Orden TAS/3002/2005, de 23 de septiembre, por la que se regula la realización de estudios y encuestas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2005
MarginalBOE-A-2005-16175
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

ORDEN TAS/3002/2005, de 23 de septiembre, por la que se regula la realización de estudios y encuestas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el ámbito de las funciones que tiene atribuidas, desarrolla, a través de sus distintos órganos, una amplia actividad de estudio e investigación, con el fin de lograr un mayor conocimiento de la situación en las áreas de su competencia y como apoyo a la toma de decisiones y a la planificación, control y evaluación de sus políticas y actuaciones. Esta labor de estudio se realiza no sólo a nivel interno y con medios propios, sino también mediante la contratación de expertos y empresas especializadas, así como a través de la colaboración con instituciones públicas y privadas que comparten intereses de estudio y de actuación.

Las diferentes áreas del Departamento tienen atribuidas competencias en materia de estudios en sus propios ámbitos, y esta función, o bien figura, entre otras asignadas a los distintos órganos directivos, en el Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o bien se concreta en una unidad específica para el desarrollo de esta actividad, como es la Subdirección General de Estudios sobre el Empleo dentro de la Secretaría General de Empleo. En el caso de la Seguridad Social, el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en su artículo 5, apartado 3, encarga expresamente al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la adecuada organización de los Servicios e Instituciones que hayan de llevar a cabo los estudios jurídicos, económicos y estadísticos de la Seguridad Social y, en aplicación del mismo, se ha aprobado la Orden TAS/3988/2004, de 25 de noviembre, por la que se crean los órganos administrativos para el fomento de la investigación de la protección social y se determina su composición y funcionamiento. Asimismo, los organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes o adscritas al Ministerio tienen atribuida, entre las funciones que les asignan sus propias normas de organización, la competencia en materia de estudios en su área de actuación.

Por tanto, la amplia actividad de estudio que el Ministerio desarrolla y la competencia para la realización y financiación de la misma entre los diferentes centros directivos, organismos autónomos y entidades de derecho público adscritas requieren una adecuada coordinación, de manera que, con la participación de las distintas áreas y con criterios de racionalidad y transparencia, se fijen prioridades y objetivos comunes, conjugando intereses e iniciativas, que eviten lagunas y duplicidades, y se vigile el cumplimiento de los objetivos establecidos. Ello redundará en una optimización de los medios técnicos y financieros disponibles y, en definitiva, en una mayor eficacia de la contribución de la actividad de estudio al desarrollo de las políticas del Departamento.

La realización de estudios y encuestas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales está regulada actualmente por Orden Comunicada de 23 de diciembre de 1996. Las modificaciones operadas en la estructura orgánica del Departamento, como consecuencia del Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, que atribuye nuevas competencias al Ministerio, y que se ha desarrollado, posteriormente, por el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y por el Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, hacen preciso adecuar la mencionada Orden Comunicada a los cambios introducidos y, en particular, modificar la composición de la Comisión Asesora de Estudios adaptándola a la nueva estructura orgánica del Ministerio y, además, entendiendo su necesidad y utilidad como órgano de asesoramiento, coordinación y seguimiento de la citada actividad de estudio, potenciando su actuación de manera que desarrolle correcta y eficazmente los fines para los que está...

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