Decreto 14/2002, de 21 de febrero, por el que se regula la Comisión Mixta Interdepartamental de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo y de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Decreto |
En septiembre del pasado año entró en vigor la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, que supone el desarrollo legislativo de las competencia estatutariamente asumidas como exclusivas en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
La Ley crea en la Disposición Adicional Segunda una Comisión Mixta Interdepartamental de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo y de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, encargada de coordinar la gestión de ambos departamentos en las materias que los afecten de forma común.
El objeto del presente reglamento organizativo es regular la composición y el funcionamiento del órgano interdepartamental, todo ello de conformidad con el artículo 36 del Estatuto de Autonomía para Cantabria.
En su virtud, a propuesta de los Excelentísimos Señores Consejeros de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo y Medio Ambiente y Ordenación del Territorio previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de febrero de 2002
DISPONGO
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El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la Comisión Mixta Interdepartamental de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo y de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, órgano colegiado encargado de coordinar la gestión de ambos departamentos en las materias que los afecten de forma común.
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Ejercerá sus funciones en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:
¿Presidente: El excelentísimo señor consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
¿Vicepresidente: El excelentísimo señor consejero de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo.
¿Tres representantes de la Consejería Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo, siendo éstos los que a continuación se enumeran:
- El secretario General de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo.
- El director general de Urbanismo y Vivienda.
- El jefe del Servicio de Urbanismo.
¿Tres representantes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, siendo éstos los que a continuación se enumeran:
- El secretario general de Medio...
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