Orden de 28 de mayo de 2012 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2012/2013.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

IDISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

ORDEN de 28 de mayo de 2012 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2012/2013. (2012050112)

La Junta de Extremadura, en el ejercicio de las competencias en materia de enseñanzas universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma asumidas por Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, apuesta claramente por la diversificación, especialización y calidad del servicio que la Universidad de Extremadura ha de prestar a la sociedad extremeña. Estas competencias en materia universitaria corresponden en la actualidad a la Consejería de Educación y Cultura, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En cumplimiento de lo dispuesto por el Estatuto de Autonomía de Extremadura en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.1.26, y dentro de una política de promoción dirigida a que los jóvenes extremeños puedan acceder en condiciones de igualdad a la Universidad, se adoptan, entre otras, medidas que faciliten el alojamiento de los estudiantes universitarios en las ciudades extremeñas a las que se han de desplazar para cursar dichos estudios, proporcionándoles asimismo los medios necesarios para una adecuada formación y la posibilidad de disfrute de otras actividades recreativas, formativas y culturales complementarias a su actividad estudiantil.

Mediante Orden de 2 de junio de 2009 se aprobó el Reglamento de Régimen Interno de las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura con el objeto de regular los servicios prestados por estas Residencias Universitarias, así como la convivencia interna de sus residentes.

Anualmente, la Consejería competente en materia de enseñanza universitaria realiza la convocatoria de plazas para las Residencias Universitarias dependientes de la Junta de Extremadura para el curso académico correspondiente.

En su virtud y conforme a las facultades que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta del Director General de Universidad e Investigación,

DISPONGO:

Artículo 1 Convocatoria.

La presente Orden convoca y regula la oferta de plazas para estudiantes universitarios en régimen de residentes internos durante el Curso 2012/2013 en las siguientes Residencias Universitarias dependientes de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura:

  1. Residencia Universitaria "Juan XXIII", Ronda del Pilar, 18. 06002 Badajoz.

    Teléfonos: 924 012890. Fax: 924 012909.

  2. Residencia Universitaria "Diego Muñoz Torrero". Ronda de San Francisco, 2. 10002

    Cáceres. Teléfonos: 927006888-006889-006890. Fax: 927006892.

  3. Residencia Universitaria "Mario Roso de Luna". Avda. de la Universidad, s/n.. 10004 Cáceres. Teléfonos: 927006898 - 006899 - 006900. Fax: 927006902.

  4. Residencia del Complejo Educativo de Plasencia. Avda. Virgen del Puerto, 2. 10600-Plasencia. Teléfonos: 927 017003. Fax: 927 017002.

    Toda la información referente a las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura (descripción, fotos, normativa, actividades, etc ...) se encuentra disponible en la página web http://www.rujuntaex.es

Artículo 2 Número de plazas.
  1. Para estudiantes universitarios, en régimen de residentes internos, de ambos sexos, se oferta el siguiente número de plazas:

    1. Residencia Universitaria "Juan XXIII", de Badajoz: 82 plazas en habitaciones individuales.

    2. Residencia Universitaria "Diego Muñoz Torrero", de Cáceres: 176 plazas en habitaciones dobles.

    3. Residencia Universitaria "Mario Roso de Luna", de Cáceres: 195 plazas en apartamentos de 13 personas (en habitaciones dobles).

    4. Residencia del Complejo Educativo de Plasencia: 48 plazas en habitaciones dobles.

  2. A fin de desarrollar programas específicos de colaboración con la Universidad de Extre ma -dura, la Dirección General de Universidad e Investigación podrá disponer de 3 plazas en la Residencia "Juan XXIII", 6 plazas en la Residencia "Diego Muñoz Torrero" y 10 plazas en la Residencia "Mario Roso de Luna", que no se encuentran incluidas en el total de las plazas ofertadas.

    Asimismo, y para el programa Erasmus de movilidad de estudiantes, se podrá disponer de 3 plazas en la Residencia "Juan XXIII", 6 plazas en la Residencia "Diego Muñoz Torrero", 6 plazas en la Residencia "Mario Roso de Luna" y 2 plazas en el Complejo Educativo de Plasencia. No obstante, este número de plazas serán las ofertadas a principios del curso académico, pudiendo ampliarse a lo largo del curso si hubieran quedado plazas vacantes. La cobertura de estas plazas se realizará a través de la Universidad de Extremadura (Servicio de Relaciones Internacionales). Estas plazas se encuentran incluidas dentro del total de las plazas ofertadas, por tanto, si las plazas no se cubrieran en el momento del comienzo del curso, éstas se acumularían al turno general.

  3. Dentro de esta convocatoria, y dirigido a alumnos que realicen un Máster en la Universidad de Extremadura, se podrá disponer de 3 plazas en la Residencia "Juan XXIII", 6 plazas en la Residencia "Diego Muñoz Torrero", 6 plazas en la Residencia "Mario Roso de Luna" y 2

    plazas en el Complejo Educativo de Plasencia. Estos alumnos deberán presentar solicitud acompañada de la misma documentación económica requerida para el turno general, y las solicitudes serán ordenadas por la nota media de la carrera cursada en cada caso. Estas plazas se encuentran incluidas dentro del total de las plazas ofertadas, por tanto, si las plazas no se cubrieran en el momento del comienzo del curso, éstas se acumularían al turno general.

  4. En esta convocatoria se reservarán 2 plazas en cada una de las Residencias antes citadas para ser ocupadas por estudiantes deportistas extremeños, de Alto Nivel, Alto Rendimiento o que sean Promesas Olímpicas o Paralímpicas debidamente acreditadas estas condiciones por el órgano correspondiente, si lo solicitaran. Si estas plazas no se adjudicaran en el momento de resolución de la convocatoria, se incorporarán al régimen general de adjudicación de plazas.

  5. En esta convocatoria se reservarán 3 plazas en cada una de las Residencias antes citadas para ser ocupadas por estudiantes procedentes de situaciones de desprotección social, que serán tramitadas a través de la Dirección General de Política Social y Familia de la Consejería de Salud y Política Social acompañadas de un informe de la propia Dirección General. Si estas plazas no se adjudicaran en el momento de resolución de la convocatoria, se incorporarán al régimen general de adjudicación de plazas.

  6. De la misma forma, se reservarán en esta convocatoria 2 plazas en cada una de las Residencias antes citadas para ser ocupadas por estudiantes discapacitados que posean autonomía personal y tengan reconocido un grado de minusvalía mínimo del 33% debidamente certificado por el organismo correspondiente. Si estas plazas no se adjudicaran en el momento de resolución de la convocatoria, se incorporarán al régimen general de adjudicación de plazas.

Artículo 3 Solicitantes.
  1. Podrá concederse plaza en las Residencias reguladas por esta convocatoria a los alumnos de la Universidad de Extremadura que se matriculen durante el curso académico 2012/2013 en las titulaciones vigentes (con un mínimo de 42 créditos) y en titulaciones de Grado (con un mínimo de 42 créditos ECTS).

  2. Podrán tener opción a plaza aquellos solicitantes que quieran cursar una segunda o sucesivas titulaciones.

  3. No obtendrán plaza aquellos solicitantes que hubieran sido expulsados de cualquiera de las Residencias Universitarias cuyas plazas se convocan por esta orden.

Artículo 4 Características de las plazas.
  1. El periodo de estancia en las Residencias será desde el día de comienzo oficial del curso académico 2012/2013, según el Calendario aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura, hasta el 10 de julio de 2013, exceptuándose los períodos vacacionales de Navidad y Semana Santa.

  2. Durante el mes de julio, en el que estos Centros prestarán el total de sus servicios, la estancia de los residentes en los mismos será voluntaria y los precios públicos podrán frac-

cionarse según los días de utilización, en función de las necesidades lectivas y exámenes oficiales.

Artículo 5 Precios Públicos.
  1. Los precios públicos, de acuerdo con la Orden de 15 de febrero de 2012 (DOE n.º 34, de 20 de febrero de 2012), se fijan en 298,75 euros mensuales (comprende estancia y alimentación) para todas las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura.

    Durante los sábados, domingos y festivos de todo el curso académico no se proporcionará alimentación en ninguna de las Residencias Universitarias citadas en el artículo 1, excepto en la Residencia Universitaria del Complejo Educativo de Plasencia.

  2. El abono de la primera cuota mensual se hará antes del día 15 de septiembre de 2012 en concepto de reserva. El resto de cuotas se abonarán dentro de los cinco primeros días de cada mes, entregándose el original del Modelo 50 en cada Residencia dentro de dicho periodo. Si pasado este plazo no se hubiera abonado la primera cuota mensual, la plaza se adjudicará al solicitante que le corresponda según la lista de espera. No se devolverá cantidad alguna, salvo que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR