Resolución del director general de Prestaciones y Farmacia por la que se aprueban los adjudicatarios definitivos y la lista definitiva de méritos del concurso de oficinas de farmacia convocado por Resolución del director general de Gestión Económica y Farmacia de 22 de octubre de 2014 (BOIB núm. 146, de 23 de octubre)

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
EmisorCONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Rango de LeyResolución

Antecedentes

1 En fecha 22 de octubre de 2014, el director general de Gestión Económica y Farmacia dictó resolución por la que se convocaba un concurso de méritos para la adjudicación de tres oficinas de farmacia en la zona farmacéutica de Palma y una oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Binissalem (BOIB núm. 146, de 23 de octubre).

  1. Esta convocatoria se resolvió en Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 27 de septiembre de 2016 que aprobaba los adjudicatarios definitivos y la lista definitiva de méritos del concurso (BOIB núm. 124, de 29 de septiembre).

  2. El señor Cristóbal Pons Servera interpuso recurso de alzada contra la Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 27 de septiembre de 2016, que aprobaba los adjudicatarios definitivos y la lista definitiva de méritos del concurso. El recurso de alzada fue desestimado por Resolución de la consejera de Salud de 24 de enero de 2017. Contra la resolución desestimatoria el señor Cristóbal Pons Servera interpuso recurso contencioso-administrativo en el que solicitaba fuese declarada la disconformidad a derecho de la base 2.6 del anexo 1, relativa a las bases rectoras del concurso de méritos. El recurso contencioso-administrativo dio lugar a la incoación del procedimiento ordinario 30/2017, seguido en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.

  3. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears ha dictado en fecha 12 de septiembre de 2018, la sentencia núm. 427 en el procedimiento ordinario 30/2017 que dispone lo siguiente:

    1) Que ESTIMAMOS PARCIALMENTE el presente recurso contencioso-administrativo.

    2) Que declaramos disconforme al ordenamiento jurídico el acto administrativo impugnado.

    3) Reconocemos el derecho del recurrente a que por la Administración demandada se proceda a la retroacción del procedimiento para que se valore el mérito del Sr. Pons Servera relativo al ejercicio efectivo sin nombramiento como farmacéutico en oficina de farmacia en período que comprende desde el 1 de diciembre de 1990 a 31 de enero de 1992. Con las consecuencias inherentes, si de dicha revaloración resultase adjudicación de oficina de farmacia.

  4. El contenido de la sentencia mencionada obliga a la Administración a retrotraer el procedimiento administrativo afectado al momento en que la comisión de valoración tiene que valorar los méritos alegados por los solicitantes, con el fin de elevar al director general de Prestaciones y Farmacia la lista provisional de valoración de méritos con la puntuación obtenida por los solicitantes admitidos al concurso, teniendo en cuenta la anulación del apartado 2.6 del anexo 1 de la convocatoria del concurso por no ajustarse a la redacción del artículo 15.5 del Decreto 25/1999, de 19 de marzo.

  5. Por Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 16 de octubre de 2018 (BOIB núm. 133, de 25 de octubre ), se ordena la ejecución de la sentencia núm. 427, dictada en fecha 12 de septiembre de 2018, y la retroacción de las actuaciones al momento de la valoración de los méritos del concurso de oficinas de farmacia, convocado mediante Resolución del director general de Gestión Económica y Farmacia de fecha 22 de octubre de 2014, en el que consten participantes que aportaron como mérito la experiencia profesional como farmacéutico adjunto en el régimen especial de la Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia o autónomos.

  6. Conforme a la base 7, la comisión de valoración ha revisado los expedientes de los participantes en el concurso convocado por el director general de Gestión Económica y Farmacia en fecha 22 de octubre de 2014, que aportaron como mérito la experiencia profesional como farmacéutico adjunto en el régimen especial de la Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia o autónomos.

    Los participantes en el concurso afectados por la nueva valoración son los siguientes:

  7. En fecha 14 de noviembre de 2018, el director general de Planificación, Evaluación y Farmacia dictó Resolución por la que se aprobaba la lista provisional de méritos y los adjudicatarios provisionales del concurso de oficinas de farmacia con la nueva valoración de méritos (BOIB núm. 146, de 22 de noviembre).

  8. En cumplimiento a lo dispuesto en la base 7 del anexo 1 de la Resolución del director general de Gestión Económica y Farmacia de 22 de octubre de 2014, se ha otorgado a los participantes en el concurso de oficinas de farmacia afectados por la nueva valoración de méritos, un plazo de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 14 de noviembre de 2018 en el BOIB, para presentar las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR