RESOLUCIÓN CLT/1252/2013, de 7 de junio, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de 6 de junio de 2013, de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia cultural para el año 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA
Rango de LeyResolución

Visto el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural adoptado en la sesión que ha tenido lugar el 6 de junio de 2013, que aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia cultural para el año 2013,

Resuelvo:

Que se publique íntegramente en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de 6 de junio de 2013, de convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia cultural para el año 2013.

Barcelona, 7 de junio de 2013

Pilar Pifarré i Matas

Presidenta del Consejo de Administración

Acuerdo

del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de 6 de junio de 2013, de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia cultural para el año 2013.

Visto el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, adoptado en la sesión de 22 de noviembre de 2012, por el que se aprueban las bases generales que tienen que regir la concesión de subvenciones en materia cultural, publicado mediante la Resolución CLT/2934/2012, de 21 de diciembre (DOGC núm. 6287, de 7.1.2013);

Visto el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, adoptado en la sesión de 17 de abril de 2013, por el que se aprueban las bases específicas que tienen que regir la concesión de subvenciones en materia cultural, publicada mediante la Resolución CLT/905/2013, de 18 de abril (DOGC núm. 6372, de 9.5.2013);

Visto el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, adoptado en la sesión de 6 de junio de 2013, por el que se modifican las bases específicas anteriores;

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92.4 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 7.3.a) de los Estatutos de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural (OSIC), aprobados por el Decreto 7/2012, de 10 de enero;

A propuesta del Departamento de Cultura y de la Institución de las Letras Catalanas, el Consejo de Administración acuerda:

-1 Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia cultural para el año 2013, en las líneas siguientes:

  1. Ámbito de las artes:

    1. Programaciones estables de actividades culturales de carácter profesional de artes escénicas y música (apartado 1.1 del Anexo de las bases específicas).

    2. Programaciones estables de actividades culturales de carácter profesional en el ámbito de las artes visuales (apartado 1.2 del Anexo de las bases específicas).

    3. Proyectos artísticos que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales (apartado 1.5 del Anexo de modificación de las bases específicas).

    4. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito de la música (apartado 1.6 del Anexo de modificación de las bases específicas).

    5. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito de la danza (apartado 1.7 del Anexo de modificación de las bases específicas).

    6. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito del circo (apartado 1.8 del Anexo de modificación de las bases específicas).

    7. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito del teatro (apartado 1.9 del Anexo de modificación de las bases específicas).

    8. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito de las artes visuales (apartado 1.10 del Anexo de modificación de las bases específicas).

  2. Ámbito de la lengua y las letras:

    1. Iniciativas de entidades sin ánimo de lucro dirigidas a promover el uso de la lengua catalana en Cataluña (apartado 2.1 del Anexo de las bases específicas).

    2. Iniciativas de empresas dirigidas a promover el uso de la lengua catalana en Cataluña (apartado 2.2 del Anexo de las bases específicas).

    3. Actividades literarias (apartado 2.4 del Anexo de las bases específicas).

    Se convocan subvenciones en las modalidades siguientes:

  3. Creación de obras literarias en lengua catalana.

  4. Traducción al catalán de obras literarias de especial relevancia en otras lenguas.

  5. Investigación sobre movimientos, obras y autores o autoras y crítica literaria de literatura catalana.

  6. Actividades de promoción y difusión de la literatura en catalán.

    1. Edición de obras literarias de especial interés cultural en catalán y occitano (apartado 2.5 del Anexo de las bases específicas).

    2. Proyectos que articulen los sectores profesionales en el ámbito de las letras catalanas (apartado 2.8 del Anexo de modificación de las bases específicas).

  7. Ámbito del patrimonio cultural:

    1. Conservación preventiva y conservación-restauración de los bienes culturales muebles del patrimonio cultural catalán (apartado 3.1 del Anexo de las bases específicas).

    2. Becas para hacer prácticas relacionadas con los diversos procesos de la conservación-restauración de los bienes culturales muebles (apartado 3.2 del Anexo de las bases específicas).

      La duración de las becas es de un máximo de tres meses. Se concederán un máximo de diez becas, de 1.020 euros mensuales, para la realización de prácticas en las especialidades siguientes:

      Dos becas para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de pintura sobre tela.

      Dos becas para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de pintura y escultura sobre madera.

      Una beca para restauración de pintura mural.

      Una beca para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de escultura en piedra.

      Dos becas para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de materiales arqueológicos y etnológicos.

      Una beca para técnicas fotográficas aplicadas a la restauración de bienes culturales muebles.

      Una beca para análisis físico-químicos aplicados a bienes culturales muebles objeto de conservación-restauración.

    3. Becas para colaborar en varios programas del Archivo Nacional de Cataluña (apartado 3.3 del Anexo de las bases específicas). La duración de las becas es de un máximo de tres meses. Se concederán un máximo de diecinueve becas, distribuidas de la siguiente manera:

  8. Diecisiete becas de 1.200 euros mensuales, para la realización de prácticas en las especialidades siguientes:

    Cinco becas para colaborar en la descripción de diferentes fondos documentales del siglo XX conservados en el Archivo Nacional de Cataluña.

    Una beca para colaborar en la descripción de diferentes fondos de época medieval y moderna...

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