STSJ Asturias , 9 de Mayo de 2001

PonenteJOSE ANTONIO MORILLA GARCIA-CERNUDA
ECLIES:TSJAS:2001:2077
Número de Recurso2204/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0100733 /2001 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2204 /1997 Sobre INFRACCIONES Y SANCIONES De D/ña. CHEMTRA, S.L. Procurador/a Sr/a. MARIA CARMEN RODRIGUEZ-VIGIL GONZALEZ-TORRE Contra D/ña. PRINCIPADO SR. LETRADO DEL PRINCIPADO SENTENCIA Nº 350 Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. JOSÉ ANTONIO MORILLA GARCÍA CERNUDA Magistrados:

D. RAFAEL FONSECA GONZÁLEZ D. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ En Oviedo, a nueve de mayo de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 2.204 de 1997, interpuesto por la entidad mercantil CHEMTRA, S.L., representada por la Procuradora Dª María del Carmen Rodríguez-Vigil

González-Torre, contra la CONSEJERÍA DE FOMENTO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, representada por Letrado de los Servicios Jurídicos del Principado, versando el recurso sobre Sanción de multa de 5.000.000 de pesetas, por vertido de residuos tóxicos y peligrosos, con gran incidencia en el medio ambiente; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sala, D. JOSÉ ANTONIO MORILLA GARCÍA CERNUDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BO de la Provincia y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma, haciendo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día, se dicte sentencia por la que, estimando el presente recurso, se anule la resolución impugnada, ordenando retrotraer todas las actuaciones del expediente al momento en que debió admitirse el recurso ordinario.

Alternativamente, se declare la existencia de "caso fortuito" en el vertido de los residuos objeto del expediente y se acuerde el archivo de las actuaciones con expresa imposición de costas a la parte demandada si se opusiera. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando una serie de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Por Auto de 17 de noviembre de 1999 se recibió el proceso a prueba, habiéndose practicado las propuestas...

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