RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2019, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de apoyo a la realización de proyectos de I+D para investigadores de la Universidad Politécnica de Madrid beneficiarios de la Convocatoria “Beatriz Galindo” del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, convocatoria relativa a los años 2019-2022.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorUniversidad Politecnica de Madrid
Rango de LeyResolución

La Comunidad de Madrid, a través de su V-PRICIT, ha establecido un marco para alcanzar los objetivos regionales referidos a la I+D+i hasta el año 2020, tanto en lo que se refiere a la generación del conocimiento, como a la progresiva valorización de este para generar riqueza, empleo, bienestar y responder a las demandas de la sociedad en su conjunto.

El V-PRICIT se ha estructurado alrededor de tres ámbitos: a) mejora de las capacidades del sistema, centrada en tres aspectos: reforzar los organismos de investigación y su equipamiento científico; atracción y retención de talento tanto joven como senior; e impulso a los proyectos con proyección singular; b) impulso a las vías para un aprovechamiento más eficaz de la actividad generada en el sistema a través de la valorización realista de los resultados de la I+D+i, la protección de esos resultados y la creación de start-ups y spin-offs; y c) aumento del nivel de coordinación de los esfuerzos en I+D+i con fondos europeos, nacionales y regionales a través de la articulación del conjunto del sistema y su masa crítica.

La Universidad Politécnica de Madrid se alinea con estos objetivos a través del Convenio Plurianual entre la Administración de la Comunidad de Madrid y la Universidad Politécnica de Madrid para la Regulación del Marco de Cooperación en el Sistema Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica, firmado en 2019, así como mediante su Plan Estratégico 2016-22, que incluye como objetivos dentro de la línea estratégica de investigación: priorizar la investigación excelente, internacional e interdisciplinar, aumentar la visibilidad e impacto de su investigación y dinamizar la transferencia de resultados de I+D+i.

La línea de actuación “Fondos de Investigación para las Ayudas Beatriz-Galindo” se articula en colaboración con la Universidad como centro productor de conocimiento e impulsor del desarrollo económico y social. Con esta se pretende apoyar las estrategias de la Universidad en materia de I+D+i primando la excelencia científica. Está directamente vinculada al V-PRICIT a través del Programa-1, “Atracción y retención del talento en la comunidad de Madrid”, favoreciendo el acceso, la formación y la estabilidad de jóvenes investigadores, proporcionando nuevos recursos, y sobre todo a través del Programa-3 “Apoyo al desarrollo de proyectos de I+D+i”, favoreciendo la creación y consolidación de grupos de investigación de calidad e incentivar espacios de colaboración para desarrollar proyectos de mayor escala e impacto científico, económico, social y cultural, y apoyando el acceso de los grupos de investigación a una posible financiación estatal e internacional.

Las actividades de investigación desarrolladas en estas ayudas deberán observar los principios éticos fundamentales que figuran en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina (convenio de Oviedo), asegurando el respeto y la protección de la dignidad y la vida humanas, la igualdad de género, la confidencialidad de los datos de las personas y el respeto a su intimidad, así como la protección de los animales y el medio ambiente y demás normativa aplicable. A tal efecto, estos proyectos de I+D incluirán, siempre que proceda, un apartado sobre aspectos éticos relevantes y su toma en consideración por parte de los autores.

Por cuanto antecede,

DISPONGO

Artículo

Objeto y ámbito de aplicación

El objeto de la presente disposición es establecer las Bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de proyectos de I+D liderados por investigadores de la Universidad Politécnica de Madrid beneficiarios de la Convocatoria Beatriz Galindo del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Los objetivos de las ayudas serán:

La coordinación con las estrategias de la Universidad y su impulso.

La creación y consolidación de grupos y líneas de investigación.

La promoción de jóvenes investigadores.

La mejora de la eficiencia de los fondos dirigidos a proyectos.

El aumento de la competitividad de los investigadores.

Estas Bases reguladoras serán aplicables a las convocatorias de estas ayudas que se publiquen a partir de su aprobación dentro del período de vigencia del V-PRICIT, sin perjuicio del ámbito temporal necesario para la finalización de la actividad subvencionada y su posterior justificación, según lo que indiquen las convocatorias y las resoluciones de concesión de las ayudas.

Artículo 2

Requisitos de las personas solicitantes

Podrán ser solicitantes todos los investigadores en activo contratados por la Universidad Politécnica de Madrid, que hayan resultado beneficiarios de la Convocatoria Beatriz Galindo del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Artículo 3

Beneficiarios

A los efectos de esta orden podrán tener la condición de beneficiarios los investigadores solicitantes que cumplan las condiciones expresadas en el Artículo 2.

No podrá obtener la condición de beneficiario aquel que concurra en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Artículo 4

Naturaleza y cuantía de las ayudas

La naturaleza jurídica de estas ayudas es la de subvención.

Los beneficiarios recibirán una ayuda con una duración máxima de cuatro años a partir de la resolución dentro del período de vigencia del V-PRICIT.

La cuantía total de la ayuda será de un máximo de 60.000 euros por año para investigadores modalidad senior, y 40.000 euros por año para modalidad junior.

Las ayudas serán compatibles con otras aportaciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que el importe conjunto de éstas sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, no supere el coste total de la actividad financiada.

En caso de que los beneficiarios reciban otras ayudas de fondos públicos o privados para la misma actuación y con conceptos semejantes, deberán hacerlo constar así en la solicitud mediante la presentación de la correspondiente declaración. Si recibieran otras ayudas una vez presentada la solicitud, deberán hacerlo constar en los informes de seguimiento y finales correspondientes a la convocatoria correspondiente, de manera que los beneficiarios no incurran en el supuesto de doble financiación, el cual...

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