Orden PRE/261/2010, de 29 de enero, por la que se regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de la Presidencia.

MarginalBOE-A-2010-2274
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración Electrónica, determina en su artículo 8 la regulación de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica.

Por otra parte, la entrada en vigor del Real Decreto 1039/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, hace necesaria la adecuación de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de la Presidencia, regulada en su composición y funciones por Orden PRE/1300/2006, de 28 de abril, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de la Presidencia y se regula su composición y funciones, a la nueva estructura del Departamento.

En su virtud, y en uso de las facultades atribuidas por el art. 12 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente Orden regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de la Presidencia, que se configura como órgano colegiado encargado de la coordinación interna de la política del Departamento en materia de tecnologías de la información y de administración electrónica, así como órgano de enlace y colaboración con el Consejo Superior de Administración Electrónica y sus Comisiones Especializadas.

  2. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de la Presidencia se adscribe a la Subsecretaría del Departamento y su ámbito de actuación abarcará todos los órganos del Ministerio, y Organismos autónomos adscritos al mismo. El apoyo a la Comisión recaerá en la Subdirección General de Sistemas de Información dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura.

Artículo 2 Composición.
  1. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de la Presidencia actúa en Pleno y en Comisión Permanente.

  2. El Pleno, tendrá la siguiente composición:

    1. Presidencia: La persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia.

    2. Vicepresidencia:

      Vicepresidencia primera: La persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura.

      Vicepresidencia segunda: La persona titular de la Dirección General de Coordinación y Administración de los Servicios Periféricos.

      Vicepresidencia tercera: La persona titular de la Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica.

    3. Vocalías:

      La persona titular de la Subdirección General de Sistemas de Información.

      La persona titular de la Subdirección General de Tecnologías de la Información de la Administración Periférica.

      La persona titular de la Subdirección de Informática de la Secretaria General de la Presidencia del Gobierno.

      Una persona representante de la Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica con rango de titular de Subdirección General.

    4. Actuarán también como vocales una persona con rango de titular de Subdirección General o asimilado, en representación de cada uno de los siguientes órganos y organismos:

      Gabinete de la Vicepresidenta del Gobierno.

      Secretaría de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios.

      Secretaría de Estado de Comunicación.

      Secretaría de Estado para la Función Pública.

      Consejo...

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