Decreto 14/2002, de 21 de febrero, por el que se regula la Comisión Mixta Interdepartamental de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo y de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

En septiembre del pasado año entró en vigor la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, que supone el desarrollo legislativo de las competencia estatutariamente asumidas como exclusivas en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

La Ley crea en la Disposición Adicional Segunda una Comisión Mixta Interdepartamental de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo y de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, encargada de coordinar la gestión de ambos departamentos en las materias que los afecten de forma común.

El objeto del presente reglamento organizativo es regular la composición y el funcionamiento del órgano interdepartamental, todo ello de conformidad con el artículo 36 del Estatuto de Autonomía para Cantabria.

En su virtud, a propuesta de los Excelentísimos Señores Consejeros de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo y Medio Ambiente y Ordenación del Territorio previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de febrero de 2002

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.
  1. El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la Comisión Mixta Interdepartamental de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo y de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, órgano colegiado encargado de coordinar la gestión de ambos departamentos en las materias que los afecten de forma común.

  2. Ejercerá sus funciones en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 2 Composición.
  1. La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:

    ¿Presidente: El excelentísimo señor consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

    ¿Vicepresidente: El excelentísimo señor consejero de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo.

    ¿Tres representantes de la Consejería Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo, siendo éstos los que a continuación se enumeran:

    - El secretario General de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo.

    - El director general de Urbanismo y Vivienda.

    - El jefe del Servicio de Urbanismo.

    ¿Tres representantes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, siendo éstos los que a continuación se enumeran:

    - El secretario general de Medio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR