DECRETO 105/1984, de 17 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, creando y regulando las funciones y composición de las Comisiones Provinciales de Medio Ambiente.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 105/1984, de 17 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, creando y regulando las funciones y composición de las Comisiones Provinciales de Medio Ambiente.

Por Real Decreto 298/1979, de 26 de enero, fueron transferidas a la Diputación General de Aragón las competencias del Estado en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Por otra parte, el Real Decreto 3.504/1983, de 14 de diciembre, transfirió a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones, servicios e instituciones del Estado en materia de medio ambiente. La interconexión entre la legislación, funciones y servicios afectados por ambos Reales Decretos señalan la conveniencia de institucionalizar los órganos colegiados, que a nivel provincial ejerzan y gestionen las competencias recibidas, una vez que el desarrollo actual de la estructura orgánica de la Administración Autonómica permita la reposición al ámbito provincial de la actividad administrativa citada. A la vista de lo expuesto, y a propuesta del Consejero de Urbanismo, Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación de la Diputación General de Aragón en su reunión del día 17 de diciembre de 1984, D I S P O N G O Articulo primero.-Se crean las Comisiones Provinciales de Medio Ambiente en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza.

Articulo segundo.-Las Comisiones Provinciales de Medio Ambiente tendrán la siguiente composición: 1. Presidente.-La Presidencia de la Comisión la ostentará el Delegado Territorial de la Diputación General de Aragón en las provincias de Huesca y Teruel. El Jefe del Servicio de Protección del Medio Ambiente la ejercerá en la de Zaragoza. El Presidente podrá delegar la Presidencia de la Comisión en el Vicepresidente. 2. Vicepresidente-La Vicepresidencia será ejercida en cada una de las provincias por el respectivo Jefe del Servicio Provincial de Urbanismo, Arquitectura y Vivienda. 3. Vocales.-La Comisión estará compuesta por los siguientes vocales: a) El Jefe del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Montes. b) El Jefe del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo. c) El Jefe del Servicio Provincial de Industria y Energía. d) El Jefe del Servicio Provincial de Cultura y Educación. e) Un representante del Servicio de Protección del Medio Ambiente de la Diputación General de Aragón, designado por el Jefe del Servicio. f) Un representante de la Diputación Provincial, designado por el...

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