Resolución de 26 de marzo de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Fundación Albor, para la realización de prácticas de Formación Profesional de la rama sanitaria.
Sección | III - Otras Resoluciones |
Emisor | Consejería de Hacienda y Administración Pública |
Rango de Ley | Resolución |
III OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Fundación Albor, para la realización de prácticas de Formación Profesional de la rama sanitaria.
(2020060669)
Habiéndose firmado el día 3 de marzo de 2020, el Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Fundación Albor, para la realización de prácticas de Formación Profesional de la rama sanitaria, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 26 de marzo de 2020.
La Secretaria General,
PD, La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 11/09/2015, DOE n.º 180, de 17 de septiembre),
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD
Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA FUNDACIÓN ALBOR, PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE FORMACIÓN
PROFESIONAL DE LA RAMA SANITARIA
En la ciudad de Mérida, a 3 de marzo de 2020.
REUNIDOS
De una parte, D. Vicente Caballero Pajares, en calidad de Director General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, según nombramiento dispuesto por Decreto 99/2019, de 2 de agosto (DOE n.º 151, de 6 de agosto), actuando en virtud de delegación de firma conferida por Resolución de 10 de octubre de 2016, cuya vigencia fue ratificada por la Resolución de 4 de julio de 2019, del Consejero y Presidente del INCOEX, por la que se mantiene la vigencia de las delegaciones de competencias y firmas en materias propias de su competencia, actuando en nombre y representación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, con domicilio a los efectos del presente Convenio en avda. de las Américas n.º 2 de la ciudad de Mérida (Badajoz).
De otra parte, D. Luis Martínez Otiñar, en calidad de Presidente del Patronato de la Fundación Albor con CIF G83343863, constituida según consta en escritura pública autorizada por el Notario de Cáceres, D. Pablo Blanco Bueno, el día 6 de junio de 2002, n.º 1487 de protocolo. Consta inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia con el número 762. El nombramiento como Presidente queda recogido en la Elevación a Público de Acuerdos de la Fundación ALBOR de 25 de marzo de 2015, n.º 811 de su Protocolo.
Ambas partes en ejercicio de las atribuciones que les están conferidas, se reconocen recíprocamente capacidad y legitimidad para formalizar el presente acuerdo y
EXPONEN:
Primero. Que la Fundación ALBOR tiene entre sus fines el de "... coadyuvar a la formación personal y académica de los jóvenes que no dispongan de los medios económicos necesarios para ello, desarrollando sus potencialidades a través de la formación y atención continua y posibilitando su activa participación en la sociedad...".
Siendo titular dicha Fundación del centro docente privado de formación profesional (en adelante CDP) "Fundación Albor Córdoba", el cual dispone de autorización administrativa de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, para impartir ciclos formativos grado medio y superior de la rama sanitaria de Formación Profesional (Orden de 30 de mayo de 2016, BOJA 128 de 6 de julio de 2016).
Segundo. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en su artículo 6.2 que "... la participación de las empresas y otras entidades en el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional se desarrollará, entre otros, en los ámbitos de la formación del personal docente, la formación de los alumnos en los centros de trabajo y la realización de otras prácticas profesionales, así como en la orientación profesional y la participación de profesionales cualificados del sistema productivo en el sistema formativo...", y que "... dicha colaboración se...
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