Decreto 9/2003, de 7 de febrero, por el cual se regulan las quejas y las iniciativas presentadas a la Administración de la comunidad autónoma de les Illes Balears.
Sección | 1.- Disposiciones generales |
Emisor | Consejeria de Interior |
Rango de Ley | Decreto |
El Plan de calidad, aprobado por el Gobierno de las Illes Balears el 15 de diciembre de 2000, abre un impulso de reforma y modernización de la Administración orientado a aproximarla a los ciudadanos a los que sirve. En este contexto, la mejora continua que propone el Plan mencionado debe basarse en la opinión y la percepción de los mismos ciudadanos sobre la calidad y idoneidad de los servicios que reciben. Conocer desde la Administración las quejas i las iniciativas de sus usuarios es una forma de democratizarla y , al mismo tiempo, de hacerla más eficaz. Así pues, las quejas y las iniciativas presentadas por los ciudadanos suponen para la Administración autonómica de las Illes Balears, una herramienta imprescindible y una oportunidad de mejora que el mismo Gobierno debe promover y estimular. Constituyen un eficaz medio informal de comunicación entre los usuarios y la Administración, complementario, pero diferente, a los procedimientos administrativos formales que se inician a instancia del interesado o a las denuncias. Por tanto, este Decreto establece el régimen de quejas e iniciativas con el objetivo de facilitar su presentación por cualquier canal de comunicación y en cualquier soporte, y de asegurar el conocimiento por los órganos de dirección, así como una respuesta adecuada y rápida.
Por todo lo que se ha expuesto, efectuados los trámites reglamentarios, de acuerdo con el Consejo Consultivo, a propuesta del Consejero de Interior y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 7 de febrero de 2003, DECRETO
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Las personas físicas o jurídicas tienen derecho a presentar quejas i iniciativas sobre el funcionamiento de los servicios, las unidades y los organismos de la Administración autonómica de las Illes Balears.
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Éstas se podrán presentar: a) Mediante cualquier documento en papel, sin formalidad especial alguna. Se encontrarán a disposición de los ciudadanos, en todas las oficinas y centros de la Administración de las Illes Balears, hojas normalizadas para facilitarles la presentación. Estas quejas e iniciativas, podrán presentarse en las mismas oficinas o centros, por correo postal o por telefax. b) Mediante el teléfono de Información Administrativa, donde se documentaran...
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