Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del cuarto y quinto tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, con la finalidad principal de financiar inversiones de pymes y autónomos pertenecientes al sector turístico, hostelería y actividades conexas, y para reforzar los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (CERSA).

MarginalBOE-A-2020-16906
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de diciembre de 2020, ha adoptado un Acuerdo por el que se establecen los términos y condiciones del cuarto y quinto tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, con la finalidad principal de financiar inversiones de pymes y autónomos pertenecientes al sector turístico, hostelería y actividades conexas, y para reforzar los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (CERSA).

A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020, esta Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 22 de diciembre de 2020.–La Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Ana de la Cueva Fernández.

ANEXO

El Consejo de Ministros, acuerda:

  1.  Con el fin de atender las necesidades de inversiones y liquidez del sector turístico, hostelería y actividades conexas, establecer, de acuerdo con lo regulado en el artículo 1 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, las condiciones aplicables y requisitos a cumplir, detallados en el anexo I, para el cuarto tramo de la línea de avales, que ascenderá a un importe de 500 millones de euros. Mediante este cuarto tramo, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital avalará la financiación concedida por las entidades financieras supervisadas consideradas elegibles, a pymes y autónomos, pertenecientes al sector turístico, hostelería y actividades conexas, para atender sus necesidades derivadas de la realización de nuevas inversiones, así como las necesidades de liquidez.

  2.  Con el propósito de fomentar el acceso de las pymes de todas las áreas geográficas a la financiación para cubrir sus necesidades de liquidez y fomentar la realización de inversiones que aumenten el crecimiento potencial del país, establecer las condiciones aplicables y requisitos a cumplir, detallados en el anexo II, para el quinto tramo de la línea de avales del artículo 1 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, por importe de 500 millones de euros, que reforzará los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (CERSA).

  3.  Los importes correspondientes a los quebrantos que se produzcan por la ejecución del aval descrito en el Anexo I se atenderán conforme a los términos establecidos en ellos y las aplicaciones presupuestarias previstas en el apartado 4 del artículo 1 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. Los gastos de gestión y administración del Instituto de Crédito Oficial de los avales se atenderán desde las partidas presupuestarias del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital establecidas al efecto y conforme a los términos indicados en el Anexo I de este Acuerdo y la autorización de límites para adquirir compromisos de gasto en ejercicios futuros recogida en el anexo III de este Acuerdo.

  4.  Facultar al Instituto de Crédito Oficial para que, en el ámbito de sus competencias, a través de sus órganos competentes, resuelvan cuantas incidencias prácticas pudiesen plantearse para la ejecución de esta línea de avales y durante toda la vigencia de las operaciones. En aquellas cuestiones que puedan tener implicaciones presupuestarias o para su equilibrio financiero, el Instituto de Crédito Oficial podrá hacer las propuestas correspondientes a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos para su consideración.

  5.  Autorizar al Instituto de Crédito Oficial a cargar en el Fondo de Provisión creado por el Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de octubre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera, los quebrantos por ejecución de los avales, así como los costes financieros y gastos de gestión y administración que para el Instituto de Crédito Oficial suponga la instrumentación de la línea de avales por cuenta del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

  6.  Mandatar al Instituto de Crédito Oficial para que dentro de los veinte días siguientes a la adopción de este Acuerdo de Consejo de Ministros, disponga lo necesario para la puesta en marcha de forma efectiva de esta línea de avales, sin que se requiera desarrollo normativo o administrativo posterior para su aplicación.

  7.  En relación con el cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado, estos dos tramos de la línea de avales se configuran de conformidad con el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, aprobado por la Comisión Europea en su Decisión SA.56851 (2020/N), de 2 de abril y sus subsiguientes modificaciones.

EXPOSICIÓN

No cabe duda de que las líneas de avales liberadas por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital están entre las más exitosas de la Unión Europea. Varios organismos internacionales reconocen el papel clave que este instrumento de política financiera ha jugado en contener las tensiones financieras de empresas y autónomos españoles, a la par que ha puesto a su disposición mecanismos financieros para acometer las necesarias inversiones para la mejora del tejido productivo español.

Hasta la fecha, el porcentaje de cobertura máximo de los avales concedidos ha sido del 80%. Se trata de una decisión equilibrada desde el punto de vista financiero: a la vez que se otorga una red de seguridad importante a las entidades financieras para fomentar la concesión de crédito, se garantiza que éstas realizan un sólido análisis de riesgos, ya que siguen asumiendo parte del riesgo de crédito.

No obstante, el sector turístico, de hostelería y de actividades conexas están sufriendo especialmente los efectos de la pandemia. Las restricciones internacionales a la movilidad han hecho que las llegadas de turistas se reduzcan de forma muy intensa de manera que hasta octubre había visitado nuestro país 17,9 millones de turistas internacionales, frente a los 74,7 millones que llegaron durante los diez primeros meses de 2019. Como consecuencia, el gasto total de los...

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