STSJ Comunidad de Madrid 1174/2007, 24 de Octubre de 2007
Ponente | INES MARIA HUERTA GARICANO |
ECLI | ES:TSJM:2007:19159 |
Número de Recurso | 1164/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1174/2007 |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Registro General 15494/04
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 01174/2008
SENTENCIA Nº 1174
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a veinticuatro de octubre de dos mil siete.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 1164/04, interpuesto -en escrito presentado el día 3 de noviembre de 2004- por la Procuradora Dña. Margarita Sánchez Jiménez, actuando en nombre y representación de Dña. Frida, contra la Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM), de 1 de octubre, confirmatoria en alzada de la de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios de 11 de julio, denegatoria de su solicitud de traslado forzoso de su oficina de farmacia sita en la c/ Barcelona nº 6 de Navalcarnero al local sito en la c/ Ronda de Concejo nº 10, del mismo municipio.
Ha sido parte demandada la CAM, representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulase las Resoluciones impugnadas.
La Comunidad Autónoma contestó la demanda en escrito en el que interesaba la desestimación del recurso.
Habiéndose recibido el proceso a prueba y formuladas conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 23 de octubre de 2007, teniendo lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada en indeterminada la cuantía del pleito.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
El objeto del presente se contrae en determinar si la actora, que el 22 de julio de 2003 instó el traslado forzoso de su oficina de farmacia sita en la c/ Barcelona nº 6 de Navalcarnero al local sito en la c/ Ronda del Concejo nº 10 de la misma localidad por no guardar la preceptiva distancia con la farmacia sita en el nº 23 de la misma calle tiene un derecho preferente respecto de la farmacia instalada en el nº 23 y si, en todo caso, concurren los requisitos para el traslado forzoso que le fue denegado.
La recurrente, básicamente y por lo que aquí interesa, funda su pretensión impugnatoria en su derecho preferente en razón a que su petición es anterior a la designación del local sito en el nº 23.
Como datos relevantes obrantes en el expediente y en autos constan los siguientes:
La hoy actora instó el traslado forzoso de su farmacia al local de la c/ Ronda del Concejo nº 10 el día 22 de julio de 2003. El 12 de agosto aportó documentación relativa al nuevo local.
Tras una laboriosa tramitación del expediente, concluyó con las Resoluciones (aquí impugnadas, de 11 de junio y 1 de octubre de 2004) denegatorias del traslado por no acreditar la concurrencia de ninguno de los supuestos tasados previstos en el art. 36.1 de la Ley CAM 19/98 y por no cumplir el requisito de distancia mínima con la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Comunidad de Madrid 520/2022, 13 de Mayo de 2022
...en su día por la Sección Novena de esta Sala en su Sentencia de 27 de septiembre de 2005, dijo esta Sección Octava en Sentencia de 24 de octubre de 2007 (Rec. 1164/2004) lo "La norma admite tres causas de traslado forzoso: el derribo del edificio sin posibilidad de retorno, la expropiación ......