Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa para la instalación de una reactancia de 150 MVAr en el parque de 400 kV de la subestación de Caparacena, en el término municipal de Atarfe, en la provincia de Granada.

MarginalBOE-A-2015-4139
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Red Eléctrica de España, S.A.U., con domicilio en Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, n.º 177, solicitó con fecha 18 de agosto de 2014, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación que se cita.

El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada.

El expediente se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes.

La petición de Red Eléctrica de España, S.A.U., fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no habiéndose recibido alegaciones.

No habiéndose recibido respuesta, una vez hechas las reglamentarias reiteraciones, de los informes solicitados al Ayuntamiento de Atarfe y a la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada emitió en fecha 17 de diciembre de 2014 informe favorable al proyecto.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió informe, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 5 de marzo de 2015.

Los artículos 10.3 y 10.5 del Real Decreto-Ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista, establece respectivamente:

La Dirección General de Política Energética y Minas no podrá emitir el informe a que hace referencia el artículo 36.3 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en sentido favorable hasta la aprobación por parte del Consejo de Ministros de la nueva planificación de la red de transporte de energía...

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