Resolución de 9 de febrero de 1982, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se establecen las remuneraciones que con cargo a las Empresas organizadoras de espectáculos taurinos han de percibir los Veterinarios que intervienen en los mismos.

MarginalBOE-A-1982-5779
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 72 del Reglamento de Espectáculos Taurinos de 15 de marzo de 1982, esta Dirección General ha estabLecido las remuneraciones que con cargo a las Empresas organizadoras han de percibir los Veterinarios designados por la autoridad para intervenir en los citados espectáculos, procediendo a periódicas actualizaciones de dichos honorarios.

Con fecha de hoy se recibe en este Centro directivo escrito en el que se da cuenta de que la Comisión Mixta, Consejo General de Colegios Veterinarios y Asociación Nacional de Organizadores de Espectáculos Taurinos en reunión celebrada el 4 de febrero en curso, acordó proponer una actualización de los honorarios.

Por todo ello y a propuesta de la Subdirección General de Veterinaria de Salud Pública y Sanidad Ambiental, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento de Espectáculos Taurinos, ha tenido a bien disponer:

  1. La remuneración que habrá de percibir cada uno de los Veterinarios designados por la autoridad para intervenir en los espectáculos taurinos, con cargo a las Empresas organizadoras de los mismos, queda fijada en la siguiente cuantía, según la categoría de la Plaza:

    Plazas de toros de primera categoría: 8.000 pesetas.

    Plazas de toros de segunda categoría: 6.500 pesetas.

    Plazas de toros de tercera categoría: 5.500 pesetas.

  2. Al facultativo designado que hubiera de trasladarse a población distinta de la de su residencia habitual le serán abonados además los gastos de locomoción correspondientes.

  3. En los casos de suspensión del...

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