ORDEN AYG/2137/2009, de 12 de noviembre, por la que se convocan ayudas destinadas a reparar los perjuicios causados en las explotaciones agrarias por el incendio forestal declarado el día 28 de julio de 2009 en el Valle del Tiétar (Ávila

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2009, del Servicio Territorial de Fomento, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca, por la que se descalifica la Vivienda de Protección Oficial que se cita.

Expte.: 37-1-0097/89.

En el día de la fecha se ha dictado Resolución de Descalificación voluntaria de la vivienda sita en C/ Sumatra, 17 Esc. 4 5.º D de la localidad de SALAMANCA, propiedad de D. RAÚL MARTÍN HUERTA amparada por el expediente de Viviendas de Protección Oficial, n.º 37-1-0097/89.

Salamanca, 4 de noviembre de 2009.

El Delegado Territorial,

Fdo.: AGUSTÍN S. DE VEGA RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2009, del Servicio Territorial de Fomento, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca, por la que se descalifica la Vivienda de Protección Oficial que se cita.

Expte.: 37-1-0024/82.

En el día de la fecha se ha dictado Resolución de Descalificación voluntaria de la vivienda sita en Paseo Gran Capitán, 20 Hoy 16-18 4.º A de la localidad de SALAMANCA, propiedad de D. FABIÁN CABALLERO MATEOS, amparada por el expediente de Viviendas de Protección Oficial, n.º 37-1-0024/82.

Salamanca, 4 de noviembre de 2009.

El Delegado Territorial,

Fdo.: AGUSTÍN S. DE VEGA RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2009, de la Delegación Territorial de Burgos, por la que se descalifica la Vivienda de Protección Oficial que se cita.

Expte.: V.P.O. 09-1-0003/85.

Con fecha 30 de octubre de 2009 se ha dictado Resolución de descalificación voluntaria de la vivienda (trastero vinculado) sita en la Plaza Vadillos, n.º 1, 7.º B, de la localidad de Burgos, de la que es propietaria D.' Yolanda Rodríguez Cuesta acogida al amparo de Viviendas de Protección Oficial, expediente de V.P.O. 09-1-0003/85, cuya descalificación fue solicitada por la propietaria.

El Delegado Territorial,

Fdo.: JAIME MATEU ISTÚRIZ RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2009, de la Delegación Territorial de Burgos, por la que se descalifica la Vivienda de Protección Oficial que se cita.

Expte.: V.P.O. 09-1-0028/85.

Con fecha 30 de octubre de 2009 se ha dictado Resolución de descalificación voluntaria de la vivienda (trastero vinculado) sita en la C/ Barrio Gimeno, n.º 7, 5.º E-2, de la localidad de Burgos, de la que son propietarios D. Atanasio Hernando Cuñado, D. Asterio Hernando Cuñado, D. Francisco Javier Hernando Saiz, D. Andrés Felipe Hernando Saiz,

D.' María del Mar Hernando Saiz, D. Carlos Hernando Saiz y D.' Yolanda Hernando Saiz acogida al amparo de Viviendas de Protección Oficial, expediente de V.P.O. 09-1-0028/85, cuya descalificación fue solicitada por los propietarios.

El Delegado Territorial,

Fdo.: JAIME MATEU ISTÚRIZ RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2009, del Servicio Territorial de Fomento, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, por la que se descalifica la vivienda de Protección Oficial que se cita.

Expte.: PI-9003/74.

En el día de la fecha se ha dictado Resolución de Descalificación voluntaria de la vivienda ubicada en Palencia, Avda. Brasilia, n.º 10 2.º E. Dcha., propiedad de D. Manuel Alberto Díaz Castro, con D.N.I.

09.266.888-G, amparada por el expediente de Viviendas de Protección Oficial n.º PI-9003/74, cuya descalificación fue solicitada por su propietario.

Lo cual se comunica para general conocimiento.

Palencia, 4 de noviembre de 2009.

El Delegado Territorial,

Fdo.: JOSÉ MARÍA HERNÁNDEZ PÉREZ CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ORDEN AYG/2137/2009, de 12 de noviembre, por la que se convocan ayudas destinadas a reparar los perjuicios causados en las explotaciones agrarias por el incendio forestal declarado el día 28 de julio de 2009 en el Valle del Tiétar (Ávila).

El día 28 de julio de 2009, se declaró en la localidad abulense de Arenas de San Pedro (Ávila), un incendio forestal de nivel Infocal 2, que afectó a los términos municipales de Arenas de San Pedro, Cuevas del Valle, El Arenal, El Hornillo, Mombeltrán, Navarredonda de Gredos, San Martín del Pimpollar y Villarejo del Valle, todos ellos pertenecientes a la provincia de Ávila.

Dicho incendio afectó a un total de 4.211,74 hectáreas, de las cuales 2.994,36 eran de arbolado, 494,77 de superficie forestal desarbolada, 235,87 hectáreas de superficie agrícola y 486,74 hectáreas de roquedos.

La situación de emergencia generada por dicha catástrofe determinó que la Junta de Castilla y León estableciera una serie de medidas y actuaciones al objeto de reestablecer, lo antes posible, el normal funcionamiento de los servicios básicos para la población e iniciar la restauración del medio natural.

El Consejo de Gobierno, en su reunión de 20 de agosto de 2009, aprobó un Plan Extraordinario con una dotación económica de 9.435.530 euros para financiar un conjunto de actuaciones en la zona afectada por el citado incendio.

El Plan Extraordinario de actuaciones es una iniciativa conjunta propuesta por las Consejerías de Interior y Justicia, Fomento, Agricultura y Ganadería, Medio Ambiente y Cultura y Turismo. Consta de siete líneas de actuación orientadas a garantizar el normal funcionamiento de los servicios públicos básicos, la restauración del medio natural y la dinamización económica mediante la promoción del turismo.

Dicho Plan establece como tercera línea de actuación, paliar los daños ocasionados en explotaciones agrícolas de olivos, viñedos y frutales con ayudas de 250.000 euros, así como otros 50.000 euros destinados a las explotaciones ganaderas afectadas.

Los daños ocasionados en las explotaciones agrícolas, así como en las explotaciones ganaderas ubicadas en los municipios afectados comprometen seriamente la viabilidad de las explotaciones que han sufrido de forma especial dicho incendio. Procede, por tanto, establecer un sistema que, siendo compatible con las Directrices de ayudas estatales, arbitre ayudas a los titulares de las explotaciones agrarias afectadas por dicho fenómeno climático adverso que garantice el futuro de esas explotaciones.

El artículo 87, apartado 2, letra b) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, establece que serán compatibles con el mercado común 'Las ayudas destina das a reparar los perjuicios causados por desastres naturales o por otros acontecimientos de carácter excepcional.' La Comisión Europea en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013 (2006/C 319/01), establecen en su Título V 'Gestión de Riesgos y Crisis', Capítulo B 'Ayudas para compensar los daños sufridos por la producción agrícola o por los medios de producción Agrícola', Subcapítulo 2 'Ayudas destinadas a reparar los perjuicios causados por desastres naturales o por otros acontecimientos de carácter excepcional', de aplicación a todo el sector agrario, contempla como acontecimientos de carácter excepcional aceptados por la Comisión los incendios que ocasionen pérdidas generalizadas, circunstancia que concurre en el incendio que asoló el Valle del Tiétar entre el 28 de julio y el 4 de agosto de 2009. Demostrada la existencia de un acontecimiento de carácter excepcional, la Comisión autoriza ayudas para compensar hasta un 100% los daños materiales, así como ayudas destinadas a compensar por la pérdida de renta a raíz de la destrucción de medios de producción agrícola.

El presente régimen de ayudas se encuentra integrado en el Plan Estratégico de Subvenciones 2009-2011 de la Consejería de Agricultura y Ganadería, aprobado por Orden de esta Consejería de 21 de enero de 2009.

El régimen de ayudas convocado por la presente Orden ha sido notificado a la Comisión Europea, conforme a lo establecido en el Reglamento 659/1999, del Consejo, de 22 de marzo, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del artículo 93 del tratado CE (actualmente artículo 88), sin que pueda llevarse a efecto con anterioridad a su autorización.

En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas y demás entidades relacionadas con el sector.

RESUELVO Primero. Objeto y finalidad de la subvención.

  1. La presente Orden tiene por objeto convocar, las ayudas destinadas a compensar a los titulares de explotaciones agrarias, por las pérdidas sufridas como consecuencia del incendio forestal declarado en el Valle del Tiétar (Ávila) el 28 de julio de 2009, que afectó a los términos municipales que se relacionan en el...

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