Resolución de 8 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2023, por el que se establecen los elementos básicos relativos a la concesión a la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (CERSA), por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de un aval de 500.000.000 de euros, con cargo a la línea de 10.000.000.000 de euros habilitada por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, y se modifican los plazos de reposición del fondo de provisiones técnicas de CERSA.

MarginalBOE-A-2023-13760
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de mayo de 2023, ha adoptado un Acuerdo por el que se establecen los elementos básicos relativos a la concesión a la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (CERSA), por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de un aval de 500.000.000 de euros, con cargo a la línea de 10.000.000.000 de euros habilitada por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, y se modifican los plazos de reposición del fondo de provisiones técnicas de CERSA.

A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2023, esta Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 8 de junio de 2023.–El Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo García Andrés.

ANEXO

«El Consejo de Ministros

ACUERDA

  1.  Establecer, de acuerdo con lo regulado en el artículo 29 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, las condiciones aplicables y requisitos a cumplir, detallados en el Anexo I, por el aval a otorgar por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (en adelante CERSA), que ascenderá a un importe de hasta 500 millones de euros.

  2.  Atender los importes correspondientes a los quebrantos que se produzcan por la ejecución del aval descrito en el Anexo conforme a los términos establecidos en él y las aplicaciones presupuestarias previstas en el apartado 3 del artículo 29 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

  3.  CERSA cumplirá, en relación con las operaciones que se beneficien del aval otorgado conforme a este Acuerdo, las condiciones aplicables en función del régimen de ayudas de Estado bajo el que se articule cada operación: reglamentos de minimis, Marco Temporal Nacional aprobado por la Decisión SA. 102771 y posteriores modificaciones o cualesquiera otros que CERSA esté aplicando en su actividad habitual.

  4.  Modificar los Acuerdos de Consejo de Ministros por los que se establecen los términos y condiciones de los tramos destinados a CERSA de las líneas de avales aprobadas por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y por el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, para adaptar el plazo de reposición del Fondo de Provisiones Técnicas de CERSA a la duración máxima de los avales, en los términos previstos en el Anexo II.

EXPOSICIÓN

El artículo 29 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, creó una...

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