DECRETO 64/2006, de 14 de marzo, por el que se establece la regulación del Listado Vasco de Tecnologías Limpias.

EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

La Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible 2002-2020, aprobada por Consejo de Gobierno de 4 de junio de 2002, recoge entre sus metas las de "Garantizar un aire, agua, suelos limpios y saludables", "Promover una gestión responsable de los recursos naturales y de los residuos" y "Limitar la influencia del cambio climático". Para conseguirlo señala como uno de sus objetivos prioritarios el de promover sistemas de producción limpia. Igualmente señala que una de las condiciones e instrumentos para lograr el efectivo cumplimiento de sus metas será la incitación al mercado para actuar a favor del medio ambiente, singularmente a través de una política fiscal orientada hacia las nuevas metas ambientales.

Por otra parte, la política energética vasca liderada por el Departamento de Industria, Comercio y Turismo, tiene también en cuenta la variable medioambiental. De hecho, la "Estrategia Energética Euskadi 3E-2010, hacia un desarrollo energético sostenible" establece las directrices básicas de actuación del conjunto de agentes implicados en el sistema energético para alcanzar los objetivos energéticos y ambientales planteados hasta 2010. Entre las líneas estratégicas de actuación orientadas al cumplimiento de dichos objetivos, cabe destacar la relativa a "Acentuar las actuaciones en eficiencia energética en todos los sectores tendentes a reducir el consumo energético en términos globales y de intensidad energética, de acuerdo con los objetivos establecidos en la Unión Europea".

En este contexto, se considera oportuno identificar aquellas tecnologías prioritarias desde la óptica medioambiental con objeto de que la introducción de las mismas en los procesos productivos pueda ser promocionada desde el sector público.

Para ello, se promueve la agrupación de dichas tecnologías en un listado, el Listado Vasco de Tecnologías Limpias. Se pretende un listado dinámico, actualizable periódicamente para incluir en cada momento solo las tecnologías medioambientalmente más eficientes y excluir las que se hubieran visto superadas por tecnologías alternativas superiores desde un punto de vista ambiental. En particular, la inclusión de una determinada tecnología en el Listado de Tecnologías Limpias podrá tenerse en cuenta como criterio preferente, tanto en la normativa tributaria...

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