Resolución de 29 de enero de 2021, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.

MarginalBOE-A-2021-1856
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, se hacen públicas, para conocimiento general, las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales Multilaterales en los que España es parte, que se han recibido en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación desde la publicación anterior (BOE n.º 288, de 31 de octubre de 2020) hasta el 26 de enero de 2021.

A. POLÍTICOS Y DIPLOMÁTICOS

AA. Políticos.

– NITI(1) 20161025200.

(1) NITI: Número Identificativo del Tratado Internacional en la base de datos de tratados internacionales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA FUNDACIÓN INTERNACIONAL UE-ALC.

Santo Domingo, 25 de octubre de 2016. BOE: 11-05-2019, n.º 113.

REPÚBLICA CHECA.

21-01-2021 NOTIFICACIÓN.

20-02-2021 ENTRADA EN VIGOR.

AB. Derechos Humanos.

– NITI 19501104200.

CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES.

Roma, 04 de noviembre de 1950. BOE: 10-10-1979, N.º 243; 30-06-1981, N.º 155; 30-09-1986, N.º 234; 06-05-1999, N.º 108.

ARMENIA.

16-09-2020 NOTIFICACIÓN DE NOTA VERBAL.

N.º 3201/C-288/2020.

NOTA VERBAL

La Representación Permanente de la República de Armenia ante el Consejo de Europa saluda atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y tiene el honor de informarle de que el estado de emergencia declarado el 16 de marzo de 2020 en la República de Armenia, en respuesta al brote y la propagación del virus de la COVID-19 a nivel global, expiró con fecha 11 de septiembre de 2020.

Con arreglo al párrafo 3 del artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, la Representación Permanente informa de que el Gobierno de Armenia retira sus derogaciones en el marco de lo dispuesto en los artículos pertinentes del Convenio y sus protocolos.

La Representación Permanente de la República de Armenia ante el Consejo de Europa aprovecha la oportunidad para reiterar a su Secretaria General la expresión de su más alta consideración.

(sello)

Estrasburgo, 16 de septiembre de 2020.

AZERBAIYÁN.

29-09-2020 NOTIFICACIÓN DE NOTA VERBAL.

N.º 5/11-3283/01/20.

El Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Azerbaiyán saluda atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y tiene el honor de informar de que el 27 de septiembre de 2020 las fuerzas armadas de Armenia, violando flagrantemente el régimen de alto el fuego, perpetraron una nueva agresión contra Azerbaiyán, bombardeando intensamente las posiciones de las fuerzas armadas de Azerbaiyán a lo largo del frente, así como los pueblos de Qapanli, del distrito de Terter, Chiragli y Orta Garavend, del distrito de Aghdam, Alkhanli y Shukurbeyli, del distrito de Fizuli, y Jojuq Merjanli, del distrito de Jabrayil, empleando armamento de gran calibre, lanzamorteros y artillería.

Como consecuencia de ello, ha habido víctimas mortales entre los civiles y los militares de Azerbaiyán y se han producido daños importantes en muchas casas y otras infraestructuras civiles.

Este nuevo acto de agresión de Armenia contra Azerbaiyán constituye la continuación de las recientes provocaciones por parte de Armenia, incluyendo el intento de ataque armado contra la región de Tovuz entre el 12 y 16 de julio de 2020, la provocación contra la región de Goranboy, la política de asentamientos ilegales en los territorios ocupados de Azerbaiyán, y las provocativas declaraciones y actividades de los dirigentes armenios.

Con el fin de repeler la agresión militar de Armenia y garantizar la seguridad de las población civil y las zonas residenciales densamente pobladas y plenamente enclavadas en el territorio internacionalmente reconocido de Azerbaiyán, las fuerzas armadas de la República de Azerbaiyán han adoptado medidas de contraofensiva en el marco del derecho de autodefensa y de plena conformidad con el derecho internacional humanitario.

Teniendo en cuenta la ocupación de la región de Nagorno Karabaj de la República de Azerbaiyán y sus distritos adyacentes por parte de las fuerzas armadas de la República de Armenia, los ataques armados contra la República de Azerbaiyán y las provocaciones militares recurrentes, se declaró la ley marcial en todo el país a partir de las 00:00 horas del 28 de septiembre de 2020, de conformidad con el artículo 109, apartado 29, y el artículo 111 de la Constitución de la República de Azerbaiyán, mediante [el] Decreto del Presidente de la República de Azerbaiyán, de 27 de septiembre de 2020, aprobado por la Decisión del Milli Majlis (Parlamento).

Durante la vigencia de la ley marcial, se establecerá un toque de queda entre las 21:00 horas y las 06:00 horas en las ciudades de Baku, Ganja, Sumgayit, Yevlakh, Mingachevir y Naftalan, y los distritos de Absheron, Jabrayil, Fuzuli, Aghjabadi, Beylagan, Aghdam, Barda, Terter, Goranboy, Goygol, Dashkasan, Gadabay, Tovuz, Shamkir, Gazakh y Aghstafa de la República de Azerbaiyán.

Excma. Sra. Marija Pejčinović-Burić.

SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO DE EUROPA.

Estrasburgo.

De conformidad con el párrafo 3 del artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, el Ministerio informa de que, durante la vigencia de la ley marcial, el Gobierno de la República de Azerbaiyán ejercerá el derecho de derogación de sus obligaciones en virtud de los artículos 5, 6, 8, 10 y 11 del Convenio, los artículos 1 y 2 del Protocolo adicional al Convenio, y el artículo 2 del Protocolo número 4 del Convenio, y solicita amablemente a la Secretaria General que distribuya esta información entre los demás Estados parte en el Convenio.

Por la presente, se especifica que las medidas adoptadas por el Gobierno son proporcionadas y adecuadas. De conformidad con el párrafo 1 del artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, la situación exige la adopción de estas medidas, que no están en contradicción con las otras obligaciones [del Estado] que dimanan del derecho internacional.

Además, por la presente se declara que, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, las medidas que derogan las obligaciones contraídas en virtud del Convenio se adoptan sin perjuicio del pleno respeto a de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones recogidos en sus artículos 2, 3, 4 (párrafo 1) y 7.

El Ministerio informará a la Secretaria General de la evolución de la aplicación de la ley marcial y le notificará la fecha en que Azerbaiyán ponga fin a la derogación.

El Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Azerbaiyán aprovecha la oportunidad para reiterar a la Secretaria General del Consejo de Europa el testimonio de su más alta consideración.

(sello)

Baku, 28 de septiembre de 2020.

ARMENIA.

29-09-2020 NOTIFICACIÓN DE NOTA VERBAL.

N.º 3201/C-308/202.

La Representación Permanente de la República de Armenia ante el Consejo de Europa saluda atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y tiene el honor de informar de que, en la madrugada del 27 de septiembre, las fuerzas armadas azeríes lanzaron un ataque de gran magnitud por vía terrestre y aérea con misiles a lo largo de toda la línea de contacto con la República de Artsaj (República de Nagorno Karabaj). El ejército azerí ha recurrido al uso de tanques, helicópteros, artillería pesada, vehículos aéreos no tripulados (UAV, por sus siglas en inglés) y sistemas de lanzamiento múltiple de cohetes, tales como Grad y Smerch, así como otros tipos de armamento de los que dispone. El municipio de Vardenis, al este de la República de Armenia, también ha sufrido ataques con UAV y misiles.

Se trata de una agresión planificada con antelación durante la cual han sido atacados asentamientos civiles, infraestructuras, colegios y guarderías, provocando numerosas víctimas mortales entre militares y civiles, incluidos niños.

Como consecuencia de las operaciones llevadas a cabo por la República de Azerbaiyán, existe una amenaza inminente de ataques armados contra la República de Armenia y de invasión de su territorio, que compromete así su soberanía, seguridad e integridad territorial. La vida y la seguridad de ciudadanos pacíficos corren peligro, lo que exige la adopción de medidas de urgencia.

Más aún, la República de Armenia es la garante de la seguridad de la población de la República de Artsaj, y está dispuesta a cumplir con sus obligaciones como tal.

En este contexto, el Gobierno de Armenia ha impuesto la ley marcial en todo el país y, por la presente, remite adjunta a la presente el texto del Decreto n.º 1568-N del Gobierno de la República de Armenia, de 27 de septiembre de 2020, relativo a la «Declaración de la ley marcial en la República de Armenia», y su anexo relativo a las consiguientes medidas y restricciones.

De conformidad con el artículo 15 de la Convención Europea de Derechos Humanos, la Representación Permanente notifica por la presente la derogación temporal de las obligaciones dispuestas en los artículos 8, 10 y 11 del Convenio, el artículo 1 del Protocolo número 1 del Convenio y el artículo 2 del Protocolo número 4 del Convenio.

La Representación Permanente de la República de Armenia ante el Consejo de Europa aprovecha la oportunidad para reiterar a la Secretaria General del Consejo de Europa el testimonio de su más alta consideración.

(sello)

Estrasburgo, 29 de septiembre de 2020.

SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO DE EUROPA.

Estrasburgo

SERBIA.

13-10-2020 NOTIFICACIÓN DE NOTA VERBAL.

N.º 14969.

El Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Serbia saluda atentamente a la Secretaría General del Consejo de Europa en su condición de depositaria del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales (Convención Europea de Derechos Humanos) y tiene el honor de informar de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR