ORDEN CYT/1484/2009, de 23 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concensión de becas para la realización de prácticas en materia de deportes

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden
  1. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA ORDEN ADM/1471/2009, de 16 de junio, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos.

El artículo 45.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

La utilización de técnicas de administración electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León está regulada por el Decreto 40/2005, de 19 de mayo. Dicho Decreto contiene los elementos precisos para la implantación de la administración electrónica e impulsa su utilización en el desarrollo de la actividad y el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Recientemente, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce a los ciudadanos el derecho a relacionarse con las Administraciones Públicas utilizando medios electrónicos para el ejercicio de los derechos previstos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, así como para obtener informaciones, realizar consultas y alegaciones, formular solicitudes, manifestar consentimiento, entablar pretensiones, efectuar pagos, realizar transacciones y oponerse a las resoluciones y actos administrativos.

Mediante Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en esta Comunidad, se creó el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través del cual se pueden presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones que se realicen por vía telemática, relativos a los procedimientos administrativos y trámites que se especifican en el Anexo de la mencionada Orden, o que en lo sucesivo se incorporen al mismo.

Existiendo nuevos trámites y procedimientos susceptibles de tramitación telemática es preciso proceder a la modificación del Anexo de la Orden citada.

En su virtud, esta Consejería, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

DISPONE:

Artículo Único ­ Modificación del Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero.

Modificar el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos, añadiendo el siguiente contenido:

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO.

PROCEDIMIENTO:

­ 'Aviso previo'.

REGISTRO TELEMÁTICO:

Presentación del aviso previo del artículo 18 del Real Decreto 1627/1997, de comunicación de apertura o reanudación de la actividad.

Para la presentación de los Avisos Previos se utilizará la aplicación normalizada disponible en el sitio Web de la Junta de Castilla y León 'https://www.jcyl.es'.

PROCEDIMIENTO:

­ 'Comunicaciones de apertura o reanudación de la actividad de centro de trabajo'.

REGISTRO TELEMÁTICO:

Presentación de comunicación de apertura o reanudación de la actividad.

Para la presentación de las comunicaciones se utilizarán los modelos normalizados disponibles en el sitio Web de la Junta de Castilla y León'https://www.jcyl.es'.

REQUISITOS TÉCNICOS.

Para presentar escritos en el registro telemático es necesario disponer de un certificado reconocido: DNI electrónico, Certificado digital de clase 2CA emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, de acuerdo con las previsiones contenidas en la página Web http://www.fnmt.es, y demás certificados digitales reconocidos por la Junta de Castilla y León.

Disposición final única ­ Entrada en vigor. Artículos 2 a 16

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 16 de junio de 2009.

La Consejera de Administración Autonómica,

Fdo.: ISABEL ALONSO SÁNCHEZ CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO ORDEN CYT/1484/2009, de 23 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concensión de becas para la realización de prácticas en materia de deportes.

La Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte de Castilla y León, en su artículo 4 establece los principios rectores de la política deportiva de la Comunidad, entre los que destaca el impulso de la investigación y la formación con la finalidad de mejorar la calidad del deporte en general.

Asimismo, el artículo 46 de la citada Ley señala que corresponde a la Consejería con competencia en materia de deportes ordenar, promover y fomentar los programas de formación continua y perfeccionamiento de técnicos deportivos, sin perjuicio de la colaboración que puedan prestar las Federaciones Deportivas de Castilla y León y cualesquiera otras entidades públicas o privadas con intereses en este ámbito.

Por su parte, en el artículo 8.m) del Decreto 77/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura de la Consejería de Cultura y Turismo, se establece como una de las competencias que tiene atribuida la Consejería de Cultura y Turismo, la planificación y gestión de actividades de investigación y formación en materia de actividad física y deporte.

En el ejercicio de esta competencia se considera oportuno fomentar y favorecer la formación o perfeccionamiento en materia de actividad física y deporte de aquellos titulados universitarios que hayan finalizado sus estudios.

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y al amparo de las atribuciones...

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