STSJ País Vasco , 29 de Octubre de 2003

PonenteMARIA DEL MAR DIAZ PEREZ
ECLIES:TSJPV:2003:4208
Número de Recurso1283/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1382/02 Ordinario Ley 98 SENTENCIA NUMERO 804/2003 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA I. RODRIGO LANDAZABAL MAGISTRADOS:

DON LUIS A. GARRIDO BENGOECHEA DOÑA MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ En BILBAO, a veintinueve de octubre de dos mil tres.

La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1382/02 y seguido por el procedimiento , en el que se impugna: el Acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, de fecha 18 de febrero de 2.002, desestimatorio de la reclamación económico- administrativa número 277/2.001 formulada frente al Acuerdo de la Administración de Tributos Directos por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1.999.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE: DOÑA Alejandra , representada por el Procurador SR.GONZALEZ JIMENEZ y dirigida por el Letrado SR. SÁNCEHZ-BEASCOECHEA.

- DEMANDADA: DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA, representada por la Procuradora SRA.PEREA DE LA TAJADA y dirigida por la Letrada SRA.ARANSAY ARROYO.

Ha sido Magistrado Ponente la Iltma. Sra. DOÑA MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 4 de junio de 2000 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que el Procurador SR.GONZALEZ JIMENEZ actuando en nombre y representación de la recurrente, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, de fecha 18 de febrero de 2.002, desestimatorio de la reclamación económico- administrativa número 277/2.001 formulada frente al Acuerdo de la Administración de Tributos Directos por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1.999; quedando registrado dicho recurso con el número 1382/02.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que revoque el acuerdo del TEAF anulando asímismo el acuerdo y liquidación recurridas y dicte liquidación por el IRPF año 199, en la que reconozca la integración al 60% de la renta generada por la venta del negocio de farmacia tal y como autoliquidó la demandante en su declaración de 25.5.2000, reconociéndole el derecho a la devolución a la demandante de la cuota ingresada más sus correspondientes de demora.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso en todos sus pedimentos, confirmándose en su integridad la resolución impugnada, con expresa imposición de costas a la parte demandante.

CUARTO

Por auto de fecha 30 de octubre de 2002 se fijó en 112.809`21.-euros (18.769.873`21.- ptas) la cuantía del presente recurso. Asímismo, quedaron los autos pendientes de señalamiento de votación y fallo.

QUINTO

Por resolución de fecha 25/09/03 se señaló el pasado día 30/09/03 para la votación y fallo del presente recurso.

SEXTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Julio González Jiménez en nombre y representación de Dña. Alejandra , el Acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, de fecha 18 de febrero de 2.002, desestimatorio de la reclamación económico- administrativa número 277/2.001 formulada frente al Acuerdo de la Administración de Tributos Directos por el Impuesto sobre...

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