Orden MAM/1978/2006, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en el ámbito de las relaciones internacionales en materia de medio ambiente.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Junio de 2006
MarginalBOE-A-2006-11195
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Orden MAM/1978/2006, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en el ámbito de las relaciones internacionales en materia de medio ambiente.

Los problemas ambientales han dejado de ser considerados problemas menores, que requieren actuaciones simplemente locales, para convertirse en los grandes desafíos de nuestra época. Sus soluciones no pueden alcanzarse aisladamente, necesitan de la participación de todos los países, pese a que los intereses parezcan antagónicos. Todo ello ha dado lugar en las últimas décadas a un escenario internacional cada vez más amplio y complejo.

Las soluciones ambientales son técnicas y científicas, pero también consisten en formas de comportamiento y de vida de ciudadanos muy diferentes entre sí, alejados en el espacio pero unidos por problemas comunes, lo que lleva a la necesidad de responder con políticas integradas y coherentes a los problemas ambientales existentes y futuros.

El Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, define las competencias de sus órganos directivos.

Bajo la supervisión de la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General Técnica del Ministerio el ejercicio de las funciones que establece el artículo 17 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

La Subdirección General de Relaciones Internacionales, órgano dependiente de la Secretaría General Técnica, tiene, entre otras, las siguientes funciones:

La preparación de los Consejos de Ministros de la Unión Europea; el control de los procedimientos relacionados con la aplicación de la normativa comunitaria, así como el seguimiento de su transposición al derecho interno.

La asistencia a los restantes órganos del Ministerio en materia de relaciones internacionales y acción exterior; la coordinación, participación y seguimiento, según los casos, de la presencia e iniciativas del Departamento y sus organismos autónomos en los Organismos y Convenios Internacionales en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible; la representación del Departamento en las comisiones u órganos de carácter interministerial, en materia de relaciones internacionales, cuando tal representación no haya sido atribuida a otro órgano del Departamento.

La coordinación, programación y seguimiento de las iniciativas en materia de cooperación al desarrollo, así como la elaboración, tramitación y seguimiento de los acuerdos bilaterales con otros Estados u Organizaciones Internacionales, en el ámbito de las competencias del Departamento y sus organismos autónomos

La tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de reconocimiento de títulos profesionales expedidos por los Estados Miembros de la Unión Europea y demás Estados signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo en lo que afecta a profesiones que se relacionan con el Departamento, de acuerdo con la normativa específica en la materia.

Por otra parte la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, obliga a establecer las bases reguladoras para la concesión de las distintas subvenciones que otorgan las administraciones públicas. Dichas bases presentan una vocación de permanencia, como orden ministerial de referencia para las resoluciones de convocatorias anuales, ambas bajo los principios generales establecidos en la ley: publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

Con el fin de contribuir a incrementar la formación de los futuros profesionales en este marco de actuación, resulta conveniente conceder becas de formación en materia de las competencias atribuidas a la Subdirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Medio Ambiente.

En su virtud, previo informe del Servicio Jurídico y de la Intervención Delegada, dispongo:

Artículo 1 Objeto de las becas.

Constituye el objeto de esta orden, establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación en la Subdirección General de Relaciones Internacionales, de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad.

La finalidad de las mismas es contribuir a la formación de...

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