STSJ Galicia , 26 de Julio de 2002

PonenteMARIA DOLORES RIVERA FRADE
ECLIES:TSJGAL:2002:5393
Número de Recurso5313/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02/0005313/19980 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA 1014/02 Ilmos. Sres.

DON JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ.- PTE. DOÑA MARIA DOLORES RIVERA FRADE DON ENRIQUE GARCIA LLOVET En la ciudad de A Coruña, a veintiséis de julio de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0005313/19980 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por DOÑA María Esther , representada y asistida por el Letrado Don Antonio Martínez Pérez, contra la Resolución del Ayuntamiento de Ourense, de fecha 18 de marzo de 1998, por la que se concede a Don Rosendo licencia urbanística de construcción de vivienda unifamiliar en CAMINO000 de Seixalbo, en el expediente número 696/97. Es parte demandada el AYUNTAMIENTO DE OURENSE, representado por el Procurador Don Javier Bejerano Fernández y dirigido por la Letrada Doña Gemma Tamargo Suárez. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 19 de julio de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARIA DOLORES RIVERA FRADE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución del Ayuntamiento de Ourense, de fecha 18 de marzo de 1998, por la que se concede a Don Rosendo licencia urbanística de construcción de vivienda unifamiliar en CAMINO000 de Seixalbo, en el expediente número 696/97.

Los motivos en base a los cuales se impugna la citada resolución, se traducen en el hecho de que las obras litigiosas no guardan retranqueo alguno, ni respecto de las edificaciones más próximas, ni a viales de comunicación, ni tampoco en relación a los propios lindes de la parcela donde se ubican, además de no concordar las realmente ejecutadas con el proyecto presentado por el propio interesado.

Para la resolución de esa litis resulta conveniente partir de ciertos antecedentes que resultan de lo actuado en el expediente administrativo remitido en su día por la Administración demandada, destacando que este expediente fue iniciado con motivo de la presentación de una denuncia por parte de Doña María Esther en fecha 20 de noviembre de 1997, en la que denunciaba que Don Rosendo había empezado a obrar sin cumplir los requisitos legales. Tal circunstancia fue comprobada por el Inspector de Obras del Ayuntamiento el día 1 de diciembre de 1997, en cuyo informe (que obra unido al expediente administrativo al folio 2),...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR