STSJ Andalucía , 18 de Julio de 2002

PonenteEUGENIO FRIAS MARTINEZ
ECLIES:TSJAND:2002:10987
Número de Recurso813/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCION TERCERA Recurso número 813/1999 SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Rafael Osuna Ostos Ilmos. Sres. Magistrados Don Victoriano Valpuesta Bermúdez Don Eugenio Frías Martínez En la ciudad de Sevilla, a dieciocho de julio de dos mil dos. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 813/1999, interpuesto por JUNTA DE ANDALUCÍA representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, contra resolución de TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA representado y defendido por el Abogado del Estado. Ha sido parte codemandada AGUJERERA, SA. representada por el Procurador Sr. Rosell Martín y defendida por Letrado.

La cuantía del recurso se fija en 27.118,90 euros (4.512.205 pesetas).

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. Eugenio Frías Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 21 de septiembre de 2000 en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso.

SEGUNDO

La Administración demandada y la parte codemandada, una vez conferido el trámite para contestar la demanda, presentaron escrito en el que alegaron los hechos y fundamentos de derecho que estimaron pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 17 de julio del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contra la resolución del TEARA de 24 de marzo de 1999, por la que se estima la reclamación 14/1717/97, interpuesta contra liquidación tributaria derivada de acta de disconformidad por el concepto de Transmisiones Patrimoniales.

El 24 de febrero de 1994 se otorgó escritura pública de la compraventa de una finca rústica dentro de la que existen tres naves industriales dedicadas a la cría de pavos, en dicha escritura pública se manifiesta que la transmisión está sujeta a IVA y que la parte vendedora ha recibido el importe correspondiente a dicho impuesto, solicitándose el régimen tributario de no sujeción a Transmisiones Patrimoniales. El 21 de marzo de 1994 se otorgó escritura de rectificación de la anterior, haciéndose constar que el adquirente manifiesta que es...

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