Resl Decreto 619/1990, de 18 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1/1987, de 1 de enero, que determina la Estructura Organica básica del Ministerio de Defensa.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas

El Proceso de Definicion y consolidación del Ministerio de Defensa, cómo Organo de la administración Central del estado, requiere modificar su Estructura Organica por razones de eficacia en la elaboración, determinación y ejecución de la Politica militar, en la que adquire especial significado el ejercicio de la Función Pública militar y las condiciones generales en que ha de prestarse el Servicio Militar.

En su virtud, a iniciativa del ministro de defensa, a propuesta del ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del consejo de ministros, en su reunión del dia 18 de mayo de 1990

D i s p o n g o :

Artículo 1 De La Secretaria de estado de administración militar.

Uno. Se crea La Secretaria de estado de administración militar, Organo superior principal colaborador del ministro en la Preparacion, Direccion y desarrolló de la Politica de personal, enseñanza y Servicio Militar del departamento, pudiendo dictar, a tal fin, las Directrices e instrucciones generales y particulares necesarias.

Dos. La Secretaria de estado de administración militar asumirá las funciones y centros directivos que determina el artículo 12 del Real Decreto 1/1987, de 1 de enero, y las que las demás normas atribuyen a la subsecretaría de defensa.

Tres. Además del Gabinete que establece el Real Decreto 3775/1982, de 22 de diciembre, El Secretario de estado de administración militar dispone de un Gabinete Tecnico cómo Organo de Apoyo, Asesoramiento y Asistencia inmediata. El Director de Gabinete Tecnico será un Oficial general u Oficial superior, con nivel orgánico de Subdirector General.

Art. 2. De La Dirección general del Servicio Militar.

Uno. Se crea La Dirección general del Servicio Militar, cómo Centro Directivo al que corresponde la Preparacion, planeamiento y desarrolló de la Politica de reclutamiento y condiciones generales de prestación del Servicio Militar, asi cómo la supervisión y Direccion de su ejecución. A estos efectos dependerán de Esta Dirección general los Organos de los tres ejércitos que tengan competencias en las citadas materias.

Dos. En particular le corresponden las siguientes funciones:

  1. Elaborar, proponer y gestionar el diseño y ordenación del Sistema de reclutamiento.

  2. Dirigir el Funcionamiento de los centros provinciales de...

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