DECRETO 214/1987, de 2 de septiembre, por el que se regulan las competencias de la Junta de Andalucía en materia de protección civil.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE GOBERNACION |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley 2/1985, de 21 de enero, define la protección civil como un servicio público que se orienta al estudio y prevención de las situaciones de graves riesgos, catástrofes o calamidad pública, en las que puede peligrar de forma masiva la vida e integridad física de las personas, y a la protección y socorro de éstas y sus bienes en los casos en que dichas situaciones se produzcan.
En dicha Ley se recogen las funciones que correspondan a cada una de las Administraciones implicadas en la organización, funcionamiento y ejecución de la protección civil, así como la participación de los ciudadanos en la misma.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía -no pudiendo permanecer ajeno a temas que por su trascendencia afectan gravemente a la seguridad y bienestar de la población, y en base a garantizar los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación necesarias en las funciones básicas encomendadas de prevención, planificación, intervención y rehabilitación-, entiende necesario el que se acometan todas aquellas tareas que permitan...
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