DECRETO 2/2014, de 23 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Facturas del sector público autonómico de Canarias con presupuesto limitativo.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Marzo de 2014
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Seguridad
Rango de LeyDecreto

El cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria, reconocido con rango constitucional, y del resto de los principios rectores de la política presupuestaria del sector público, contenidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como la observancia de los requerimientos acordados en la normativa europea en esta materia, exigen que las Administraciones Públicas dispongan de mecanismos efectivos de control y verificación de su situación financiera y contable.

La necesidad de llevar a cabo una gestión eficaz, transparente y responsable de los recursos que los ciudadanos ponen a disposición de los poderes públicos para la realización de las funciones que tienen atribuidas, junto con las exigencias de dar puntual y permanente información sobre la situación económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias, determinan que la Administración autonómica se dote de instrumentos de información y seguimiento que permitan atender adecuadamente tales necesidades.

En ese sentido, el conocimiento real del volumen de las obligaciones contractuales de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general, es un elemento imprescindible para cumplir satisfactoriamente con los referidos principios y con las obligaciones de suministro de información asumidas por esta Administración. Para la consecución de tal objetivo, resulta necesaria la aprobación de una norma que garantice la integridad de los sistemas de recopilación y tratamiento de datos de las facturas y justificantes de pago, y la transparencia, de forma que se obtenga información suficiente y adecuada que permita verificar la situación financiera de la Comunidad Autónoma, el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera y la observancia de los requerimientos normativos en esta materia.

El Decreto 146/2009, de 24 de noviembre, aprobó la puesta en funcionamiento del sistema económico financiero del Servicio Canario de la Salud, TARO, y del sistema económico financiero del resto de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, SEFCAN. Estos sistemas permiten mejores prácticas en el ámbito de la actuación administrativa, registrando en el momento de su generación todas las operaciones con trascendencia en el proceso de gestión presupuestaria y contable. A tal efecto, entre las funcionalidades que en la actualidad disponen estos sistemas, se encuentra la relativa al registro de facturas y justificantes de pago, con la única excepción del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia no integrado aún en el sistema económico financiero global por sus peculiaridades jurídicas y económicas.

Por lo tanto, considerando que la Administración autonómica ya dispone de los medios técnicos precisos para llevar a cabo el objeto que con la presente disposición se pretende, con la particularidad del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia que dispone de un libro registro de facturas propio no integrado en el sistema económico financiero, resulta conveniente la creación de un Registro de Facturas en el que se anoten todas aquellas operaciones que vayan a determinar la exigencia de obligaciones de contenido económico por las relaciones contractuales que la Administración mantenga con empresarios y profesionales.

La creación de un Registro único y de acceso centralizado de las facturas que deban satisfacer los órganos y entidades que integran el sector público con presupuesto limitativo de la Comunidad Autónoma de Canarias y que permita conocer de manera inmediata el volumen total de las obligaciones pendientes de ser liquidadas, con información de los órganos gestores, proveedores afectados y objetos de prestación comprometida, es el propósito principal del Decreto. En un ámbito de organización complejo, como es el caso de la Administración autonómica...

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