 160.001,00 (ciento sesenta mil un euros) por el
programa “SÁLVAME LIMÓN” de la misma fecha.
Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Telecomunicaciones y del
Sector Audiovisual y notifíquese al interesado. haciéndole saber que pone fin a
la vía administrativa y que contra ella podrá interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses
a partir del día siguiente al de su notificación.

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