RESOLUCIÓN AAM/1389/2014, de 12 de junio, de nombramiento de la señora Anna Boada Nicolau como jefa del Gabinete del Consejero del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyResolución

Visto lo que dispone el artículo 12 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509A, de 3.11.1997);

Visto lo que dispone el artículo 4 del Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 4300, de 13.1.2005), que establece que las personas nombradas personal eventual tomarán posesión de los puestos de trabajo en el plazo máximo de tres días hábiles contadores desde el día siguiente a la publicación oficial del nombramiento, excepto que la misma resolución disponga de un plazo diferente posterior a la publicación;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

–1 Nombrar a la señora Anna Boada Nicolau jefa del Gabinete del Consejero del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, con las obligaciones y los derechos inherentes al cargo y con efectos a partir del día 13 de junio de 2014.

–2 Las funciones que corresponden a este puesto de trabajo son:

  1. Dar soporte y asistencia a las actividades del/ de la consejero/a.

  2. Coordinar las unidades que dependen.

  3. Qualquier otra función que le encargue el/la consejero/a.

–3 Las retribuciones de este puesto de trabajo son las correspondientes a un puesto de funcionario del grupo A, nivel de complemento de destino 30 y complemento específico de 38.916,72 euros anuales.

–4 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer potestativamente, y de acuerdo con lo que establecen el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin...

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