Regla de reconocimiento y derrotabilidad

AutorGiovanni Battista Ratti
Páginas277-285
REGLA DE RECONOCIMIENTO Y DERROTABILIDAD 277
CAPÍTULO XIII
REGLA DE RECONOCIMIENTO
Y DERROTABILIDAD
PREMISA
En este trabajo, pretendo ref‌lexionar sobre algunas consecuencias nota-
bles de los análisis de Ricardo CA R A C C I O L O dedicados, respectivamente, a los
temas de la regla de reconocimiento (RR) y de la derrotabilidad de las normas
jurídicas 1. En particular, quiero realizar un experimento conceptual: intentaré
determinar lo que ocurre si aplicamos el predicado «derrotable», tal como lo
def‌ine CA R A C C I O L O , a las distintas reconstrucciones de RR por él proporcio-
nadas.
1. LAS MÚLTIPLES RECONSTRUCCIONES DE LA REGLA
DE RECONOCIMIENTO
En la teoría de HA R T 2, como es sabido de sobra, la naturaleza sistemática
del derecho depende de la existencia de una regla de reconocimiento (RR) que
«tiene como contenido la indicación de las características que tendrán que po-
1 En este ensayo utilizo los siguientes trabajos de CA R A C C I O L O : 1994: 65-75; 2005; 2006.
2 HA R T , 1994: 94-95, 100 ss. Para una crítica, del todo condivisible, a esta tesis de HAR T , cfr. RO S S ,
1962: 1186: «The much cherished logical unity of a legal order, in my opinion, is more a f‌iction or a
postulate than a reality. The various sources in actual fact do not make out a logical hierarchy but a
set of co-operating factors. Custom and precedents, says Hart, in the British system are subordinate to
legislation. I believe that Hart, if he tried to verify this assertion, would f‌ind that it squares better with a
confessed, off‌icial ideology than with facts. International law, according to Hart, is no system but a set
of rules. [...] Why is it tacitly assumed that municipal law is a systematic unity?».

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