Resolución de 29 de noviembre de 2019, del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por la que se crean cajas pagadoras del organismo.

MarginalBOE-A-2019-17610
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

La Ley 23/2015, de 21 de julio, creó el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y diferenciada de la del Estado y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, consistentes en el ejercicio de las funciones que le encomienda la citada ley.

El Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, aprueba los estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, regulándose en los mismos su estructura central y periférica, los órganos de dirección y participación institucional, y lo relativo al régimen económico, patrimonial y de contratación.

Para el funcionamiento efectivo del Organismo, se hace preciso crear en su ámbito organizativo una estructura de cajas pagadoras que facilite la gestión de los fondos necesarios para el adecuado desarrollo de sus actividades.

En dicha estructura de cajas pagadoras se incluirán tanto la Caja pagadora Central que se crea mediante esta Resolución, como aquellas que hasta ahora venían funcionando en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social.

Por lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados a justificar, y en el artículo 3 del Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de Caja fija, y en uso de las facultades previstas por el artículo 8.3.k) de los Estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dispongo:

Primero. Caja pagadora Central.

  1.  Se crea la Caja pagadora Central en el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que realizará las funciones a las que se refiere la presente Resolución en relación con los servicios centrales del Organismo, la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Dirección Especial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

  2.  La Caja pagadora Central quedará adscrita a la Secretaría General del Organismo.

Segundo. Integración de las cajas pagadoras de las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social.

Las Cajas pagadoras de las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social existentes a la fecha de entrada en vigor de esta Resolución pasarán a integrarse en la estructura de cajas pagadoras del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, manteniendo su actual adscripción a las Inspecciones Provinciales de...

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