Resolución de 19 de julio de 2022, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.

MarginalBOE-A-2022-12485
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, se hacen públicas, para conocimiento general, las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales Multilaterales en los que España es parte, que se han recibido en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación desde la publicación anterior (BOE n.º 105 de 5 de mayo de 2022) hasta el 11 de julio de 2022.

A. POLÍTICOS Y DIPLOMÁTICOS

AB Derechos Humanos.

– NITI(1) 19501104200.

(1) NITI: Número Identificativo del Tratado Internacional en la base de datos de tratados internacionales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES.

Roma, 04 de noviembre de 1950. BOE: 10-10-1979, N.º 243; 30-06-1981, N.º 155; 30-09-1986, N.º 234; 06-05-1999, N.º 108.

UCRANIA.

24-03-2022 NOTIFICACIÓN DE NOTA VERBAL CON EFECTOS DESDE EL 16-03-2022.

NOTA VERBAL:

N.º 31011/32-017-19264.

NOTA VERBAL.

La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y tiene el honor de transmitirle la siguiente información en nombre del Gobierno de Ucrania en lo que respecta a las medidas adoptadas por las que se derogan algunas de sus obligaciones contraídas en virtud del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, con arreglo a la Ley n.º 2111-IX, de 3 de marzo de 2022, por la que se modifican el Código de Enjuiciamiento Criminal de Ucrania y su Ley de prisión provisional para la regulación complementaria de la aplicación de la ley en el marco de la ley marcial.

La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la ocasión para reiterar a la Secretaria General del Consejo de Europa el testimonio de su más alta consideración.

Anexo: Según lo indicado.

(sello) Estrasburgo, 14 de marzo de 2022.

Secretaria General del Consejo de Europa.

Estrasburgo.

UCRANIA.

28-03-2022 NOTIFICACIÓN DE NOTA VERBAL CON EFECTOS DESDE EL 28-03-2022.

NOTA VERBAL:

N.º 31011/32-119-22401.

NOTA VERBAL.

La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y tiene el honor de transmitirle la siguiente información en nombre del Gobierno de Ucrania en lo que respecta a las medidas adoptadas por las que se derogan algunas de sus obligaciones contraídas en virtud del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, con arreglo al Decreto Presidencial n.º 133/2022, de 14 de marzo de 2022, por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania, aprobado por la Ley n.º 2119-IX, de 15 de marzo de 2022, por la que se aprueba el Decreto Presidencial por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania.

La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la ocasión para reiterar a la Secretaria General del Consejo de Europea el testimonio de su más alta consideración.

Anexo: Según lo indicado.

(sello) Estrasburgo, 26 de marzo de 2022.

La Secretaria General del Consejo de Europa.

Estrasburgo.

Adjunto.

En relación con la agresión militar en curso de la Federación de Rusia a Ucrania, partiendo de una propuesta del Consejo de Seguridad Nacional y Defensa de Ucrania, de conformidad con el apartado 20 del artículo 106 de la Constitución de Ucrania [y] la ley ucrania sobre el régimen jurídico de la ley marcial, se adoptó el Decreto Presidencial n.º 133/2022, de 14 de marzo de 2022, por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania.

Dicho decreto se aprobó mediante la Ley n.º 2119-IX, de 15 de marzo de 2022, por la que se aprueba el Decreto Presidencial por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania.

Dicha ley se anunció inmediatamente en los medios y entró en vigor en la fecha de su publicación, el 18 de marzo de 2022.

Por medio del citado decreto, se prorrogó la vigencia de la ley marcial en Ucrania por un plazo de 30 días desde las 5.30 am del 26 de marzo de 2022.

El decreto entró en vigor al mismo tiempo que la ley de aprobación del decreto presidencial.

MOLDAVIA.

28-04-2022 NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN CON EFECTOS DESDE EL 28-04-2022.

COMUNICACIÓN:

La Representación Permanente de la República de Moldavia ante el Consejo de Europa, de conformidad con el artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, notifica que el 21 de abril de 2022, el Parlamento de la República de Moldavia ha aprobado la prórroga del estado de emergencia, del 25 de abril al 23 de junio de 2022, en todo el territorio de la República de Moldavia, por la situación relativa a la seguridad regional y la amenaza que ello supone para la seguridad nacional. Se adjunta a la presente nota la decisión del Parlamento n.° 105, del 21 de abril de 2022.

Las medidas existentes, ya en vigor o que se contempla aplicar durante el periodo del estado de emergencia mencionado, implican o pueden implicar restricciones como: ordenar, si fuera necesario, que se establezca un régimen especial de entrada y salida del país; establecer un régimen especial para el uso del espacio aéreo; establecer un régimen especial de circulación en el territorio incluida la circulación y el control de mercancías; expulsar del territorio nacional a personas cuya presencia pudiera alterar el orden público y la seguridad del país; evacuar temporalmente a la población de las zonas en las que exista un riesgo para la vida y proporcionarles obligatoriamente alojamiento provisional o permanente; destinar medios económicos a la aplicación de las directrices de la Comisión para las situaciones excepcionales de la República de Moldavia, si fuera necesario; establecer un régimen de trabajo especial para los agentes económicos y las instituciones públicas, resolver otras cuestiones relacionadas con sus actividades, necesarias para llevar a cabo las operaciones de salvamento y rescate y otras operaciones urgentes; prohibir las concentraciones, manifestaciones públicas y otras acciones multitudinarias; prohibir la creación y la actividad de grupos paramilitares de personas en el territorio del Estado; ordenar, en caso necesario, la interrupción temporal del suministro de gas, energía y agua potable; adoptar las decisiones necesarias para emprender acciones rápidas de suministro de gas natural, electricidad y otras fuentes de energía, incluso mediante la suspensión de disposiciones legales; coordinar la actividad de los medios de comunicación en relación con la introducción de reglas especiales de uso de las telecomunicaciones, la lucha contra la desinformación, las noticias falsas y los discursos de odio; prohibir el despido de empleados, salvo en los casos previstos por la normativa vigente, durante este periodo; modificar el procedimiento para el nombramiento y cese de los responsables de los agentes económicos y de las instituciones públicas; la participación de los ciudadanos en la prestación de servicios de interés público con arreglo a la Ley; incautar bienes, según las modalidades previstas por la Ley, con el fin de prevenir y resolver las consecuencias de las situaciones que han exigido la declaración del estado de emergencia; ejecutar las acciones necesarias para prevenir, paliar y eliminar las consecuencias de las situaciones que han provocado la declaración del estado de emergencia; adoptar las medidas necesarias para la gestión de los flujos migratorios; acceder a la asistencia internacional mientras dure el estado de emergencia y gestionarla.

La aplicación de estas medidas ha obligado a la República de Moldavia a suspender, de conformidad con el artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, la aplicación de ciertas disposiciones del Convenio y de sus protocolos.

En un contexto de graves amenazas para la seguridad nacional en las proximidades de la frontera terrestre entre la República de Moldavia y Ucrania, incluidas las de naturaleza humanitaria, económica, energética y militar, que se derivan de la guerra que continua en el territorio de Ucrania, las anteriores medidas resultan esenciales y cruciales para la protección de la seguridad nacional del país.

De conformidad con el párrafo 3 del artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, la Representación Permanente de la República de Moldavia ante el Consejo de Europa informará al Secretario General del Consejo de Europa de la evolución de la situación en relación con el estado de emergencia, así como del momento en que esas medidas y suspensiones hayan dejado de estar en vigor y las disposiciones del Convenio vuelvan a tener plena aplicación en el territorio de la República de Moldavia.

UCRANIA.

29-04-2022 NOTIFICACIÓN DE NOTA VERBAL.

NOTA VERBAL:

La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y tiene el honor de transmitirle la siguiente información en nombre del Gobierno de Ucrania, sobre las medidas adoptadas por las que se suspenden algunas de sus obligaciones contraídas en virtud del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, con arreglo al Decreto Presidencial n.º 259/2022, de 18.04.2022, por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania, aprobado por la Ley n.º 2212-IX, de 21.04.2022, por la que se aprueba el Decreto Presidencial por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania.

La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la ocasión para reiterar a la Secretaria General del Consejo de Europea el testimonio de su más alta consideración.

Anexo: Según lo indicado.

(sello) Estrasburgo, 29 de abril de 2022.

La Secretaria General del Consejo de...

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