Resolución de 17 de octubre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2016-9648
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo («BOE» de 22 de marzo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016 y con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración General del Estado,

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («BOE» de 2 de octubre), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar procesos selectivos, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.

Ambos procesos son independientes y se regirán por las mismas bases.

La presente Resolución tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 20 de noviembre de 2015, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

En todo aquello que no contradiga lo dispuesto en las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público, respectivamente, las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («BOE» de 27 de noviembre).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    Se convocan dos procesos selectivos para el ingreso en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social, código 1603, uno para cubrir 15 plazas por el sistema general de acceso libre, y otro para cubrir 10 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 5 del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo.

    Del total de las plazas convocadas se reservará 1 del sistema general de acceso libre y 1 del sistema de promoción interna para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado igual o superior al 33%.

    De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, la plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad, por el sistema general de acceso libre, no se acumulará a las de acceso general. La plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad, por promoción interna, se acumulará a las de acceso general por promoción interna.

    En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

    Los aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.

    En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 15 de abril).

    Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

  2. Procesos selectivos

    2.1 Sistema.

    Los procesos selectivos se realizarán mediante oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre, y mediante concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

    2.2 Programa.

    El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo II a esta Resolución.

    2.3 Desarrollo.

    El primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La fase de oposición del proceso selectivo tendrá una duración máxima prevista de siete meses. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días hábiles excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

    El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «H», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 24 de febrero de 2016 («BOE» de 26 de febrero), por la que se anuncia el resultado del sorteo celebrado el día 24 de febrero de 2016. De acuerdo con dicha Resolución, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «H», el orden de actuación se iniciará por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «I» y así sucesivamente.

    2.4 Comunicaciones.

    La presente Resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la página web de la Seguridad Social: «www.seg-social.es» (Menú: «Información útil»/Oferta pública de empleo) así como en la página del portal del ciudadano www.administracion.gob.es/

  3. Participantes

    3.1 Titulación.

    Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

    Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

    3.2 Nacionalidad.

    Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

    3.3 Requisitos específicos del acceso por promoción interna.

    Los aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna deberán cumplir, además de los requisitos contemplados en los apartados 3.1 y 3.2, los siguientes:

    – Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

    – Antigüedad: haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

    3.4 Situación de embarazo de riesgo o parto.

    Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de las listas de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

    3.5 Acceso de personas con discapacidad.

    De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que reflejarán sus necesidades específicas.

  4. Tribunal

    El Tribunal calificador de estos procesos selectivos es el que figura en el anexo III a esta Resolución.

    El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

    El Tribunal no podrá introducir medidas de corrección o criterios de valoración y superación de las pruebas que no estén expresamente previstas en las bases.

    En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria en la fecha que determine el Tribunal.

    A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR