Resolución de 12 de enero de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se corrigen errores en la de 22 de noviembre de 2022, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.

MarginalBOE-A-2023-1602
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

Advertidos errores en el Anexo de la Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 286, de 29 de noviembre de 2022, procede a efectuar la oportuna rectificación:

Se publica de nuevo el Anexo.

Madrid, 12 de enero de 2023.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.

ANEXO Código Mundial Antidopaje Estándar internacional

Lista de prohibiciones 2023

Esta lista entrará en vigor el 1 de enero de 2023.

Tabla de contenido

El listado de ejemplos de problemas médicos que sigue a continuación no es exhaustivo.

Sustancias y métodos prohibidos en todo momento.

S0 Sustancias sin aprobación.

S1 Agentes anabolizantes.

Algunas de estas sustancias pueden hallarse, entre otros, en medicamentos utilizados en el tratamiento, por ejemplo, del hipogonadismo masculino.

S2 Hormonas peptídicas, factores de crecimiento y sustancias afines y miméticos.

Algunas de estas sustancias pueden hallarse, entre otros, en medicamentos utilizados en el tratamiento, por ejemplo, de la anemia, del hipogonadismo masculino y del déficit de la hormona de crecimiento.

S3 Beta-2 agonistas.

Algunas de estas sustancias pueden hallarse, entre otros, en medicamentos utilizados en el tratamiento, por ejemplo, del asma y de otras enfermedades respiratorias.

S4 Moduladores de hormonas y del metabolismo.

Algunas de estas sustancias pueden hallarse, entre otros, en medicamentos utilizados en el tratamiento, por ejemplo, del cáncer de mama, de la diabetes, de la infertilidad (femenina) y del síndrome de ovario poliquístico.

S5 Diuréticos y agentes enmascarantes.

Algunas de estas sustancias pueden hallarse, entre otros, en medicamentos utilizados en el tratamiento, por ejemplo, de la insuficiencia cardíaca y de la hipertensión.

M1- M2- M3 Métodos prohibidos.

Sustancias y métodos prohibidos en competición.

S6 Estimulantes.

Algunas de estas sustancias pueden hallarse, entre otros, en medicamentos utilizados en el tratamiento, por ejemplo, de la anafilaxis, de los trastornos por déficit de atención con hiperactividad (TDAH) y de los síntomas del resfriado y de la gripe.

S7 Narcóticos.

Algunas de estas sustancias pueden hallarse, entre otros, en medicamentos utilizados en el tratamiento, por ejemplo, del dolor, en especial, de las lesiones musculoesqueléticas.

S8 Cannabinoides.

S9 Glucocorticoides.

Algunas de estas sustancias pueden hallarse, entre otros, en medicamentos utilizados en el tratamiento, por ejemplo, de la alergia, de la anafilaxis, del asma y de la enfermedad inflamatoria intestinal.

Sustancias prohibidas en ciertos deportes.

P1 Betabloqueantes.

Algunas de estas sustancias pueden hallarse, entre otros, en medicamentos utilizados en el tratamiento, por ejemplo, de la insuficiencia cardíaca y de la hipertensión.

Lista de prohibiciones 2023

Código Mundial Antidopaje

Vigente desde el 1 de enero de 2023

Introducción

La Lista de Prohibiciones es un Estándar Internacional obligatorio que forma parte del Programa Mundial Antidopaje.

La Lista se actualiza con carácter anual tras un proceso de consultas exhaustivo bajo los auspicios de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). Esta Lista entrará en vigor el 1 de enero de 2023.

La Lista de Prohibiciones, en su versión oficial, será actualizada por la AMA y publicada en sus versiones en inglés y en francés. En caso de conflicto entre las versiones inglesa y francesa, prevalecerá la versión inglesa.

A continuación, siguen algunos de los términos que se utilizan en la Lista de sustancias prohibidas y métodos prohibidos.

Prohibidos en competición.

Salvo que la AMA apruebe un periodo distinto para un deporte concreto, por periodo en competición se entenderá, en principio, el periodo que comienza justo antes de la medianoche (23.59 h) del día anterior a celebrarse una competición en la que esté prevista la participación del deportista y que finaliza al hacerlo dicha competición y el proceso de recogida de muestras.

Prohibidos en todo momento.

Sustancia o método prohibidos en todo momento, tanto en competición como fuera de competición, según la definición del Código.

Específicos y no específicos.

Con arreglo al artículo 4.2.2 del Código Mundial Antidopaje, «[a] efectos de la aplicación del artículo 10, todas las sustancias prohibidas se considerarán sustancias específicas, salvo que se indique en la Lista de Prohibiciones. Ningún método prohibido se considerará método específico, a menos que figure específicamente como tal en la Lista de Prohibiciones». Según el comentario al artículo, «[las] sustancias y los métodos específicos mencionados en el artículo 4.2.2 no deben considerarse en modo alguno menos importantes o menos peligrosos que otras sustancias o métodos dopantes. Se trata simplemente de sustancias y métodos más susceptibles de ser consumidos o usados por un deportista con un fin distinto a la mejora de su rendimiento deportivo».

Sustancias de abuso.

Con arreglo al artículo 4.2.3 del Código, las sustancias de abuso son aquellas sustancias que tienen esta consideración porque en la sociedad se abusa de ellas con frecuencia en contextos distintos de los deportivos. Las sustancias que se enumeran a continuación se consideran sustancias de abuso: cocaína, diamorfina (heroína), metilendioximetanfetamina (MDMA/«éxtasis»), tetrahidrocannabinol (THC).

S0. Sustancias sin aprobación

Sustancias prohibidas en todo momento (en competición y fuera de competición).

Todas las sustancias prohibidas en esta clase son sustancias específicas.

Se prohíbe en todo momento toda sustancia farmacológica que no esté incluida en alguna de las secciones siguientes de la Lista y que no esté actualmente aprobada por alguna autoridad gubernamental reguladora de la salud para uso terapéutico humano (por ejemplo, medicamentos en desarrollo preclínico o clínico o suspendidos, drogas de diseño, sustancias aprobadas únicamente para uso veterinario).

Esta clase comprende muchas sustancias distintas, incluidas, entre otras, el péptido BPC-157.

S1. Agentes anabolizantes

Sustancias prohibidas en todo momento (en competición y fuera de competición).

Todas las sustancias prohibidas en esta clase son sustancias no específicas.

Se prohíben los agentes anabolizantes.

  1.  Esteroides Anabolizantes Androgénicos (EAA).

    Cuando se administran por vía externa, incluidos, entre otros:

    – 1-androstenediol (5α-androst-1-ene-3β,17β-diol);

    – 1-androstenediona (5α-androst-1-ene-3,17-diona);

    – 1-androsterona (3α-hidroxi-5α-androst-1-en-17-ona);

    – 1-epiandrosterona (3β-hidroxi-5α-androst-1-en-17-ona);

    – 1-testosterona (17β-hidroxi-5α-androst-1-en-3-ona);

    – 4-androstenediol (androst-4-ene-3β,17β-diol);

    – 4-hidroxitestosterona (4,17β-dihidroxiandrost-4-en-3-ona);

    – 5-androstenediona (androst-5-ene-3,17-diona);

    – 7α-hidroxi-DHEA;

    – 7β-hidroxi-DHEA;

    – 7-ceto-DHEA;

    – 17α-metilepitiostanol (epistane);

    – 19-norandrostenediol (estr-4-ene-3,17-diol);

    – 19-norandrostenediona (estr-4-ene-3,17-diona);

    – androst-4-ene-3,11,17-triona (11-ceto-androstenediona, adrenosterona);

    – androstanolona (5α-dihidrotestosterona,17β-hidroxi-5α-androstan-3-ona);

    – androstenediol...

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