SAP Valencia 59/2007, 27 de Febrero de 2007

PonentePEDRO CASTELLANO RAUSELL
ECLIES:APV:2007:1647
Número de Recurso31/2007/
Número de Resolución59/2007
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

VALENCIA

Avenida DEL SALER,14 2º

Tfno: 961929120

Fax: 961929420

NIG: 46250-37-1-2007-0001089

Procedimiento Abreviado - 000421/2006

JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 8 DE VALENCIA

Instructor: Jdo. de Instrucción nº 2 Violencia Sobre la Mujer

Procedimiento: D.U. Nº 27/06

Fiscal: Iltmo/a. Sr/a D/Dª Mª DOLORES VILANOVA PELLUCH

SENTENCIA Nº 59/2007

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. PEDRO CASTELLANO RAUSELL

Magistrados/as

D. JESUS Mª HUERTA GARICANO

Dª Mª JOSE JULIA IGUAL

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En Valencia, a veintisiete de febrero de dos mil siete

La Sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Ilmos/as. Sres/as. anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, contra la Sentencia de fecha 14/09/06, pronunciada por el JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 8 DE VALENCIA en Procedimiento Abreviado con el numero 000421/2006, seguida por delito de VIOLENCIA DOMESTICA contra Alexander.

Han intervenido en el recurso, en calidad de apelante/s, Alexander, representado por el Procurador de los Tribunales INMACULADA SANCHEZ QUINTANA y dirigido por el Letrado ENCARNACION FERNANDEZ APARICIO; y en calidad de apelado/s, MINISTERIO FISCAL representado por la ILTMA. SRA. Dª Mª DOLORES VILANOVA PELLUCH; y ha sido Ponente el Ilmo/a. Sr/a. D/.Dª PEDRO CASTELLANO RAUSELL, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, declara probados los hechos siguientes: Sobre las 2.00 horas del día 16 de julio de 2.006 el acusado Alexander, mayor de edad y sin antecedentes penales, inició una discusión con su esposa Alejandra en el domicilio familiar, sito en la CALLE000 n1 NUM000 - NUM001 de Valencia, en el transcurso de la cual la golpeó en la cara, causándole lesiones de carácter leve, por las cuales la perjudicada nada reclama.

El acusado había ingerido bebidas alcohólicas que disminuían levemente sus facultades intelectivas y volitivas.

SEGUNDO

El FALLO de la sentencia apelada dice: Que debo condenar y condeno a Alexander, como autor responsable de un delito del artículo 153.1.3.4 del Código Penal concurriendo como circunstancia atenuante la de embriaguez, a la pena de cuatro meses y quince días de prisión, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por nueve meses y un día, y prohibición de aproximarse a menos de 300 metros a Alejandra, así como a su domicilio, lugar de trabajo, o lugares que frecuente, durante un año, cuatro meses y quince días e imponiéndole las costas..

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de Alexander se interpuso contra la misma recurso de apelación ante el órgano judicial que la dicto, por los motivos que desarrolla ampliamente en su correspondiente escrito.

CUARTO

Recibido el escrito de formalización del recurso, el Juez de lo Penal dio traslado del mismo a las demás partes por un plazo común de diez días para la presentación, en su caso, de los correspondientes escritos de impugnación o de adhesión al recurso. Transcurrido dicho plazo, se elevaron a esta Audiencia Provincial los autos originales con todos los escritos...

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